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MINHACIENDA - Resolución 1753 de 2020

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolución 1753 de 2020
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2020

El emprendlmlento esde todos - - - - RESOLUCIÓN ( i75á üE 11 Ut: ::it:fi llt:MtsKE DE iüiü "Por la cual se subroga la Resolución No. 1181 del 26 de mayo de 2020, por la cual se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas de bioseauridad oara mitiaar v controlar la oandemia del Coronavirus COVID-19. adootadas en la Resolución 666 del-24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Sociar EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En el ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas en los numerales 12 y 26 del articulo 6 del Decreto 4712 de 2008, en desarrollo de la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y de la Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, y CÓNSIDERANDO Que mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por las resoluciones 844 y 1462 de 2020 el Ministerio de Salud y Protección Social declaró el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 en el País y mitigar sus efectos. Que de conformidad con lo señalado en el Decreto Legislativo 539 del 13 de abril del 2020, durante el término de esta emergencia sanitaria, el Ministerio de Salud y Protección Social es la entidad encargada de determinar y expedir los protocolos que sobre bioseguridad se

durante el término de esta emergencia sanitaria, el Ministerio de Salud y Protección Social es la entidad encargada de determinar y expedir los protocolos que sobre bioseguridad se requieran para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración _, .. ,1,,.1,,."""' ·- ,i; .., ..... .... -:♦:--.. .,.._..,., .. ,.,, ....... _,.;,_ .. , .... -.. ------;..r_,..,. ,, --'--'••- .. .,._,,,; .... ..., ............... ..., _ _... ............. ; .... ""- ,_ ,.,UUU\JQ 1 Q 1111 \AV ltlnlfiQt, \,,,,rVIIUVIC:u, WWUQI IQ t-'1'-'t'ªfiª"'""''' 1 "''"'"'"''"'cu VI ª'"''""'"''"'QUV IIICólllWJV\'-IV IQ pandemia del Coronavirus COVID-19, los cuales son vinculantes pfira los sectores. Que el Ministerio de Salud y Protección Social adoptó mediante Resolución 666 del 24 de abril de 2020, el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y efectuar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19, aplicable para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, con excepción del Sector Salud y sin pefiuicio de las especificidades propias de los protocolos que se estimen pertinentes para cada sector. Que la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 señaló que las medidas aplican, entre otros, a tos trabaiadores v contratistas de orestación de servicios del sector oúblico. señalando, igualmente que,. cada sector, empresa o entidad deberán, con ·el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, efectuar las adaptaciones correspondientes a su

tos trabaiadores v contratistas de orestación de servicios del sector oúblico. señalando, igualmente que,. cada sector, empresa o entidad deberán, con ·el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, efectuar las adaptaciones correspondientes a su actividad, definiendo las diferentes estrategias que garanticen un distanciamiento social y adecuados procesos de higiene y protección en el trabajo. n ...... ,_ -:,-...a .... o .... .,.. .... ,,, .... :"'-- ecc. ...,_ ,.,n,.,n ------.-- -- -•· ....... : ....... , ..... ,, ....,1,.,,.1;_,..,...: ..... -..... ,.. •--•- _,.. .. ,.. ..... , '-'(UV ICI ""l'CIUCI 1,a..>UIU\.,IUII VVV \.A'Q ,u,u '-'UllfiClfiICI 'Q'.11 .;>U Cll\l'-'UIU tJ1 VUllfiCIVIUIIQi> ,atl\U t,'CIIQ 01 empleador o contratante como para el trabajador o contratista, las cuales tienen como finalidad la protección de la vida de las personas, surgiendo para el Ministerio de Hacienda y Crédito Púbico la necesidad de establecer lineamientos que permitan dar cumplimiento a dicho fin. Que el Decreto 614 del 30 de abril del 2020 señaló que los canales oficiales de atención telefónica y móvil durante las emergencias sanitaras, son: i) la aplicación tecnológica oficial en el territorio nacional Colombia (CoronApp), la cual permite a los habitantes del territorio nacional, de manera gratuita (zero rating), tener acceso a información actualizada y verazEl emprendlmlento .. es de todos RESOLUCIÓN No. 1753 De 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Página 2 de 19

