MINHACIENDA - Resolucion 0927 marzo 27 2019
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolucion 0927 marzo 27 2019
- Autor
- Ministerio de Haciendo y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
Resolución Número ()927 ) de 2019 2 7 MAR 2019 Por la cual se establece el procedimiento para atender con títulos de deuda pública TES Clase B, el pago de los Bonos Pensionales a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, a través del Sistema de Cuenta Unica Nacional. EL. MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 3 y los numerales 1 y 18 del artículo 6 del Decreto 4712 de 2008 y en desarrollo del artículo 44 de la Ley 179 de 1994 y del inciso 2 del artículo 99 de la Ley 1940 de 2018 y el articulo 5 del Decreto 2785 de 2013, CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 16 del artículo 3 del Decreto 4712 de 2008, corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público “Administrar el Tesoro Nacional y atender el pago de las obligaciones a cargo de la Nación, a través de los Órganos ejecutores o directamente, en la medida en que se desarrolle la Cuenta Única Nacional.” Que según los numerales 1 y 18 del artículo 6 del Decreto 4712 de 2008, es función del Despacho del Ministro, promover la expedición de los reglamentos que se requieran, y autorizar la emisión de títulos y demás documentos de la deuda pública. Que el artículo 44 de la Ley 179 de 1994, "Por la cual se introducen algunas modificaciones a la Ley 38 de 1989, orgánica del Presupuesto" atribuye el manejo de la Cuenta Única Nacional a la Dirección del Tesoro, hoy Dirección
Que el artículo 44 de la Ley 179 de 1994, "Por la cual se introducen algunas modificaciones a la Ley 38 de 1989, orgánica del Presupuesto" atribuye el manejo de la Cuenta Única Nacional a la Dirección del Tesoro, hoy Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Que el artículo 261 de la Ley 1450 de 2011 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014", prorrogado por el artículo 267 de la Ley 1753 de 2015, establece que con el recaudo de todas lás rentas y recursos de capital se atenderá el pago oportuno de las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación a través del Sistema de Cuenta Única Nacional,El emprendimiento; es de todos RESOLUCIÓN No. 0727 de2019 2 7 MAR 2019 Página 2 de 4 Continuación de la Resolución “Por la cual se establece el procedimiento para atender con títulos de deuda pública TES Clase B, el pago de los Bonos Pensionales a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, a través del Sistema de Cuenta Única Nacional.” Que la norma antes citada dispuso que los recaudos de recursos propios, administrados y de los fondos especiales de los órganos que forman parte del Presupuesto General de la Nación serán trasladados a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con los plazos y condiciones determinados entre otros por el artículo 5 del Decreto 2785 de 2013, hoy compilado en el Decreto 1068 de 2015
de conformidad con los plazos y condiciones determinados entre otros por el artículo 5 del Decreto 2785 de 2013, hoy compilado en el Decreto 1068 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, que indica: “ARTÍCULO 2.3.1.5. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DEL SISTEMA DE CUENTA ÚNICA NACIONAL. La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público establecerá para cada entidad o fondo especial a los que se les aplique el presente título, los procedimientos operativos, plazos y flujos de información requeridos para el funcionamiento del Sistema de Cuenta Única Nacional (...).” Que el Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM hace parte del Sistema de Cuenta Única Nacional, por consiguiente, sus ingresos son administrados por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, para que, por orden de dicho fondo, se atiendan sus compromisos, como son los pagos de bonos pensionales, Que la Ley 1940 de 2018, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y | Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1% de enero al 31 de diciembre de 2019, en el inciso 2 del artículo 99 señaló: (...) “Así mismo, durante la presente vigencia fiscal, la Nación podrá atender con títulos de deuda pública TES clase B, el pago de los bonos pensionales a su cargo de que trata la Ley 100 de 1993 y su Decreto 1833 de 2016 compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones. Los títulos TES clase B expedidos
de deuda pública TES clase B, el pago de los bonos pensionales a su cargo de que trata la Ley 100 de 1993 y su Decreto 1833 de 2016 compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones. Los títulos TES clase B expedidos para atender el pago de los bonos pensionales a cargo de la Nación que se hayan negociado de acuerdo con el artículo 12 del Decreto 1299 de 1994 en el mercado secundario, podrán ser administrados por el Tesoro Nacional en una cuenta independiente, con el objetivo de suministrar la respectiva liquidez. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante acto administrativo establecerá los parámetros aplicables a las operaciones de las que trata este inciso.” Que teniendo en cuenta que el Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, hace parte del Sistema de Cuenta Única Nacional, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, recibirá en administración los TES clase B a los que hace referencia el inciso 2 del artículo 99 de la Ley 1940 de 2018 y los incluirá como disponible en el Sistema de Cuenta Única Nacional para el pago de los 4Elem éridimiento es de todos E RESOLUCIÓN No. 0927 de 2019 2 7 MAR 2019 Página 3 de 4 Continuación de la Resolución “Por fa cual se establece el procedimiento para atender con fítulos de deuda pública TES Clase B, el pago de los Bonos Pensionales a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, a través del Sistema de Cuenta Única Nacional.” bonos pensionales a cargo de FONPRECOM, de conformidad con lo establecido
Pensionales a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, a través del Sistema de Cuenta Única Nacional.” bonos pensionales a cargo de FONPRECOM, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 2785 de 2013. Que el Decreto 2241 de 2018, desarrollado mediante la Resolución 5182 de 2018 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecieron el procedimiento que deben adelantar la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y la Oficina de Bonos Pensionales, ambas dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para remitir las órdenes de pago de aquellos afiliados al Sistema General de Pensiones con derecho a Bono Pensional para que estos sean atendidos con TES clase B de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del artículo 99 de la Ley 1940 de 2018. Que en cumplimiento de los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto por el Decreto Único 1081 de 2015, el proyecto de Resolución fue publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Procedimiento para atender con títulos de deuda pública TES clase B, el pago de los Bonos Pensionales a favor de Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, a través del Sistema de Cuenta Única Nacional. Para atender con Títulos de Deuda Pública TES Clase B, el pago de Bonos Pensionales a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, se aplicará el procedimiento
de Cuenta Única Nacional. Para atender con Títulos de Deuda Pública TES Clase B, el pago de Bonos Pensionales a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, se aplicará el procedimiento previsto en el inciso 2 del artículo 99 de la Ley 1940 de 2018, el Decreto 2241 de 2018 y la Resolución 5182 de 2018. Una vez agotado este procedimiento, la Dirección General de Crédito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuará el traslado al Sistema de Cuenta Única Nacional - SCUN a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM como un ingreso disponible.RESOLUCIÓN No. (927 de2019 2 7 MAR 2019 Página 4 de 4 Continuación de la Resolución “Por la cual se establece el procedimiento para atender con títulos de deuda pública TES Clase B, el pago de los Bonos Pensionales a favor del Fondo de Previsión Social del Congreso de la RepúblicaFONPRECOM, a través del Sistema de Cuenta Única Nacional.” Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial y hasta el 31 de diciembre de 2019.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., alos 2 7 MAR 2019 ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA ZMinistro de Hacienda y Crédito Público