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MINHACIENDA - Resolución 2247 de 2023

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolución 2247 de 2023
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2023

COLOMBIA

POTENCIA: DE LA VIDA RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 4 7 DE O 4 SEP 2023

Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 7 de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015 y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución 3452 del 28 de diciembre de 2021, el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico autorizo "a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco de Occidente, por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana"; Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el No. 1-2022-104396 del 13 de diciembre de 2022 la Corporación Autónoma Regional del Magdalena manifestó "(. . .) Que por motivos de actualización de los proyectos y de los cambios macroeconómicos que han afectado la economía nacional y por ende han resultado en el aumento de las tasas de interés, el crédito autorizado

Regional del Magdalena manifestó "(. . .) Que por motivos de actualización de los proyectos y de los cambios macroeconómicos que han afectado la economía nacional y por ende han resultado en el aumento de las tasas de interés, el crédito autorizado NO se logró desembolsar en las fechas establecidas, razón por la cual, el contrato de empréstito celebrado con el banco de Occidente el 28 y 29 de diciembre de 2021 y debidamente autorizado mediante Resolución 3452 de 2021, NO fue desembolsado, ni utilizado ( ... )"; Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el No. 1-2022-104396 del 13 de diciembre de 2022, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para "(. . .) celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL GUA TROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana, destinado a financiar la ejecución del Proyecto 6.4 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO del Programa 6. ORDENAMIENTO AMBIENTAL · TERRITORIAL del Plan de Acción Institucional 2020-2023 Magdalena Ambiental, una Gestión Sostenible, Construcción. de obras en la quebrada Japón para el control de inundaciones y manejo de aguas lluvias en diferentes sectores del Distrito de Santa Marta. ( ... )"; Que el artículo 7 de.la Ley 7.81 de 2002, dispone, ehtre otrps aspectos, que Ja gestión y

inundaciones y manejo de aguas lluvias en diferentes sectores del Distrito de Santa Marta. ( ... )"; Que el artículo 7 de.la Ley 7.81 de 2002, dispone, ehtre otrps aspectos, que Ja gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 compilado e.n el. Libro 2 Parte 2 del D.ecreto 1068 de 201.5 y demás normas concordantes, por parte de las corporaciones autónomas regionales; se sujetarán a la. norm.atividad aplicable a· las entidades descentralizadas del qrden nacional; ji,.,¡· \ .• Página 1 de 7COLOMBIA

<0 viDA RESOLUCIÓN No. 2 2 fi 7 De O 4 SEP 2023

Continuación de la Resolución "PfJr,lé1-,cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para celebrar un contrato·ae fimpréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana" Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, establece que "La celebración de operaciones de crédito público internas y sus asimiladas que no tengan un trámite de autorización especial en este Título, así como el otorga miento de garantías a los prestamistas por parte de i) las entidades descentralizadas del orden nacional (. . .), requerirán autorización impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para -celebrar operaciones de crédito público internas, sus asimiladas y

prestamistas por parte de i) las entidades descentralizadas del orden nacional (. . .), requerirán autorización impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para -celebrar operaciones de crédito público internas, sus asimiladas y para otorgar garantías, siempre y cuando se cuente con el correspondiente concepto favorable de que trata el artículo 2. 2. 1. 6. del presente Decreto, el documento justificativo de que trata el artículo 2.2.1.5.2. del presente Decreto y con la aprobación de la minuta definitiva del contrato o instrumento impartida por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,.,.; Que de conformidad con el Acuerdo No. 02 del 22 de abfiÍ de 2022 "Por fi/ cual se adoptan los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena", la entidad "( . .) es una entidad del orden nacional, creada por la Ley 99 de 1993, integrada por las entidades territoriales de su jurisdicción, dotada de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personeria jurídica ( .. .)"; Que según certificación del 24 de agosto de 2023, suscrita por el Secretario General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena y Secretario del Consejo Directivo: "Mediante e/Acuerdo Directivo No. 09 del 24 de marzo de 2021 se autorizó al Director General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para: "(.:.) ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar al Director General de la· Corporación Autónoma Regional del Magdalena, para realizar contrataciones de crédito con el objeto de financiar la ejecución

