MINHACIENDA - Resolución 2189 septiembre 03 de 2025
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución 2189 septiembre 03 de 2025
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2025
Hacienda RESOLUCIÓN NUMERO 2189 pg g 3 ¿025 Por la cual se autoriza a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales 5.A. - SATENA para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo, consistentes en la suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional con NAC Aviation 2 A/S y NAC Aviation 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de los Estados Unidos de América. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 6 de la Ley 781 de 2002, el artículo 2.2.1.2.1.4. del Decreto 1068 de 2015, y en desarrollo del artículo 2.2.1.1.1., y CONSIDERANDO: Que mediante la comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el No. 1-2025-050055 del 16 de mayo de 2025 y alcance 1-2025-051822 del 21 de mayo de 2025, Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público "(...) autorización de Crédito Externo de largo plazo y sus asimiladas sin garantía la Nación "Se aclara que es una operación
de crédito asimiiada a operación de crédito público externa, consistentes en ia ceiebración de tres Leasing Financieros Internacionales que se proyecta celebrar con Nordic Aviation Capital - NAC o sus filiales y/o subsidiarias. (...) Monto: USD 38.190.449 (Treinta y ocho millones ciento noventa mil cuatrocientos cuarenta y nueve dólares americanos). (...) Cantidad de aeronaves: 3 Aeronaves ATR 72-600 {■■■)"; Que el artículo 6 de la Ley 781 de 2002 dispone que: "S/n perjuicio de lo establecido en ios artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 [compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015] / demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo. Que el artículo 2.2.1.2.1.4. del Decreto 1068 de 2015 establece que: "La celebración de operaciones de crédito público externas y sus asimiladas que no tengan un trámite de autorización especial en este Título, así como el otorgamiento de garantías a ios prestamistas, por parte de: (...) ii) entidades descentralizadas de cualquier orden;
(...) requerirán autorización impartida mediante resolución por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Dicha autorización será expedida una vez se cuente con el correspondiente concepto favorable en los términos del artículo 2.2.1.6. del presente decreto, el documento técnico justificativo de que trata el artículo 2.2.1.5.2. del presente decreto y la aprobación de ia minuta definitiva del contrato o Página 1 de 7I Hacienda RESOLUCIÓN No. 2189 qE Q 3 SEP 2025
Continuación de la Resolución: "Por la cual se autoriza a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales 5.A. - SATENA para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo, consistentes en la suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional con NACAvIation 2 A/S y NAC Aviatlon 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de los Estados Unidos de América" instrumento impartida por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que según consta en la Escritura Pública No. 1427 del 9 de mayo de 2011 de la Notaría 64 del Círculo de Bogotá, Servicio Aéreo a Territorios Nacionales 5.A. - SATENA "(...) es una sociedad de economía mixta por acciones del orden nacional, de
carácter anónimo, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional, autorizada por la Ley 1427 de 2010 dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonial y capital independiente. (...)"; Que el Secretario de la Junta Directiva de Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA, mediante certificación expedida el 21 de agosto de 2025 Informó que "(■■■) En la sesión extraordinaria de la Junta Directiva del 16 de mayo del 2025, el máximo órgano de Administración de SATENA S.A. aprobó por unanimidad la autorización al representante legal de la Sociedad, señor Mayor General Oscar Zuluaga Castaño, para celebrar los contratos de empréstitos externos o sus asimiladas (Leasing financiero) sin garantía de la Nación de tres (03) aeronaves ATR 72-600 en nombre de SATENA, conforme a las siguientes condiciones: 1. Monto del contrato: USD 38.190.449 (Treinta y ocho millones ciento noventa mil cuatrocientos cuarenta y nueve dólares americanos) para el Leasing Financiero de tres (03) aeronaves ATR 72-600. 2. Plazo: 60 meses por cada aeronave. 3. Arrendador: Nordic Aviation Capital - NAC o sus compañías subsidiarias, afiliadas o asociadas. 4. Tipo de operación: Operación de crédito asimilada a operación de crédito público externa, consistentes en la celebración de Leasing Financiero Internacional que se proyecta celebrar con Nordic Aviation Capital - NAC o sus compañías subsidiarias, afiliadas o
asociadas. Esta autorización se otorga en cumplimiento de los estatutos de la entidad y las normativas legales vigentes. La autorización de la Junta Directiva de SATENA se encuentra vigente y no ha sido modificada. (...)"; Que Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA allegó a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Documento Técnico Justificativo de que trata el artículo 2.2.1.5.2. del Decreto 1068 de 2015, como anexo a la comunicación radicada en este Ministerio bajo los Nos. 1-2025-050055 del 16 de mayo de 2025, 1-2025-079568 del 5 de agosto de 2025 y 1-2025-088803 del 1 de septiembre de 2025; Que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el oficio No. 2-2025-039268 del 24 de junio de 2025 y No. 2-2025-052747 del 2 de septiembre de 2025, señaló que: "(■•■) En consideración a la naturaleza de las operaciones asimiladas a operaciones de crédito público que proyecta celebrar Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA, a partir de la consulta efectuada por SATENA ai Departamento Nacional de Pianeación, dicho Departamento mediante oficio 20253200346391 del 16 de mayo