nacional, de manera gratuita (zero rating), tener acceso a información actualizada y verazEl emprendlmlento .. es de todos RESOLUCIÓN No. 1753 De 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Página 2 de 19 Continuación de la Resolución "Por la cual se subroga la Resolución No. 1181 del 26 de mayo de 2020, por la cual se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Corona virus COVID-19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Saciar sobre emergencias sanitarias, su evolución en el pais y alertas de prevención, asi como reportar, a través de terminales móviles, un autodiagnóstico de su estado de salud; y ii) la ,, .... _ .. .-r..,_, .. _ -·---1,_ ·-·-••.-•-- ·"'"" ·- --fi-· ----'·· • ·-- '--fi··--·-•· ......... u ........ --•?•-·· 111 IOCI Ulll.,ICII U0 Cll0111.AUII l0101UI lll.,CI 1 ::1.:., ICI \,UCII tJ0111 lllt: CI 1u:, IICIUllCll ll1:::> u..:1 l1::l l llVIIU I ICll.,IVIICII tener acceso a información actualizada sobre emergencias sanitarias, su evolución en el pais, así como reportar un autodiagnóstico de su estado de salud. Que el Ministro de Trabajo y de Salud y Protección Social y el Director Administrativo de la Función Pública, mediante la circular 100009 del 7 de mayo de 2020, establecieron:

así como reportar un autodiagnóstico de su estado de salud. Que el Ministro de Trabajo y de Salud y Protección Social y el Director Administrativo de la Función Pública, mediante la circular 100009 del 7 de mayo de 2020, establecieron: "Priorizar el trabajo en casa regulado en el Decreto Legislativo 491 de 2020, como medida principal para los servidores públicos y contratistas de prastación de servicios desempeñen funciones y cumplan con fas obligaciones, utilizando fas tecnologfas de la información y las comunicaciones. Caracterizar, a iniciativa de los servidores y contratistas de la Entidad, a aque/fas personas que manifiesten tener patofogfas como factor de riesgo, tales como: Diabetes, Enfermedad Cardiovascular, Hipertensión Arterial - HTA, Accidente Cerebrovascular, VIH, Cáncer, Uso de corticoides o inmunosupresores, Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica - EPOC, mujeres en estado de embarazo, personas mayores de 60 años y demás definidas en el marco técnico J_, ---•---•- -·-----' -'- "fi----· ··.:-•--' ,-_ -••-L-- ----- -- _ ... .., ... .... ! ... --1- - 1-- --•!J .. J .... Ut:I IJIUlUl,;UIU !:Jf::llt:l dl Ut: DIU.>t:!:JUIIUdU. C/1 UIYIU.> \;d.>U->, .>t: /t:\;U/lllt:/IUd d Id.> t:11IIUdUt:-> extender la modalidad de trabajo en casa aun superado el periodo de aislamiento preventivo obligatorio". Que por medio de Resolución 1181 del 26 de mayo de 2020 se adoptó e implementó en el

extender la modalidad de trabajo en casa aun superado el periodo de aislamiento preventivo obligatorio". Que por medio de Resolución 1181 del 26 de mayo de 2020 se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Coronavirus COVID-19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Que por medio de Resolución 1462 del 25 de agosto del 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, prorrogó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 i:!f:\ novif:\mbfl:'! i:!f:\ 2020. Dir.hfi rr6rroofi f.l'X!rfi fif:lrfinfi!!zfi:!fi fi!'!ti:\fi 1:-!f:\ ,fi ff:\t::hfi fif:\ñfi!fi:!fi r.•.1fir1i:!0 desaparezcan las causas que le dieron origen o, si estas persisten o se incrementan, el termino podrá prorrogarse nuevamente. Que mediante el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 se ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero ,,ori:is (Oo:oo i:i.ff,.) uci uli:i 25 uc ini:iri:o ue 2020, ifü::uida prorrogada por ios ut:(;retos 5S3 ut:i 24 de abril de 2020, 636 del 6 de mayo de 2020, 689 del 22 de mayo de 2020, 749 del 28 de

