MINJUSTICIA - Resolución 2258 de 2024
Ministerio de Justicia
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Detalles
- Título
- MINJUSTICIA - Resolución 2258 de 2024
- Autor
- Ministerio de Justicia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- MASC
- Año
- 2024
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO RESOLUCIÓN NÚMERO DE POR MEDIO DE LA CUAL SE ADJUDICA EL PROCESO DE REGIMEN ESPECIAL MJD-AECID-2024 El secretario general en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y la Resolución de Delegación No. 2348 del 12 de diciembre de 2022, y CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 2897 de 2011, modificado por el Decreto 1427 de 2017 “Por el cual se modifica la estructura orgánica y se determinan las funciones de las dependencias del Ministerio de Justicia y del Derecho” establece que esta cartera tiene como objetivo: “(…) formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública en materia de ordenamiento jurídico, defensa y seguridad jurídica, drogas, acceso a la justicia formal y alternativa, lucha contra la criminalidad, mecanismos judiciales transicionales, prevención y control del delito, asuntos carcelarios y penitenciarios, promoción de la cultura de la legalidad, la concordia y el respeto a los derechos, la cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el Sector Administrativo. El Ministerio de Justicia y del Derecho coordinará las relaciones entre la Rama Ejecutiva, la Rama Judicial, el Ministerio Público, los organismos de control y demás entidades
públicas y privadas, para el desarrollo y consolidación de la política pública en materia de justicia y del derecho”. Que para el desarrollo de tal objetivo, el Ministerio de Justicia y del Derecho cuenta con dos (2) Viceministerios, uno de ellos, el Viceministerio de Promoción de la Justicia, que tiene como funciones la formulación de políticas y directrices orientadoras para el ordenamiento del sistema jurídico, asignada a la Dirección de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento JurídicoDDDOJ, los servicios de justicia formal, asignada a la Dirección de Justicia Formal DJF, la justicia alternativa, asignada a la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos - DMASC. Que al respecto, vale la pena ilustrar que dichas funciones se cumplen mediante diversidad de iniciativas y estrategias como la generación de espacios para desarrollar acciones en materia de justicia y del derecho, el diseño de políticas, programas y proyectos, iniciativas legislativas, proyectos normativos, investigaciones, seguimiento e impulso de proyectos de ley. Que el Artículo 16° del Decreto 1427 de 2017 establece las siguientes funciones a la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos: 1. Formular, coordinar, divulgar y fomentar políticas públicas para aumentar los niveles de acceso a la Justicia, a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos y de modelos de implementación regional y local. (…) 5. Promover el acceso a la justicia para los grupos minoritarios y vulnerables. (…) 16. Apoyar en el diseño, coordinación, divulgación y fomento de la política pública en materia de acceso a la justicia a través del Programa Nacional de Casas de Justicia y del Programa Nacional de Centros de Convivencia Ciudadana, en coordinación con las entidades competentes. 17. Coordinar y articular la
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oferta de servicios de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos y el modelo de acceso a nivel local y regional. Que, en el 2011, con la promulgación de la Ley 1444, el Ministerio del Interior y de Justicia se escinde y se crea el Ministerio de Justicia y del Derecho, que asume el manejo del Programa Nacional de Casas de Justicia y Centros de Convivencia Ciudadana a cargo de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos Que es preciso resaltar que con la reforma constitucional de 1991 se impulsó el desarrollo de programas que tienen como objetivo garantizar el acceso al servicio de justicia (contemplado como derecho fundamental) y la descongestión del sistema judicial en Colombia. Es así como el Ministerio de Justicia y del Derecho, a través de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (DMASC), viene adelantando iniciativas a ser desarrolladas a nivel territorial para la implementación de la política pública de acceso a la justicia a través de tres (3) Programas Nacionales: (i) el Programa Nacional de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana, (ii) el Programa Nacional de Justicia en Equidad y (iii) el Programa Nacional de Conciliación Extrajudicial en Derecho, Arbitraje y Amigable Composición; sumado a este empeño el diseño y funcionamiento de los Sistemas Locales de Coordinación de Justicia. Que las iniciativas del Ministerio para el desarrollo y la implementación de la política pública en acceso a la justicia se abordan en el marco de los Programas Nacionales que hacen parte de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (DMASC). Que, en virtud del Convenio Marco de Cooperación entre el Reino de España y la República de Colombia,
