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MINJUSTICIA - Resolución 0806 de 2026

Ministerio de Justicia

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Detalles

Título
MINJUSTICIA - Resolución 0806 de 2026
Autor
Ministerio de Justicia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
MASC
Año
2026

® g0 21mas RESOLUCION NUMERO, Por medio de la cual se termina anticipadamente y se Ilquidé unilateratmente el contrato de prestacién de servicios de apoyo a la gestién No. 047-2026, suscrito con HUGO ERNESTO MORENO FORERO (Q.E.P.D) La secretaria general en ejercicio de sus facuitades, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 del 2007, ia Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015, e/ Decreto No. 399 del 14 de abril de 2026 y el articulo primero de la Resolucién 2348 de 12 de diciembre de 2022 y, CONSIDERANDO, Que el dia 7 de enero de 2026, se suscribi6 el contrato de prestacién de servicios de apoyo a la gestion No. 047-2026 entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO y HUGO ERNESTO MORENO FORERO (Q.E.P.D), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadania No. 19.410.277 expedida en Bogots D.C., cuyo objeto consistié en "Prestar servicios de apoyo a la gestién para fa movilizacion del personal de la entidad en los vehiculos asignados al Ministerio de Justicia y del Derecho”. Que, el valor del contrato prestacién de servicios de apoyo a fa gestion No 047-2026, se establecié hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL OCHO PESOS M/CTE ($27.440.008) Que el plazo inicial de ejecucién del contrato de prestacion de sérvicios de apoyo a la

establecié hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL OCHO PESOS M/CTE ($27.440.008) Que el plazo inicial de ejecucién del contrato de prestacion de sérvicios de apoyo a la gestion No. 047-2026, se pacté (...} El Plazo de ejecucién del contrato sera de 8 meses, contados a partir de! cumplimienta de los requisitos de perfeccionamiento y ejecucién, sin que supere el 31 de diciembre de 2026.". Que, de conformidad con lo estipulado en la plataforma SECOP I, la supervisién del contrato prestacién de servicios de apoyo a la gestion No 047-2026 fue ejercida inicialmente por JUAN CARLOS POLANCO ZAMBRANO, SARA EMILIA ZULETA PENA, CLAUDIA MAYELLY VELA DIAZ, y finalmente y para efectos de la terminacion y liquidacion unilateral por SANDRA YULIETH VASQUEZ MURILLO en calidad de Coordinadora del Grupo de Gestién Administrativa. Que el contrato prestacién de servicios de apoyo a la gestion No 047-2026, se encuentra amparado con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 1026 del 05/01/2026 por valor de $ 1.547.901.833 y el registro presupuestal No. 3126 del 07/01/2026. Que con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el contratista constituyd péliza de cumplimiento No. 96-46-101033140 con la compafila SEGUROS DEL ESTADO S.A., {a cual fue aprobada el 07 de enero de 2026 por el Grupo de Gestion Contractual dei Ministerio de Justicia y del Derecho, en los siguientes términos: Compaiia N — Vigencia

ESTADO S.A., {a cual fue aprobada el 07 de enero de 2026 por el Grupo de Gestion Contractual dei Ministerio de Justicia y del Derecho, en los siguientes términos: Compaiia N — Vigencia Amparos aseguradora No. de péliza Desde Hasta SEGUROS - DEL 96-4607/01/12026 Cumplimiento ESTADO 101033140 10/03/2027 SA. Que el sefior HUGO ERNESTO MORENO FORERO (Q.E.P.D), fallecié el dia 9 de marzo de 2026, tal como se certifica en el registro civil de defuncion con indicativo serial No. 11954960 con inscripcion del 13 de marzo de 2026, expedido por la Notaria 71 del Circulo de Bogota, D.C. Que mediante informe final de supervision del 25 de marzo de 2026, la supervisién del contrato informé que el contratista cumpli6 a cabalidad las obligaciones establecidas desde &l 7 de enero de 2026 y hasta el 9 de marzo de 2026. Que de acuerdo con la informacién financiera reportada por la supervisién del contrato en el Informe Final de Supervisién, este contrato presenta el siguiente balance: piginalded08 06 Juf@iia ! RELACION DE PAGOS: JORDEN DE PAGO SIIF N| FECHA | VALOR 28198526 2026/02/1252.744.001,0( 62856426 [2026/03/06$3.430.001,00 ] TOTAL — ~ [$6.174.002,00

I "~ EJECUCION FINANCIERA DEL CONTRATO

VALOR TOTAL CONTRATO §$27.440.008,00

VALOR EJECUTADO Y PAGADO AL CONTRATISTA $6.174.002,00

] TOTAL — ~ [$6.174.002,00

I "~ EJECUCION FINANCIERA DEL CONTRATO

VALOR TOTAL CONTRATO §$27.440.008,00

VALOR EJECUTADO Y PAGADO AL CONTRATISTA $6.174.002,00

VALOR EJECUTADO Y POR PAGAR AL CONTRATISTA Corresponde a | $1.029.000 los honorarios desde el 1 al 8 de Marzo de 2026

VALOR SALDO A LIBERAR A FAVOR DEL MINISTERIO $20.,237.006,00

Que el contrato presenta un saldo a favor del contratista pendiente de pago, el cual corresponde a la ejecucién contractual durante el periodo comprendido entre el primero 01} de marzo de 2026 y el nueve (09) de marzo de 2026, por valor de UN MILLON

VEINTINUEVE MIL PESOS M/CTE ($1.029.000).