mayo de 2020, modificado y prorrogado por los Decretos 847 del 14 de junio de 2020 y 878 del 25 de junio de 2020, respectivamente, hasta la expedición del Decreto 1076 del 28 de julio del 2020, mediante el cual se ordenó mantener la medida de aislamiento preventivo obligatorio y sus efectos en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020, ser\alando condiciones para el levantamiento de la medida en municipios, sin afectación o con baja afectación del Coronavirus COVID19. Que el Decreto 1168 del 25 de agosto del 2020, reguló la fase de aislamiento selectivo y distanciamiento individual responsable que inició desde el 1 de septiembre hasta el 1 de Qct11hrP. rlP. ?O?O. Que la Directiva Presidencial N. 07 del 27 de agosto del 2020, estableció, entre otras disposiciones, "Retomar de forma gradual y progresiva el trabajo presencial, para lo cual a partir del mes de septiembre de 2020 las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del ordentr El emprendlmlento esde todos ' RESOLUCIÓN No. 1753 De 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Página 3 de 19 Continuación de la Resolución "Porta cual se subroga la Resolución No. 1181 del 26 de mayo de 2020, por fa cual se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Coronavirus CO VID-19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Sociar nacional procurarán prestar sus servicios de forma presencial hasta con un 30% de sus

adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Sociar nacional procurarán prestar sus servicios de forma presencial hasta con un 30% de sus servidores y contratistas, de tal manera que el 70% restante continúe realizando trabajo en ----" l.,Cl:>CI. Que teniendo en cuenta las recientes medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y el inicio de la fase de aislamiento selectivo y distanciamiento individual responsable, se requiere adecuar los lineamientos internos, manteniendo la mayor parte de las condiciones de bioseguridad adoptadas desde la expedición de la Resolución 1181 del 26 de mayo de 2020, ajustándola a los nuevos elementos y permitiendo la integración en un solo acto administrativo, por lo cual se hace necesario su subrogación. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Articulo 1. Subrogar. Subrogar la Resolución 1181 del 26 de mayo de 2020, la cual quedará asf: Articulo 1. Objeto. Adoptar e implementar al interior del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las medidas definidas en el protocolo general de bioseguridad y su anexo técnico, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y 1462 del 25 de agosto del 2020, orientadas a minimizar los factores que puedan generar la transmisión de la enfermedad por Coronavirus COVID-19, y garantizar fa continuidad de la prestación del servicio. Articulo 2. Ambito de aplicación. La presente resolución aplica a los funcionarios, contratistas, subcontratistas, pasantes, visitantes y demás personal que desarrolla trabajo

continuidad de la prestación del servicio. Articulo 2. Ambito de aplicación. La presente resolución aplica a los funcionarios, contratistas, subcontratistas, pasantes, visitantes y demás personal que desarrolla trabajo pffl.<5enc:!a! en !a-'5 -<5ede-'5 de la enf!dad, rom0 -<50n e! Ed!.ffc:!0 San Agu.<5tfn y Ga-<5as de Santa Bárbara, y en la modalidad de trabajo en casa o remoto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Articulo 3. Trabajo remoto o en casa de los funcionarios, pasantes y Contratistas de prestación de servicios. En el marco del Decreto 1168 de 2020, de la Resolución 666 de 2020 i u€: Í8 Ri::SúiüClúii í 462 dei 25 u€: 8yüSÍü dei 2020, €:Xp€:diu8S por €:Í Mi;;isie,,ü u€: Saiud y Protección Social, para evitar el contacto entre las personas y propiciar el distanciamiento social, por regla general y hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, se procurará prestar los servicios de forma presencial hasta con un treinta 30% por ciento de los servidores, contratistas y pasantes de la Entidad. Durante el periodo de Emergencia Sanitaria, los funcionarios, pasantes y contratistas de prestación de servicios de apoyo a la gestión que, se encuentren en alguna de las siguientes condiciones, no deberán desarrollar actividades presenciales en las sedes del Ministerio: fi MfivnrA.<: rlt:1 ñn fiRn<: -·· ••• -·J - • - - - - - - -· .... - • b. Mujeres en estado de embarazo.

fi MfivnrA.<: rlt:1 ñn fiRn<: -·· ••• -·J - • - - - - - - -· .... - • b. Mujeres en estado de embarazo. c. Quienes presenten morbilidades preexistentes identificadas como factores de riesgos para COVID-19, tales como: diabetes, enfermedad cardiovascular -hipertensión arterial­ HTA, accidente cerebrovascular-ACV, VIH, Cáncer, enfermedad pulmonar obstructivaEl emprendlmlento es de todos ' , · , ! , • .

