MINHACIENDA - Resolución 1237 de 2020
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución 1237 de 2020
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN ( 1237 de 1 O de junio de 2020 Por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2020 EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 18 de la Ley 2008 de 2019 y 18 del Decreto 2411 de 2019 y CONSIDERANDO Que los artículos 18 de la Ley 2008 de 2019 y 18 del Decreto 2411 de 2019, disponen que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de éstos. Estas operaciones presupuesta/es se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de PlaneaciónDirección de Inversión y Finanzas Públicas(. .. ). A fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuesta/ de estas deberá efectuarse por parte de los
Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuesta/ de estas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores en la misma vigencia de la distribución (. .. )". Que mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 y con fundamento en el artículo 215 de la Constitución Política, el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de ese decreto. Que en el marco de la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica, se expidió el Decreto Legislativo 444 del 21 de marzo de 2020, el cual crea el Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME, como un fondo cuenta sin personería jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cuyo objeto es atender las necesidades de recursos para la atención en salud, los efectos adversos generados a la actividad productiva y la necesidad de que fa economía continúe brindando condiciones que mantengan el empleo y el crecimiento. Que el artículo 16 del citado Dficreto Legislativo estableció que los recursos del Fondo de Mitigación de EmergenciasFOME se presupuestarán en la sección del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para ser distribuidos a las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y los ordenadores del gasto de las entidades a las cuales se les asigne las distribuciones serán responsables por la veracidad de la información que suministren al Ministerio de Hacienda y Crédito Público con respecto a la
Presupuesto General de la Nación y los ordenadores del gasto de las entidades a las cuales se les asigne las distribuciones serán responsables por la veracidad de la información que suministren al Ministerio de Hacienda y Crédito Público con respecto a la necesidad de los recursos para atender la Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata· el Decreto 417 de 2020.RESOLUCIÓN No. 1237 De 10 de junio de 2020 Página 2 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2020" Que por medio del Decreto Legislativo 519 del 5 de abril de 2020 se adicionó el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020 y se efectuó su correspondiente liquidación, en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020. Que por medio del Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de su expedición. Que en la Sección 1301-01 Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Gestión General, existen recursos en la Cuenta 03 Transferencias Corrientes, Subcuenta 03 A Entidades del Gobierno, Objeto del Gasto 01 A Órganos del PGN, Ordinal 082 Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME, Recurso 54 Fondo Especial FOME, que por estar libres y disponibles pueden ser distribuidos.
del Gobierno, Objeto del Gasto 01 A Órganos del PGN, Ordinal 082 Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME, Recurso 54 Fondo Especial FOME, que por estar libres y disponibles pueden ser distribuidos. Que el Ministerio de Cultura por medio del oficio MC06231 S2020 del 14 de mayo de 2020, realizó la solicitud de recursos al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Que mediante memorando 3-2020-008726 del 08 de junio de 2020, la Directora General del Presupuesto Público Nacional solicitó la distribución de recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME con el propósito de adelantar medidas que contribuyan a contrarrestar los efectos gerrerados en el sector cultura por el aislamiento social, luego de las medidas de la emergencia económica, social y ecológica, para contrarrestar la expansión del Covid-19, solicitud que fue autorizada en sesión del Comité FOME del 27 de mayo de 2020. Que el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 4520 del 09 de junio de 2020, por valor de
TREINTA MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($30.000.000.000).
Que de acuerdo con lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Efectuar la siguiente distribución en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal 2020, asi:
CUENTA
SUBCUENTA
OBJETO DE GASTO
ORDINAL
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
asi:
CUENTA
SUBCUENTA
OBJETO DE GASTO
ORDINAL
CONTRACRÉDITO
SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
UNIDAD 1301-01 GESTIÓN GENERAL
PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO RECURSO 54 • CSF
03 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
03 A ENTIDADES DEL GOBIERNO
01 A ÓRGANOS DEL PGN
082 FONDO DE MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS - FOME
TOTAL A DISTRIBUIR
$30.000.000.000 $30.000.000.000 f\fi fi·RESOLUCIÓN No. 1237 De 10 de junio de 2020 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2020"
CUENTA
SUBCUENTA
OBJETO DE GASTO
ORDINAL
DISTRIBUCIÓN
SECCIÓN 3301
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD 3301·01 GESTÓN GENERAL
PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO RECURSO 54 - CSF
03 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
03 A ENTIDADES DEL GOBIERNO
01 A ÓRGANOS DEL PGN
082 FONDO DE MITIGACIÓN DE EMERGENCIAS - FOME
TOTAL DISTRIBUCIÓN
$30.000.000.000 $30.000.000.000 Artículo 2. La presente resolución, rige a partir de la fecha de su publicación y requiere para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupueste Público Nacional.
$30.000.000.000 $30.000.000.000 Artículo 2. La presente resolución, rige a partir de la fecha de su publicación y requiere para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupueste Público Nacional.
ElABORÓ: ClauciaJménez P«eira PUBLiQUESE, COMUNiQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los 1 o de junio de 2020
ALBERTO CARRASQU
Ministro de Hacienda y Crédito Público
APROBADO:
REVISÓ: V!Cla" Ma!tuel Ci"o Silva
DEPENDENCIA: Oficina Asasonl de Planeació!l