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MINHACIENDA - Resolución ejecutiva 84 de 2020

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Detalles

Título
MINHACIENDA - Resolución ejecutiva 84 de 2020
Autor
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2020

RESOLUCIÓN EJECUtl\tA Q 8 4 DE 2020 ) Por la cual se prorroga el término de la medida de toma de posesión para administrar la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social-COOFAMILIAR EL PRESIDENTE DE LA REP0BLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la ley 510 de 1999, el artículo 2.11.3.2 del Decreto 1068 de 2015 y último inciso del artículo 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 201 o, CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 2015330004045 del 15 de abril de 2015, la Superintendencia de la Economía Solidaria ordenó la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Multíactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social - COOFAMILIAR. identificada con Nit 890.305.674 - 3, fijando el término de dos (2) meses, prorrogable por dos (2) meses más, para adelantar el diagnóstico de la situación real de la organización, contado a partir de la fecha en que se hizo efectiva la medida, el 16 de abril del 2015. En este acto administrativo se designó como agente especial al señor Martiniano Barona Valencia y como revisor fiscal al seiior Ever Eduardo Escobar Correa. Que dicho plazo fue prorrogado por la Superintendencia de la Economía Solidaria por un término de dos (2) meses, según Resolución 2015330005405 del 10 de junio de 2015, contados a partir del 16 de

Correa. Que dicho plazo fue prorrogado por la Superintendencia de la Economía Solidaria por un término de dos (2) meses, según Resolución 2015330005405 del 10 de junio de 2015, contados a partir del 16 de junio de 2015, conforme a lo previsto en el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010. Que mediante la Resolución 2015330007565 del 18 de agosto de 2015, la Superintendencia de la Economía Solidaria, ordenó la toma de posesión para administrar de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social - COOFAMILIAR, identificada con Nit 890.305.674 -3, por haberse configurado las causales contenidas en los literales e), f) y h) del numeral 1 del artículo 114 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y con fundamento en lo previsto en el artículo 291 ibídem, fijando el plazo de un (1) año, contado a partir del 18 de agosto de 2015. Que mediante la Resolución 2016330005295 del 18 de agosto de 2016, la Superintendencia de la Economía Solidaria ordenó la prórroga de la medida de intervención por el término de un (1) año. Que el inciso final del artículo 9.1.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010, establece: " ... En todo caso, si en el plazo de un (1) año, prorrogable por un término igual no se subsanaren /as dificultades que dieron origen a la toma de posesión, la entidad de vigilancia y control dispondré la disolución y liquidación de la entidad. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno Nacional por resolución ejecutiva autorice una

origen a la toma de posesión, la entidad de vigilancia y control dispondré la disolución y liquidación de la entidad. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno Nacional por resolución ejecutiva autorice una prórroga mayor cuando asl se requiera en razón de las caracterlsticas de la institución". Que conforme a la prórroga concedida por el Gobierno Nacional mediante Resolución Ejecutiva 303 de 18 de agosto de 2017, se prorrogó por tres (3) arios el término de la toma de posesión para administrar de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguñdad Social-COOFAMILIAR. Que el senor Martiniano Barona Valencia, presentó renuncia al cargo de agente especial de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social -COOFAMILIAR, por to que mediante la Resolución 2019330002235 de 12 de abril de 2019, la Superintendencia de la EconomíaEl emprendimiento es de todos RESOLUCIÓN fio:, Ü 8 4 De Página 2 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se prorroga el término de toma de posesión para administrar la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad SocialCOOFAMILIAR Solidaria, designó en su reemplazo a la señora Jackeline Andrea Valderrama identificada con cédula de ciudadanía número 1.113.781.388, como nuevo Agente Especial. Que la Agente Especial de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social - COOFAMILIAR, mediante radicado número 20204400174292 del 19 de mayo de 2020, sustentó ante la Superintendencia de la Economía Solidaria la solicitud de prórroga de la medida de toma de posesión

  • COOFAMILIAR, mediante radicado número 20204400174292 del 19 de mayo de 2020, sustentó ante la Superintendencia de la Economía Solidaria la solicitud de prórroga de la medida de toma de posesión para administrar, por un periodo de dieciocho ( 18) meses contados a partir del 18 de agosto de 2020, tiempo en el cual se dará inicio al proceso de pago del pasivo interno (482 - Ex Asociados por valor de $1.854 MM), continuando con el desarrollo del objeto social de la cooperativa, en cumplimiento de los protocolos legales que se dispongan para dichos pagos.

Que en el mismo radicado presentado por la Agente especial con la solicitud de prórroga de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social-COOFAMILIAR, se adjuntó el concepto emitido por el revisor fiscal de la organización solidaria con fecha 8 de mayo de 2020, el cual coadyuva a la solicitud de prórroga presentada por la agente especial, indicando que la Cooperativa debe seguir trabajando en estructurar los lineamientos y estrategias que permitan en el corto y mediano plazo, seguir construyendo la viabilidad del negocio y generar los recursos que permitan cancelar paulatinamente el pasivo, sin que se comprometa su estabilidad financiera y su capital mínimo irreductible. Que el Superintendente de la Economía Solidaria remitió solicitud de prórroga mediante radicado de salida número 20203310207621 del 23 de junio de 2020, en consecuencia, una vez evaluados los argumentos expuestos por el Agente Especial en la solicitud de prórroga y teniendo en cuenta la evolución de la cooperativa intervenida, esta Superintendencia considera que la solicitud de prórroga de la medida de toma de posesión para administrar de la Cooperativa Multiactiva Familiar de

evolución de la cooperativa intervenida, esta Superintendencia considera que la solicitud de prórroga de la medida de toma de posesión para administrar de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social - COOFAMILIAR, es viable por el periodo de dieciocho (18) meses, tiempo durante el cual la Agente Especial fortalecerá la Cooperativa y se enervarán en su totalidad las causales que generaron la intervención en cumplimiento del acuerdo de acreedores y el plan de viabilidad de la intervenida. Que la Unidad Administrativa Especial, Unidad de Proyección Normativa y de Estudios de Regulación Financiera (URF), entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conoció de la evaluación realizada por la Superintendencia de la Economía Solidaria, en relación con la solicitud de prórroga presentada por el Agente Especial de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social - COOFAMILIAR, y consideró que la información allegada, esto es, la solicitud de prórroga como la evaluación realizada por la Superintendencia de la Econ_omía Solidaria se encuentran ajustadas a la regulación vigente. Que, de acuerdo con las consideraciones anteriores, es necesario prorrogar el término del proceso de toma de posesión para administrar de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social -C OOFAMILIAR. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1°. Prorrogar hasta por el término de dieciocho (18) meses la toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad SocialCOOFAMILIAR, identificada con NIT 890.305.674-3, con domicilio principal en la

administrar los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad SocialCOOFAMILIAR, identificada con NIT 890.305.674-3, con domicilio principal en la calle 25 Norte Nº 28N - 34 de la ciudad de Cali, Valle del Cauca.RESOLUCIÓN Nb. '., Ü 8 4 De Página 3 de 3 Continuación de la Resolución "Por la cual se prorroga el término de toma de posesión para administrar la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad SocialCOOFAMILIAR. Artículo 2°. La Superintendencia de la Economía Solidaria comunicará al Agente Especial de la Cooperativa Multiactiva Familiar de Trabajadores de la Seguridad Social -COOFAMILIAR, la autorización de prórroga que se concede en la presente resolución. Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e., a los

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉD O PÚBLICO,

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA•

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