RESOLUCIÓN No, 1753 De 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Página 4 de 19

Continuación de la Resolución "Por/a cual se subroga la Resolución No, 1181 del 26 de mayo de 2020, por la cual se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Corona virus CO VID-19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Saciar crónica -EPOC, que hagan uso de corticoides o inmunosupresores y/o que sufran de mal nutrición. Se dará prioridad para trabajo en casa o remoto a: a. Personal con hijos menores de 12 a/los. b, Personal a cargo de personas con discapacidad en primer grado de consanguinidad. c. Personal a cargo de adultos mayores de 70 a/los en primer grado de consanguinidad. d. Personal que conviva en su núcleo familiar con persona que, presente morbilidades preexistentes identificadas como factores de riesgos para COVID-19. Parágrafo. Para verificar el aforo máximo en el Edificio San Agustfn, se tendrá en cuenta en

d. Personal que conviva en su núcleo familiar con persona que, presente morbilidades preexistentes identificadas como factores de riesgos para COVID-19. Parágrafo. Para verificar el aforo máximo en el Edificio San Agustfn, se tendrá en cuenta en los reportes de ingreso del personal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionalesf')fAN v /fi {Jnit:ffid dP. PmvP.r.r.iñn Nnrm::itiv::i v l=fit11rlin,fi rlP. RP.n11/::ir.iñn Fin::inr.iP.fi I IRF· n::ir::i el cas; de la sede de Casfis-de Santa BárlJára sé tendfi en· ;fienta· la ubicafiÚ5fi dei pefifinfiI de la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social DGRESS y la Dirección de Tecnologfa DT, Articulo 4. Condiciones para el desarrollo de Trabajo presencial en sedes de la Entidad •• _. __ L_?_ -----"'- - -- ---- ,.._ ___ ---1.fi---·-- --- -1 ....... -1! .•• !-..l-l.- Jf-- l .. '.--:---- - -'- f-- y uaUctJU n:111u1u U t:11 1,;a.:.a. rara l,;U/111/IUdl l,lJ/1 t:I liUIIIJJllllllt:IIIU Ut:: 10:. IU/11,lUllt::> U Ut:: Id:> actividades por parte de los funcionarios y contratistas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la modalidad de trabajo presencial y trabajo remoto o en casa, se deberán cumplir los siguientes lineamientos: a. Secretario General/ Directora Administrativa: - Impartir las directrices para el retomo progresivo a las instalaciones del Ministerio de

Público en la modalidad de trabajo presencial y trabajo remoto o en casa, se deberán cumplir los siguientes lineamientos: a. Secretario General/ Directora Administrativa: - Impartir las directrices para el retomo progresivo a las instalaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público por parte de los funcionarios, pasantes y contratistas de prestación de servicios, que no cursen con ninguna de /as patologías mencionadas en el artículo precedente. Sumini,5fr::1r lr:.,s fitJUf''-5()-5 Mr.esf!rfr:_,.s p?.fi e! r.ump!imientr:., de! protr:.,r.r:.,!r:., de prevención, de confonnidad con las disponibilidades presupuesta/es correspondientes. - Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de tumos y horarios de trabajo, ú. Süúúírt:fiür út: Gt:Siíó;; út:i ;.,;(:;;,ü iiür;;¡,;;ü - St:fiüiíúr1ú ,.,- Sr1iüu t:ii t1i irüúr1jü: • Divulgar y verificar el cumplimiento del protocolo de bioseguridad y adelantar las acciones pertinentes para mantener su actualización. Desarrollar capacitaciones virtuales y anuncios para los funcionarios, contratistas, subcontratistas y pasantes, respecto de las medidas indicadas en el protocolo de bioseguridad, especialmente en las indicadas en la Resolución 666 del 24 de abril de 2020, numeral 4, 1.2 del anexo técnico que hace parte de la Resolución en mención. Reportar a las respectivas EPS y ARL, los casos sospechosos y confinnados de Covid-19.

