MINHACIENDA - RESOLUCIÓN 444 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2017
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - RESOLUCIÓN 444 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2017
- Autor
- Ministerio de Haciendo y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2017
ss¡:::' Wai. 7I F Ubertod y Orden República de Colombia
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO RESOLUCiÓN NÚMERO 444 DE 2017 ( 2 9 ole 2017
Por la cual se prorroga el término de toma de posesión para administrar de la
COOPERATIVA CONSUMO - CONSUMO.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOIVIBIA En uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de .1999, el artículo 2° del Decreto 455 de 2004 y último inciso del artículo 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010, CONSIDERANDO Que mediante Resolución 20153300011725 de 30 de diciembre de 2015, se dispuso la toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la entidad COOPERATIVA CONSUMO -CONSUMO-, identificada con Nit. 890.901.172-4, con domicilio principal en la Calle 33A N° 72 - 107 de la ciudad de Medellín (Antioquia), inscrito en la Cámara de Comercio de Medellín, en el libro 1, de las entidades sin ánimo de lucro. Que de acuerdo con la solicitud del Agente Especial designado para la COOPERATIVA CONSUMO -CONSUMO-, mediante Resolución N° 2016140007875 de 28 de diciembre de 2016, la Superintendencia de la Economía Solidaria ordenó la prórroga de dicha medida por el término de un (1) año.
CONSUMO -CONSUMO-, mediante Resolución N° 2016140007875 de 28 de diciembre de 2016, la Superintendencia de la Economía Solidaria ordenó la prórroga de dicha medida por el término de un (1) año. Que el inciso final del artículo 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010, establece: " ... En todo caso, si en el plazo de un (1) año, prorrogable por un término igual no se subsanaren las dificultades que dieron origen a la toma de posesión, la entidad de vigilancia y control dispondrá la disolución y liquidación de la entidad. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno Nacional por resolución ejecutiva autorice una prórroga mayor cuando así se requiera en razón de las características de la institución". Que el Agente Especial y por ende representante legal de dicha entidad, radicó en la Superintendencia de Economía Solidaria, el día 15 de diciembre de 2017, solicitud de prórroga de la medida por dos (2) años, con fundamento en razones de orden jurídico, financiero, administrativo y social para la preservación del ente solidario, con lo cual considera que se estaría dando un plazo razonable para enervar las causales que dieron origen a la medida administrativa de toma de posesión y colocar la entidad en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, para la posterior entrega a sus asociados. Que la anterior solicitud, la eleva teniendo en cuenta que la cooperativa, es objeto de una medida administrativa especial de toma de posesión desde diciembre de 2015, y que a la fecha aún no se han enervado las causales que generaron la medida de intervención.RESOLUCiÓN No. 444 De Página 2 de 3
medida administrativa especial de toma de posesión desde diciembre de 2015, y que a la fecha aún no se han enervado las causales que generaron la medida de intervención.RESOLUCiÓN No. 444 De Página 2 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se prorroga el término de toma de posesión para administrar de la COOPERA TI VA CONSUMO - CONSUMO. 11 Que la Superintendencia de la Economía Solidaria tiene pleno conocimiento de la evolución y desempeño que se ha surtido en el proceso de intervención de toma de posesión para administrar de la Cooperativa CONSUMO. Que de acuerdo con los últimos avances se presenta una tendencia de mejora en atención al contrato de concesión suscrito por dos (2) años, ya que dicho contrato está generando unos ingresos mensuales de $102.996.000, y que respecto al nuevo formato de Cooperativa se implementarán 30 locales comerciales lo cual generará ingresos adicionales mensuales por $45 millones de pesos. Que así mismo se han reducido los gastos de operación, el incremento de asociados ha sido notorio en los últimos cinco (5) meses y, finalmente se refleja en el estado de resultados el cambio en la tendencia de pérdidas, reflejando una notoria disminución pasando en abril 2017 de $1.737 millones a $202 millones en octubre del mismo año. Que de igual manera, la Superintendencia de la Economía Solidaria realizó una revisión a los documentos que soportan la solicitud de prórroga y un análisis a los argumentos expuestos por el Agente Especial y, consideró mediante oficio radicado 20173300370341 de 15 de diciembre de 2017, dirigido al Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que el plazo para continuar adelantando el proceso de intervención de toma
de 15 de diciembre de 2017, dirigido al Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que el plazo para continuar adelantando el proceso de intervención de toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la cooperativa CONSUMO, debe ser prorrogado por el término de dos (2) años, tiempo durante el cual razonablemente, debe subsanarse las causales que generaron la toma de posesión para administrar la Cooperativa y colocando la entidad en condiciones de desarrollar adecuadamente su objeto social, para la posterior entrega a sus asociados. Que la Unidad de Proyección Normativa y de Estudios de Regulación Financiera (URF), entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conoció de la evaluación realizada por la Superintendencia de la Economía Solidaria, en relación con la solicitud de prórroga presentada por el Agente Especial de la Cooperativa CONSUMO, y consideró mediante memorando URF-E-2017-000229 del 27 de diciembre de 2017, que la información allegada, esto es, tanto la solicitud de prórroga como la evaluación realizada por la Superintendencia de la Economía Solidaria, se encuentran ajustadas a la regulación vigente. Que de acuerdo con las consideraciones del agente interventor, de la Superintendencia de la Economía Solidaria y la Unidad Administrativa Especial, y de la Unidad de Proyección Normativa y de Estudios de Regulación Financiera (URF), se encuentra que las características de la entidad intervenida justifican prorrogar el término del proceso de toma de posesión para administrar de la citada organización. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
características de la entidad intervenida justifican prorrogar el término del proceso de toma de posesión para administrar de la citada organización. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Prorrogar hasta por dos (2) años el término para continuar adelantando el proceso de intervención de toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la COOPERATIVA CONSUMO -CONSUMO-, identificada con Ni!. 890.901.172-4, con domicilio principal en la Calle 33A N° 72 -107 de la ciudad de Medellín Antioquia.RESOLUCiÓN No. 'v', Página 3 de 3 Continuación de la Resoh!ción "Por la cual se prorroga el término de toma dé posesión para administrar de la COOPERA TI VA CONSUMO - CONSUMO. 11 Articulo 2. La Superintendencia de la Economía Solidaria comunicará al Agente Especial de COOPERATIVA CONSUMO -CONSUMO-, la autorización de prórroga que se concede en la presente resóluCión. Artículo 3. La presente resolución rige a partir dé su publicación.
PUBL[QUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 2 9 ole 2017