MINHACIENDA - Resolución 1333 de 2022
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución 1333 de 2022
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN 2 6 MAYO 2022
Por la cual se ordena una transferencia de aportes al Fondo DIAN para Colombia EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades, en especial la que le confiere el parágrafo 4 del artículo 2.20.4 del Decreto 1068 de 2015 y, CONSIDERANDO Que el artículo 55 de la Ley 1955 de 2019 creó "un patrimonio autónomo denominado Fondo DIAN para Colombia, administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o por la entidad o entidades que esta decida (. .. )"el cual tiene por objeto la financiación y/o inversión del programa de modernización de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesDIAN. Que el artículo 2.20.2 del Decreto 1068 de 2015, determinó que, para efectos de la operatividad y funcionamiento del Fondo DIAN para Colombia, la administración del mismo se encuentra a cargo de: (i) una entidad encargada de la ejecución de los recursos y ordenación de su gasto (Entidad Ejecutora) y (ii) una entidad que conserve y transfiera los recursos y que actúe como vocera del Fondo DIAN para Colombia, (Entidad Fiduciaria). Que mediante el parágrafo 1 ° del artículo 2.20.2 del Decreto 1068 de 2015 adicionado por el Decreto 1949 de 2019, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público determinó a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN como la entidad ejecutora del Fondo. Que conforme a la certificación del 17 de diciembre de 2020 de la Directora de Gestión de
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN como la entidad ejecutora del Fondo. Que conforme a la certificación del 17 de diciembre de 2020 de la Directora de Gestión de Recursos y Administración Económica de la DIAN, "(. . .) mediante Resolución de Adjudicación No. 2562 del 27 de abril de 2020, se designó en calidad de vocera y administradora del Fondo DIAN para Colombia, al Consorcio Fondo DIAN para Colombia 2020 conformado por la Fiduciaria La Previsora S.A., la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. y la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A., Consorcio identificado con NIT 901.382.124-1. En consecuencia, el 1 de junio de 2020 la Unidad Administrativa de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN y el Consorcio Fiduciario (RESOLUCIÓN No. 13 3 3 De 2 6 MAYO 2022 Página 2 de 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena una transferencia de aportes al Fondo DIAN para Colombia" celebraron el contrato de fiducia mercantil No. 00-099-2020, el cual tiene por objeto la administración del Fondo DIAN para Colombia encargado de desarrollar el programa de modernización de la DIAN en los términos del Artículo 55 de la Ley 1955 de 2019 y el Decreto 1949 de 2019." Que el Artículo 2.20 .4 . del Decreto 1068 de 2015 estableció que los recursos del Fondo DIAN para Colombia estarán constituidos por, entre otros: "1. Los recursos o aportes que realice el Gobierno nacional para financiar o cofinanciar el programa de modernización. (. . .)
DIAN para Colombia estarán constituidos por, entre otros: "1. Los recursos o aportes que realice el Gobierno nacional para financiar o cofinanciar el programa de modernización. (. . .)
4. Los recursos provenientes de operaciones de financiamiento interno o externo, que a nombre del Fondo celebre la Entidad Fiduciaria. 5. Los demás recursos en dinero o especie que obtenga el Fondo o sean asignados a éste a cualquier título." Que de conformidad con el parágrafo 4 del Artículo 2. 20.4 del Decreto 1068 de 2015, se estableció que el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, transferirá de acuerdo con las disponibilidades presupuestales los recursos que sean requeridos por el Fondo con el fin que éste atienda, entre otros: "(. . .) 1. El equivalente al servicio de la deuda, incluidos capital e intereses, derivados de las operaciones de financiamiento interno o externo que celebre para el desarrollo de proyectos del programa de modernización, así como las comisiones que se cobren en relación con dichas operaciones de financiamiento. (. . .)" Que en el inciso cuarto del parágrafo 4 del Artículo 2. 20.4 del Decreto 1068 de 2015 se determinó que, para efectos de la transferencia de los respectivos recursos, la Entidad Fiduciaria deberá presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, una comunicación con el soporte y la certificación de la existencia y necesidad de atender alguno de los gastos antes relacionados.
Que mediante comunicación No . 100151184-079 radicada en este Ministerio el 8 de abril de 2022 con el No . 1-2022-027612, la Unidad Administrativa Especial Dirección de
antes relacionados. Que mediante comunicación No . 100151184-079 radicada en este Ministerio el 8 de abril de 2022 con el No . 1-2022-027612, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en calidad de ENTIDAD EJECUTORA del Fondo DIAN para Colombia y el Consorcio Fondo DIAN para Colombia 2020, en su calidad de ENTIDAD FIDUCIARIA del Fondo DIAN para Colombia, solicitaron la transferencia de recursos para cumplir con el pago de la tercera factura enviada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en virtud del Contrato de Préstamo BID 5148/OC-CO, correspondiente al pago de la comisión del crédito anunciado, y por un valor de DOS MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y
TRES PESOS CON CINCUENTA Y NUEVA CENTAVOS ($2.556.908.273,59) .