el 26 de febrero de 2021 se firmó el nuevo Marco de Asociación País (MAP) entre ambos países, en el cual se consolidan las líneas priorizadas y estratégicas sobre las cuales se focaliza el trabajo de la cooperación internacional. Que este antecedente dio lugar a una intervención, dirigida al fortalecimiento del acceso a la Justicia en condiciones de igualdad en 26 municipios focalizados de los departamentos de Nariño, Cauca, Valle del Cauca y Chocó en donde opera el Programa Nacional de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana. Producto de esta intervención se espera obtener dos resultados: el primero, en cuanto a la ampliación de la cobertura rural para el acceso a la justicia, y el segundo, relacionado con el mejoramiento de las competencias y habilidades de los servidores en el ámbito territorial que participan en la implementación de la política pública de atención a niños, niñas y adolescentes - NNA. Que en el PRODOC (Documento del Proyecto) se destinó un presupuesto de 350.000€ para la ejecución de estas actividades, de los cuales 300.000€ son aportados por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), y los 50.000€ restantes, como contrapartida por parte del Ministerio de Justicia y del Derecho. Que este antecedente dio lugar a una segunda intervención para ejecutarse entre los años 2023 y 2024, dirigida al fortalecimiento del acceso a la Justicia en condiciones de igualdad en 26 municipios de los departamentos de Nariño, Cauca, Valle del Cauca y Chocó donde opera el Programa Nacional de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana, en donde se espera obtener dos resultados: el primero en cuanto a la ampliación de la
cobertura rural para el acceso a la justicia, y el segundo relacionado con el mejoramiento de las competencias y habilidades de los servidores en el ámbito territorial que participan en la implementación de la política pública de atención a niños, niñas y adolescentes - NNA en los 26 municipios focalizados. Que estos dos resultados se desarrollan en dos líneas: 1). Plan de acción concertado con los/as coordinadores/as de Casas de Justicia y Centros de Convivencia Ciudadana, con cronograma de actuación de las jornadas móviles, que deberá incluir Promoción y difusión de éstas, para ser implementadas en los 26 municipios de los 4 departamentos priorizados con la respectiva evaluación de satisfacción, acción que se materializó a través del contrato No. 1189 de 2023 actualmente en ejecución. 2). Relacionado con el Mejoramiento de las competencias y habilidades de los servidores en el ámbito territorial que participan en la
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implementación de la política pública de atención a niños, niñas y adolescentes - NNA en los 26 municipios focalizados el cual se materializó a través del contrato No. 1202 de 2023 actualmente en ejecución. Que adicionalmente, a efectos de llevar un control contable y financiero sobre los recursos tanto del cooperante, como del Ministerio de Justicia y del Derecho como entidad ejecutora de la subvención, se cuenta con una herramienta tecnológica denominada SIIGO, cuyo mantenimiento y actualización fue adquirida para la vigencia 2023 mediante el contrato No. 898 de 2023, y para la vigencia 2024 a través del contrato No. 618 de 2024. Que los objetivos del Proyecto fueron planeados para ser financiados con recursos de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el DesarrolloAECIDy recursos propios de contrapartida para el desarrollo técnico y metodológico del Programa Nacional de Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana. Estos recursos deben ser auditados en los términos y componentes indicados por AECID y es esa la razón de ser de la presente contratación, la cual se rige por un régimen especial acogiéndonos a los procedimientos de contratación establecidos por el organismo de cooperación internacional en sus reglamentos. Que es así como el Ministerio de Justicia y del Derecho, en cumplimiento de lo establecido en las normas de subvención Española y en los Términos de Referencia autorizados y no objetados por la Agencia de Cooperación Española para el Desarrollo – AECID – presenta estos estudios para la contratación de una empresa auditora, responsable de realizar la auditoria de seguimiento al Proyecto “Contribuir al acceso a la justicia de ciudadanos/as, en Colombia”. Que la auditoría involucra la revisión sistemática de los gastos ejecutados para realizar las actividades relacionadas con el cumplimiento de los resultados y objetivos del proyecto; la correcta utilización de los recursos que asegure la transparencia, eficacia y eficiencia del uso de estos. Que la auditoría de seguimiento de la
