🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINJUSTICIA - Resolución 0024 del 4 de enero de 2019

Ministerio de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINJUSTICIA - Resolución 0024 del 4 de enero de 2019
Autor
Ministerio de Justicia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
MASC
Año
2019

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCIÓN NÚMERO O 0 24 DE 94 ENE 2019 • • Por la cual se reglamenta el trámite interno de las órdenes de comisiones, autorizaciones de viajes, pagos de viáticos, gastos de desplazamientos, se efectúan unas delegaciones, y se dictan otras disposiciones LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, y numeral 13 del artículo 6 de Decreto 2897 de 2011, Y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional, anualmente mediante Decreto establece las escalas de viáticos para los empleados públicos, que deben cumplir comisiones en el interior o exterior del país, según su remuneración mensual, la naturaleza de los asuntos y las condiciones de la comisión, teniendo en cuenta el costo de vida del lugar o sitio donde deba llevarse a cabo la labor. Que es deber del Ministerio de Justicia y del Derecho, regular la fijación de los valores de la escala de viáticos y gastos de desplazamiento, aplicando los criterios de objetividad, eficiencia, economía, racionalidad y austeridad del gasto público. Que según los parámetros establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, los ministros pueden delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y por los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo 'correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa.

confiados por la ley y por los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo 'correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa. Que las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes a funcionarios y contratistas respectivamente, se adelantarán cuando así lo impongan las necesidades reales e imprescindibles de este Ministerio y las órdenes judiciales de conformidad con las normas legales vigentes. Que la Resolución No. 0211 del 24 de marzo de 2017 reglamenta, "el trámite interno de las órdenes de comisiones, autorizaciones de viaje, pago de viáticos, gastos de desplazamiento, se realiza una delegación, se deroga una resolución y se dictan otras disposiciones". Que el Decreto Ley No. 019 de 2012, por el cual se dictan normas para suprimir o reformar, regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública, establece entre otros aspectos que es necesario que todas las actuaciones de la administración pública se basen en la eficiencia, la equidad, la eficacia y la economía, con el fin de proteger el patrimonio público, la transparencia y moralidad en todas las operaciones relacionadas con el manejo y utilización de los bienes y recursos públicos, y la eficiencia y eficacia de la administración en el cumplimiento de los fines del Estado. Que en desarrollo de la Directiva Presidencial No. 09 del 9 de noviembre de 2018, se hace necesario aplicar las directrices de austeridad, dentro de la política pública, relacionadas con las comisiones de servicios, tiquetes y viáticos, con el fin de obrar de manera responsable y

necesario aplicar las directrices de austeridad, dentro de la política pública, relacionadas con las comisiones de servicios, tiquetes y viáticos, con el fin de obrar de manera responsable y hacer prevalecer el principio de economía, en el marco de las normas de austeridad del gasto público.r”-• MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCIÓN NÚMERO O o 24 DE 04 ENE 2019 HOJA No Que se requiere unificar y actualizar la reglamentación interna sobre los trámites para autorizar, conferir, reconocer y pagar los viáticos, gastos de desplazamientos, y gastos de viajes resultante de las órdenes de comisiones que se confieran a los directivos, funcionarios, integrantes del esquema de seguridad y de las autorizaciones de viaje que se otorguen a los contratistas del Ministerio de Justicia y del Derecho. Igualmente, con el propósito de optimizar la utilización de los recursos, simplificar los trámites, y mejorar la eficiencia administrativa, el Ministerio de Justicia y del Derecho, ha tomado la decisión de ajustar dichos procedimientos, atendiendo las directrices del SIIF Nación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, haciendo uso de las herramientas tecnológicas existentes tendientes a mejorar las acciones administrativas, disminuir el consumo de papel y hacer más amigable el entorno con el medio ambiente. En consecuencia, resulta necesario derogar la Resolución No. 0211 del 24 de marzo de 2017, para de esta manera actualizar el procedimiento de viáticos. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPITULO I DEFINICIONES Artículo 1. Definiciones. Disponer que, para el trámite de las órdenes de comisiones para

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPITULO I DEFINICIONES Artículo 1. Definiciones. Disponer que, para el trámite de las órdenes de comisiones para los funcionarios, integrantes del esquema de seguridad y de las autorizaciones de viajes para los contratistas se tengan en cuenta las siguientes definiciones: Autorización de viaje: Permitir el desplazamiento de un contratista para desarrollar actividades inherentes al objeto de su contrato de prestación de servicios en un lugar diferente de la sede donde habitualmente lo ejecuta, de acuerdo con lo pactado en el contrato.