General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para: "(.:.) ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar al Director General de la· Corporación Autónoma Regional del Magdalena, para realizar contrataciones de crédito con el objeto de financiar la ejecución del Proyecto 6.4 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA - LA REDUCCIÓN DEL RIESGO del Programa 6 ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL del Plan de Acción Institucional 2020-2023 Magdalena Ambiental, una Gestión Sostenible, hasta por un monto de SETENTA Y DOS MIL MILLONES DE PESOS MC ($72.000.000.000) y por un término máximo de endeudamiento de diez (10) años, de conformidad con Id expuesto en la párte motiva del presente acto adf[linistratiVo. PARÁGRAFO: En caso dé que las contrataciones de crédito autorizadas sean por un valor inferior al estipulado en el presente artículo, podrá el Director General de conformidad con sus competencias.­ determinar técnicamente la ejecución de estos recursos frente a cada uno dé los proyectos enunciados. ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, para que en desarrollo de las negociaciones que adelante para .celebrar las contrataciones de crédito, otorgue ante las entidades financieras las ga'rantías a que haya lugar con cargo a los recursos pmvenientes de la sobretasa ambienta/ .. ( ... )" El Acuerdo Directivo No. 09 del 24 de marzo de • 2021 se encuentra vigente y a la. fecha . no ha . presentado : ninguna modificación. (. . .r: • · • Que el Departamento Nacional de Planeacióri mediante oficio'No. SCfi20204381622691

marzo de • 2021 se encuentra vigente y a la. fecha . no ha . presentado : ninguna modificación. (. . .r: • · • Que el Departamento Nacional de Planeacióri mediante oficio'No. SCfi20204381622691 del 7 de diciembre de 2020 y alcance 20214380864081 del-19 de agosto de 2021, emitió "(: . .) concepto favorable para llevar a cabo operaciones de 'crédito publico de largo plazb sin garantía· de la Nación, en los términos estipulados en el Decretó 1068 de 2015, hasta por COP $72.000 millones, con el propósito de financia r los siguientes proyectos de inversión incluidos dentro del proyecto 6.4 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA

LA REDUCCION DEL RIESGO del programa • 6. ORDENAMIENTO AMBIENTAL:.

TERRITOR/'AL del Plan de Acción Institucional 2020-2023 Magdalena Ambiental. : 1. Construcción de obras para el control de la erosión en la desembocadura dé/río Buriticá; distrito de Santa Marta. ·2. Construcción de la primera etapa del parque ambiental y obras de recupera'ción hidráulica y ambiental en el río Manzanares en la ciudad de Santa ·, \. ,. rJ- ,.,., \ . . Página 2 de 7COLOMBIA

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¡ ' '1'.%.!fi'.-',f,-... , De fi"_:\; •. 'i:: ,, O 4 SER' ;2.023 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regi onal del Magdalena para celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15A50.000.000) moneda legal colombiana" Marta. 3. Construcción de la primera etapa del parque ambiental y obras de recuperación hidráulica y ambiental en el río Gaira en la ciudad de Santa Marta. 4. Construcción de obras en •la quebrada Japón para el control de inundaciones y manejo de aguas lluvias en diferentes sectores del distrito de Santa Marta. 5. Construcción de obras para el control de inundaciones y manejo de aguas lluvias de la avenida Tamacá y la quebrada Bureche en el sector del Rodadero, distrito de Santa Marta."; Que el Departamento Nacional de Planeación informó, mediante correo electrónico del 24 de noviembre de 2022 que, "( .. .) revisada la solicitud de refrendación del concepto 20204381622691 y alcance No. 20214380864081, los cuales fueron emitidos para la financiación de proyectos de inversión contenidos en el plan de acción institucional de Acción Institucional 2020-2023, en el marco del artículo 2. 2. 1. 6 Emisión de autorizaciones y conceptos, parágrafo 2; y basándonos en los soportes presentados por la Corporación Autónoma Regional del Magdalena-Corpamagen donde a través del representante legal se acredita que la entidad no ha presentado un cambio

