MINHACIENDA - Resolución 4930 del 13 de diciembre de 2018
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución 4930 del 13 de diciembre de 2018
- Autor
- Ministerio de Haciendo y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2018
GOBIERNO DE COLOMBIA Y MINHACIENDA concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación; constituida comó Sociedad Anónima, de carácter comercial, del orden nacional, |y vinculada RESOLUCIÓN 4930 ( 13 DIC. 2018 JNE Por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S,A. E.S.P, —1SA para celebrar dos empréstitos externos con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank, cada uno por la suma de CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES (USD 50.000.000) de los Estados Unidos de América. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el arlículo 6 de lá Ley 781 de 2002 y el artículo-2.2.1.2.1.6 del Decfeto 1068 de 2015, y CONSIDERANDO Que mediante oficio No. 201888002563-1 del 21 de junio de 2018 y alcances Nos. 201888003973-1 del 21 de septiembre de 2018, 201888004385-1 del 19 de octubre de 2018 y 201888004622-1 del 8 de noviembre de 2018, Interconexión Eléctrica S.A, E.S.P. — ISA solicitó autorización al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la celebración de dos empréstitos externos con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank hasta por la sumi total de CIEN MILLONES DE DÓLARES (USD 100.000.000) de los Estados Unidos de América, destinados a cubrir las necesidades del Plaff de Inversiones de ISA 2018 - 2019;
total de CIEN MILLONES DE DÓLARES (USD 100.000.000) de los Estados Unidos de América, destinados a cubrir las necesidades del Plaff de Inversiones de ISA 2018 - 2019; Que el artículo 6 de la Ley 781 de 2002 dispone que sir perjuicio de lo establecido en los articulos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otrus actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación dirécta o indirecta del estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades de:centrelizadas del correspondiente orden administrativo; Que el artículo 2.2,1,2.1.6 del Decreto 1068 de 2915, establece que la celebración de contratos de empréstito por las entidades estatales con participación del Estado superior al cincuenta por ciento e inferior al noventa por ciento de eu capital, requerirá autqrización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se clero con el Z| Que Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P.— ISA es una empresa de servicios públicos mixta,2% GOBIERNO y DE COLOMBIA 5) MINHACIENDA |! RESOLUCIÓN No. 4930 De 13 DIC. 2018 Página 2 de 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. =
RESOLUCIÓN No. 4930 De 13 DIC. 2018 Página 2 de 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. = ISA para celebrar dos empréstitos extemos-con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank, cada uno por la suma de CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES (USD 50.000.000) de los Estados Unidos de América" al Ministerio de Minas y Energía, regida por las Leyes 142 y 143 de 1994 o las normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan y por los estatutos sociales; Que según consta en la certificación del 18 de octubre de 2018 suscrita por' la Vicepresidente Jurídica de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA, "(...) el día 16 de diciembre de 2016, la Junta Directiva de ISA S.A. E.S.P., en uso de sus facultades estatutarias, aprobó el Acuerdo 108 por medio del cual se modifica y compila el Reglamento para la Adquisición de Bienes y Servicios, que en su Artículo 6, confiere autorización al Gerente General (hoy Presidente) de ISA o sus suplentes para celebrar cualquier acto O contrato, sin límite de cuantía, como Contratante o como Contratista, salvo las limitaciones que se definen en los estatutos. Aclaramos que el Artículo 6 del acuerdo 108 del 18 de diciembre de 2016, autoriza para celebrar cualquier acto o contrato, sin límite de cuantía, y que dentro de éstos están contemplados los contratos de empréstito externos y que no existe ninguna limitación en los estatutos para esta contratación.
