MINHACIENDA - Resolución 919 de 2020
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución 919 de 2020
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2020
El emprendimiento esde todos RESOLUCIÓN 1 9 MAR 2020 0919 Por la cual se autoriza a INTERNEXA S.A. para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco Daviv,enda S.A., hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10 000 000 000) moneda legal colombiana. EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 262 de la Ley 1450 de 2011 y el artículo 2 2 1 2 1 6 del Decreto 1068 de 2015, y CONSIDERANDO Que mediante comunicaciones radicadas en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público baJo los Nos 1-2020-002416 y 1-2020-009117 del 15 de enero y 07 de febrero de 2020, respectivamente, INTERNEXA S A solicitó al MIn1steno de Hacienda y Crédito Público autorización para contratar Operaciones de Crédito Público Interno hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($1 O 000 000.000) moneda legal colombiana, para financiar el plan de inversiones de la Compañía para la vigencia 2020; Que el artículo 262 de la Ley 1450 de 2011, no derogado expresamente por el artículo 336 de la Ley 1955 de 2019, establece que sin perjuicio de lo establecido en el artículo 55 de la Ley 1341 de 2009 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el libro 2 parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de los Proveedores
actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el libro 2 parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de los Proveedores de la Información y Comunicaciones que ostenten la naturaleza Jurídica de empresas de servIcIos públicos oficiales y mixtas, así como aquellas con part1c1pac1ón directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento de su capital social, se sujetaran a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden adm1nistrat1vo;El emprendimiento, es de todos RESOLUCIÓN No 0919 De 1 9 MAR 2020 Página 2 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autonza a la INTERNEXA S.A. para celebrar un contrato de empréstito mterno con el Banco Daviv,enda S.A., hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10 000 000.000) moneda legal colombiana". Que el artículo 2.2 1.2.1 6 del Decreto 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito por las entidades estatales con participación del Estado superior al cincuenta por ciento e inferior al noventa por ciento de su capital, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación, Que de conformidad con la Escritura de Reforma de Estatutos No 2.041 del 16 de d1c1embre de 2011, INTERNEXA S A es una sociedad de economía mixta, de carácter
Que de conformidad con la Escritura de Reforma de Estatutos No 2.041 del 16 de d1c1embre de 2011, INTERNEXA S A es una sociedad de economía mixta, de carácter comercial, sometida al régimen jurídico de la ley de tecnologías de la información y las comunicaciones (Ley 1341 de 2009), de nacionalidad colombiana, Que mediante Acuerdo 02 del 20 de octubre de 2000, la Junta DIrect1va de INTERNEXA S A , en uso de sus facultades estatutarias, autorizó al Gerente General para que en desarrollo del objeto social de INTERNEXA, celebre cualquier acto o contrato sin límite de cuantía dentro del territorio nacional o en el exterior, Que según consta en la cert1ficac1ón suscrita por el primer suplente del gerente de INTERNEXA S.A. de fecha 27 de febrero de 2020, el Acuerdo No 02 de octubre 20 de 2000, expedido por la Junta D1rect1va de INTERNEXA S A., se encuentra vigente y no ha sido modificado, Que mediante oficio No SC-20184380183701 del 13 de marzo de 2018, el Departamento Nacional de Planeac1ón otorgó a INTERNEXA S.A concepto favorable para llevar a cabo operaciones de crédito público interno y/o externo sin garantía de la Nación, actos o contratos asimilados o conexos a estas operaciones, en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, emisión y colocación de títulos de deuda pública internos o externos, actuar como deudor solidario y/o garante de obligaciones de pago por la contratación de empréstitos internos y/o externos, obtención de financiamiento directamente de la casa matriz o a través de alguna(s) de sus filiales,
