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MINHACIENDA - Resolucion 2780 septiembre 04 2017

Ministerio de Haciendo y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolucion 2780 septiembre 04 2017
Autor
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2017

TODOSPORUN =_ NUEVO PAÍS MINHACIENDA y .o AS RESOLUCIÓN 21800.4 SET. 2017 ) “Por la cual se suspenden términos administrativos y procesales el 7 de septiembre de 2017” EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO En ejercicio de sus facultades legales en especial la conferida en el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978 CONSIDERANDO Que teniendo en cuenta las diversas actividades que se realizarán en el centro de la ciudad, con motivo de la visita del Papa Francisco, las cuales impedirán la movilidad en condiciones normales y en cumplimiento de la Circular Externa 100-007 de 29 de agosto de 2017, expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no laborará el 7 de septiembre de 2017.- Que la entidad adelanta procesos de carácter administrativo, contractual y sancionatorio que se enmarcan en términos procesales de obligatorio cumplimiento para la entidad pública y las personas que intervienen en ellos.- ¿Que dado que el 7 de septiembre de 2017 nó habrá actividades laborales, se suspenden los términos en todos los procesos administrativos, sancionatorios y contractuales que se adelantan, por lo que en consecuencia de lo anterior, RESUELVE ARTICULO 1.- Suspender términos el día 7 de septiembre de 2017 en todos los procesos administrativos, sancionatorios y contractuales que se adelantan en la entidad, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta'resolución.- Los términos se reanudarán automáticamente el 8 de septiembre de 2017.-

administrativos, sancionatorios y contractuales que se adelantan en la entidad, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta'resolución.- Los términos se reanudarán automáticamente el 8 de septiembre de 2017.- ARTICULO 2”.- No habrá despacho al público, entrega, ni recibo de correspondencia el 7 de septiembre de 2017.- Se recibirán las solicitudes de la ciudadanía por medio del correo electrónico atencioncliente2minhacienda.gov.co, las cuales serán atendidas a partir del día siguiente.- ARTICULO 3".- Los funcionarios responsables de las actuaciones administrativas y las que impliquen defensa judicial de la entidad, que tengan términos perentorios que venzan el 7 de septiembre de 2017, deberán adoptar las medidas pertinentes para su atención prioritaria, a fin de garantizar su despacho oportuno.-ear TODOS POR UN

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Continuación de la Resolución “Por la cual se suspenden términos administrativos y procesales el 7 de septiembre de 2017” 5 ARTICULO 4”.- Los funcionarios. del nivel directivo adoptarán las medidas pertinentes con el fin de armonizar y articular las agendas, reuniones y gestiones similares, contraídas por la Entidad con otros organismos o instituciones, para la realización de tales cometidos después del período de suspensión.- ARTÍCULO 5”. - Publíquese la presente resolución en la página web institucional y remítase a todas las dependencias de la Entidad para lo pertinente.- ARTÍCULO 6".- La presente resolución rige a partir de su fecha de su expedición.-

ARTÍCULO 5”. - Publíquese la presente resolución en la página web institucional y remítase a todas las dependencias de la Entidad para lo pertinente.- ARTÍCULO 6".- La presente resolución rige a partir de su fecha de su expedición.-

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., alos 04 SET. 2017 Ministro de Hacienda y Crédito Público /Mia'no hate

MAURICIO CARDENAS SANTAMARIA

Aprobó: Danery Buitrago Gómez

Reviso: Lucia Laiton Poveda

Elaboró: Sandra Ulloa

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