Contratista: Persona natural que presta directa y personalmente sus servicios al Ministerio bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios, o que preste sus servicios a una persona natural o jurídica que tenga contrato vigente con el Ministerio.

Cumplido de comisión o desplazamiento: Es la certificación expedida por el Jefe inmediato o el supervisor del contrato en la que consta que el funcionario o contratista, según el caso, presentó el informe correspondiente a la orden de comisión o autorización de viaje y cumplió con el objeto encomendado.

Funcionario: Persona natural que presta sus servicios al Ministerio de Justicia y del Derecho a través de una vinculación legal y reglamentaria.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCIÓN NÚMERO O o 24 DE 04 ENE 2019

HOJA No Gastos de desplazamientos: Erogación que se autoriza y se reconoce a un contratista como compensación de los gastos de alojamiento y manutención que ocasione o incurra para su desplazamiento o traslado a un lugar diferente de la sede donde habitualmente presta el servicio.

Gastos de viaje: Erogación que se autoriza y se reconoce a los funcionarios o contratistas

desplazamiento o traslado a un lugar diferente de la sede donde habitualmente presta el servicio.

Gastos de viaje: Erogación que se autoriza y se reconoce a los funcionarios o contratistas del Ministerio para gastos de transporte terrestre, fluvial, marítimo o multimodal, fuera del perímetro urbano del lugar de origen y destino. Así mismo, para sufragar gastos de estampillas, impuestos y tasas aeroportuarias.

Informe de comisión o Autorización de viaje: Documento que presenta el funcionario o contratista al jefe inmediato o supervisor del contrato en el cual detalla el desarrollo de las actividades en cumplimiento de una orden de comisión o autorización de viaje, de acuerdo con el objeto, las condiciones y parámetros señalados en el formato preestablecido para tal fin.

Legalización: Es la presentación del formato del cumplido de la comisión o desplazamiento por el funcionario o contratista ante el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable o el Grupo de Gestión Humana, según corresponda, dentro de los tres días hábiles siguientes a la terminación de la comisión o autorización de viaje en el cual confirma que asistió y permaneció en el lugar en las fechas indicadas cumpliendo el objeto de la comisión o autorización de viaje.

Orden de comisión: Autorización del desplazamiento a un funcionario para ejercer temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o atender transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo de que es titular.

Programación de comisiones o autorizaciones de viajes: Relación mensual detallada de las comisiones o autorizaciones de viajes al interior y exterior que cada dependencia planea desarrollar fuera de la sede habitual de trabajo y que es presentada por el Ministro, los

Programación de comisiones o autorizaciones de viajes: Relación mensual detallada de las comisiones o autorizaciones de viajes al interior y exterior que cada dependencia planea desarrollar fuera de la sede habitual de trabajo y que es presentada por el Ministro, los Viceministros, Directores, Jefes de Oficina, Jefes de Oficina Asesora, y Secretario General con la debida antelación para la aprobación de la Secretaria General.

Sede habitual de trabajo: Centro urbano o lugar geográfico en donde está ubicada la dependencia en la que regularmente presta sus funciones y/o servicios el funcionario o el contratista.

Viático: Reconocimiento en dinero que se realiza a un funcionario para atender los gastos de alojamiento y manutención en desarrollo de una orden de comisión Cadena Presupuestal: Es el procedimiento de Registro Presupuestal del compromiso y pago posterior que se realiza una vez se haya legalizado la orden de comisión o autorización de viaje.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCIÓN NÚMERO o o 24 DE 0 4 ENE 2019

HOJA No

CAPITULO II DELEGACIÓN Artículo 2. Delegación. Delegar en el Secretario General del Ministerio de Justicia y del Derecho la competencia para conferir comisiones y autorizar viajes al interior del país, ordenar el pago de viáticos, gastos de desplazamiento y de viaje a funcionarios y contratistas del Ministerio, respectivamente, sin perjuicio de lo establecido en la Resolución No. 003 del 11 de agosto de 2011 "Por la cual se efectúan unas delegaciones y se dictan otras disposiciones". Parágrafo. La orden de comisión y autorización de viaje, requerirá de la aprobación previa de

de agosto de 2011 "Por la cual se efectúan unas delegaciones y se dictan otras disposiciones". Parágrafo. La orden de comisión y autorización de viaje, requerirá de la aprobación previa de la programación mensual por parte de la Secretaría General salvo lo previsto en el parágrafo 1.del. artículo 4.de la presente resolución.

