MINHACIENDA - Resolución ejecutiva 178 de 2023
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Detalles
- Título
- MINHACIENDA - Resolución ejecutiva 178 de 2023
- Autor
- Ministerio de Hacienda y Crédito Público
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2023
República de Colombia libertad y Orden
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
f'RESIOENCIA OE LA AEPÚ8UC.A
SECRETARÍA JURÍOIC.A . , 178 RESOLUCION EJECUTIVA NUMER
] L) . J· · E .ij fF.:.tffi23 J '- i, /ky "Por la cual se prorroga el término de la liquidación e ANCO DEL PACÍFICO S.A. EN LIQUIDACIÓN" EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES, EN VIRTUD DEL DECRETO 978 DEL 19 DE JUNIO DE 2023 En ejercicio de las facultades legales, en especial de las que le confiere el inciso segundo del numeral 2º del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y, CONSIDERANDO Que mediante la Resolución No. 0751 del 20 de mayo de 1999, la entonces Superintendencia Bancaria de Colombia ordenó la toma de posesión para liquidar los bienes, haberes y negocios del BANCO DEL PACÍFICO S.A., identificado con el NIT 800.159.946-8 y cuyo domicilio principal es la ciudad de Bogotá D.C. Que el inciso segundo del numeral 2 del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, establece: "Cuando se disponga la liquidación, la misma no podrá prolongarse por más de cuatro (4) años desde su inicio. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno lo pueda prorrogar por resolución ejecutiva por un término mayor en razón del tamaño de la entidad y las condiciones de la liquidación". Que de acuerdo con la última prórroga concedida por el Gobierno Nacional mediante
prorrogar por resolución ejecutiva por un término mayor en razón del tamaño de la entidad y las condiciones de la liquidación". Que de acuerdo con la última prórroga concedida por el Gobierno Nacional mediante Resolución Ejecutiva número 143 del 30 de junio de 2021, el plazo para la liquidación del BANCO DEL PACÍFICO S.A. EN LIQUIDACIÓN concluye el treinta (30) de junio de 2023. Que mediante oficio presentado ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con número de radicado 1-2023-026119 del 29 de marzo de 2023, la doctora Marcela Navas García en su calidad de liquidadora, solicitó la ampliación del término de la liquidación por dos (2) años más, sustentada en las condiciones jurídicas actuales del proceso liquidatorio del BANCO DEL
PACÍFICO S.A. EN LIQUIDACIÓN.
Que el FONDO DE GARANTÍAS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS - FOGAFÍN, mediante comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el número 1-2023036501 del 3 de mayo de 2023, señaló que tiene pleno conocimiento de la evolución y desempeño que se ha surtido en el proceso de liquidación del BANCO DEL PACIFICO S.A. EN LIQUIDACION, en particular del proceso judicial que se adelanta contra el Estado Ecuatoriano. Para ello, realizó un análisis de los argumentos expuestos por la Liquidadora y del concepto emitido por el apoderado en Ecuador, encontrando la inconveniencia de la terminación de su existencia legal. fip uRESOLUCIÓN 178 DE 2023 Página 2 de 2 Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por la cual se prorroga el término de la liquidación del BANCO
existencia legal. fip uRESOLUCIÓN 178 DE 2023 Página 2 de 2 Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por la cual se prorroga el término de la liquidación del BANCO DEL PACÍFICO S.A. EN LIQUIDACIÓN" Que el FONDO DE GARANTÍAS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS - FOGAFÍN, mediante la mencionada comunicación, coadyuvó la solicitud de prórroga de dos (2) años efectuada por la liquidadora con base en la función de seguimiento de la actividad de los liquidadores que le asigna el literal b) del numeral 1° y numeral 2º del artículo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera - URF, conoció de la evaluación realizada por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras en relación con la solicitud de prórroga presentada por la liquidadora del BANCO DEL PACÍFICO S.A. EN LIQUIDACIÓN y consideró, mediante oficio radicado en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el número 1-2023-041456 del 17 de mayo de 2023 que, a partir de la información aportada, "(. . .) la prórroga se ajusta a la normatividad vigente y se justifica ante la expectativa de mejorar el pago a los acreedores en el proceso de liquidación.". Que se cumplió con las formalidades del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto por el Decreto Único 1081 de 2015. En consideración a lo anterior, RESUELVE Artículo 1. Plazo para la liquidación. El proceso de liquidación del BANCO DEL PACÍFICO
el Decreto Único 1081 de 2015. En consideración a lo anterior, RESUELVE Artículo 1. Plazo para la liquidación. El proceso de liquidación del BANCO DEL PACÍFICO S.A. EN LIQUIDACIÓN identificado con NIT 800.159.946-8 con domicilio principal en la ciudad de Bogotá o.e., deberá concluir a más tardar el treinta (30) de junio de 2025. El término de liquidación señalado en la presente resolución será el plazo máximo dentro del cual se debe culminar el proceso liquidatorio y cumplir con los trámites establecidos en los artículos 9.1.3.6.5 y 9.1.3.6.6 del Decreto 2555 de 201 O, para efectos de la terminación de la existencia legal del BANCO DEL PACÍFICO S.A. EN LIQUIDACIÓN. Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación. Dada en Bogotá o.e., a los
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
23JUN 2023 fi fi GOAL ANDRO GUEVARA CASTAÑEDA Viceministro Gener é:lel Minist 10 de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del empl de Ministro de Hacienda y Crédito Público