🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINHACIENDA - Resolucion 3752 noviembre 02 2018

Ministerio de Haciendo y Crédito Público

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolucion 3752 noviembre 02 2018
Autor
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2018

at GCOBIERNO , 1) DE COLOMBIA (5) MINHACIENDA RESOLUCIÓN — 3T7R2 02 NOV. 2018, Por la cual se ordena la transferencia de aportes al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico EL VICEMINISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, : En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere la Resolución 0294 de 2017 y el parágrafo 3 del artículo 2.15.3 del Decreto 1068 de 2015 y, CONSIDERANDO: Que conforme a lo determinado por el numeral 1 del artículo 185 de la Ley 1753 de 2015, el Fondo Para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico podrá recibir total o parcialmente, aportes del Gobierno Nacional para financiar o cofinanciar los proyectos de desarrollo acordes con la finalidad dei patrimonio autónomo; Que el numeral 1, del artículo 2.15.3 del Decreto 1068 de 2015, dispone que los recursos del Fondo estarán constituidos por las partidas que se le asignen e incorporen en el Presupuesto Nacional y demás recursos que transfiera 0 aporte el Gobierno Nacional; Que de conformidad con el parágrafo 3, artículo 2.15,3 del Decreto 1068 de 2015, se estableció la forma y procedimiento por medio del cual el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, transferirá los recursos que sean requeridos por el Fondo para la atención de los gastos determinados en la misma norma en cita; Que, en atención a dicho procedimiento, la Entidad Fiduciaria debe presentar una solicitud

Ministerio de Hacienda y Crédito Público, transferirá los recursos que sean requeridos por el Fondo para la atención de los gastos determinados en la misma norma en cita; Que, en atención a dicho procedimiento, la Entidad Fiduciaria debe presentar una solicitud con el soporte y la certificación de la existencia y necesidad de atender el gasto correspondiente; Que mediante comunicación con número de radicado 1-2018-097125 del 05 de octubre de 2018, Fiduciaria la Previsora S.A., actuando como Entidad Fiduciaria del Fondo, radicó ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público la comunicación con el soporte y la certificación correspondienté a la existencia, necesidad y monto de los siguientes gastos del Fondo, junto con los correspondientes soportes: Z22d GOBIERNO fan 83) pecoomeia KEI) MINHACIENDA RESOLUCIÓN No. 3752 De 02 NOV. 2018 Página 2 de 3 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena la transferencia de aportes al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico . CONCEPTO VALOR o Ml pel ao se Emprástito AS e el cop atrimonio Autónomo Fondo para el Desarrollo de an 10405 somos Pazcífico y el BIRF $521.367.293,43 Pago de Intereses Contrato de Empréstito 8649-CO suscrito entre el Patrimonio Autónomo Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico y el BIRF Gastos financieros por transacciones internacionales: Comisión COP de Giro, mensaje de Giro e IVA (19% de la transacción) $157.915.86 coP $118.108.619,44

Todos Somos Pazcífico y el BIRF Gastos financieros por transacciones internacionales: Comisión COP de Giro, mensaje de Giro e IVA (19% de la transacción) $157.915.86 coP $118.108.619,44 Que la Subdirección Financiera expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 73018 del 22 de junio de 2018 por el valor de TRES MIL TRECE MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ Y SEIS MIL QUINIENTOS DIEZ PESOS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($3.013.416.510.48); Que la Subdirección de Financiamiento con Organismos Multilaterales y Gobiernos de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, verificó los documentos en los que se soporta la solicitud de la Fiduciaria la Previsora S.A, así como el Certificado de Disponibilidad Presupuestal expedido por Subdirección Financiera y con base en ello, emitió el Memorando No, 3-2018-018287 del 10 de octubre de 2018, en donde recomendó seguir adelante con los procedimientos y trámites que sean necesarios para que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público pueda transferir al Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico el monto solicitado y realice el Giro No. 10; Que de conformidad con lo dispuesto por el parágrafo 3, artículo 2.15.3 del Decreto 1068 de 2015, la vigilancia y responsabilidad de la ejecución de los recursos y proyectos, estará a cargo de la Entidad Ejecutora, sin perjuicio de las obligaciones que le corresponden a la Entidad Fiduciaria, como vocera del Fondo y responsable de la conservación y transferencia de los recursos;

a cargo de la Entidad Ejecutora, sin perjuicio de las obligaciones que le corresponden a la Entidad Fiduciaria, como vocera del Fondo y responsable de la conservación y transferencia de los recursos; Que en mérito de lo expuesto; RESUELVE Artículo. 1. Transferencía. Ordénese a la Subdirección Financiera transferir al Fondo Para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico, administrado por Fiduciaria la Previsora S.A. en su calidad de Entidad Fiduciaria, la suma de SEISCIENTOS “TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO PESOS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($639.633.828.72); moneda legal colombiana, con el fin de atender el pago de la comisión e intereses del Contrato de Empréstito 8649-CO, suscrito entre el Fondo para el Desarrollo del Plan Todos Somos Pazcífico, representando por Fiduciaria la Previsora S.A. y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento — BIRF.TA (85) MINHACIENDA dur?

COBIERNO

DE COLOMBIA Es : ñ a E, os RESOLUCIÓN No. 3152 De 02 NOV. 2018 Página 3 de 3

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena la transferencia de aportes al Fondo para el Desarrollo del Plan Tódos Somos Pazcífico Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., alos 0UZ NOV. 2018

Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., alos 0UZ NOV. 2018

EL VICEMINISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ve

Lan ÉS ALBERTO PARDO AMEZQUITA

Consultar sobre este documento ...