2020, numeral 4, 1.2 del anexo técnico que hace parte de la Resolución en mención. Reportar a las respectivas EPS y ARL, los casos sospechosos y confinnados de Covid-19. • Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto r.0n !?.5 EPS, en !0 fi!ar.f0nado oon !as ?.r.tivfdades de promor.i6n de !a .salud y prevención de la enfennedad. - Proveer a los funcionarios, contratistas de prestación de servicios de apoyo a la gestión y pasantes los elementos de protección personal que deban utilizar para el cumplimiento de las actividades laborales y contractuales en las sedes del MinisterioEl emprendlmlento es de todos RESOLUCIÓN No. 1753 De 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Página 5 de 19 Continuación de la Resolución "Por/a cual se subroga la Resolución No. 1181 del 26 de mayo de 2020, por la cual se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Corona virus CO VID-19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Sociar de Hacienda y Crédito Público, durante el desarrollo de la emergencia. - Continuar impartiendo las capacitaciones virtuales que el funcionario requiera para el -··--• :-.: __ ..__ -'- -··- 1.,_ .. : ... . __ • -- -• _,z _ ..... _, __ :_ .. : __ .._ _ _,_ -··- , .. _, .!f:-1--'--

\,UlflfJllllllt:IIIU Ut: .::,u.::, IU/1\, /Ullt:.::. U fJCl/a t:I /UIICl /t:1,11 11/t:I/IU Ut: .::,u.::, 11a11111uaui::.::,. - Difundir infonnación periódica a los funcionarios, contratistas, subcontratistas y pasantes respecto de la implementación de medidas de prevención. - Adelantar las acciones, para el reporte diario, a través del sitio web: https:llwww.alissta.gov.colAutoEva/uacionCOVIDICOVID19o y de la aplicación CoronApp, sobre el estado de salud y temperatura de los funcionarios, pasantes y contratistas de prestación de servicios de apoyo a la gestión que están prestando sus servicios bajo la modalidad del Trabajo remoto o en casa, con el fin de generar un sistema de alerta de síntomas y vigilancia a la salud en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Establecer un sistema de verificación para el control de datos de las personas que ;,,,..ro«.'or, a lo Cnlirlo,./ C/ """'¡fi,,..," rufi,.,.,,,i#iró Nonoror ronnr#t!)r, noro ""filiror,iñn o /o /t 0/ ut ::,, ..... v .... ,, ... '""' _,,.., ... ""'""'' -· IIU WIIIV ,., •• , ... , .. ,.,.,... ::I""''""' ... ' '"" fJ_,, .... w ,., ... ,""' ...... ,,,.,,, ........ ,v,, .... ... , u, _ y/o EPS, en el que conste: fecha, lugar, nombre de personas y lugares visitados. c. Directores, Subdirectores, jefes de Oficina y Coordinadores de áreas:

y/o EPS, en el que conste: fecha, lugar, nombre de personas y lugares visitados. c. Directores, Subdirectores, jefes de Oficina y Coordinadores de áreas: - lnfonnar a la Subdirección de Gestión del Talento Humano, cualquier novedad asociada al COVID-19 que consideren pueda comprometerla Seguridad y la Salud de sus funcionarios, contratistas y pasantes. - Fomentar el uso de la aplicación CoronApp, y, del sitio web: https:llwww.alissta.gov.colAutoEvaluacionCOVIDICOVID19o para registrar en ella el estado de salud de los funcionarios, contratistas y pasantes. Cumplir las metas y objetivos pactados para la dependencia en el acuerdo de gestión. - Hacer seguimiento y acompañamiento al cumplimiento de la concertación de objetivos de desempeño suscritos en la evaluación de desempeño. • En los casos en que se realice trabajo presencial por horas, completándose con trabajo en casa según necesidad del servicio, se deberá respetar las nonnas que ·regulan la jamada laboral de confonnidad con lo señalado en la Resolución 1468de 201 7 del Ministerto de Hacienda y CJrédito Publico, la cual es de 44 horas a la semana, con una hora de almuerzo, así: a) De 7:00 am a 4:00 pm b) De 8:00 am a 5:00 pm fi¡ De 9:00 am a 6:00 pm Verificar que las funciones a desempeflar estén acordes con las establecidas en el Manual de Funciones. • Mantener contacto pennanente con los funcionarios y/o pasantes que estén bajo su dirección y control, con el fin de verificar su estado de salud y cumplimiento de labores. d. Supervisores de los contratos de prestación de servicios: '