autorizaciones y conceptos, parágrafo 2; y basándonos en los soportes presentados por la Corporación Autónoma Regional del Magdalena-Corpamagen donde a través del representante legal se acredita que la entidad no ha presentado un cambio materialmente adverso sobre la situación jurídica, administrativa o finanéiera, que afecte o pueda afectar el cumplimiento de las obligaciones de pago contraídas y que se mantiene el destino de los recursos soportado para la emisión del concepto, sumado a la calificación de riesgo Fitch ratings del 29 de ,'agosto de 2022 en el cual ratifica la calificación de riesgo 'BBB+ (col) de largo plazo y la de corto en 'F2(col) • con perspectiva estable, nos permitimos manifestar que el concepto en mención se encuentra vigente"; Que la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, allegó a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Documento Técnico Justificativo de que trata el artículo 2.2.1.5.2. del Decreto 1068 de 2015, como anexo a la comunicación radicada en este Ministerio bajo el No. 1-2022109423 del 29 de diciembre de 2022; Que mediante memorando No. 3-2023-012689 del 28 de agosto de 2023, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera, de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, informó que "El Departamento Nacional de Planeación emitió concepto. favorable a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena [Mediante Oficio se 20204381622691 del 7 de

Cartera, de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, informó que "El Departamento Nacional de Planeación emitió concepto. favorable a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena [Mediante Oficio se 20204381622691 del 7 de diciembre de 2020, alcance se 20214380864081 del 19 de agosto de 2021 y vigencia de concepto mediante correo electrónico del 24 de \noviembre de 2022, para llevar a cabo operaciones de crédito público de largo plazo sin garantía de la Nación] en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, hasta por COP72.000 millones, destinados para financiar los proyectos de inversión incluidos dentro del proyecto 6.4 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO del programa 6. ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL del Plan de Acción Institucional 2020-2023 Magdalena Ambiental. En relación a la afectación del mencionado concepto y conforme a la certificación expedida por el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena del 28 de agosto de 2023, a continuación, se informa el detalle de las afectaciones correspondientes sobre el fififi - ;"••·.,. --·· '1 •• ,, .'•·. ·: ,-' .'.: ,. -l/cfCONCEP,TO, C!'.::-0• ''.)": ·/: • • "'•fi:.' " •. •:-•;•,MONTOYCóPJ:' -fir, Concepto se 20204381622691 del 7 de diciembre de 2020, $72.000.000.000 alcance se 20214380864081 del 19 de agosto de 2021 y • correo electrónico dfiI 2.4 .de noviembre de 2022 . . . (-) Wilizaciones:.

alcance se 20214380864081 del 19 de agosto de 2021 y • correo electrónico dfiI 2.4 .de noviembre de 2022 . . . (-) Wilizaciones:. Página 3 de 7COLOMBIA (a viDA RESOLUCIÓN No. 2 2 4 7 De ,,<'/,·,,. hJ Hacienda ,¡, Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana" Resolución 3421 del 24 de diciembre de 2021, por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para celebrar un contrato de emprfistito interno y de pignoración de rentas con el Banco Davivienda S.A., por la suma de $29.156.000.000. Resolución 3452 del 28 de diciembre de 2021, "Por la cual se autoriza a la ·corporación Autónoma Regional del Magdalena : . para celebrar, un contrato de empréstito interno y de - pignoración de rentas con el Banco de Occidente, por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana" Saldo concepto DNP (COP) ($29,156. 000. 000) ($15.450, 000. 000) $27,394,000.000 Finalmente, en virtud de lo expuesto, esta Subdirección infórma que el monto disponible •.

Saldo concepto DNP (COP) ($29,156. 000. 000) ($15.450, 000. 000) $27,394,000.000 Finalmente, en virtud de lo expuesto, esta Subdirección infórma que el monto disponible •. del concepto No. se 20204381622691 del 7 de diciembre de 2020 y alcance se 20214380864081 del 19 de agosto de 2021, con que cuenta la Corporación Autónorr¡a Regional del Magdalena, corresponde a la suma de: VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS ($27.:)94.000.000), moneda. legal colombiana, a la fecha de expedición del presente memorando."; Que de conformidad con la minuta de contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas, pagaré y anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras fintidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera: de la Direcc;:ión (peneral de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito· Públicó, mediante oficio No. 2-2023-040881 del 3 de agosto de 2023 las condiciones' financieras del referidq contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas que la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, proyecta celebrar cori el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS_ ($15.450.000,000) morieda legal colombiana son las siguientes: Plazo tbtál. Diez (1 O) años, contados a partir de la fecha del primer desembolso. Período de gracia. El periodo

