MINHACIENDA - Resolución 768 de 2021
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución 768 de 2021
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2021
El emprendimiento es de todos RESOLUCIÓN 0768 e 14 de abril de 2021 ) Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera NororientalCORPONOR, para celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de renta con Bancolombia, hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el articulo 7 de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.5 del Deaeto 1068 de 2015, y CONSIDERANDO Que mediante comunicaciones radicadas en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo los Nos. 1-2021-007226 del 29 de enero de 2021 y 1-2021-011674 del 11 de febrero de 2021, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar un Contrato de Empréstito y de Pignoración de Renta, de Deuda Pública Interna, destinado para financiar el proyecto de inversión: ''Fortalecimiento del Sistema de Vigilancia de Galidad del Aíre (SVCA) en el Municipio de Cúcuta, Departamento Norte de Santander"', Que el artículo 7 de la Ley 781 de 2002, dispone que la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2
Que el artículo 7 de la Ley 781 de 2002, dispone que la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Deaeto 1068 de 2015) y demás normas concordantes, por parte de las Corporaciones Autónomas Regionales se sujetarán a la normatividad aplicable a las entidades descentralizadas del orden nacional; Que el artículo 2.2.1.2.1.5 del Decreto 1068 de 2015, dispone que la celebración de contrato de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y la correspondiente minuta definitiva; Que de conformidad con los Estatutos Corporativos, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, es un ente corporativo de carácter público, de orden nacional creada por ley, integrada por las entidades territoriales del Departamento Norte de Santander, que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica o hidrogeográfica dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargada por ley de administrar dentro del departamento de Norte de Santander, elEl empr endimiento es de todos RESOLUCIÓN No. 0768 De 14 de abril de 2021 Página 2 de5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental
es de todos RESOLUCIÓN No. 0768 De 14 de abril de 2021 Página 2 de5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, para celebrar un contrato de empréstito intemo y de pignoración de renta con Bancolombia, hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES Dé PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana•. ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; Que mediante oficio No. se 20214380036781 del 28 de enero de 2021 y alcance mediante oficio No. SC 20214380069791 del 11 de febrero de 2021, el Departamento Nacional de Planeación otorgó a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR concepto de capacidad de endeudamiento favorable para llevar a cabo operaciones de crédito públíco de largo plazo sin garantía de la Nación en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, hasta por un monto de $3.500 millones de pesos con el fin de financiar el Proyecto de inversión: "Fortalecimiento del Sistema de Vigilancia de la Calidad de Aire (SVCA) en el Municipio de Cúcuta, departamento de Norte de Santander"; Que según consta en la certificación expedida por el Subdirector Financiero de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR del 9 de abril de 2021, "El contrato de empréstito interno y de pignoración de renta que proyecta
Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR del 9 de abril de 2021, "El contrato de empréstito interno y de pignoración de renta que proyecta celebrar la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR hasta por un valorde TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana con Bancolombia, será garantizado con la renta Sobretasa Ambiental, la renta en mención se encuentra cien por ciento (100%) libre de pignoración y es suficiente para cubrir el ciento treinta por ciento (130%) del servicio anual de la deuda del contrato de empréstito.fi· Que según consta en la certificación expedida por el Secretario del Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR del 1 O de marzo de 2021 "( ... ) mediante Acuerdo No. 020 del 27 de noviembre de 2020 se autorizó al Director General de CORPONOR para celebrar contrato de empréstito y de pignoración de rentas de deuda pública interna, operaciones asimiladas y/o operaciones conexas, hasta por un valor de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana, con un plazo de hasta cinco (5) alfos, pignorando la renta Sobretasa Ambiental, para financiar el Proyecto "FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE VIGILANCIA DE CALIDAD DELA/RE (SVCA) EN EL MUNICIPIO DE CúCUTA, DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER". Que, la autorización del Consejo Directivo de CORPONOR al Director General, a que se
