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MINHACIENDA - Resolucion 1548 mayo 21 2019

Ministerio de Haciendo y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolucion 1548 mayo 21 2019
Autor
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2019

El emprendimiento es de todos AUT resoLución 1948 (21 M0 2019 ) Por la cual se establece el cupo del Certificado de Reembolso Tributario (CERT) creado por el artículo 365 de la Ley 1819 de 2016 para la vigencia 2019. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial las previstas en el artículo 2.2.6.1.4 del Decreto número 1073 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía”, CONSIDERANDO Que el artículo 365 de la Ley 1819 de 2016, "por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la efusión fiscal, y se dictan otras disposiciones", dispuso como incentivo al incremento de las inversiones de exploración y explotación de hidrocarburos y exploración en mineria, el otorgamiento de un Certificado de Reembolso Tributario (CERT) a los contribuyentes que incrementen dichas inversiones, el cual corresponderá a un porcentaje del valor del incremento; Que mediante el Decreto número 2253 del 29 de diciembre de 2017, incorporado en el Decreto Único del Sector Administrativo de Minas y Energía número 1073 de 2015, se reglamentó el citado artículo indicando las condiciones aplicables al incentivo a las nuevas inversiones en hidrocarburos y minería; Que el artículo 2.2.6.1.4 del Decreto número 1073 de 2015 establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe definir anualmente el cupo de emisión de CERT que podrá

Que el artículo 2.2.6.1.4 del Decreto número 1073 de 2015 establece que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público debe definir anualmente el cupo de emisión de CERT que podrá ser otorgado; Que el artículo 2.2.6.2.5 del citado decreto dispone que con el fin de participar en la distribución anual del incentivo CERT, se podrán presentar proyectos de inversiones incrementales con ejecución de inversiones de hasta cuatro años; Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Definición del Cupo del Certificado de Reembolso Tributario. El cupo máximo del incentivo al incremento de las inversiones en exploración y explotación de hidrocarburos y minerales a través de Certificados de Reembolso Tributario (CERT) disponible en el año 2019, para los proyectos a ejecutar a partir de dicho año y hasta por máximo cuatro (4) años de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 2253 de 2017, incorporado en el Decreto Único del Sector Administrativo de Minas y Energía número 1073 de 2015, corresponderá a la suma de ciento setenta mil ochocientos millones de pesos ($170.800.000.000). :a > El emprendimiento ES "as de todos RESOLUCIÓN No. 1548 De 21 MAYO 2019 Página 2 de 2 Continuación de la Resoliición “Por la cual se establece el cupo del Certificado de Reembolso Tributario (CERT) creado por el artículo 365 de la Ley 1819 de 2016 para la vigencia 2019. e Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

vigencia 2019. e Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., alos 21 MAYO 2019

ALBERTO'CARR [LLA BARRERA

Ministro de Hacienda y Crédito Público APROBÓ Luis Alberto Rodríguez Ospino ELABORÓ Juan Felipe Celia, Nancy Zamudio DEPENDENCIA — Viceministerio Técnico

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