($15.450.000,000) morieda legal colombiana son las siguientes: Plazo tbtál. Diez (1 O) años, contados a partir de la fecha del primer desembolso. Período de gracia. El periodo de gracia a capitál será de un (1) año a partir de la fecha del primer desembolso, Amortización: El monto total se amortizará en treinta y seis (36) cuotas trimestrales y consecutivas una vez finalizado el periodo de gracia. Intereses-remuneratorios: Durante el plazo, incluido el periodo de gracia a capital, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena pagará sobre saldos de capital adeudados, intereses corrientes liquidados a la tasa IBR (3M) .certificada por el Banco de la República, o la entidad que haga sus veces, adicionada en siete puntos cero nueve puntos porcentuales (7.09%), (IBR (3M) + 7.09%). El interés así estipulado se convertirá en su équivalerité trimestre vencido y será pagadero trimestre vencido, Cada trimestre se ajustará el interés remuneratorio teni'endo en cuenta-el IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada periodo de causación de intereses; incrementado en el mismo número de pun·tos porcentuales anteriormente indicados. Para el primer' pago de intereses, se tomará la tasa IBR' (3M) vigente en la fecha correspondiente al primer desembolso del contrato de empréstito. Los 'intereses remuneratorios serán calculados sobre una base de un año de 360 días ·y días efectivamente transcurridos (actuall360),; • • •• •• - • • • • Que de conformidad con la minuta del contrato de empréstito interno y de pignoración

efectivamente transcurridos (actuall360),; • • •• •• - • • • • Que de conformidad con la minuta del contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas, Pagaré y anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento·de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección Gerierai de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio N·o. 2-2023-040881 del 3 de agosto de 2023 la Corp·oración Autónoma Regional dél Magdaiena, otorgara como garantía las rentas provenientes de la Sobretasa Ambiental: así como con el otorgamiento de un pagaré por cada desembolso.; ',' _ Página 4 de 7COLOMBIA

<• viDA RESOLUCIÓN No. 2 2 4 7 De O 4 SEP. ,2023 \ ·. \ . ·¡ ' .. . .

Continuación de la Resoluc ión "Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILL ONES DE PESOS ($15.4 50. 000.000) moneda legal colombiana" Que según consta en la certificación expedida por el Secretario General de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena - CORPAMAG del 1 de agosto de 2023, "(. . .) el contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas que proyecta celebrar la Corporación Autónoma Regional del Magdalena -· CORPAMAG con el Banco

2023, "(. . .) el contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas que proyecta celebrar la Corporación Autónoma Regional del Magdalena -· CORPAMAG con el Banco de Occidente S.A., hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana, será garantizado con las rentas provenientes de la sobretasa ambiental, estos ingresos se encuentran libre de pignoración en un 91. 22% y son suficientes para cubrir hasta el 130% del servicio anual de la deuda"; Que mediante oficio No. 2-2023-040881 del 3 de agosto de 2023, y de conformidad con las facultades contempladas en el artículo 38 del Decreto 4712 de 2008 y en la normatividad vigente aplicable, "La Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público da aprobación a los términos de la minuta de Contrato de Empréstito Interno y de Pignoración de Rentas, pagaré y anexos que proyecta celebrar la Corporación Autónoma Regional del Magdalena con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000. 000) moneda legal colombiana, destinados para financiar proyectos de inversión incluidos dentro del

Proyecto 6.4 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA LA REDUCCIÓN DEL

