MINJUSTICIA - Resolución 2209 de 2025
Ministerio de Justicia
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Detalles
- Título
- MINJUSTICIA - Resolución 2209 de 2025
- Autor
- Ministerio de Justicia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- MASC
- Año
- 2025
@JJusticia
MINISTERIO DEJUSTICIAY DELDERECHO•
RESOLUCiÓN NÚMERO22O9DE O5 NOV2024
PORMEDIO DELACUALSEJUSTIFICALACELEBRACiÓNDEUNCONTRATOMEDIANTE
LAMODALIDAD DECONTRATACiÓNDIRECTABAJOLACAUSALSEÑALADAENEL
LITERALG), NUMERAL4, ARTíCULO2 DELALEY1150 DE2007 ENCONCORDANCIA
CON ELARTíCULO2.2.1.2.1.4.8. DELDECRETO1082DE2015
ElSecretorioGeneralenejercicio desusfacultades legales,enespeciallos conferidosporloLey80de 1993,Ley1¡50de2001,yloResolucióndeDelegación No.2348del 12dediciembre de2022,y CONSIDERANDO, QueelMinisteriode Justiciaydel Derecho, de acuerdo con elDecreto No. 2897de2011"Porelcual sedeterminan losobjetivos, laestructura orgánica, lasfunciones del Ministeriode Justicia ydel Derecho yseintegra elSector Administrativo de Justicia ydel Derecho", modificado por elDecreto 1427 de2017,tiene como objetivo: "(...) formular, adoptar, dirigir, coordinar yejeclJtar la política pública en materia de ordenamiento jurídico, defensa y seglJridad jlJrídica, drogas, acceso a la jlJsticia formal y alternativa, IlJcha contra la criminalidad, mecanismos jlJdiciales transicionales, prevención y control del delito, aSlJntoscarcelarios y penitenciarios, promoción de
laclJ/tlJradela legalidad, la concordia yel respeto alosderechos, la clJal sedesarrollará através dela institlJcionalidad qlJecomprende el Sector Administrativo. ElMinisterio deJlJsticiaydel Derecho coordinará lasrelaciones entre la Roma EjeclJtiva, la Rama JlJdicial, el Ministerio Público, los organismos decontrol y demás entidades públicas yprivadas, para el desarrollo yconsolidación dela política pública enmateria dejlJsticia y del derecho". Que para facilitar elclJmplimiento de SIJobjeto misional. elartíclJio 11 del referido Decreto, establece, lasfunciones delaSubdirección deTecnologias ySistemasde Información, entre lascuales seencuentra: "4. Establecer, encoordinación con lasdependencias competentes, lasnecesidades, preslJplJesto y realizar los procesos de adquisición para garantizar losserviciostecnológicos del Ministerio, atendiendo a loslineamientos impartidos por la Dirección de Tecnologías y Gestión deInformación enJlJsticia (...)
6. Administrar y mantener laplataforma tecnológica qlJesoporto la infraestrIJctura tecnológica del Ministerio.
l. Liderar eldesarrollo ymantenimiento delossistemasdeinformación ylosservicios digitales dela entidad". Queadicionalmente yteniendo encuenta que, enelaño 2011,elGobierno Nacional mediante Ley1444de2011,modificada parcialmente porLey2162 de2021,estableció laescisióndelMinisteriodelInterioryde Justicia.Con el
finde garantizar laprestación delservicio del área de almacén enambos Página1de6~ Justicia MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCiÓN NÚMERq 2O9DE O5 NOV2024 ministerios, se contrató para el Ministerio del Interior el soporte y mantenimiento del Sistema de Información de PCT-ENTERPRISE,módulo de Almacén submódulo Control de Bienes muebles y para el Ministerio de Justicia y del Derecho, el derecho de uso del Sistema de Información, en calidad de alquiler, para soportar las actividades del área de Almacén, mediante el contrato No. 215de 2011. Que con el fin de permitir la continuidad del servicIo y acceso a la información almacenada en el Sistema de Información, el Ministerio ha venido contratando con la firma PCTLTDAdesde el año 2011,el alquiler del módulo de Almacén submódulo Control de Bienesmuebles, el cual incluye actualización, soporte técnico y mantenimiento del mismo, así las cosas, bajo el último contrato celebrado No. 1216de 2023que tiene como objeto "Adquirir la renovación del servicio y soporte del sistema de información pct para el ministerio de justicia y del derecho.", la entidad, cuenta con dichos servicios hasta el próximo 30 de noviembre de 2024. Que considerando lo anterior y con el fin de garantizar acceso a la información consignada en el Sistema de Información de PCT para el submódulo de bienes muebles, ycon ello, la continuidad del servicio para el área de Almacén, la atención oportuna, el cumplimiento con losajustes de