pública internos o externos, actuar como deudor solidario y/o garante de obligaciones de pago por la contratación de empréstitos internos y/o externos, obtención de financiamiento directamente de la casa matriz o a través de alguna(s) de sus filiales, subsidiarias y subordinadas nacionales y/o extranJeras y/o cualquiera de las empresas del Grupo Empresarial ISA nacionales y/o extranjeras, hasta por USD $131,29 millones o su equivalente en otras monedas, con el propósito de financiar el plan de inversiones de la empresa para las vigencias 2018-2020, el cual incluye inversiones en Asegurab11idad, Escalabilidad, Soluciones Clientes, Expansión Geográfica / Nuevos negocios, Producto, Cable Submarino e Inversión en Sociedades; Que según memorando No. 3-2020-003529 del 27 de febrero de 2020 suscrito por la Subd1recc1ón de Financiamiento de Otras Entidades, Segu1m1ento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, el cupo de endeudamiento autorizado por el Departamento Nacional de Planeac1ón mediante oficio SC-20184380183701 del 13 de marzo de 2018, se ha afectado como se indica a' . / El emprendimiento es de todos RESOLUCIÓN No 0919 De 1 9 MAR 2020 Página 3 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autonza a la INTERNEXA S A. para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco Dav1v1enda S A., hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10 000.000.000) moneda legal colombiana" continuación, quedando a la fecha un saldo disponible de NOVENTA Y CUATRO
MIL MILLONES DE PESOS ($10 000.000.000) moneda legal colombiana" continuación, quedando a la fecha un saldo disponible de NOVENTA Y CUATRO MILLONES TRECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCI ENTOS CUARENTA Y NUEVE DOLARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS (USO 94 339 649,94) de los Estados Unidos de América Concepto SC-20184380183701 del 1 3 de marzo de 201 8 Resolución No 2037 del 13 de Julio de 201 8 por la cual se autorizó a INTERNEXA S.A para celebrar un empréstito interno con Bancolombia S A. hasta por la suma de COP 40 000.000 000 Resolución No 1020 del 02 de abril de 201 9 por la cual se autorizó a INTERNEXA S.A. para celebrar un empréstito interno con el Banco Dav,vienda S.A hasta por la suma de COP 50.000.000.000 Resolución No 4914 del 27 de diciembre de 2019 por la cual se autorizó a INTERNEXA S A. para Garantizar obligaciones de pago a cargo de lnternexa Brasil Operadora de Telecomun,cacoes hasta por la suma de COP BRL 29 160.000 (-) Menos Utilizaciones Saldo Concepto DNP TRM del 13 de julio de 2018 equivalente a COP 2 882,02 TRM del 2 de abnl de 2019 equivalente a COP 3 146,81 TRM del 27 de diciembre de 2019 tasa venta equivalente a BRL 4,0601 O Monto uso 131 290 000,00 uso 13.879 154,20
TRM del 27 de diciembre de 2019 tasa venta equivalente a BRL 4,0601 O Monto uso 131 290 000,00 uso 13.879 154,20 uso 15.889.106,75 uso 7.182 089,11 uso 36.950 350,06 uso 94.339.649,94 Que INTERNEXA S A. proyecta celebrar un empréstito interno con el Banco Dav1v1enda S A , hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($1 O 000.000 000) moneda legal colombiana, baJo las siguientes condiciones financieras: Plazo de diez (1 O) años contados a partir de la fecha del primer desembolso, incluido un periodo de gracia a capital de tres (3) años contados a partir de la misma fecha, pagaderos en veintiocho (28) cuotas trimestrales, iguales y consecutivas una vez f1nal1zado el periodo de gracia Intereses Remuneratorios Durante el plazo, incluido el periodo de gracia a capital, INTERNEXA S.A. pagará sobre saldos de capital adeudados intereses corrientes liquidados a la tasa IBR (3M) cert1f1cada por el Banco de la República o la entidad que haga sus veces, ad1c1onada en un margen de tres punto diecinueve por ciento (3.1 9%) (IBR (3M) + 3 19% E A) El interés así estipulado se convertirá en su equivalente trimestre vencido y será pagadero trimestre vencido En cada trimestre se ajustará elEl emprendimiento esde todos RESOLUCIÓN No 0919 De 1 9 MAR. 2020 Página 4 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la INTERNEXA S A. para celebrar