RIESGO del Programa 6 ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL del Plan de

legal colombiana, destinados para financiar proyectos de inversión incluidos dentro del Proyecto 6.4 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO del Programa 6 ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL del Plan de Acción Institucional 2020-2023. Magdalena Ambiental en Jo que respecta a la Construcción de obras en la quebrada Japón para el control de inundaciones y manejo de aguas lluvias en diferentes sectores del Distrito de Santa Marta.(. . .)"; Que de conformidad con lo establecido en el. Artículo 2.2.2.3.2. del Decreto 1068 de 2015, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena cuenta con calificación de capacidad de pago, emitida Fitch Ratings Colombia S.A., según consta en documentación de fecha 24 de agosto de 2023; RESUELVE Artículo 1. Autorización. Autorizar a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para celebrar un Contrato de Empréstito Interno y de Pignoración de Rentas con el Banco de Occidente, hasta por la suma de QU INCE MIL CUATROCI ENTOS CINCU ENTA MILLONES DE PESOS ($1 5.450.000.000) moneda legal colo mbiana. Artíc ulo 2. Términos y Condiciones. Los términos y condiciones financieras de la operación del contrato de empréstito interno que proyecta celebrar la Corporación Autónoma Regional del Magdalena con el Banco de Occidente, son las siguientes: Plazo · total. Diez (1 O) años, contados a partir de la fecha del primer desembolso. Período de gracia. El periodo de gracia'a capital será de un (1) año a partir de la fecha del primer

total. Diez (1 O) años, contados a partir de la fecha del primer desembolso. Período de gracia. El periodo de gracia'a capital será de un (1) año a partir de la fecha del primer desembolso. Amortización: El monto total se amortizará en treinta y seis (36) cuotas trimestrales y consecutivas una vez finalizado el periodo de gracia. Intereses remuneratorios: Durante el plazo, in cluido el periodo de gracia a ca pita!, la Corporación. Autónoma .· Regional del Magdalena • pagará sobre.· saldos de capital acjeudados, . intereses corrientes _ liquidados a la tasa IBR (3M) certificada por el Banco de la • República, o la entidad que· haga sus veces, adicionada en siete puntos cero nueve 11,., •• " -• Página 5 de.7COLOMBIA <0 viDA RESOLUCIÓN No. 2 2 4 7 De O 4 SEP 12023< Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena para cele'brar un contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con el l3ancb de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIEN TOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15. 450. 000. 000) moneda legal colombiana" puntos porcentuales (7.09%), (IBR (3M) + 7. 09%). El interés así estipulado se convertirá en su equivalente trimestre vencido y será pagadero trimestre vencido. Cada trimestre se ajustará el interés remuneratorio teniendo en cuenta el IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada periodo de causación de intereses, incrementado en el mismo número

en su equivalente trimestre vencido y será pagadero trimestre vencido. Cada trimestre se ajustará el interés remuneratorio teniendo en cuenta el IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada periodo de causación de intereses, incrementado en el mismo número de puntos porcentuales anteriorrT)ente indicados. Para el primer pago de intereses,· s_e tomará la· tasa I BR (3M) vigente en la fecha correspondiente al prime( desembolso" del contrato de empréstito. Los intereses remuneratorios serán calculados sobre una ba·se de un año de 360 'días y días efectivamente transcurridos (actual/360). • Artículo 3. Destinación. La Corporación Autónoma Regional del Magdalena deberá destinar los recursos provenientes del Contrato de Empréstito Interno cuya celebración se autoriza por la presente resolución, para financiar_ Proyectos de i(lversión incluidos dentro del proyecto 6.4 IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA LA_ REDUCCIÓN DEL RIESGO del Programa 6 ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL del Plan de Acción Institucional 2020-2023 Magdalena Ambiental en io que ·respecta a la construcción de obras en la quebrada Japón para el control de inun daciones y manejo de aguas lluvias en diferentes sectores.del Distrito de Santa Marta. Artículo 4. Garantía. Autorizar a la Corporación Autónoma Regional del ·Magdalena, para garantizar hasta el ciento treinta· por ciento (130%) del servicio anual de la deuda de1·· contrato de empréstito interno que porla presente Resolución se autoriza, con la pignoraciónde las rentas provenientes de la Sobretasa Ambiental; así como con· el