celebrar cualquier acto o contrato, sin límite de cuantía, y que dentro de éstos están contemplados los contratos de empréstito externos y que no existe ninguna limitación en los estatutos para esta contratación. A la fecha, el Acuerdo 108 de 16 de diciembre de 2016 se encuentra vigente.”; Que mediante oficio No. SC-20174380264571 del 4 de mayo de 2017, el Departamento Nacional de Planeación otorgó concepto favorable a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. - ISA para llevar a cabo operaciones de crédito público interno, de largo plazo sin garantía de la Nación en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015 hasta por COP $5.143 mil millones 6 su equivalente en otras monedas, con el fin de financiar su plan de inversiones 2017 — 2020, destinados a efectuar: 1) Operaciones de crédito público internas y/o externas, 2) Actos o contratos asimilados o conexos a operaciones de crédito público internos y/o externos, 3) Emisión de bonos de deuda pública interna y/o externa, papeles comerciales internos, 4) Garantlas internas o externas, 5) Préstamos provenientes de sociedades fillales colombianas y/o extranjeras, para financiar las nuevas inversiones; así como para garantizar las obligaciones de pago de filiales y subsidiarias en Colombia y/o el exterior; Que mediante correo electrónico del 29 de noviembre de 2018, el Departamento Nacional de Planeación ratificó que para el concepto No, SC-20174380264571 del 4 de mayo de 2017 se podrán efectuar operaciones de crédito público tanto internas como externas, sin garantía de la Nación; y en cuanto a la vigencia del concepto, que éste se emitió para el
2017 se podrán efectuar operaciones de crédito público tanto internas como externas, sin garantía de la Nación; y en cuanto a la vigencia del concepto, que éste se emitió para el plan de inversiones 2017 — 2020; Que con cargo al cupo de que trata el considerando sexto anterior, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la Resolución No. 0650 del 8 de marzo de 2018, por la cual se autorizó a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA para ampliar el Programa de Emisión y Colocación de Valores de Deuda Pública Interna de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P, — ISA en DOS BILLONES DE PESOS ($2.000.000.000.000) moneda legal colombiana, quedando un cupo autorizado y no utilizado del concepto del Departamento Nacional de Planeación de que trata el, considerando sexto anterior de TRES BILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL NX MILLONES DE PESOS ($3.143.000.000.000) moneda legal colombiana o su equivalente en otras monedas;GOBIERNO DE COLOMBIA E ) i e 5 RESOLUCIÓN No, 4930 ve 13 DIC. 2018 Página 3 de | Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A, E.S.P. - ¡SA para celebrar dos empréstitos externos con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank, cada uno porla suma de CINCUENTA MILLONES DE DOLARES (USD 50.000.000) de los Estados Unidos de América" Que de conformidad con la certificación expedida por el Director de Recursos Financieros
uno porla suma de CINCUENTA MILLONES DE DOLARES (USD 50.000.000) de los Estados Unidos de América" Que de conformidad con la certificación expedida por el Director de Recursos Financieros de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. - ISA de fecha 19 de octubre de 2018, el concepto | favorable del Departamento Nacional de Planeación — DNP No. 20174380284571 del 4 de mayo de 2017 tiene un saldo de $3.143.000.000.000, sin considerar la autorización de que trata la presente Resolución; Que Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P, — ISA proyecta celebrar dos empréstitos externos con The Bank of Nova Scotia — Scotiabank, cada uno por la suma de CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES (USD 50.000.000) de los-Estados Unidos de América, y hasta por un plazo total de cinco (5) años, bajo las siguientes condiciones financieras: > Amortización: Bullet, al vencimiento > Intereses: LIBOR (6M) + 1.20% anual > Pago de Intereses: Semestral Que mediante ofició No.2-2018-041139 del 13 de noviembre de 2018, y de conformidad con las facultades contempladas en el ártículo 38 del Decreto 4712 de 2005, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera da la Dirección 'General de Crédito Público y Tesoro Nacional aprobó los términos de las minutas de empréstito “Promissory Note” que proyecta suscribir Interconexión Eléctrica S.A. E,S,P. - 1SA con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank hasta por la suma total de CIEN MILLONES
empréstito “Promissory Note” que proyecta suscribir Interconexión Eléctrica S.A. E,S,P. - 1SA con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank hasta por la suma total de CIEN MILLONES DE DÓLARES (USD 100.000.000) de los Estados Unidos de América, destinados a cubrir las necesidades del Plan de Inversiones de ISA 2018 — 2019; Que Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA ha cumplido con los requisitos señalados en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015, para realizar este tipo de operaciones; RESUELVE Artículo 1. Autorización. Autorizar a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA para celebrar dos empréstitos externos con The Bank of Nova Scotia — Scotiabank, cada uno por ta suma de CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES (USD 50.000,000) de los Estados Unidos de América, y hasta por un plazo total de cinco (5) años, bajo las siguientes condiciones financieras: > Amortización: Bullet, al vencimiento > Intereses: LIBOR (6M) + 1.20% anual + Pago de Intereses: + Semestral A Artículo 2, Destinación. Los recursos provenientes de los empréstitos externos cuya celebración se autoriza por la presente Resolución, serán destinados a cubrir las necesidades del Plan de Inversiones de [S£., 2018 — 2019,+4 GOBIERNO eri ) MINHACIENDA RESOLUCIÓN No, 4930 be 13 DIC. 2018 Página 4 de 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A, E.S.P. —