esde todos RESOLUCIÓN No 0919 De 1 9 MAR. 2020 Página 4 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la INTERNEXA S A. para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco Dav1v1enda S.A., hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10.000.000 000) moneda legal colombiana". interés teniendo en cuenta la IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada período de causación de intereses, incrementado en el mismo número de puntos porcentuales anteriormente 1nd1cados. Los intereses remuneratorios serán calculados con base en meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días; Que el empréstito interno que INTERNEXA S.A. proyecta celebrar con base en la presente autorización, será garantizado con el otorgamiento de un pagaré por cada desembolso que reciba en desarrollo del contrato de empréstito interno, Que mediante of1c10 No 2-2020-004909 del 12 de febrero de 2020, y de conformidad con las facultades contempladas en el artículo 38 del Decreto 4712 de 2008 y en la normatividad vigente aplicable, la Subdirección de F1nanc1amiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional dio aprobación a los términos de la minuta de Contrato de Empréstito Interno y Anexo que proyecta celebrar INTERNEXA S A. con el Banco Dav1v1enda S A, hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($1 O 000 000.000) moneda legal
Interno y Anexo que proyecta celebrar INTERNEXA S A. con el Banco Dav1v1enda S A, hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($1 O 000 000.000) moneda legal colombiana, destinados a financiar el plan de InversIones de la empresa para la vigencia 2020, Que INTERNEXA S.A. ha cumplido con los requisitos señalados en el Libro 2 parte 2 del Decreto 1068 de 2015, para realizar esta clase de operaciones; RESUELVE Artículo 1. Autorización. Autorizar a la INTERNEXA S.A. para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco Dav1v1enda S.A., hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10.000.000 000) moneda legal colombiana Artículo 2. Términos y Condiciones. Los términos y cond1c1ones financieras de la operación de crédito público interno que proyecta celebrar INTERNEXA S A. con el Banco Dav1v1enda S.A. son las sIguIentes. Plazo de diez (1 O) años contados a partir de la fecha del pnmer desembolso, Inclu1do un periodo de gracia a capital de tres (3) años contados a partir de la misma fecha, pagaderos en veintiocho (28) cuotas trimestrales, iguales y consecutivas una vez finalizado el penado de gracia. Intereses Remuneratorios. Durante el plazo, incluido el penado de gracia a capital, INTERNEXA S A pagará sobre saldos de capital adeudados intereses comentes liquidados a la tasa IBR (3M) certificada por el Banco de la República o la entidad que haga sus veces,
S A pagará sobre saldos de capital adeudados intereses comentes liquidados a la tasa IBR (3M) certificada por el Banco de la República o la entidad que haga sus veces, ad1c1onada en un margen de tres punto diecinueve por ciento (3.19%) (IBR (3M) + 3 19% E A ) El interés así estipulado se convertirá en su equivalente trimestre vencido y será pagadero trimestre vencido. En cada trimestre se aJustará el interés teniendo en cuenta/ El emprendimiento esde todos o fi ,'¡, 4r't:',¡ ,,fi¡ :'\-•''"', RESOLUCIÓN No 0919 De 1 9 MAR 2020 Página 5 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la INTERNEXA S A para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco Da vivienda S.A., hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10.000.000.000) moneda legal colombiana" la IBR (3M) vigente a la fecha de inicio de cada período de causación de intereses, incrementado en el mismo número de puntos porcentuales anteriormente indicados Los intereses remuneratorios serán calculados con base en meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días Artículo 3. Destinación. INTERNEXA S.A deberá destinar los recursos provenientes del empréstito interno cuya celebración se autoriza por la presente Resolución, para financiar el plan de inversiones de la empresa para la vigencia 2020 Artículo 4. Garantía. Autorizar a la INTERNEXA S A para garantizar el empréstito interno que por la presente Resolución se autoriza, con el otorgamiento de un pagaré por cada desembolso.
