MINHACIENDA - Resolución 2245 de 2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolución 2245 de 2026
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2026

Hacienda 22d5 0 2 OCT 2026RESOLUCION NUMERO pE Por la cual se delega en la Subdirectora de Gestión del Talento Humano la competencia para reconocer y conceder permisos sindicales remunerados en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 208 y 211 de la Constitución Política; el artículo 9 de la Ley 489 de 1998; los artículos 2.2.2.5.1 a 2.2.2.5.4 del Decreto 1072 de 2015, modificados por el Decreto 720 de 2024; y el numeral 26 del artículo 6 del Decreto 4712 de 2008, y CONSIDERANDO Que el artículo 39 de la Constitución Política reconoce el derecho fundamental de asociación sindical y ordena garantizar a los representantes sindicales las facilidades necesarias para el cumplimiento de su gestión. Que el artículo 416A'del Código Sustantivo del Trabajo dispone que las organizaciones sindicales de los servidores públicos tienen derecho a que las entidades públicas les concedan permisos sindicales para que quienes sean designados puedan atender las responsabilidades derivadas del ejercicio del derecho de asociación y libertad sindical. Que el Gobierno Nacional reglamentó los permisos sindicales de los servidores públicos a través de los artículos 2.2.2.5.l'a 2.2.2.5.4 del Decreto 1072 de 2015, modificado

por el artículo 1 del Decreto 720 de 2024, estableciendo que dichos permisos deberán ser concedidos mediante acto administrativo, previa solicitud de las organizaciones sindicales de primero, segundo o tercer grado, bajo los criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad. Que de conformidad con el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 9 de la Ley 489 de 1998; las autoridades administrativas pueden delegar el ejercicio de funciones en sus colaboradores, mediante acto administrativo expreso, conservando la responsabilidad por la orientación general de la función delegada. Que de conformidad con el artículo 23 del Decreto 4712 de 2008, la Subdirección de Gestión del Talento Humano de la Dirección Administrativa es la dependencia encargada de la gestión integral del talento humano, razón por la cual resulta procedente delegar en su titular la competencia para reconocer y conceder permisos sindicales remunerados, garantizando el cumplimiento oportuno de la normatividad vigente y el respeto del derecho fundamental de asociación sindical. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Delegación. Delegar en la Subdirectora de Gestión del Talento Humano de la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la competencia para reconocer, conceder, modificar, negar, prorrogar y finalizar los permisos sindicales remunerados a los servidores públicos sindicalizados y representantes sindicales de la Entidad, mediante acto administrativo, previa solicitud de las organizaciones sindicales legalmente constituidas, de conformidad con la Constitución Política, la ley y la reglamentación vigente. Página 1 de 2■'U"' l ■ Hacienda Artículo 2®. Alcance de la delegación. La delegación conferida mediante la presente resolución comprende:

con la Constitución Política, la ley y la reglamentación vigente. Página 1 de 2■'U"' l ■ Hacienda Artículo 2®. Alcance de la delegación. La delegación conferida mediante la presente resolución comprende:

1. La verificación del cumplimiento de los requisitos formales de la solicitud presentada por la organización sindical.

2. La evaluación de la procedencia del permiso sindical conforme a los criterios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.

3. La expedición, notificación y comunicación de los actos administrativos que reconozcan o nieguen ei permiso sindicai soiicitado.

4. Las demás actuaciones administrativas directamente relacionadas con ei otorgamiento y gestión de ios permisos sindicales.

Artículo 3®. Límites. El ejercicio de ia función delegada deberá efectuarse respetando en todo caso el derecho fundamental de asociación sindical y sin imponer requisitos adicionaies a los previstos en ia normatividad vigente. Artículo 4®. Publicación y comunicación. La presente resolución será publicada en ia página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y comunicada a las dependencias interesadas para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 5®. Vigencia. La presente resolución rige a partir de ia fecha de su pubiicación y deroga ias disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá, D.C., a los Q 2 OCT 2026

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

MIGUEL GOMEZ MART]tNEZ

Carlos Alberto Castellanos Araújo, Secretario General del MHCP Revisó llllaVfe^Mary Zoila González Velllla, Subdirectora de Gestión de Talento Humano Revisó Diana Marcela Luque Gordillo Asesora oCH Elaboró <j Cristian Camilo Gómez Aguilar,,/VDirector Administrativo '• Revisó Hilda Verónica Tapasco Cedeño Asesora Revisó=^=^^ Página 2 de 2

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