RESOLUCIÓN No, 4930 be 13 DIC. 2018 Página 4 de 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A, E.S.P. — ¡SA para celebrar dos empréstitos externos con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank, cada uno por la suma de CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES (USD 50.000.000) de los Estados Unidos de América" Artículo 3, Minuta de Contrato. En desarrollo de la presente autorización Interconexión Eléctrica S.A. E,S.P. —1SA podrá celebrar las minutas de empréstito "Promissory Note” con The Bank of Nova Scotia » Scotiabank, en los términos de las minutas aprobadas por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No.2-2018-041139 del 13 de noviembre de 2018. Artícuio 4. Apropiación presupuestal. Los pagos que realice Interconexión Eléctrica S.A, E.S.P. — ISA en desarrollo de los contratos de empréstito externo que celebre con base en la presente autorización, estátán sujetós a las apropiaciones presupuestales que para tal efecto haga en su presupuesto; 'por lo tanto, Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA deberá incluir las partidas necesarias en su proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos. Artículo 5. Registro. Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA deberá solicitar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Naclonal del Ministerio de Hacienda y
gastos. Artículo 5. Registro. Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA deberá solicitar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Naclonal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la inclusión en el Sistema de Deuda Pública (Base Única de Datos) de los contratos de empréstito' externo que suscriba en desarrollo de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley 533 de 1999, para lo cual deberá remitir fotocopia de los contratos de empréstito externo a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, dentro de los diez (10) días calendario siguientes al perfeccionamiento del mismo. Artículo 6. Afectación del Cupo de Endeudamiento. Es responsabilidad de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA mantener un seguimiento estricto del cupo autorizado por el Departamento Nacional de Planeación -— DNP y asegurar que en ningún momento, con fundamento en las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de manera individual o agregada, se exceda dicho cupo de endeudamiento, Artículo 7. Compromiso de información, Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. — ISA deberá presentar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al mes que se reporte, la información referente a saldos y movimientos de las operaciones de crédito público que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 533 de 1999.
siguiente al mes que se reporte, la información referente a saldos y movimientos de las operaciones de crédito público que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 533 de 1999. Artículo 3. Aplicación de otras normas. La presente autorización no exime a Interconexión Eléctrica S.A, E.S.P. - ISA, del cumplimiento de las demás normas de cualquier naturaleza y orden que le sean aplicables, en especial la Resolución Externa No. 1 de 2018.y la Resolución No. 17 de 2015 de la Junta Directiva del Banco de la República, la Circular Reglamentaria Externa — DODM 145 del 30 de octubre de 2015 y demás normas que las modifiquen, sustituyan, adicionen, complementen o deroguen. Por lo anterior, la presente autorización no reemplaza la obligación de Interconexión Eléctrica S.A, E,S.P, — ISA del cumplimiento de éstas, en la medida en que le sean aplicables.
yGOBIERNO (25) MINHACIENDA. DE COLOMBIA .l RESOLUCIÓN No, 493 0 De Página 5 de 5 13 DIC. 2018
Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P, — ISA para celebrar dos empréstitos externos con The Bank of Nova Scotia - Scotiabank, cada uno por la suma de CINCUENTA MILLONES DE DÓLARES (USD 50.000.000) de los Estados Unidos de América" Lo anterior, se entiende sin perjuicio de las autorizaciones -y conceptos previos al endeudamiento de las entidades públicas que deben emitir otras autoridades en cumplimiento de otras normas,
Unidos de América" Lo anterior, se entiende sin perjuicio de las autorizaciones -y conceptos previos al endeudamiento de las entidades públicas que deben emitir otras autoridades en cumplimiento de otras normas, Artículo 9. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diarlo Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según los dispuesto por el artículo 18 de la Ley 185 de 1995,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., alos 13 DIC. 2018
MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
ALBERTO 2 ARRERA
APROBÓ Ma María Morales Villalppos/Juan Pablo Puerto Reyes) REVISÓ Danlela Bernal Sin s ELABORÓ Karen Bibiana Guzmán ¿gasto DEPENDENCIA Subdirección de Financiamiento de ei Entidades, Ssguimiento, Saneamiento y Cartera - CGCPTN