de 2025 concluyó en los siguientes términos: "(■■■) Con base en el análisis normativo aplicable y los hechos descritos en la solicitud, se concluye que no existe en este caso obligación por parte de este Departamento Administrativo de emitir el concepto ai cual hace referencia el inciso 4 del artículo 2.2.6.1.7 del Decreto 1082 de 2015, toda vez que no se configura el tercer presupuesto normativo previsto en la norma. El Página 2 de 7'1:1i' Hacienda RESOLUCIÓN No. 2189 DE "" Q 3 ^£P Continuación de la Resolución: "Por la cual se autoriza a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATEN A para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo, consistentes en la suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacionai con NAO Aviation 2 A/S y NAC Aviation 3 A/S, hasta por un monto totai de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de los Estados Unidos de América" mandato establecido en la norma exige que la operación se enmarque en el financlamiento de gastos de Inversión a través de proyectos de Inversión legalmente constituido, condición que no se cumple en el caso examinado, teniendo en cuenta que de acuerdo con la solicitud SATEN A se plantea realizar la operación haciendo uso de recursos propios. En este sentido, en el caso bajo consulta no se encuentra un
proyecto de Inversión sobre el cual el DNP pueda emitir concepto en los términos del Inciso 4 del artículo 2.2.6.1.7 del Decreto 1082 de 2015, por tanto, no es exigible el concepto previo por parte de este Departamento Administrativo Así mismo, esta Dirección concluyó que: "(•••) conforme con lo establecido en el Inciso sexto del artículo 2.2.1.6. del Decreto 1068 de 2015, y considerando que Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA cuenta con los niveles adecuados de liquidez, solvencia y capacidad de pago para celebrar operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo consistentes en la celebración de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional y sus respectivos anexos, que se proyecta celebrar, así: dos (2) con NAC AVIATION 2 A/S y uno (1) con NAC AVIATION 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de los Estados Unidos de América, la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emite concepto favorable a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA. Se precisa que, cada leasing financiero tendrá un valor de hasta por la suma de DOCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y
NUEVE DOLARES CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS (USD12.730.149,67) de los
Estados Unidos de América^[Según Documento Técnico Justificativo radicado por Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA en este Ministerio bajo los Nos. 1-2025-050055 del 16 de mayo de 2025, 1-2025-079568 del 5 de agosto de 2025 y 1-2025-088803 del 1 de septiembre de 2025]. Para la vigencia del presente concepto, se tendrá en cuenta lo previsto en el oficio radicado No. 2-2025-039268 del 24 de Junio de 2025, es decir, hasta el 24 de junio de 2026. Que Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA, mediante ia comunicación radicada en este Ministerio bajo el No. 1-2025-089370 del 2 de septiembre de 2025, allegó la certificación de que trata el parágrafo 2 del artículo 2.2.1.6. del Decreto 1068 de 2015, suscrita por su Presidente, en ios siguientes términos: "Que mediante los oficios radicados Nos. 2-2025-039268 del 24 de junio de 2025 y 2-2025-052747 del 2 de septiembre de 2025, la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo consistentes en la celebración de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional, que proyecta celebrar, así: dos (2)
con NAC AVIATION 2 A/S y uno (1) con NAC AVIATION 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de los Estados Unidos de América. Se precisa que, cada leasing financiero tendrá un valor de hasta por la suma de DOCE MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE DOLARES CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS (USD12.730.149,67) de los Estados Unidos de América. El mencionado cupo no se ha sido afectado con ninguna operación de crédito público, por lo tanto, se encuentra disponible en su totalidad. Así mismo, se certifica Página 3 de 7V; Hacienda RESOLUCIÓN No. 2189 DE ~ Q 3 SEP 2025
Continuación de la Resolución: "Por la cual se autoriza a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo, consistentes en la suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional con NACAviation 2 A/S / NAC Aviation 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de ios Estados Unidos de América" que Servicio Aéreo a Territorios Nacionaies S.A. - SATENA no ha presentado un