Que en virtud de lo anterior, existen sumas pendientes por liberarse en favor del Ministerio de Justicia y del Derecho por la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS TREINTAY SIETE MIL SEIS PESOS M/CTE ($20.237.006) por concepto del valor no ejecutado del contrato, desde el dia diez (10) de marzo de 2026 al seis (6) de septiembre de 2026, en razén al fallecimiento del contratista.

FUNDAMENTOS JURIDICOS.

Que de acuerdo con lo sefialado en el numeral 2 del articulo 17 de la Ley 80 de 1993: “La entidad en acte administrativo debidamente motivado dispondré la terminacién anticipada del contrato en los siguientes eventos: (...) 2. Por muerte o incapacidad fisica permanente del contratista, (...)". Que el numeral 3 del articulo 32 de la Ley 80 de 1993, define el contrato de prestacion de

del contrato en los siguientes eventos: (...) 2. Por muerte o incapacidad fisica permanente del contratista, (...)". Que el numeral 3 del articulo 32 de la Ley 80 de 1993, define el contrato de prestacion de servicios como aquel que celebran las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administracion o funcionamiento de la entidad Que por el fallecimiento del contratista no es posible continuar con la ejecucion del contrato de prestacion de servicios de apoyo a la gestion No. 047-2026 y de acuerdo con el articulo 41 de la Ley 80 de 1993, los contratos estatales son intuito persone, por lo tanto, una vez celebrados no podréan cederse sin previa autorizacién escrita de la entidad contratante. Que aunque los contratos de Prestacion de Servicios de Apoyo a la Gestién, no requieren ser liquidados, a menos que tal y como lo dispone el articulo 60 de la ley 80 de 1993, - modificado por el articulo 217 del Decreto Ley 019 de 2012, su terminacién sea anticipada o existan saldos a favor de las partes; por lo tanto, en vista que el contrato debe terminarse anticipadamente por muerte del contratista, y teniendo en cuenta que existe un saldo a su favor, se requiere liquidar unilateralmente el contrato No. 0472026, Que encontrandonos dentro de los términos legales establecidos en el articulo 32 de la Ley 1150 de 2007 y el articulo 217 del Decreto 019 de 2012, es procedente terminar y liquidar unilateralmente el contrato de prestacion de servicios No. 0472026 Que la clausuta décimo séptima (17) del anexo de condiciones contractuales del contrato No. 047-2026, sefiala: "TERMINACION ANTICIPADA: E! presente contrato se podra

unilateralmente el contrato de prestacion de servicios No. 0472026 Que la clausuta décimo séptima (17) del anexo de condiciones contractuales del contrato No. 047-2026, sefiala: "TERMINACION ANTICIPADA: E! presente contrato se podra terminar en los siguientes eventos: 1. Por vencimiento del plazo de ejecucion. 2. Por mutuo acusrdo entre las partes. 3. Por el cumplimiento del objeto contractual. 4. En forma unilateral Pégina 2de 40806 .E. por parte def MINISTERIO, conforme a lo establecido en la ley. 5. Por las demés causales legalmente establecidas”. Que frente a la forma en cémo se debe proceder en estos casos, Colombia Compra Eficiente sostuvo en el concepto 42018140000021084 del 06 de marzo de 2018 que: “La normativa del Sistema de Compra Publica no establece un procedimiento reglado para pagar las sumas debidas a un contratista fallecido. No obstante, se considera que la Entidad Estatal debe dar por terminado el contrato y si corresponde, liquidar el contrato en el estado en el que se encuentre; esto, ademas de notificar personalmente a los herederos conacidos y terceros de quienes se desconozca su domicilio. Posteriormente, podra consignar la suma adeudada a la cuenta registrada, y de encontrarse cerrada la misma, constituira un titulo de deposito a nombre del contratista fallecido.” Que el supervisor certifico que ha verificado previamente el cumplimiento de las obligaciones pactadas por parte del contratista, por lo que se ampara en el precepto constitucional del articulo 83 de la Constitucin Politica, que indica: “Las actuaciones de los particulares y de las autoridades publicas deberan cefiirse a los postulados de ia buena fe,

constitucional del articulo 83 de la Constitucin Politica, que indica: “Las actuaciones de los particulares y de las autoridades publicas deberan cefiirse a los postulados de ia buena fe, la cual se presumiré en todas las gestiones que aquelios adelanten ante éstas.” Que en consideracion a que las decisiones adoptadas en la presente Resolucion son de caracter particular y pueden afectar directa o indirectamente a terceros, como lo serian los posibles herederos ylo legatarios y acreedores del contratista, de los que por razones obvias se desconocen sus domicilios, se procedera a dar aplicacion a lo dispuesto en el articulo 73 del Cédigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), relativo a la nofificacion o publicidad a terceros de quienes se desconozca su domicilio. Que, en mérito de o expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Terminar Unilateralmente el contrato de prestacion de servicios de apoyo a la gestion No. 047-2028, suscrito entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO y HUGO ERNESTO MORENO FORERO (Q.E.P.D), quien en vida se identificaba con cédula de ciudadania No. 19.410.277, a partir del 10 de marzo de 2026, conforme a los dispuesto en la presente resolucién.