Manual de Funciones. • Mantener contacto pennanente con los funcionarios y/o pasantes que estén bajo su dirección y control, con el fin de verificar su estado de salud y cumplimiento de labores. d. Supervisores de los contratos de prestación de servicios: ' - Cumplir las funciones asignadas como supervisor y en especial hacer seguimiento permanente al cumplimiento de las obligaciones y actividades pactadas con los contratistas de prestación de servicios. - Mantener contacto pennanente con los contratistas que estén bajo su supervisión, con el fin de verificar su estado de salud y para apoyar en el cumplimiento de las actividades. e. Funcionarios, contratistas, subcontratistas y pasantes:El emprendlmiento es de todos RESOLUCIÓN No. 1753 De 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Página 6 de 19 Continuación de la Resolución "Por la cual se subroga la Resolución No. 11 81 del 26 de mayo de 2020, por la cual se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las medidas de bioseguridad para mitigar y controlarla pandemia del Coronavirus COVID-19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Sociar - Cumplir las metas, obligaciones y actividades pactadas en los manuales de funciones •• -- , __ ___ , __ , __ ..,_ --- -'--:fi- - .1- ---. :-:- - -- -·•"·- --- ·--- --Jy C:11 IV.> l.Vl/11 a,v .. ve: "'' C:.>IOUVI/ ve: .>C:I Vil.IV->, .>C:!jUII l.VII C:->/JVIIVa.

Cumplir las medidas adoptadas en la presente Resolución y en el protocolo de bioseguridad adoptado por el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y Resolución 1462 del 25 de agosto de 2020, de manera obligatoria. - Extremar las medidas de seguridad y dar cumplimiento al numeral 4. 6 del anexo técnico del protocolo de bioseguridad adoptado por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuando el funcionario, contratista o pasante conviva con una persona de alto riesgo. lnfonnar inmediatamente a la EPS en caso de presentar sfntomas de la enfennedad y a la Subdirección de Gestión de Talento Humano, mediante el correo sst@minhacienda.gov. co, para que se inicie el protocolo estipulado por el Ministerio de Salud y Protección Social. Reportar al correo sst@minhacienda.gov.co cualquier contagio que se presente en sus hogares o en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al igual si manifiestan sfntomas de enfennedad respiratoria para que se tomen las medidas pertinentes. Cumplir el protocolo de lavado de manos con una periodicidad mínima de cada 3 horas, en donde el contacto con el jabón debe durar mínimo 60 segundos, de acuerdo con los lineamientos de la OMS, y después de entrar en contacto con superficies que hayan podido ser contaminadas por otra persona (manijas, pasamanos, cerraduras, transporte), después de ir al baño, manipular dinero y antes y después de comer. Mantener una actitud positiva durante la jornada laboral, concentrarse en las labores que debe realizar y en no descuidar las medidas de bioseguridad (lavado de manos cada 3 horas, distanciamiento social y uso adecuado del tapabocas).

Mantener una actitud positiva durante la jornada laboral, concentrarse en las labores que debe realizar y en no descuidar las medidas de bioseguridad (lavado de manos cada 3 horas, distanciamiento social y uso adecuado del tapabocas). Si al retomar trabajo presencial presenta diferentes emociones, miedos o ansiedad, proyectar previamente cada una de las medidas de protección que va a emplear durante su recorrido a !a ofi.cfna A! vo!\1er a su casa tomar un tiempo para evaluar e! impacto emocional que le generen todas las actividades realizadas durante el dla y las medidas de protección que tomo. Articulo 5. Parámetros de Bioseguridad: Los funcionarios, contratistas, sub.contratistas, pasantes y visitantes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, deberán dar cumplimiento· úe mi:lfleré:l uúiigi:léurii:l él Íi:l Re:suiuc.;iúfl 666 úei 2020 y Re:suiuc.;iúr, í462 úei 2020 úei iviir,i:síeriu de Salud y Protección Social, su anexo técnico y a las siguientes medidas de Bioseguridad para Trabajo remoto o en casa y para la reincorporación al trabajo presencial. l. MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD PARA LOS FUNCIONARIOS, CONTRA T/STAS, SUBCONTRA TISTAS, PASANTES Y VISITANTES Ante la presencia de la pandemia COVID-19 en Colombia, se establecen lineamientos para prevenir el contagio de los funcionarios, contratistas, subcontratistas, pasantes, visitantes y demás oersonal aue inarese a las sedes del Ministerio de Hacienda v Crédito Público. contemplando las recomendaciones dadas por la Organización Mundial de· la Salud (OMS), la