Ley requeridos y dar el mejor uso al sistema sobre el cual está alojada la información de esa área; sehace necesario contar con el soporte y alquiler de la licencia del software antes mencionada, para el submódulo mencionado. Que aunado a lo anterior, teniendo de presente la naturaleza de este tipo de software y la dinámica de losavances tecnológicos junto con el cambio de necesidades funcionales serequiere que estasherramientas estén sujetas a mejoramientos, actualizaciones o creación de nuevos módulos, conforme a losdesarrollos propios del titular de losderechos de autor, razón por la cual el software requiere mantenimiento y actualizaciones permanentes para garantizar sufuncionalidad y operatividad del sistema. Que como quiera que, el software sobre el cual opera la herramienta PCT ENTREPRISE,es de naturaleza privada, dado que su uso, distribución, redistribución o modificación, implican autorización, expresa del titular, eso es, PCTLTDA,se hace necesario contratar la prestación de servicios con la firma que a la fecha ostenta la titularidad de losderechos de autor, con el propósito de efectuar mejoras de rendimientos, funcionales y actualizaciones. Adicionalmente, la manipulación de la herramienta: base de datos, objetos, procedimientos por parte de la Entidad implica la perdida de la garantía del Software, circunstancia que exonera al fabricante frente a la obligación temporal, y solidaria que le asíste,de responder por el buen estado del producto y la conformidad del mismo con las condiciones de ídoneidades, calidad y seguridad legamente exigibles o lasofrecidas. Que siendo GERMANALBERTOLINARESROMEROidentificado con cédula de
ciudadanía No. 19.281.652de Bogotá, y MANUELHERNANDOGILQUINTERO identificado con cédula de ciudadanía No. 4.250.502de Soatá, titulares de los derechos de autor del software Grafico Integrado PCT-ENTERPRISE,y Página 2 de 6~ Justicia MINISTERIO DEJUSTICIAY DELDERECHO RESOLUCiÓN NÚMER02 2 O9DE O5 NOV2024 debidamente registrado ante lo oficina de registro de lo Dirección Nacional de Derechos de Autor radicado No. 1-2016-13727.del22 de febrero de 2016, y son ellos, quienes autorizan como proveedor exclusivo o PCTLTDANit 830.016.890-1. paro adelantar vento, arrendamiento de licencias, instalación, mantenimiento, actualización y soporte técnico sobre el software PCT.ENTERPRISE.Por ende, es la único firma en Colombia que ostenta lo exclusividad paro prestar losservicios requeridos y por ende, los únicos que pueden ejecutor el objeto de lo futuro contratación, y el MINISTERIOno puede hacer modificaciones al sistema por no serdueño del código fuente del software adquirido; nilosingenieros de lo Subdirección de Tecnologías y Sistemas de Información ni ningún otro proveedor se encuentran autorizados paro manipularlos, con el fin de garantizar lo confiabilidad e integridad de lo información. Adicionalmente, en los Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales del Ministerio de Justicia y del Derecho no existe asignación de tales actividades, ni funcionarios o contratistas que cuenten con acceso 01código fuente de
propiedad del titular de la obra PCT ENTREPRISE,requerido paro las actividades de soporte técnico, mejoras y actualizaciones. Que, escloro que lo firmo PCTLTDA.eslo única que puede prestar el servicio solicitado, siendo el único proveedor exclusivo en COLOMBIA. por lo cual . soporte técnico del aplicativo de almacén sólo puede serejecutado por lo empresa en mención. Que, el Ministerio de Justicia y del Derecho, o través de lo Subdirección de Tecnologías y Sistemas de Información requiere adelantar los actividades relacionados con lo celebración del contrato de "Adquirir la renovación del servicio de alquiler y soporte de la licencia del software PCT • Enterprise del Sistema de Información para el Ministerio de Justicia y del Derecho" poro el Ministerio de Justicia y del Derecho cumpliendo con las funciones del área de tecnología y con lo finalidad de garantizar el óptimo funcionamiento del sistema de información y 01Grupo de Almacén e Inventarios continuar con las actividades relacionados con bienes muebles a través del sistema de información PCT,sobre el cual. el Ministerio ostenta el derecho de uso, y siendo GERMAN ALBERTOLINARESROMERO identificado con cédula de ciudadanía No. 19.281.652de Bogotá, y MANUELHERNANDOGILQUINTERO identificado con cédula de ciudadanía No. 4.250.502de Soatá, titulares de los derechos de autor del software Grafico Integrado PCT-ENTERPRISE,y debidamente registrado ante lo oficina de registro de lo Dirección Nocional