de1·· contrato de empréstito interno que porla presente Resolución se autoriza, con la pignoraciónde las rentas provenientes de la Sobretasa Ambiental; así como con· el otorgamiento de uh pagaré .por cada desembolso. • • • Artículo 5. Minuta de Contrato y Pagaré'. En desarrollo de la. presente autorización, la Corporación Autón oma Regional del Magdalena podrá celebrar el contrato de empréstito interno con el Banco de Occidente, y otorgar'un pagaré por cada desembolso que reciba en desarrollo del mismo, ·en los ·términos de la Minuta de Contrato de Empréstito Interno y dé Pignoración de Rentas, pagaré y Anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento · de Otras · Entidades, Seguimiento," ·saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y tesoro Nacional dél Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio Nó. 2-2023-040881 del 3 de agosto de 2023, ! Artículo 6. Apropiaciones· presupuesta/es. Los ·pagos qüe realice la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, en desarrollo del contrato de empréstito interno autorizado por la presente Resolución, estarán · · sujétos • a . ,1a s • apropiaciones presupuestales que para el efecto haga en su presupuesto. Por lo tanto, la Corporación Autónoma Regional del . Magdalena, . deberá incluir las· partidas necesarias en su proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos.-· • Artículo 7. Registro. La Corporación Autónoma Regional del Magdalena, deberá s•oiicitar a la Dirección General· de Crédito Público ·y Tesóro Nacio nal del Ministerio de

proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos.-· • Artículo 7. Registro. La Corporación Autónoma Regional del Magdalena, deberá s•oiicitar a la Dirección General· de Crédito Público ·y Tesóro Nacio nal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la inclusión en el Si stema' de Deuda Pública (Base Única de Datos) del Contrato de Empréstito Internó que suscriba. en· desa rrollo de la presente Resolución, de conformidad con lo' dispuesto por el articulo 16 de la Ley 185 de1'995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 19 99, ·para lo cual , deberá remitir copia del Contrato de Empréstito· Interno a la Dirección Generai de Crédito Público y Tesoro Nacional, dentro de los diez (1 O) días calendario siguientes al perfeccionamiento' del mismo. ' Artículo 8. Afectación del Cupo de Endeudamiento, Es responsabilidad de la CórporaciónAutóh oma Regional dél Magdalena manten·etun seguimiento estricto del cupo autorizado por el Departamento Nacional de Planea'ción --D NP y asegurar que, '• •' . ·,1fi ---"--fiJ. ' ' . . .

Págj11a 6 de 7COLOMBIA POTENCIA DE LA

VIDA ' REpOLfiCIÓN No. 2 2 4 7 0.4 SEP 2023

Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza, a la Corporación Autónoma, Regional del Magdalena para celebrar un ,contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con··eI Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE

Magdalena para celebrar un ,contrato de empréstito interno y de pignoración de rentas con··eI Banco de Occidente, hasta por la suma de QUINCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($15.450.000.000) moneda legal colombiana" • en ningún momento, con fundamento en las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Hac ien_da.y e.rédito Pfi blico, de man era individual o ,agregada, se exceda dicho cupo de endeud¡;¡miento..

Artículo : 9:. · Compromiso de infqrmación. La Corporación Autónoma Regional del Magdalena deberá presentar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los diez (1 O) primeros días calendario de.l mes siguiente al mes que se reporte, la información referente a saldos-y m.ovirniento.s de la operación .de crédito público que por la presente Resolución se autoriza, hasta el pago total de la deuda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 18 5 de 19 95, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 19 99, Articulo 10. Comunicación. Un"a vez sea impartida la orden de publicación de que trata el artículo 18 de la Ley 185 de 19 95, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá comun icar a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, la presente Resolución.

Artíc ulo 11 , Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación

comun icar a la Corporación Autónoma Regional del Magdalena, la presente Resolución. Artíc ulo 11 , Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se enti_ende cumplido con la orden impartida por el Director General de Orédito Público y Tesoro Nacionaldel Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 18 5 de 19 95.

PUBLÍQU ESE, COMUNÍQU ESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

RICAR O 4 SEP 2023

Ministro de Hacienda y Crédito Público fi /LAPRosó: ,,J,ina María Morales Víllalo bos - Nathalíe Gómez Acostal/' ELABORÓ: Carmen Helena Ferrelra R. .. REVISÓ: )6J?erly Espinosa Forero - Emmanuel Carreña Bernal f

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