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MINJUSTICIA - Resolución 0002 de 2026

Ministerio de Justicia

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Detalles

Título
MINJUSTICIA - Resolución 0002 de 2026
Autor
Ministerio de Justicia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
MASC
Año
2026

•Justicia , , - O O n7 'O? r"'E ('11126 RESOLUCION NU~ERO .£tbs~i..-~. . LU , Por la cual se efectúa la desagregación al detalle del anexo dei decreto de liquidación en el presupuesto de adquisición de bienes y servicios y de gastos por tributos, multas, sanciones e intereses de mora del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia fiscal 2026" LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el Decreto 1068 de 2015, articulo 19 del Decreto 1477 de 2025, la Resolución No, 2348 de 2022, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 2559 del 22 de diciembre 2025, el Congreso de la Republica decretó el presupuesto de rentas y recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2026, incluyendo al Ministerio de Justicia y del Derecho, Que conforme al Decreto 1477 del 30 de diciembre de 2025, "Porei cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2026, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", el Gobierno Nacional apropió en el presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Justicia y del Derecho Sección 1201, la suma de CIENTO SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES

CIENTO VEINTE MIL NOVECIENTOS VEINTISÉiS MICTE ($166,399,120,926),

Sección 1201, la suma de CIENTO SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO VEINTE MIL NOVECIENTOS VEINTISÉiS MICTE ($166,399,120,926), Que el Decreto 1477 de 2025 dispuso en su articulo 19 que el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación dei gasto podrá efectuar mediante resolución las desagregaciones presupuestales de las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, Que el Decreto 1068 de 2015 se en su articulo 2,8,1.7,5, establece que "El registro de la ejecución del presupuesto de rentas y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nación en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el Catáiogo de ClasificaciónPresupuestai - CCP que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del I Ministerio de Ha"cienda y Crédito Público y en los tiempos que permitan conocer la situación de las finanzas con mayor cercanía 'al momento de generarse el hecho económico" Que el Decreto 1068 de 2015 en su articulo 2,9,1,2.7, modificado por el articulo 19 del Decreto 412 de 2018, establece la obligación de las entidades usuarias del SIIF Nación para desagregar el presupuesto al máximo nivel de detalle, de conformidad con el Catálogo de Clasificación Presupuestal CCP establecido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTiCULO PRIMERO. - .Realizar la desagregación del presupuesto para la vigencia 2026 de adquisición de

General del Presupuesto Público Nacional. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTiCULO PRIMERO. - .Realizar la desagregación del presupuesto para la vigencia 2026 de adquisición de bienes y servicios y de gastos por tributos, multas, sanciones e intereses de mora según el Decreto 1477 del 30 de diciembre de 2025, así: Página 1 de ~0002 ., Justicia CONTINÚA RESOLUCIÓ N NÚMERO----:-:-:-----,----,-::-,DE.,,-------,_ " Por la cual se efectúa la desagregación al detalle del anexo del decreto de liquidación en el presupuesto de adquisición de bienes y servicios y de gastos por tributos, multas, sanciones e intereses de mora del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia fiscal 2026"

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SERVICIOS DE ALCANTARILLADO,

RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y

DISPOSICIÓN DE DESECHOS Y OTROS

SERVICIOS DE SANEAMIENTO

AMBIENTAL

SERVICIOS OE SOPORTE

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TRANSMISIÓN Y SUMINISTRO DE l' INFORMACIÓN ~-~i=- __ ;~.9~'_0-_.4-:-~-,:,:?~

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AUTOMOTORES . .

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CONTRIBUCIONES 460,000,000--_._---- - -~~- --

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A 0804 I ARTIcULO SEGUNDO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLiQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.e., a los o 2 B~f 2tiZ6 Elaboró. Revisó. -l. ;l ~/'¡; rl Jorge Armando Páez MejíaContratista GGFC VJl/1 ÍVlfo. (4"+ L Belkis Roncancio - Coordinador (E) GGFC .•.••• ~_. ",--." • Página a de ~

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