de Derechos de Autor radicado No. 1-2016-13727,del 22de febrero de 2016, y son ellos, quienes autorizan como proveedor exclusivo o PCTLTDA Nit 830.016.890-1. poro adelantar venta, arrendamiento de licencias, instalación, mantenimiento, actualización y soporte técnico sobre el software PCT.ENTERPRISE.Por ende, es lo único firmo en Colombia que ostenta la exclusividad para prestar los servicios requeridos y por ende, los únicos que pueden ejecutor el objeto de lo futura contratación. Quela definición de actividades ydescripción del servicioseencuentra endetalle en laficha técnica. Queelarticulo 2numeral4literalg)de laLey1150de 2007,establece como causal de contratación directa "Cuando no exista pluralidad de oferentes en el Página 3 de 6"Justicia MINISTERIO,oE JUSTICIA y DEL DERECHO RESOLUCiÓN NÚMER02 2O9DE O5 NOV2024 mercado", a su vez el artículo 2.2.1.2.1.4.8del Decreto 1082 de 2015, el cual contempla que "Se considera que no existe pluralidad de oferentes cuando existe' solamente una persona que puede proveer elbien oel servicio por ser titular de los derechos de propiedad industrial ode los derechos de autor, opor ser proveedor exclusivo enelterritorio nacional". Que, así las cosas, PCT LTDA.. es la única que puede adelantar venta, arrendamiento de licencias, instalación, mantenimiento, actualización y soporte técnico sobre elsoftware PCT.ENTERPRISE.Porende, eslaúnica firma en Colombia
que ostenta la exclusividad para prestar losservicios requeridos, y por ende, los únicos que pueden ejecutar elobjeto de lafutura contratación. Que, por lo anteriormente expuesto, se encuentra debidamente justificada la necesidad de acudir a la contratación directa en los términos anteriormente planteados, conforme lo determinan tanto la Ley 1150de 2007como ei Decreto 1082de 2015. Que lacontratación que aquí sesolicita, seencuentra prevista enelPianAnual de Adquisición de laEntidad, para lavigencia 2024. Que la modalidad de selección del contratista que resulta aplicable es la contratación directa pornoexistirpluralidad deoferentes enelmercado, conforme lo señalado en el artículo 2, numeral 4, literal g) de la Ley 1150de 2007, que preceptúa: (...) Arfículo 2.Delas modalidades deselección. Laescogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base enlas siguientes reglas:
4. Contratación directa. Lamodalidad de selección de contratación directa solamente procederá enlos siguientes casos: g) Cuando no exista pluralidad de oferentes enel mercado (...) Que loanterior, en armonía con loprevisto en elartículo 2.2.1.2.1.4.8del Decreto No. 1082de 2015,señala como una de lascausales de contratación directa la
inexistencia de pluralidad de oferentes, así:
(...) Artículo 2.2. 1.2.1.4.8. Contratación directa cuando noexista pluralidad de oferentes. Seconsidera que no existe pluralidad de oferentes cuando existe solamente una persona que puede proveer elbien oel servicio por sertitular de los derechos de propiedad industrial ode los derechos de autor, opor ser proveedor exclusivo en el territorio nacional. Estas circunstancias deben constar en elestudio previo que soporta lacontratación (...) Que, de conformidad con el marco normativo expuesto, el Grupo de Gestión Administrativa, verificó que PCT LTDA.. ostenta lacalidad de proveedor exciusivo, conform'e consta en los estudios previos y demás soportes aportados por el proveedor dei servicio a contratar yque hacen parte integral del presente acto administrativo. Que, en mérito de loexpuesto, Página 4de 6
,DE O5 NOV2024.