Que la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Reporte de Compromiso Presupuesta! número 25622 de fecha 15 de enero de 2022 por el valor de NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS MILLONES TRECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCO PESOS MONEDA CORRIENTE ($9 .426 .335.505,00), cuyo Certificado de Disponibilidad Presupuesta! corresponde al No. 41222, el cual tiene como objeto cooperar en el cumplimiento de las funciones encomendadas al MHCP y a la DIAN, en calidad de Entidad Ejecutora del Patrimonio Autónomo Fondo DIAN Para Colombia.RESOLUCIÓN No. 13 fi 3 De 2 6 MAYO 202Z Página 3 de 4
DIAN, en calidad de Entidad Ejecutora del Patrimonio Autónomo Fondo DIAN Para Colombia.RESOLUCIÓN No. 13 fi 3 De 2 6 MAYO 202Z Página 3 de 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena una transferencia de aportes al Fondo DIAN para Colombia" Que una vez verificada la documentación soporte de la solicitud de la Entidad Ejecutora y Entidad Fiduciaria del Fondo DIAN para Colombia por parte de la Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y Gobiernos de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional de este Ministerio, se consideró procedente realizar una transferencia al Fondo DIAN para Colombia por valor de DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS CON CINCUENTA Y NUEVA CENTAVOS ($2 .556.908.273,59) transferencia que se ordenó mediante Resolución 1088 del 6 de mayo de 2022 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con la parte considerativa de la misma. Que mediante comunicación No . 100100151184-106 radicada en este Ministerio con el No. 1-2022-034998 del 6 de mayo de 2022, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en calidad de ENTIDAD EJECUTORA del Fondo DIAN para Colombia y el Consorcio Fondo DIAN para Colombia 2020, en su calidad de ENTIDAD FIDUCIARIA del Fondo DIAN para Colombia, realizaron un alcance al oficio radicado el 8 de abril de 2022 en este Ministerio, con el fin de solicitar una adición al giro
ENTIDAD FIDUCIARIA del Fondo DIAN para Colombia, realizaron un alcance al oficio radicado el 8 de abril de 2022 en este Ministerio, con el fin de solicitar una adición al giro de recursos iniciales previamente solicitados por un valor de $ 125.991. 744,92 debido a las condiciones macroeconómicas y de mercado cambiario que indicaron un alza en el precio del dólar, que pudiera afectar la proyección enviada anteriormente y con base en la cual se expidió la Resolución 1088 de 2022. Que la Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y Gobiernos de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, verificó los documentos en los que se soporta el alcance y la nueva solicitud de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y del Consorcio Fondo DIAN para Colombia, en sus calidades de Entidad Ejecutora y Entidad Fiduciaria del Fondo DIAN para Colombia y con base en ello, emitió el Memorando No . 3-2022-005876 del 1 O de mayo de 2022, mediante el cual consideró procedente realizar la transferencia adicional al Fondo DIAN para Colombia por valor de CIENTO VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($125.991.744,92), y recomendó seguir adelante con los procedimientos y trámites que sean necesarios para que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de cumplimiento a lo solicitado . Que la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el
y trámites que sean necesarios para que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de cumplimiento a lo solicitado . Que la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Reporte de Compromiso Presupuesta! de fecha 15 de enero de 2022 por el valor de NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS MILLONES TRECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCO PESOS MONEDA CORRIENTE ($9.426 .335 .505,00), cuyo Certificado de Disponibilidad Presupuesta! corresponde al No . 41222, el cual tiene como objeto cooperar en el cumplimiento de las funciones encomendadas al MHCP y a la DIAN, en calidad de Entidad Ejecutora del Patrimonio Autónomo Fondo DIAN Para Colombia . Que de conformidad con lo dispuesto en el último inciso del parágrafo 4 del Artículo 2. 20 .4 del Decreto 1068 de 2015, la vigilancia y responsabilidad de la ejecución de los recursos y proyectos, estará a cargo de la Entidad Ejecutora, sin perjuicio de las obligaciones que le corresponden a la Entidad Fiduciaria como vocera del Fondo y responsable de la conservación y transferencia de los recursos.RESOLUCIÓN No. l.3fi3 De 2 6 MAYO 2022 Página 4 de 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena una transferencia de aportes al Fondo DIAN para Colombia" Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Ordénese a la Subdirección Financiera de este Ministerio, transferir al Fondo DIAN para Colombia, administrado por el Consorcio Fondo DIAN para Colombia en su
DIAN para Colombia" Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Ordénese a la Subdirección Financiera de este Ministerio, transferir al Fondo DIAN para Colombia, administrado por el Consorcio Fondo DIAN para Colombia en su calidad de Entidad Fiduciaria, la suma de CIENTO VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($125 .991 .744,92) moneda legal colombiana, de acuerdo con la solicitud de giro de recursos adicionales a los ordenados mediante la Resolución 1088 del 06 de mayo de 2022. Artículo 2. Comuníquese el contenido de la presente resolución a la Subdirección Financiera de este Ministerio, a través de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional. Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición . PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los 2 6 MAYO 2022
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
JOSÉ MANUEL RESTREPO ABON
Aprobó: Karen Rodriguez Zapata/ Lina María Londoño González Elaboró: Fabian Diaz Soto/ Héctor Fabio Zapata Romero Dependencia: Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y GobiernosDGCPTN