CAPITULO III

PRINCIPIOS, PROGRAMACIÓN, DURACIÓN, MODIFICACIÓN, Y PRÓRROGA DE COMISIONES Y DESPLAZAMIENTOS Artículo 3. Principios. Son los postulados que orientan la gestión de cada dependencia para que las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes se enmarquen en la planeación, la objetividad, la eficiencia, la eficacia, la economía, la racionalidad y la austeridad del gasto público. Artículo 4. Programación de comisiones y autorizaciones de viajes. Los despachos del Ministro y Viceministros, las Direcciones, las Oficinas, las Oficinas Asesoras y la Secretaría General, mensualmente programarán las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes, que por efecto de las necesidades del servicio deban realizarse en el mes siguiente. Dicho reporte de programación de las órdenes de comisiones o autorizaciones de viajes al interior y exterior del país, serán entregados en el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable; a más tardar el día 15 del mes inmediatamente anterior al programado firmado por el Ministro, Viceministro, Jefe de Oficina, Jefe de Oficina Asesora, Directores o Secretario General, según corresponda. En caso de presentarse observaciones y/o recomendaciones a la programación, al interior y

el Ministro, Viceministro, Jefe de Oficina, Jefe de Oficina Asesora, Directores o Secretario General, según corresponda. En caso de presentarse observaciones y/o recomendaciones a la programación, al interior y exterior del país, el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, la devolverá a la dependencia correspondiente, con el fin de que se realicen las modificaciones y/o ajustes respectivos. Una vez realizados los ajustes el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable adelantará el trámite de aprobación ante la Secretaría General. Parágrafo 1. Excepción. Cuando por necesidades del servicio deban ordenarse comisiones y/o autorizaciones de viajes al interior o exterior del país no contempladas en la programación mensual, y que sean de inaplazable cumplimiento, sólo podrán tramitarse previa justificación del Ministro, Viceministro, Director, Jefe de Oficina, Jefe de Oficina Asesora o Secretario General, según corresponda, haciendo uso del formato diseñado para tal efectoS—MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

RESOLUCIdN NÚMERO 0 O 24 DE O 4 ENE 2019

HOJA No Parágrafo 2. Convenios Especiales. Las órdenes de comisiones o autorizaciones de viajes que deban realizar los funcionarios o contratistas con cargo al presupuesto de convenios especiales con otras entidades, se incluirán dentro de la programación de que trata el presente artículo, y seguirán el mismo trámite que se establece en la presente resolución. Parágrafo 3. De manera excepcional, el jefe inmediato con el visto bueno del superior jerárquico, podrá solicitar ante el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera, y Contable, la

Parágrafo 3. De manera excepcional, el jefe inmediato con el visto bueno del superior jerárquico, podrá solicitar ante el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera, y Contable, la modificación o ajuste a la programación mensual y con un mínimo de diez (10) días hábiles de antelación al inicio de las órdenes de comisiones o autorizaciones de viaje modificadas y ajustadas, para la aprobación de la Secretaria General Artículo 5. Contenido del acto administrativo. El acto administrativo que confiere la orden de comisión o autorización de viaje al interior del país deberá indicar como mínimo: Nombre e identificación del funcionario o contratista, cargo o número del contrato, asignación básica mensual u honorarios, según el caso; nombre de la entidad bancaria en la cual debe consignarse el pago, tipo y número de la cuenta bancaria, objeto, lugar y término de la comisión o desplazamiento, valor de los viáticos o gastos de desplazamiento aprobados por los días pernoctados y no pernoctados, imputación presupuestal. Se incluirán los gastos de viaje referidos a transporte cuando se requieran. Para los actos administrativos de las comisiones o autorizaciones de viajes al exterior se deberá indicar, además de lo anterior, el objeto del contrato cuando se trate de un contratista. Para los actos administrativos que no causen erogación al presupuesto del Ministerio de Justicia y del Derecho, se indicará la persona o entidad que sufragará los gastos, con la discriminación de cada uno de los gastos. Parágrafo 1. Previo a la expedición del acto administrativo que autoriza la orden de comisión o autorización de viaje, se debe contar con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal

discriminación de cada uno de los gastos. Parágrafo 1. Previo a la expedición del acto administrativo que autoriza la orden de comisión o autorización de viaje, se debe contar con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal expedido por el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, o Certificación de Caja Menor de disponibilidad de recursos que ampare los gastos que causen las órdenes de comisiones o autorizaciones de viajes. Parágrafo 2. Una vez expedido el acto administrativo que autoriza la orden de comisión o la autorización de viaje, el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, expedirá el correspondiente Registro Presupuestal del compromiso, o el comprobante de egreso caja menor, según corresponda para el trámite de pago y posterior legalización en el Sistema Integrado de Información Financiera SOF. Artículo 6. Duración. Disponer que las órdenes de comisión de servicios o autorizaciones de viajes estarán contenidas en los formatos establecidos, en los cuales se expresará el término de duración, que no podrá exceder de treinta (30) días calendario. Parágrafo 1. El término máximo señalado en el presente artículo podrá prorrogarse hasta por treinta (30) días más cuando ello fuere necesario por la naturaleza especial de las tareas que deban desarrollarse, previa autorización expresa e individual del Ministro y justificación del Viceministro, Director, Jefe de Oficina, Jefe de Oficina Asesora o Secretario General, según corresponda.

.5vMINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

RESOLUCIÓN NÚMERO° o 24 DE

4 ENE 2019 HOJA No.

Parágrafo 2. Para el cumplimiento de las funciones especiales de inspección y vigilancia

.5vMINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

RESOLUCIÓN NÚMERO° o 24 DE

4 ENE 2019 HOJA No.

Parágrafo 2. Para el cumplimiento de las funciones especiales de inspección y vigilancia podrá otorgarse a los funcionarios qué ejerzan dichas labores orden de comisión sin sujeción al límite de duración. Así mismo, no estarán sujetas a los términos de este artículo, las órdenes de comisiones que por su naturaleza exijan necesariamente una duración mayor, a juicio del Ministro. Parágrafo 3. En ningún caso se podrán otorgar órdenes de comisión o autorizaciones de viaje de carácter permanente. Artículo 7. Prórrogas. Disponer que las solicitudes de prórroga a la orden de comisión o autorización de viaje al interior y exterior del país, deberán tramitarse en los formatos establecidos para tal fin, con anterioridad a la terminación de las mismas exponiendo la necesidad del servicio que lo exige, y contar con el visto bueno del Ministro, Viceministro, Director, Jefe de Oficina, Jefe de Oficina Asesora, o Secretario General, según sea el caso. Las solicitudes de prórroga deben ser entregadas al Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, o Grupo de Gestión Humana, según corresponda, antes de la finalización de la inicialmente conferida para los trámites pertinentes de registro, salvo las situaciones de caso fortuito o de fuerza mayor de acuerdo con las normas vigentes. Artículo 8. Prohibiciones de órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes en fin de semana. No se tramitarán órdenes de comisiones ni autorizaciones de viajes que inicien,

Artículo 8. Prohibiciones de órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes en fin de semana. No se tramitarán órdenes de comisiones ni autorizaciones de viajes que inicien, terminen o incluyan fin de semana o días festivos, salvo que se encuentren en la programación de órdenes de comisiones o autorizaciones de viajes de la respectiva dependencia, debidamente justificadas y detalladas con las actividades a realizar durante estos días. Se exceptúan de este procedimiento los cargos del nivel directivo, el personal de seguridad y conductores adscritos a los despachos del Ministro y Viceministros, por la naturaleza funcional de sus empleos. Parágrafo. En caso de requerirse desplazamiento para cumplir órdenes de comisiones o autorizaciones de viajes que implique itinerarios de rutas que involucren fines de semana o días festivos deberá acreditarse la respectiva justificación por parte del funcionario o contratista y el Jefe de la dependencia o supervisor respectivamente. CAPITULO IV TRÁMITE, PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS Artículo 9. Responsabilidad. El Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, será el responsable de recibir y tramitar las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes al interior del país que entreguen las diferentes dependencias del Ministerio. El Grupo de Gestión Humana será el responsable de coordinar el trámite y gestión de las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes al exterior del país, que entreguen las diferentes dependencias del Ministerio.,.3—MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RE-SOLUCIÓN NÚMERO 0 0 24 DE 0 4 ENE 2019

HOJA No.

diferentes dependencias del Ministerio.,.3—MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RE-SOLUCIÓN NÚMERO 0 0 24 DE 0 4 ENE 2019

HOJA No.

