🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINHACIENDA - Resolucion Ejecutiva 0305 agosto 14 2024

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolucion Ejecutiva 0305 agosto 14 2024
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2024

1 1 •• República de Colombia Ubertod y.Orden Ministerio de Hacienda y Crédito Público

  • RES ,i ÓN EJECUTIVA 3 Ü 5 1 • " --- .... -.¡ r·-, .,-r;\ :1"i..... Je!, • '-' 1 ,.,,; •' l¡ , ¡.:¡ •1 ,-/ • ·fi J\ fi O,, ,l ll H .# /1.J'. !l "\\Jl w ....;J \Y) JL::J-1 "Por la cual se prorroga por el término de un (1) año la toma de posesión para administrar la Cooperativa

Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC." EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en particular, las previstas en en el inciso 3 del numeral 2 del articulo 116 del Decreto Ley 663 de 1993 y el artículo 2.11.3.2 del Decreto 1068 de 2015 CONSIDERANDO Que la Superintendencia de la Economía Solidaria por medio de la Resolución Nº 2022331001155 del 1 de marzo de 2022', ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, identificada con Nit 830.090.449 - 9, por haberse configurado las causales previstas en los literales d), e}, y n del numeral 1 del artículo 114 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Dentro del término de ejecución de la medida, el agente especial de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, presentó ante la Superintendencia, solicitud para prorrogar por dos (2)

Dentro del término de ejecución de la medida, el agente especial de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, presentó ante la Superintendencia, solicitud para prorrogar por dos (2) meses el proceso de toma de posesión, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010. Que una vez analizada la solicitud presentada por el agente especial, la Superintendencia profirió la Resolución Nº 2022331002255 del 6 de mayo de 2022 "Por /a cual se prórroga e/ término de la medida de Toma de posesión de los Bienes, Haberes y Negocios de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca L TOA fi-­ COODECAFEC', en la cual, se prorrogó por el término de dos (2) meses, el término de la medida de toma de· posesión de los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. -

COODECAFEC.

Que cumplido el término para presentar el diagnóstico de la organización solidaria intervenida, el agente especial junto con el revisor fiscal, presentaron a consideración de la Superintendencia de la Economía Solidaria, el diagnóstico integral sobre la situación administrativa, financiera, contable, jurídica y de gestión de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, recomendando una toma para administrar a fin de enervar las causales que dieron origen a la toma de posesión. Que una vez analizada la solicitud presentada por el agente especial y el revisor fiscal, la Superintendencia de la

fin de enervar las causales que dieron origen a la toma de posesión. Que una vez analizada la solicitud presentada por el agente especial y el revisor fiscal, la Superintendencia de la Economía Solidaria profirió la Resolución Nº 2022331003895 del 6 de julio de 2022 "Por la cual se ordena la toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Departamental Cafetera deRESOLUCIÓN EJECUTIVA 305 DE Página 2 de 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se prorroga por el término de un (1) año la toma de posesión para administrar la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC." Cundinamarca - COODECAFEC", en la cual se fijó por un (1) año el término para adelantar el proceso de toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC. Así mismo, la citada resolución ratificó al agente especial y al revisor fiscal, dicho acto administrativo se notificó personalmente el 15 de julio de 2022. Que dentro del término de ejecución de la medida, el agente especial y revisor fiscal de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, mediante comunicación radicada bajo el Nº 20234400211582 del 23 de junio de 2023, presentó ante la Superintendencia de la Economía Solidaria, solicitud para prorrogar por un (1) año la medida de toma de posesión para administrar, solicitud que fue resuelta por medio de la Resolución No. 2023331005185 del 28 de junio de 2023, por medio de la cual se decidió prorrogar

para prorrogar por un (1) año la medida de toma de posesión para administrar, solicitud que fue resuelta por medio de la Resolución No. 2023331005185 del 28 de junio de 2023, por medio de la cual se decidió prorrogar por un (1) año el término de la medida de toma de posesión para administrar la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, la cual fue notificada el día 12 de julio de 2023. Que por medio de la Resolución No. 2023100008375 del 3 de noviembre de 2023, la Superintendencia de la Economía Solidaria ordenó remover a la Corporación Para El Desarrollo Empresarial y Solidario - CODES, y en su lugar designó a la señora Betty Fernández Ruiz, identificada con C.C. No. 36.152.463, como nueva Agente Especial. Así mismo, la referida resolución también ordenó la remoción del señor Luis Nelson Rusinque Caldas del cargo de revisor fiscal y en su lugar se designó a Alfonso Sánchez Al arcón identificado con CC No. 19.418.660. Que de conformidad con el inciso final del artículo 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Gobierno nacional puede autorizar una prórroga mayor cuando así se requiera en razón de las características de la organización, en concordancia con la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Economía Solidaria, específicamente en el numeral 2.6 del Capítulo I Parte II del título VI. Que mediante Oficio Radicado No. 20244400185402 del 4 de junio de 2024 la Agente Especial, Betty Fernández Ruiz presentó informe mediante el cual solicitó prórroga por el término de un (1) año de la medida de toma de