cambio adverso en su situación financiera. Que el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional mediante memorando No. 3-2025-014707 del 3 de septiembre de 2025, respecto del considerando anterior, informó que la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Púbiico vaiidó ei saldo disponible del concepto emitido por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional a través del oficio radicado No. 2-2025-039268 del 24 de junio de 2025 y No. 2-2025-052747 del 2 de septiembre de 2025; Que mediante oficio No. 2-2025-049387 del 14 de agosto de 2025 y alcance No. 22025-052751 del 2 de septiembre de 2025 "(...) en el marco de las facultades contempladas en el artículo 38 del Decreto 4712 de 2008, así como de la normativa vigente aplicable, (...) La Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Púbiico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Púbiico da aprobación a ios términos de las minutas que se relacionan a continuación, correspondientes a tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito púbiico externo: • International Aircraft Lease Agreement y Anexos entre NAC AVIATION 3 A/S, en calidad de Arrendador, y Servicio Aéreo a Territorios Nacionaies S.A. (SATENA), para la aeronave de ia referencia MSN 1120. • International Aircraft Lease Agreement y Anexos entre NAC AVIATION 2 A/S,
en calidad de Arrendador, y Servicio Aéreo a Territorios Nacionaies S.A. (SATENA), para la aeronave de ia referencia MSN 1120. • International Aircraft Lease Agreement y Anexos entre NAC AVIATION 2 A/S, en calidad de Arrendador, y Servicio Aéreo a Territorios Nacionaies S.A. (SATENA, para la aeronave de ia referencia MSN 1121. • International Aircraft Lease Agreement y Anexos entre NAC AVIATION 2 A/S, en calidad de Arrendador, y Servicio Aéreo a Territorios Nacionaies S.A. (SATENA), para la aeronave de ia referencia MSN 1165. Las tres (3) minutas enunciadas corresponden a ios contratos de Leasing Financiero Internacional y sus respectivos anexos, que proyecta celebrar ei Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A.- SATENA hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO
MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES
(USD38.190.449) de los Estados Unidos de América, destinados para ei arrendamiento financiero de tres (3) aeronaves ATR modelo 72-600. De acuerdo con ei Documento Técnico Justificativo radicado por Servicio Aéreo a Territorios Nacionaies S.A.- SATENA en este Ministerio, bajo ios Nos. 1-2025-050055 del 16 de mayo de 2025, 1-2025-079568 del 5 de agosto de 2025 y 1-2025-088803
del 1 de septiembre de 2025, y con ei estudio efectuado por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se informa que las condiciones financieras de cada uno de ios tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional y sus respectivos anexos, que proyecta celebrar Servicio Aéreo a Territorios Nacionaies S.A.- SATENA, son las siguientes: Página 4 de 7RESOLUCION No. 2189 DE All"i Hacienda O 3 SEP Continuación de la Resolución: "Por la cual se autoriza a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATEN A para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo, consistentes en la suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional con NACAviation 2 A/S y NAC Aviation 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de ios Estados Unidos de América" Referencia aeronave MSN 1120 MSN 1121 MSN 1165 Canon MensualUSD105.000 USD105.000 USD105.000 Renta suplementaria máxima promedio mensual Hasta por la suma de USD107.169,16 suma determinabie de conformidad con lo establecido en el Exhibit J del Contrato de Leasing Financiero Internacional. Hasta por ia suma
de USD107.169,16 suma determinabie de conformidad con io establecido en el Exhibit J del Contrato de Leasing Financiero Internacional. Hasta por ia suma de USD107.169,16 suma determinabie de conformidad con io establecido en el Exhibit J del Contrato de Leasing Financiero Internacional. Plazo 60 meses a partir de ia fecha de entrega de i a aeronave. 60 meses a partir de ia fecha de entrega de i a aeronave. 60 meses a partir de ia fecha de entrega de i a aeronave. Amortización Pago de arrendamiento mensual anticipado. Pago de arrendamiento mensual anticipado. Pago de arrendamiento mensual anticipado. Monto total Hasta por un monto totai de USD38.190.449, siendo el valor de cada contrato hasta por ia suma de USD12.730.149,67 RESUELVE Artículo 1. Autorización. Autorizar a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo, consistentes en la suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional, así: dos (2) con NAC AVIATION 2 A/S y uno (1) con NAC AVIATION 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO
NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de
los Estados Unidos de América, de conformidad con los términos y condiciones aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través del oficio No. 2-2025-049387 del 14 de agosto de 2025 y alcance No. 2-2025-052751 del 2 de septiembre de 2025. Artículo 2. Destinación. Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA deberá celebrar los tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional para el arrendamiento financiero de tres (3) aeronaves ATR modelo 72-600, en los términos de las minutas y anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No. 2-2025-049387 del 14 de agosto de 2025 y alcance No. 2-2025-052751 del 2 de septiembre de 2025. Página 5 de 7i; Hacienda RESOLUCIÓN No. 218 ^ DE Q ^ ^£p 2025
Continuación de la Resolución: "Por /a cua/ se autoriza a Servido Aéreo a Territorios Nadonales S.A. - SATEN A para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo,