Para tal efecto los mencionados grupos deberán adelantar las actividades del procedimiento aquí establecido y coordinar el cumplimiento de las obligaciones que les compete. Artículo 10. Acciones. El Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, y Grupo de Gestión Humana, dentro del trámite para el otorgamiento de comisiones o autorizaciones de viajes realizarán las siguientes acciones: 1.- Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable: a) Recibir y revisar dentro de los términos establecidos, los formatos de programación mensual de comisiones y autorizaciones de viajes que entreguen las dependencias, para lo cual debe verificar la coherencia y viabilidad de la programación y solicitar las modificaciones y/o ajustes pertinentes a la misma. Igual tratamiento, tendrán las solicitudes excepcionales. b) Enviar a más tardar el día 20 de cada mes, los formatos de programación de comisiones y autorizaciones de viajes, debidamente refrendados por los jefes inmediatos y supervisores jerárquicos de éstos, a la Secretaría General para su aprobación. En todo caso, las solicitudes excepcionales deben tener aprobación de la Secretaría General. c) Recibir y revisar los proyectos de actos administrativos que elaboren las dependencias mediante los cuales se confieren comisiones o autorizaciones de viajes al interior del país, en el marco de la programación mensual aprobada, anexando la solicitud de los tiquetes aéreos con el itinerario, cuando se requiera. d) Verificar que los proyectos de los actos administrativos contengan el objeto de la

país, en el marco de la programación mensual aprobada, anexando la solicitud de los tiquetes aéreos con el itinerario, cuando se requiera. d) Verificar que los proyectos de los actos administrativos contengan el objeto de la comisión o autorización de viaje, que esté registrado correctamente el rubro presupuestal a afectar, que la base de liquidación corresponda al funcionario o contratista y esté acorde con la escala de viáticos fijadas por el Gobierno Nacional, ajustadas en el acto administrativo que profiera el Ministerio de Justicia y del Derecho, y que las mismas estén refrendadas por el jefe de la dependencia o supervisor, según sea el caso. e) Orientar a las personas designadas por cada dependencia para que elaboren los proyectos de actos administrativos, según los formatos y modelos diseñados para el caso, a partir de la programación debidamente aprobada por la Secretaría General y que los mismos contengan la información completa, correcta y fidedigna. f) Gestionar, obtener y entregar los tiquetes electrónicos según el caso. g) Informar a la respectiva dependencia las observaciones respecto de las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes no aprobadas. h) Mantener actualizada la información de las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes realizadas, incluyendo lo correspondiente a legalizaciones. ..3_MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCIÓN NÚMERO 0 o 24 DE 04 ENE 2019 HOJA No. i) Verificar la liquidación de los gastos de viajes vigentes (terrestres, fluviales, marítimos, férreos o multimodal) que requieran los funcionarios y/o contratistas para el desarrollo de la orden de comisión o autorización de viaje, consultando a través de las

  1. Verificar la liquidación de los gastos de viajes vigentes (terrestres, fluviales, marítimos, férreos o multimodal) que requieran los funcionarios y/o contratistas para el desarrollo de la orden de comisión o autorización de viaje, consultando a través de las herramientas tecnológicas con que dispone el Ministerio de Justicia y del Derecho.

Verificar la liquidación de los viáticos o gastos de desplazamientos, según corresponda, de acuerdo con la tabla de viáticos y TRM vigentes. k) Realizar el registro presupuestal del compromiso o el comprobante de egreso de caja menor de las comisiones o autorizaciones de viaje al exterior del país que requieran recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y del Derecho, tramitadas por el Grupo de Gestión Humana, como mínimo con tres (3) días hábiles de antelación al inicio de la comisión o autorización de viaje.

  1. Realizar la anulación del registro presupuestal del compromiso o del comprobante de egreso de caja menor cuando se reciba la comunicación vía correo electrónico de los jefes o supervisores de contratos sobre la anulación o cancelación de comisiones o autorizaciones de viajes. m) Las demás que sean procedentes y necesarias para el trámite efectivo control de las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes. 2.- Grupo de Gestión Humana a) Recibir y revisar los documentos que soportan las solicitudes de comisiones o autorizaciones de viajes al exterior del país. b) Tramitar ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República las autorizaciones para el otorgamiento de las solicitudes de comisiones al exterior del país, que conlleven o no erogación del erario público.