Que mediante Oficio Radicado No. 20244400185402 del 4 de junio de 2024 la Agente Especial, Betty Fernández Ruiz presentó informe mediante el cual solicitó prórroga por el término de un (1) año de la medida de toma de posesión para administrar. Dicha solicitud fue ampliada, mediante Oficio Radicado Nº 20244400199812 del 14 de junio de 2024. Por su parte el revisor fiscal remitió radicado No. 20244400185402 del 4 de junio de 2024 emitió su concepto frente a la solicitud de prórroga, el cual coadyuva la petición presentada. Que la Superintendenta Delegada para la Supervisión del Ahorro y la Forma Asociativa Solidaria de la Superintendencia de la Economía Solidaria, mediante memorando 20243310013243 del 03 de julio de 2024, con base en la información suministrada por la Agente Especial y el Revisor Fiscal de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda.- COODECAFEC, presenta un resumen de las actividades realizadas y el estado de cumplimiento del plan de recuperación de la organización solidaria, en el cual se evidencia que las mismas se encuentran cumplidas parcialmente. Así mismo, informa que, analizadas las actividades propuestas por la Agente Especial para realizar durante la prórroga propuesta, se encuentra que las mismas guardan congruencia con la situación financiera y jurídica de la organización, que su desarrollo se ajusta al tiempo de prórroga solicitado y que, en consecuencia, se concede visto bueno al cronograma aportado. En el mismo memorando, la Superintendenta Delegada para la Supervisión del Ahorro y la Forma Asociativa Solidaria de la Superintendencia de la Economía Solidaria, señala que a la fecha de presentación de la solicitud

En el mismo memorando, la Superintendenta Delegada para la Supervisión del Ahorro y la Forma Asociativa Solidaria de la Superintendencia de la Economía Solidaria, señala que a la fecha de presentación de la solicitud de prórroga se revisaron las causales que dieron origen a la medida de intervención, evidenciando que no seRESOLUCIÓN EJECUTIVA 305 DE Página 3 de 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se prorroga por el término de un (1) año la toma de posesión para administrar la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC." encuentran enervadas en su totalidad y que se espera que con las actividades propuestas en el plan de recuperación se puedan subsanar dichas causales y recuperar la organización solidaria en sus aspectos financieros y jurídicos. Finalmente, la Superintendenta concluye que la prórroga de la medida de toma de posesión para administrar la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda.- COODECAFEC cumple con los requisitos establecidos en la Circular Básica Jurídica. Que la Superintendenta de la Economía Solidaria, de conformidad con lo manifestado por la Delegatura para la Supervisión del Ahorro y la Forma Asociativa Solidaria y en atención a lo establecido en el último inciso del artículo 116 del Decreto 663 de 1993 y en la circular básica jurídica No 20 del 2020, procedió a remitir al Ministerio de Hacienda y Crédito Público por medio del radicado No. 20241000267601 del 04 de julio de 2004 la solicitud de prórroga extraordinaria elevada por la agente especial con el fin de que se realicen los trámites propios de su competencia, la cual fue radicada el 9 de julio de 2024.

prórroga extraordinaria elevada por la agente especial con el fin de que se realicen los trámites propios de su competencia, la cual fue radicada el 9 de julio de 2024. Que, en virtud de la solicitud realizada por la Superintendencia de Económica Solidaria, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha adelantado todas las gestiones inherentes al trámite de revisión de conformidad con los procedimientos y la normatividad vigente. Que mediante la Resolución No. 2024100005365 del 14 de julio de 2024, la Superintendencia de la Economía Solidaria suspendió unilateralmente por un (1) mes, el término del proceso de toma de posesión para administrar ordenada por medio de la Resolución No. 2022331003895 del 6 de julio de 2022, de la Cooperativa Departamental Cafetera De Cundinamarca - COODECAFEC. Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y de Estudios de Regulación Financiera (URF), entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conoció de la evaluación realizada por la Superintendencia de la Economía Solidaria en relación con la solicitud de prórroga presentada por el Agente Especial de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. -COODECAFEC, y consideró que la información allegada, esto es, la solicitud de prórroga como la evaluación realizada por la Superintendencia de la Economía Solidaria se encuentran ajustadas a la regulación vigente. Que la publicación del proyecto de resolución de la prórroga de toma de posesión para administrar de la Cooperativa Departamental Cafetera De Cundinamarca - COODECAFEC se efectuó por un tiempo de 15 días,

Que la publicación del proyecto de resolución de la prórroga de toma de posesión para administrar de la Cooperativa Departamental Cafetera De Cundinamarca - COODECAFEC se efectuó por un tiempo de 15 días, comprendidos desde el 17 de julio de 2024 hasta el 01 de agosto de 2024. Que, de acuerdo con las consideraciones anteriores, es necesario prorrogar el término del proceso de toma de posesión para administrar de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1º. Prorrogar hasta por el término de un (1) año la toma de posesión para administrar de los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, identificada con NIT 830.090.449-9, con domicilio principal en el municipio de Sasaima-Cundinamarca, en la dirección Carrera 3 Nº 3 - 01./' RESOLUCIÓN EJECUTIVA 3 Q 5 DE Página 4 de 4 Continuación de la Resolución "Por la cual se prorroga por el término de un (1) año la toma de posesión para administrar la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC." Artículo 2°. La Superintendencia de la Economía Solidaria comunicará a la Agente Especial de la Cooperativa Departamental Cafetera de Cundinamarca Ltda. - COODECAFEC, la autorización de prórroga que se concede en la presente resolución. Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los

que se concede en la presente resolución. Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Consultar sobre este documento ...