Artículo 4. Garantía. Autorizar a la INTERNEXA S A para garantizar el empréstito interno que por la presente Resolución se autoriza, con el otorgamiento de un pagaré por cada desembolso. Artículo 5. Minuta de Contrato y Pagaré En desarrollo de la presente autorización, INTERNEXA S.A. podrá celebrar el contrato de empréstito interno con el Banco Dav1vienda S A., y otorgar un pagaré por cada desembolso a favor del mismo, en los términos de la Minuta de Contrato de Empréstito Interno y Anexo aprobados por la Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera de la Dírección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio No 2-2020-004909 del 12 de febrero de 2020. Artículo 6. Apropiaciones Presupuesta/es. Los pagos que realice INTERNEXA S A en desarrollo del contrato de empréstito interno autorizado por la presente Resolución, estarán suJetos a las apropiaciones presupuestales que para el efecto haga en su presupuesto Por lo tanto, INTERNEXA S.A. deberá incluir las partidas necesarias en su proyecto o proyectos de presupuesto anual de gastos Artículo 7. Registro. INTERNEXA S A deberá solIc1tar a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la , inclusión en el Sistema de Deuda Pública (Base Única de Datos) del Contrato de empréstito interno que suscriba en desarrollo de la presente Resolución, de conformidad
inclusión en el Sistema de Deuda Pública (Base Única de Datos) del Contrato de empréstito interno que suscriba en desarrollo de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 185 de 1995, mod1f1cado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999. INTERNEXA S A deberá remitir fotocopia del contrato de , empréstito interno a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, dentro de los diez (1 O) días calendario siguientes al perfeccionamiento del mismo. Artículo 8. Afectación del Cupo de Endeudamiento. Es responsabilidad de INTERNEXA S A mantener un segu1m1ento estricto del cupo autorizado por el Departamento Nacional de Planeac1ón y asegurar que, en ningún momento, con fundamento en las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de manera individual o agregada, se exceda dicho cupo de endeudamiento' El empreridimlento es ,de todos RESOLUCIÓN No 0919 De 1 9 MAR 2020 Página 6 de 6 Continuación de la Resolución "Por la cual se autoriza a la INTERNEXA S A. para celebrar un contrato de empréstito interno con el Banco Dav1v1enda S.A , hasta por la suma de DIEZ MIL MILLONES DE PESOS ($10 000.000 000) moneda legal colombiana" El cupo otorgado por el Departamento Nacional de Planeac1ón de que trata la presente Resolución se afectara utilizando para tal efecto el tipo de cambio a dólares americanos cert1f1cado por el Banco de la Republica o la entidad que haga sus veces, vigente en la fecha de exped1c1ón de la presente Resolución.
Resolución se afectara utilizando para tal efecto el tipo de cambio a dólares americanos cert1f1cado por el Banco de la Republica o la entidad que haga sus veces, vigente en la fecha de exped1c1ón de la presente Resolución. Artículo 9. Compromiso de información. INTERNEXA S A deberá presentar a la D1recc1ón General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro de los diez (1 O) primeros días calendario del mes siguiente al mes que se reporte, la información referente a saldos y movimientos de la operación de crédito público que por la presente Resolución se autoriza hasta el pago total de la deuda, de conformidad con el inciso 2 del artículo 16 de la Ley 185 de 1995, modificado por el artículo 13 de la Ley 533 de 1999 Artículo 1 O. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según los dispuesto por el artículo 18 de la Ley 185 de 1995
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D C , a los
MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
APROBÓ: fi Maria Morales V1llalobos - Jase Guillermo Rubio Bedoy/
' EVISÓ: Norberto Barrantes - Cristina Orrego ELABORÓ: Derly Esptnosafi DEPENDENCIA: Subd1recc1ón de F1nanc1am1ento de Otras Entidades, Segu1m1ento, Saneamiento y Cartera - DGCPTN