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MINHACIENDA - Resolución 2221 de 2022

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolución 2221 de 2022
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2022

MINISTERIO DE HACIENDA V CRÉDITO PÚBLICO RESOLUCIÓN 2 2 21 2 3 AGO. 2022 ) Por la cual se mantiene una delegación en materia contractual y de ordenación del gasto EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades, en especial las establecidas en los artículos 208 y 211 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y el numeral 17 del artículo 6 del Decreto 4712 de 2008, y CONSIDERANDO Que el Presidente de la República, con la firma de todos sus Ministros, expidió el Decreto Legislativo 639 del 8 de mayo del 2020 por el cual se creó el Programa de Apoyo al Empleo FormalPAEF, como un programa social del Estado que otorgaría al beneficiario del mismo un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, con cargo a los recursos del FOME, con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país para conjurar los efectos de la pandemia del Covid-19. Que el parágrafo quinto del artículo 2 del Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por el artículo 2 del Decreto Legislativo 815 de 2020 estableció que: "La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensiona/ y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP, dentro de las labores de fiscalización que adelante durante los tres años siguientes a la finalización del Programa, podrá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo para acceder al mismo. (. .. )". Que el artículo 11 de la Ley 2060 de 2020 previó que el plazo señalado por el

cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo para acceder al mismo. (. .. )". Que el artículo 11 de la Ley 2060 de 2020 previó que el plazo señalado por el parágrafo 5 del artículo 2 del Decreto Legislativo 639 de 2020 y en el considerando anterior, se extendería a un total de cuatro (4) años. Que a través de la Resolución 0995 de 2020, modificada por las Resoluciones 1182, 1156 y 1984 de 2020, entre otras disposiciones, se delegó en el Viceministerio General de este Ministerio, "/as funciones en materia contractual, de ordenación de gasto y de inversiones y todas las medidas adicionales, (. . .) cuando con recursos de funcionamiento, inversión y del FOME, se deban atender y ejecutar las actividades relacionadas (. . .) para lograr el adecuado manejo, dirección y ejecución del Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF, en los términos señalados en el Decreto 639 del 08 de mayo de 2020 y sus modificaciones y/o adiciones (. .. )". Que el Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF tuvo una serie de modificaciones efectuadas a través de la expedición de los Decretos Legislativos 677 y 815 del 19 de mayo y 04 de junio de 2020, respectivamente, así comfi

(MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO RESOLUCIÓN No. 2221 De 23 AGO. 2022 Página 2 de 3

Continuación de la Resolución "Por la cual se mantiene una delegación en materia contractual y de ordenación del gasto" también, con la promulgación de las leyes 2060 del 22 de octubre de 2020 y 2155

Continuación de la Resolución "Por la cual se mantiene una delegación en materia contractual y de ordenación del gasto" también, con la promulgación de las leyes 2060 del 22 de octubre de 2020 y 2155 del 14 de septiembre de 2021. Que particularmente, la Ley 2155 de 2021, por medio de la cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones, se extendió la vigencia del Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF, en los siguientes términos: "ARTÍCULO 21. AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA TEMPORAL DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO FORMAL (PAEF). Únicamente para aquellos potenciales beneficiarios que para el periodo de cotización de marzo de 2021 hubiesen tenido un máximo de cincuenta (50) empleados, amplíese desde mayo de 2021 hasta el mes de diciembre de 2021 el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), establecido en el Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por los Decretos Legislativos 677 y 815 de 2020 y la Ley 2060 de 2020, en las mismas condiciones y términos allí previstos, salvo por las modificaciones introducidas por la presente ley (. .. )". Que una de las modificaciones introducidas por el mencionado artículo 21 de la Ley 2155 de 2021, fue la siguiente:"( ... ) A partir de la vigencia de la presente ley los aportes estatales que entrega el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), se realizarán con cargo al Presupuesto General de la Nación. El Programa continuará en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (. .. )".

aportes estatales que entrega el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), se realizarán con cargo al Presupuesto General de la Nación. El Programa continuará en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (. .. )". Que adicionalmente el artículo 22 de la Ley 2155 de 2021 estableció, en el marco de las labores de fiscalización a cargo de la UGPP, lo siguiente: "Para efectos de las labores de fiscalización respecto de los beneficiarios que recibieron aportes del Programa y que no se podrán postular a la extensión dispuesta por la presente ley, el plazo previsto en el parágrafo 5 del artículo 2o del Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por el artículo 11 de la Ley 2060 de 2020, comenzará a regir a partir del 1 de noviembre de 2021; fecha máxima para que la Unidad de Pensiones y Parafiscales de la Seguridad Social (UGPP), adelante los reprocesamientos y validación de errores operativos, cuando a ello hubiere lugar (. .. )". Que si bien en virtud del artículo 21 de la Ley 2155 de 2021, el Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF se amplió únicamente para ciertos potenciales beneficiarios desde mayo de 2021 hasta el mes de diciembre de 2021, existen actuaciones y procedimientos en el marco del Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF y de su proceso de fiscalización por parte de la UGPP, que requieren ser atendidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como responsable del Programa. Que, en virtud de lo anterior, y lo expuesto en la memoria justificativa del presente acto administrativo, se hace necesario mantener en el Viceministro General del

atendidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como responsable del Programa. Que, en virtud de lo anterior, y lo expuesto en la memoria justificativa del presente acto administrativo, se hace necesario mantener en el Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la delegación de la función en materia contractual y de ordenación del gasto, para atender y ejecutar todas las actividadesMINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO RESOLUCIÓN No. 2221 De 2 3 AGO. 2022 Página 3 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se mantiene una delegación en materia contractual y de ordenación del gasto" relacionadas con el proceso de culminación del Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Mantener en el Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la delegación de la función en materia contractual y de ordenación del gasto, para atender y ejecutar todas las actividades necesarias, efectivas y suficientes que permitan el proceso de culminación del Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF. Artículo 2. La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá o.e., a los 2 3 AGO. 2022 , f é ti:.-/\

JOSE ANTONIO OCAMPO GAVIRIA,\._

Ministro de Hacienda y Crédito Público\

Elaboró: Marielena Daniela Bernal

Revisó: Mónica Margarita Pinedo/Julian Arturo Niño/Natalia Gómez fi

JOSE ANTONIO OCAMPO GAVIRIA,\._

Ministro de Hacienda y Crédito Público\

Elaboró: Marielena Daniela Bernal

Revisó: Mónica Margarita Pinedo/Julian Arturo Niño/Natalia Gómez fi

Aprobó: Diego Guevara

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