~ Justicia
MINISTERIO DEJUSTICIA Y DEL DERECHO
RESOLUCIÓN.NOMERl 2O9
RESUELVE: ARTIcULOPRIMERO:Declarar justificada la modalidad de contratación directa por la causal señalada en el literal gJ. numeral 4. artículo 2 de la ley 1150de 2007 en concordancia con el artículo 2.2.1.2.1.4.8.del Decreto 1082de 2015. para celebrar un contrato de prestación de servícios con la sociedad comercial PCT lTDA.• identificada con NIT 830.016.890.1. cuyo objeto es: "Adquirir la renovación del
servicio de alquiler y soporte de la licencia del software peT • Enterprise del Sistema de Información para el MinIsterio de Justicia y del Derecho". conforme las especificaciones descritas en el documento de estudio previos. en la ficha de condiciones técnicas y en la Oferta de Servicios presentada por PCTlTDA.. que forman parte integral del contrato.
ARTíCULOSEGUNDO: Elvalor del contrato cuya celebración sejustifica mediante el presente Acto Administrativo. corresponde a la suma de CINCUENTA MillONES SETECIENTOSOCHENTA Y SIETEMil QUINIENTOSSETENTAY SIETEPESOSM/CTE. ($50.787.577) incluido de ¡VAy demós impuestos. tasas y contribuciones.
ARTIcULO TERCERO: El valor del contrato a suscribir se pagaró con cargo al presupuesto del MINISTERIO. valor amparado mediante la disponibilidad presupuestal y vigencias futuras. que serelacionan a continuación: NRO. DE R04A DE DEPENDENaA poslc6N fUENTE
VIGI:NClA CDP/VIGE COP/VIGENC CATÁLOGO DE
VALOREN VAlOR POR
NCIA NÚMEROS AFECTAR
FUTURA lA FlITURA GASTO A.02-02-0212'01-01-000 008-003
SERVICIOS 2024 16524 28/08/20 MJD . PROFESIONAL Nación $2.469.012 $2.469.012 24 GESTION ES,GENERAL CIENTIFICOS y TÉCNICOS Aprobación de cupo de Vigencias Futuras Presupuesto
2025 de Gastos de Funcionamiento No. 2~2024-0S7998 del Nación $30.516.988 $30.516.988 30 de octubre de 2024 Aprobación de cupo de VIgencias Futuras Presupuesto 2026 de Gastos de Funcionamiento No. 2.2024-057998 del Nación $17.801.577 $17.801.577 30 de octubre de 2024 ARTIcULO 'CUARTO: Los estudios y documentos previos padrón ser objeto de consulta a través de la Plataforma transaccional del Secop 11en el web site: www.colombiacomora.qov.co o en forma presencial en las instalaciones del MINISTERIO.Grupo de Gestión Contractual-ubicado en la Calle 53 No. 13-27de la ciudad de Bogotó D.C.
ARTIcULOQUINTO: Encumplimiento de lo establecido en el artículo 66de la Ley80 de 1993, el MINISTERlb convoca públicamente a las veedurías ciudadanas, asociaciones cívicas, comunitarias, profesionales, benéficas o de utilidad común. gremiales. universidades y centros especializados de investigación, que estén interesadas en ejercer control social al proceso de selección, a fin de que, formulen lasrecomendaciones necesarias para faciiitar la eficiencia institucional.
ARTIcULO SEXTO: Contra el presente acto no procede recurso alguno de conformidad con lo establecido en el ortículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
P~glna5de6tJJJusticia
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
. RESOLUCiÓN NÚMER02 2O9DE O5 NOV2024, ARTíCULOSÉPTIMO:El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
ARTíCULOOCTAVO: Publicar el presente acto en el expediente electrónico del proceso, a través de la plataforma transaccional del Secop 11.
PUBLíQUESEy CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C.
CHA~~6MEZ
Secretario General
CONSTANCIA DE ELABORACIÓN Y REVISIÓN
NOMBRE CARGO FIRMA
Proyectó Adriana Marcela Rivera Acero Coordinadora Grupo de Gestión Contractual ~ Revisó Una María Urueña Quintero Contratista - Secretaría General Al Página6 de 6