la auditoría involucra la revisión sistemática de los gastos ejecutados para realizar las actividades relacionadas con el cumplimiento de los resultados y objetivos del proyecto; la correcta utilización de los recursos que asegure la transparencia, eficacia y eficiencia del uso de estos. Que la auditoría de seguimiento de la subvención es requerida por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID, para efectos de llevar a cabo el control de la inversión. Asimismo, el beneficiario deberá someterse a las actuaciones de la AECID a efectos de comprobar la adecuada justificación, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención durante el periodo comprendido entre el 5 de diciembre de 2022 al 30 de junio de 2024. Que la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) es el principal órgano de gestión de la Cooperación Española, encaminada a la lucha contra la pobreza y al desarrollo humano sostenible; nace para fomentar el pleno ejercicio del desarrollo, pensado como derecho humano fundamental, siendo la lucha contra la pobreza, parte del proceso de construcción de este derecho. Para ello sigue las directrices del V Plan Director de la Cooperación Española, en consonancia con la agenda internacional marcada por los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y con atención a tres elementos transversales: perspectiva de género, la calidad medioambiental y respeto a la diversidad cultural. Que el Estado del Reino de España delegó competencias a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AECID, para suscribir obligaciones en la modalidad de Subvención de conformidad con su Decreto 794 de
2010. En virtud del convenio Marco de Cooperación Internacional, firmado entre Colombia y España, con fecha 3 de marzo de 2015, decide crear una Subvención de Cooperación Internacional con el Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia, Subvención Expediente 2022/SPE/00004000400109, cuya finalidad es contribuir al acceso a la justicia de ciudadanos en Colombia. Que el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007 establece:
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“ARTÍCULO 20. DE LA CONTRATACIÓN CON ORGANISMOS INTERNACIONALES LA CONTRATACIÓN CON ORGANISMOS INTERNACIONALES. Los contratos o convenios financiados en su totalidad o en sumas iguales o superiores al cincuenta por ciento (50%) con fondos de los organismos de cooperación, asistencia o ayudas internacionales, podrán someterse a los reglamentos de tales entidades. En caso contrario, se someterán a los procedimientos establecidos en la Ley 80 de 1993. Los recursos de contrapartida vinculados a estas operaciones podrán tener el mismo tratamiento.” Que los recursos con los cuales se financiará la realización de la presente contratación provienen en su totalidad de recursos de cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo AECID, por lo que la modalidad de selección, el procedimiento de selección del contratista se someterá a las disposiciones previstas por el referido organismo para la contratación de servicios. Que las actividades para desarrollar hacen parte de la misión institucional del Viceministerio de Promoción de la Justicia de: “Promover la creación de espacios para acciones en materia de justicia y del derecho, que involucren a la comunidad en la resolución de los conflictos mediante la utilización de los mecanismos formales y alternativos de justicia”, la selección del contratista se adelantará, ateniendo el manual de subvenciones y contratación de la AECID. Que la entidad suscribirá un contrato de servicios de acuerdo con la Ley de subvenciones del gobierno de España, aplicada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo AECID. Artículo 31 Numeral 3º (Ley 38 de 2003General de Subvenciones del Reino de España): Cuando el Importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministros de bienes de equipo o de servicios por empresas
General de Subvenciones del Reino de España): Cuando el Importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministros de bienes de equipo o de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Que en los términos de referencia se estipuló que la contratación estará exenta de impuestos nacionales contemplados en el artículo 96 de la Ley 788 de 2002, modificado por el artículo 138 de la Ley 2010 de 2019, consagra la exención para las donaciones de gobiernos o entidades extranjeras (IVA, aranceles, gravamen financiero, impuesto al consumo). Que es así como el Ministerio de Justicia y del Derecho a través de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de ConflictosDMASC en cumplimiento de lo establecido en las normas de subvención Española y en los Términos de Referencia autorizados y no objetados por la Agencia de Cooperación Española para el DesarrolloAECID inicia el proceso de contratación de régimen especial, el cual tiene por objeto: “Prestación de servicios para realizar la verificación y auditoria de los resultados del proyecto "Contribuir al acceso a la justicia de ciudadanos/as en Colombia” de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)”. Que teniendo en cuenta que esta contratación se rige por las normas y procedimientos de AECID relacionadas con la subvención otorgada, la AECID remitió el listado de las empresas que formarían parte del proceso de selección:
2258Página 5 de 7 Que el 17 de octubre de 2024, de acuerdo con lo establecido en los términos de referencia, el Ministerio de Justicia y del Derecho a través de la DMASC procedió con la remisión de las invitaciones a cotizar vía correo electrónico a las empresas MGI PÁEZ ASOCIADOS Y CIA S.A.S., VALENCIA Y FALLA ASESORIAS INTEGRALES S.A.S., MOORE COLOMBIA y ASELAN ASESORES DE NEGOCIOS PARA LATINOAMERICA LTDA, brindando un plazo para la recepción de ofertas hasta el 28 de octubre de 2024 a las 17:00. Que el 21 de octubre de 2024 se expidió la adenda Nro. 1 modificando el cronograma del proceso así: Que siendo las 17:00 del día 28 de octubre de 2024 se procedió con la diligencia de cierre del proceso y se recibieron las siguientes ofertas: Que, mediante memorando del 28 de octubre de 2024 de conformidad con lo dispuesto en la guía de Subvenciones de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y los términos de referencia, la Directora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos designó los miembros del comité evaluador. Que de acuerdo con lo establecido en los términos de referencia se procedió con la evaluación y verificación los requisitos jurídicos y la valoración técnica y económica de las ofertas. Que el 22 de octubre de 2024 se expidió la adenda Nro. 2 modificando el cronograma del proceso así: Que con base en los informes presentados por los integrantes del comité evaluador designados por la Directora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, el resultado de las ofertas presentadas fue el siguiente: DATOS ASELAN ASESORES DE NEGOCIOS PARA LATINOAMERICA LTDAVALENCIA Y FALLA MOORE COLOMBIAPAEZ ASOCIADOS
Datos de Contacto:
DATOS ASELAN ASESORES DE NEGOCIOS PARA LATINOAMERICA LTDAVALENCIA Y FALLA MOORE COLOMBIAPAEZ ASOCIADOS
Datos de Contacto: Carrera 24 N° 2 – 18 ,Edificio Giraluna, Oficina 301Tel: 9 06 02 87Móvil 314 480 0456
bogota@aselan.com.co nubia.hernandez@aselan.com.co oscar.hernandez@aselan.com.co Cra. 7 No. 32-33 Oficina 10-033 34 34 90 - 3104783559 auditor@auditor.com.coarodriguez@auditor.com.co Carrera 9 No. 80-15, Of. 1003, BogotáT +57(1) 489 7160 Ext.116C +57 (315) 839 6963 gestioncomercial@moore-colombia.cospulido@moore-colombia.co LUIS EDUARDO RODRÍGUEZ B. GERENTE JURÍDICO Y AUDITORIA 601 6176011 317 5860249mgilrodriguez@paezasociados.com mginbermudez@paezasociados.com 2258Página 6 de 7
Que, por lo anterior mediante el informe de evaluación y verificación de requisitos del 30 de octubre de 2024, el Comité de Evaluación recomendó que el contrato se adjudicara a la firma auditora ASESORES DE NEGOCIOS PARA LATINOAMERICA LTDA., con NIT. 900.071.700-6, representada legalmente por el señor OSCAR HERNÁNDEZ TORRES identificado con C.C 79.329.441. Que el 01 de noviembre de 2024 se expidió la adenda Nro. 3 modificando el cronograma del proceso así:
Que el informe de evaluación fue puesto de presente a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AECID, quienes mediante comunicación de fecha 05 de noviembre de 2024, notificó a la entidad de la NO objeción del informe y recomendación de adjudicación. Que el 05 de noviembre de 2024 se expidió la adenda Nro. 4 modificando el cronograma del proceso así: Por lo anteriormente expuesto, el Secretario General del Ministerio de Justicia y del Derecho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ADJUDICAR el contrato derivado del proceso de REGIMEN ESPECIAL MJD-AECID-2024, que tiene por objeto: “Prestación de servicios para realizar la verificación y auditoria de los resultados del proyecto "Contribuir al acceso a la justicia de ciudadanos/as en Colombia” de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)” a la firma auditora ASESORES DE NEGOCIOS PARA LATINOAMERICA LTDA., con NIT. 900.071.700-6, representada legalmente por el señor OSCAR HERNÁNDEZ TORRES identificado con C.C 79.329.441., por la suma de DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ($17.320.000), suma respaldada bajo el certificado de disponibilidad presupuestal No. 724 del 21 de octubre de 2024. 2258Página 7 de 7
ARTÍCULO SEGUNDO: PUBLIQUESE en la página web de la Entidad
https://www.minjusticia.gov.co/ministerio-co/procesos-de-contratacion
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede recurso alguno, de conformidad con lo consagrado en el numeral 11 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición
conformidad con lo consagrado en el numeral 11 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C.
CHAID FRANCO GÓMEZ
Secretario General
Mariana Triana Ortiz Abogada Contratista Grupo de Gestión Contractual
Adriana Marcela Rivera Acero Coordinadora Grupo de Gestión Contractual
Lina María Urueña Abogada Secretaría General
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