MINHACIENDA - Resolucion 5035 diciembre 19 2018
Ministerio de Haciendo y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolucion 5035 diciembre 19 2018
- Autor
- Ministerio de Haciendo y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2018
El emprendimiento es de todos RESOLUCIÓN 5035 ( 19 DIC. 2018 ) Por la cual se acepta un impedimento del Director Genera! de Crédito Público y Tesoro Nacional y se designa un funcionario ad hoc EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial las otorgadas por el artículo 61, literal g) de la Ley 489 de 1998 y el artículo 12 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO Que el doctor CÉSAR AUGUSTO ARIAS HERNÁNDEZ, Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional de este Ministerio, mediante Memorando radicado con el número 3-2018-022576, manifestó su posible conflicto de intereses para recibir, gestionar, dirigir y aprobar las operaciones que se lleven a cabo con el Deutsche Bank, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011. Que como fundamento fáctico de su impedimento, el doctor ARIAS HERNÁNDEZ señala que desde noviembre de 2015 hasta octubre de 2018 se desempeñó como Director Economista de la región Andina en los Departamentos de Mercados Emergentes e Investigaciones Económicas Globales del Deutsche Bank. Que dentro de las funciones del Director General de Crédito Público. y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se encuentran las de gestionar, revisar y aprobar las operaciones y actuaciones llevadas a cabo con la Banca Internacional, dentro de las cuales se encuentra el Deutsche Bank. Que el numeral 16 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 señala que "[tlodo servidor público que
actuaciones llevadas a cabo con la Banca Internacional, dentro de las cuales se encuentra el Deutsche Bank. Que el numeral 16 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 señala que "[tlodo servidor público que deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas podrá ser recusado si no manifiesta su impedimento por: (...) 16. Dentro del año anterior, haber tenido interés directo o haber actuado como representante, asesor, presidente, gerente, director, miembro de Junta Directiva o socio de gremio, sindicato, sociedad, asociación o grupo social o económico interesado en el asunto objeto de definición.” Que revisada la causal invocada por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional de este Ministerio se evidencia que se configura el supuesto de hecho contenido en el numeral 16 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, por consiguiente, es procedente aceptar el impedimento manifestado por el doctor ARIAS HERNÁNDEZ. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Aceptación de impedimento. Aceptar el impedimento manifestado por el doctor CÉSAR AUGUSTO ARIAS HERNÁNDEZ, para adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar las decisiones definitivas que en su calidadRESOLUCIÓN 5035. de 19 DIC. 2018 Página 2 de 2 Por la cual se acepta un impedimento del Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional y se designa un funcionario ad hoc . de Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público deba conocer en relación con el Deutsche Bank.
funcionario ad hoc . de Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público deba conocer en relación con el Deutsche Bank. Artículo 2. Designación de funcionario ad-hoc. Designar al doctor ANDRÉS PARDO AMÉZQUITA, actual Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional ad-hoc para adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas relacionadas con el Deutsche Bank. Artículo 3. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno, según lo señalado en el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 19 DIC. 2018
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
Ministro de Hacienda y Crédito Público