demás oersonal aue inarese a las sedes del Ministerio de Hacienda v Crédito Público. contemplando las recomendaciones dadas por la Organización Mundial de· la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el Ministerio de Salud y Protección Social, las autoridades civiles (Presidencia de la República y Alcaldía Mayor de Bogotá), los organismos de vigilancia y control como el Instituto Nacional de Salud, y demás entidades de apoyo como ARL POSITIVA, Cruz Roja, entre otros.El emprendimlento es de todos RESOLUCIÓN No. 1753 De 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020 Página 7 de 19 Continuación de la Resolución "Por/a cual se subroga la Resolución No. 11 81 del 26 de mayo de 2020, por la cual se adoptó e implementó en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público fas medidas de bioseguridad para mitigar y controlar la pandemia del Coronavirus COVID-19, adoptadas en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Sociar Los funcionarios que, estén cumpliendo con labores presenciales dentro de las instalaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y demás personal que se autorice a desarroflar actfvidade5 a: interior de :a Entidad, deberá 5eguir la5 5/guie,,te5 di5pv5icione5. 5.1 Medidas Generales: Las siguientes medidas generales corresponden a los mecanismos de seguridad y salud en el trabajo para la mitigación, prevención y control de contagio del COVID-19, con el fin de reducir el riesgo de exposición de los funcionarios, contratistas, pasantes y demás personal que ingrese a la Entidad. a. Lavado de manos

el trabajo para la mitigación, prevención y control de contagio del COVID-19, con el fin de reducir el riesgo de exposición de los funcionarios, contratistas, pasantes y demás personal que ingrese a la Entidad. a. Lavado de manos I n.fi f11nr.inn::irin.fi r.nnfr.:iti.fit::i.fi n::i.fi::infP.fi v Pn nPnPr.:il tnrl::i nPfinn::i n11P .fiP Pnr.11PnfrP --- ·· ·· ·-·-··- ··· -- , --· ·-· -·-· -- -·- , r -·-- ··· -- ·- ., -·· · .., -·--- -- --- -- --- - ,-- -- -- -·- · -,-· - -- ----- ·-·· ·· - dentro de las instalaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, deben lavarse las manos con agua y jabón cuando estén visiblemente sucias o hayan tenido contacto con algún fluido corporal, después de entrar en contacto con superficies que hayan podido ser contaminadas (manijas, pasamanos, cerraduras), después de ir al baño, antes y después de comer y cuando exista una fuerte sospecha o evidencia de exposiciú;; 1:.1i COViD-19. Por i1:.1;;to, ei i1:.1v1:.1do de ;;;1:.1nos debe reaiizarf;€: con una periodicidad mfnima de cada tres (3) horas. Para que /as acciones de higiene de /as manos tengan mayor eficacia, todas las personas deben procurar que fa piel de sus manos se encuentre libre de cortes, fas uñas naturales, cortas y sin esmalte y las manos y los antebrazos sin joyas y al descubierto. Asimismo, el lavado de manos deberá tener una duración superior a 60 segundos.

uñas naturales, cortas y sin esmalte y las manos y los antebrazos sin joyas y al descubierto. Asimismo, el lavado de manos deberá tener una duración superior a 60 segundos. Los pasos para una técnica correcta de lavado de manos según fa Organización Mundial de fa Salud son: Mojarse /as manos. Aplicar suficiente jabón para cubrir toda la mano. Frotar las palmas entre si. Frotar /a palma de la mano derecha contra el dorso de la "!ano izquierda entrelazando los dedos, y viceversa. Fruic11 ic1:s µc1imc1:s ut:J íc1:s mc111u:s t:J'1Ítt:J :sí, r,;ur, íu:s ut:Juu:s er,Írt:JÍc1¿c1Ju:s. . Frotar el dorso de los dedos de una mano contra fa palma de la mano opuesta, manteniendo unidos los dedos. Rodeando el pulgar izquierdo con la palma de la mano derecha, frotarlo con un movimiento de rotación

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