ARTICULO SEGUNDO: Liquidar unilateralmente el contrato de prestacion de servicios de apoyo a la gestion No 047-2026, de acuerdo con la informacion contenida en el informe final de supervision de fecha 25 de marzo de 2026, los documentos citados en los considerandos del presente acto administrativo, asi como la informacién registrada en la

plataforma SECOP I, en los siguientes términos:

final de supervision de fecha 25 de marzo de 2026, los documentos citados en los considerandos del presente acto administrativo, asi como la informacién registrada en la plataforma SECOP I, en los siguientes términos:

EJECUCION FINANCIERA DEL CONTRATO

VALOR TOTAL CONTRATO $27.440.008

VALOR EJECUTADO Y PAGADO AL CONTRATISTA | $6.174.002

VALOR EJECUTADO Y POR PAGAR AL|[$1.029.000

CONTRATISTA Corresponde a los honorarios desde el 1 al 9 de marzo de 2026

VALOR SALDO A LIBERAR A FAVOR DEL |$20.237.008

MINISTERIO PARAGRAFO PRIMERO: El saldo a favor del contratista esta amparado en el registro presupuestal No 3126 del 7 de enero de 2026.

ARTICULO TERCERO: Ordenar al Grupo de Gestion Financiera y Contable del Ministerio de Justicia y del Derecho, el pago de la suma de UN MILLON VEINTINUEVE MIL PESOS M/CTE ($1.029.000), valor ejecutado por HUGO ERNESTO MORENO FORERO (Q.E.P.D}, durante la ejecucién del contrato de prestacién de servicios de apoyo ala gestion No 047-2026, en la cuenta de ahorros No. 0351 8524665 de la entidad bancaria BANCOLOMBIA S.A., dltima cuenta registrada en el Ministerio de Justicia y del Derecho, para tales fines.

Pigina3ded. 0 8 0 [¥] Justicia kY i — PARAGRAFO PRIMERO: En caso de que la cuenta de ahorros No. 03518524665 de la entidad bancaria BANCOLOMBIA S.A., se encuentre bloqueada o cancelada, se deberé

kY i — PARAGRAFO PRIMERO: En caso de que la cuenta de ahorros No. 03518524665 de la entidad bancaria BANCOLOMBIA S.A., se encuentre bloqueada o cancelada, se deberé realizar un depésito judicial a través del cual se disponga de los recursos a favor del contratista fallecido.

ARTICULO CUARTO: Ordenar !a liberacién de los saldos del contrato de prestacion de servicios de apoyo a la gestion No 047-2026, los cuales corresponden a la suma de VEINTE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEIS PESOS M/CTE ($20.237.006) conforme la parte motiva del presente acto administrativo.

ARTICULO QUINTO: Comunicar la presente Resolucién a la Compafia Seguros del Estado S.A en su calidad de garante del contrato de prestacion de servicios de apoyo a la gestion No 047-2026, suscrito entre el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO y HUGO ERNESTO MORENO FORERO (Q.E.P.D), ARTICULO SEXTO: Ordenar la publicacion de! presente acto por un (1) dia hébil en la pégina web de la Entidad y en un medio masivo de comunicacion de la ciudad de Bogota

D.C., de conformidad con los dispuesto en el articule 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO SEPTIMO: Una vez ejecutoriado el presente acto administrativo, enviese copia de! mismo al Grupo de Gestién Financiera para para los fines pertinentes.

ARTICULO OCTAVO: Contra la presente Resolucién procede Unicamente el recurso de reposicién, el cual debera interponerse dentro de los diez {10} dias habiles siguientes al

copia de! mismo al Grupo de Gestién Financiera para para los fines pertinentes.

ARTICULO OCTAVO: Contra la presente Resolucién procede Unicamente el recurso de reposicién, el cual debera interponerse dentro de los diez {10} dias habiles siguientes al vencimiento del término de publicacién, de conformidad con lo dispuesto en ef articulo 76 de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO NOVENO: La presente Resolucién rige a partir de su ejecutoria.

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE 21 10 06

Pl CLAUDIA LILIANA MARTINEZ MELO

Secretaria General

CONSTANCIA DE ELABORACION Y REVISION NOMBRE CARGO

Aprobs Nicolés Mayorga Mendoza Coordinador Grupo de Gestién Contractual Reviso | Edgar Hernando Suarez Vega Contratista Secretaris General ; Abogado contratista Grupo de Gestion Reviso Jhon Yamid Angulo Herran Centoactiat ) Rbogado contratista del Grupo de Gestian Elaboré | Daniel Enrlgue Gémez Rocriguez Contractu] Paginad ded

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