consistentes en ia suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional con NACAviation 2 A/S y NAC Aviation 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de ios Estados Unidos de América" Artículo 3. Minuta de Contrato En desarrollo de la presente autorización, Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA podrá celebrar ios tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional y sus respectivos anexos, así: dos (2) con NAC AVIATION 2 A/S y uno (1) con NAC AVIATION 3 A/S, en ios términos y condiciones de las minutas aprobados por ia Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de ia Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No. 22025-049387 del 14 de agosto de 2025 y alcance No. 2-2025-052751 del 2 de septiembre de 2025. Artículo 4. Apropiaciones presupuestaies. Los pagos que realice Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA en desarrollo los tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional y sus respectivos anexos, autorizados por la presente Resolución estarán subordinados a las apropiaciones presupuéstales que para el efecto haga en su presupuesto. Por lo tanto. Servicio Aéreo a Territorios Nacionales
S.A. - SATENA deberá incluir las partidas necesarias en su proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos. Artículo 5. Registro. Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA deberá solicitar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la inclusión en el Sistema de Deuda Pública (Base Única de Datos) de los tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional y sus respectivos anexos, que suscriba en desarrollo de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999; para lo cual deberá remitir copia de los contratos de Leasing Financieros Internacionales a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, dentro de los diez (10) días calendario siguientes al perfeccionamiento del mismo. Artículo 6. Afectación dei Concepto Emitido por ia Dirección Generai de Crédito Público y Tesoro Nacional. El cupo del concepto emitido por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio No. 2-2025-039268 del 24 de junio de 2025 y No. 2-2025052747 del 2 de septiembre de 2025, se verá afectado con la celebración de cada uno de los Contratos de Leasing Financiero Internacional y sus respectivos anexos, autorizados por la presente Resolución. Por lo anterior. Servicio Aéreo a Territorios
Nacionales S.A. - SATENA deberá contar con un concepto vigente al momento de la celebración de cada uno de los Contratos de Leasing Financiero Internacional. Es responsabilidad de Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA mantener un seguimiento estricto del monto establecido en dicho concepto favorable y asegurar que, en ningún momento, con fundamento en las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de manera individual o agregada, se exceda dicho monto de endeudamiento. Artículo 7. Compromiso de información. Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA deberá presentar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Página 6 de 7RESOLUCIÓN No. 2189 DE Q 3 SEP 2025
Continuación de la Resolución: "Por la cual se autoriza a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S./A. - SATENA para celebrar tres (3) operaciones asimiladas a operaciones de crédito público externo, consistentes en la suscripción de tres (3) Contratos de Leasing Financiero Internacional con NAC Aviatlon 2 A/S y NACAvIatlon 3 A/S, hasta por un monto total de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DÓLARES (USD38.190.449) de los Estados Unidos de América" Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al mes que se reporte, la información referente a
saldos y movimientos de la operación de crédito público que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999. Artículo 8. Aplicación de otras normas. La presente autorización no exime a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA del cumplimiento de las demás normas de cualquier naturaleza y orden que le sean aplicables, en especial la Resolución Externa No. 17 de 2015 y la Resolución Externa No. 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, la Circular Reglamentaria Externa - DODM 145 del 30 de octubre de 2015 del Banco de la República, y demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. Por lo anterior, la presente autorización no reemplaza la obligación de Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA del cumplimiento de éstas, en la medida en que le sean aplicables. Parágrafo. Lo anterior, se entiende sin perjuicio de las autorizaciones y conceptos previos al endeudamiento de las entidades públicas que deben emitir otras autoridades en cumplimiento de otras normas. Artículo 9. Comunicación. Una vez sea impartida la orden de publicación de que trata el artículo 18 de la Ley 185 de 1995, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito
Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá comunicar a Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S.A. - SATENA la presente Resolución. Artículo 10. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 185 de 1995.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 2025
GERMAN AVILA PLAZAS
Ministro de Hacienda y Crédito Público APROBÓ: (_CCarolina González Pardo / Nathalie Gómez Acosta REVISÓ: >^Norberto Barrantes Fajardo / Divana García MonteroELABORÓ: Cristian Andrés Henao UsecheMjíjp DEPENDENCIA: Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera
- Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
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