EN EL MUNICIPIO DE CúCUTA, DEPARTAMENTO NORTE DE SANTANDER". Que, la autorización del Consejo Directivo de CORPONOR al Director General, a que se refiere en inciso anterior, es para celebrar contrato de empréstito interno sin garantla de la Nación. Que, la autorización emitida mediante Acuerdo No. 020 del 27 de noviembre de 2020, se encuentra vigente y no ha sido modificada'fi Que la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR proyecta celebrar un empréstito interno con Bancolombia, hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana, bajo las siguientes condiciones financieras: Plazo de cinco (5) años contados a partir de la fecha del primer desembolso. Amortización: El monto total se amortizará en veinte (20) cuotas trimestrales consecutivas. Intereses Remuneratorios: Durante el plazo, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR pagará sobre saldos de capital adeudados, intereses corrientes liquidados a la tasa IBR (3M) certificada por el Banco de la República, o la entidad que haga sus veces, adicionada en un margen de uno punto noventa y ocho puntos porcentuales (1.98) (IBR (3M) + 1.98 % N.A.T.V.). El interés así estipulado se convertirá en su equivalente tñmestre vencido y será pagadero trimestre vencido. En cada trimestre se ajustará el interés teniendo en cuenta la IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada período de causación de intereses, incrementado en el mismo número de puntos porcentuales anteriormente
y será pagadero trimestre vencido. En cada trimestre se ajustará el interés teniendo en cuenta la IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada período de causación de intereses, incrementado en el mismo número de puntos porcentuales anteriormente indicados. Para el primer pago de intereses, se tomará la tasa IBR (3M) vigente en la fecha correspondiente al primer desembolso. Los intereses remuneratorios seránEl emprendi miento es de todos RESOLUCIÓN No. 0768 De 14 de abril de 2021 Página 3 de 5 Continuación de la Resolución "Por/a cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, para celebrar un contrato de emp,ástito interno y de pignoración de renta oon Bancolombia. hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana•. calculados con base en un año de trescientos sesenta días (360) y días efectivamente transcurridos ( adual/360): Que de conformidad con la minuta del Contrato de Empréstito Interno y de Pignoración de Renta y Anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional mediante oficio No. 2-2021-011956 del 09 de marzo de 2021, el empréstito interno que la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR proyecta celebrar con base en la presente autorización, será garantizado con la constitución de una prenda sobre la renta Sobretasa Ambiental, con una cobertura
el empréstito interno que la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR proyecta celebrar con base en la presente autorización, será garantizado con la constitución de una prenda sobre la renta Sobretasa Ambiental, con una cobertura del ciento treinta por ciento (130%) del servicio anual de la deuda; así como el otorgamiento de un pagaré por cada desembolso; Que mediante oficio No. 2-2021-011956 del 09 de marzo de 2021, y de conformidad con las facultades contempladas en el articulo 38 del Decreto 4712 de 2008 y en la nonnatividad vigente aplicable, la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público dio aprobación a los términos de la minuta del Contrato de Empréstito Interno y de Pignoración de Renta y Anexos que proyecta celebrar la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR con Bancolombia, hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana, destinado a financiar el proyecto de inversión "Fortalecimiento del Sistema de Vigilancia de Calidad del Aire (SVCA) en el Municipio de Cúcuta, Departamento Norte de Santander"; Que de confonnidad con lo establecido en el artículo 2.2.2.3.2 del Decreto 1068 de 2015, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR cuenta con calificación de capacidad de pago emitido por Fitch Ratings Colombia S.A. Sociedad
la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR cuenta con calificación de capacidad de pago emitido por Fitch Ratings Colombia S.A. Sociedad Calificadora de Valores, según consta en documento del 11 de septiembre de 2020; RESUELVE Artículo 1. Autorización. Autorizar a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR para celebrar un Contrato de Empréstito Interno y de Pignoración de Renta con Bancolombia, hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana. Articulo 2. Términos y Condiciones. Los términos y condiciones financieras de la operación de crédito público interno que proyecta celebrar la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR con el banco Bancolombia, son las siguientes: Plazo de cinco (5) anos contados a partir de la fecha del primer desembolso.