b) Tramitar ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República las autorizaciones para el otorgamiento de las solicitudes de comisiones al exterior del país, que conlleven o no erogación del erario público. c) Proyectar los actos administrativos relacionado con las comisiones o autorizaciones de viajes al exterior del país. d) Informar a la respectiva dependencia las observaciones respecto de las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes no aprobadas. e) Mantener actualizada la información de las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajes realizadas, incluyendo lo correspondiente a legalizaciones que no causen erogación. o Tramitar ante el Grupo de Gestión Administrativa, financiera y Contable, el registro presupuestal o de caja menor, de las comisiones o autorizaciones de viajes al exterior del país que requieran recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y del Derecho. g) Las demás que sean procedentes y necesarias para el trámite efectivo y el control de las órdenes de comisiones y autorizaciones de viajess_MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO 0 RSOLUCIÓN NÚMERO 0 0 24 DE 4 ENE 2019

Parágrafo. En ningún caso el Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable tramitará la expedición de pasajes aéreos sin que exista el acto administrativo previo que confiere la comisión o autorización de viaje. Artículo 11. Restricciones. Sin excepción, toda comisión tanto al interior como exterior del país deberán ser legalizadas dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la terminación de la misma. No se podrán tramitar ni pagar nuevas comisiones o autorizaciones de viajes, ya

país deberán ser legalizadas dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la terminación de la misma. No se podrán tramitar ni pagar nuevas comisiones o autorizaciones de viajes, ya que el sistema SOF no permite registrar nuevas comisiones si se encuentra pendiente de legalizar gastos anteriores. La legalización surte efecto con la presentación del formato del cumplido de comisión en el término establecido ante el Grupo de Gestión, Administrativa, Financiera y Contable o Grupo de Gestión Humana, según corresponda. Artículo 12. Registro Presupuestal y Pago. El Coordinador del Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, una vez firmado el acto administrativo por el ordenador del gasto y debidamente numerado con mínimo tres (03) días hábiles de antelación al inicio de la misma, procederá a efectuar el comprobante de egreso caja menor y el pago total de los viáticos, y gastos de viajes se realizará durante el desarrollo de la comisión, y cuando se trate de cadena presupuestal el pago se realizará una vez se haya legalizado la orden de comisión o autorización de viaje. Parágrafo. El pago del valor por concepto de viáticos, gastos de desplazamiento y/o gastos de viajes ordenados, será efectuado por transferencia electrónica para los funcionarios a través de las cuentas bancarias de nómina y para los contratistas se consignará en la cuenta bancaria reportada en el contrato. Artículo 13. Gastos para tiquetes aéreos. La entidad contará con un contrato para garantizar el suministro de tiquetes aéreos con cubrimiento nacional e internacional. En caso de no existir contrato se podrán adquirir tiquetes aéreos con cargo a la caja menor.

garantizar el suministro de tiquetes aéreos con cubrimiento nacional e internacional. En caso de no existir contrato se podrán adquirir tiquetes aéreos con cargo a la caja menor. Cuando se requiera el suministro de tiquetes aéreos se debe indicar la necesidad en el formato del acto administrativo que autoriza la orden de comisión o autorización de viaje y anexar el itinerario en el formato establecido. La Coordinación del Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable solicitará a la agencia de viajes los pasajes necesarios en clase económica a la tarifa más favorable del mercado que ofrezca la agencia para el desplazamiento al lugar de la comisión. La Coordinación del Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable se encargará de comunicar el itinerario respectivo mediante correo electrónico a cada funcionario y/o contratista, la cual no será susceptible de cambios de horarios por parte de los funcionarios y/o contratistas. En caso de cambio de reservas aéreas, estas deben ser modificadas únicamente por la Coordinación del Grupo de Gestión Administrativa, Financiera y Contable, y sólo se autorizará para Ministro, Viceministros, Directores y Secretario General, ya que los cambios de última hora generan sobrecostos en el valor de los tiquetes aéreos. Igual tratamiento, tendrán los integrantes del esquema de seguridad asignados al despacho del Ministro y ViceministrosS---- .

HOJA No.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCIÓN NÚMERO 0.0 24 DE 04 ENE 2019

HOJA No.

Parágrafo 1. La expedición de tiquetes aéreos de primera clase y ejecutiva sólo serán autorizados de acuerdo con las directrices vigentes del gobierno nacional.

04 ENE 2019

HOJA No.

Parágrafo 1. La expedición de tiquetes aéreos de primera clase y ejecutiva sólo serán autorizados de acuerdo con las directrices vigentes del

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...