Amortización: El monto total se amortizará en veinte (20) cuotas trimestrales consecutivas. Intereses Remuneratorios: Durante el plazo, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR pagará sobre saldos de capital adeudados, intereses corrientes liquidados a una tasa IBR (3M) certificada por el Banco de la República, o la entidad que haga sus veces, adicionada en un margen de uno punto noventa y ocho puntos porcentuales (1.98) (IBR {3M) + 1.98 % N.A.T.V.). El interés así estipulado se convertirá en su equivalente trimestre vencido y será pagadero trimestre vencido. En cada trimestre se ajustará el interés teniendo en cuenta la IBR
interés así estipulado se convertirá en su equivalente trimestre vencido y será pagadero trimestre vencido. En cada trimestre se ajustará el interés teniendo en cuenta la IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada período de causación de intereses, incrementado en el mismo número de puntos porcentuales anteriOnnente indicados. Para el primer pago de intereses, se tomará la tasa IBR (3M) vigente en la fechaEl emp rendimiento es da todos RESOLUCIÓN No. 0768 De 14 de abril de 2021 Página4 de 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, para celebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración de renta con Bancolombia, hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal co/ombianaM. correspondiente al primer desembolso. Los intereses remuneratorios serán calculados con base en un año de trescientos sesenta días (360) y días efectivamente transcurridos (actual/360). Articulo 3. Destinación. La Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR, deberá destinar los recursos provenientes del empréstito interno cuya celebración se autoriza por la presente Resolución, para financiar el proyecto de inversión "Fortalecimiento del Sistema de Vigilancia de Calidad del Aire (SVCA) en el Municipio de Cúcuta, Departamento Norte de Santander". Articulo 4. Garantia. Autorizar a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR para garantizar hasta el 130% del servicio anual de la deuda
Municipio de Cúcuta, Departamento Norte de Santander". Articulo 4. Garantia. Autorizar a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR para garantizar hasta el 130% del servicio anual de la deuda del empréstito interno que por la presente Resolución se autoriza, con la pignoración de la renta Sobretasa Ambiental, así como con el otorgamiento de un pagaré por cada desembolso. Artículo 5. Minuta de Contrato y Pagaré. En desarrollo de la presente autorización, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR, podrá celebrar el Contrato de Empréstito Interno y de Pignoración de Renta y Anexos con Bancolombia y otorgar un pagaré por cada desembolso a favor de este último, en los ténninos de la Minuta de Contrato de Empréstito Interno y de Pignoración de Renta y Anexos aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No. 22021-011956 del 09 de marzo de 2021. Artículo 6. Apropiaciones presupuesta/es. Los pagos que realice la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR, en desarrollo del contrato de empréstito interno autorizado por la presente Resolución, estarán sujetos a las apropiaciones presupuestales que para el efecto haga en su presupuesto. Por lo tanto, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR, deberé
de empréstito interno autorizado por la presente Resolución, estarán sujetos a las apropiaciones presupuestales que para el efecto haga en su presupuesto. Por lo tanto, la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental - CORPONOR, deberé incluir las partidas necesarias en su proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos. Artículo 7. Registro. La Corporación Autónoma Regional de la Frontera NororientalCORPONOR, deberá solicitar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la inclusión en el Sistema de Deuda Pública (Base Única de Datos) del Contrato de Empréstito Interno autorizado por la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999, para lo cual, deberá remitir copia del Contrato de Empréstito Interno a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, dentro de los diez (1 O) días calendario siguientes al peñeccionamiento del mismo. Articulo B. Compromiso de Información. La Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, deberá presentar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes siguiente al mes que se reporte, la información referente a saldos y movimientos de la operación de crédito público que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la
información referente a saldos y movimientos de la operación de crédito público que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999.El emprendi miento as de todos . ' RESOLUCIÓN No. 0768 De 14 de abril de 2021 Página 5 de 5 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental -CORPONOR, para cefebrar un contrato de empréstito interno y de pignoración da renta con Bancolombia, hasta por la suma de TRES MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($3.500.000.000) moneda legal colombiana•. Artículo 9. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 185 de 1995. PUBLfQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los 14 de abril de 2021
c(]Jt ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
Ministro de Hacienda y Crédito Público
APROBÓ: Lina Marra Morales Villalobos / Lina Marta Londoño Gonzfllez
REVISÓ: Norberto Barrantes Fajardo I Nathalte Gómez Acosta
ELABORÓ: Cristian Andrés Henao Useche
APROBÓ: Lina Marra Morales Villalobos / Lina Marta Londoño Gonzfllez
REVISÓ: Norberto Barrantes Fajardo I Nathalte Gómez Acosta ELABORÓ: Cristian Andrés Henao Useche DEPENDENCIA: Subdirección de Financiamiento de otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera - DGCPTN