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MINJUSTICIA - Resolución No 0295 del 28 de febrero de 2022

Ministerio de Justicia

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Detalles

Título
MINJUSTICIA - Resolución No 0295 del 28 de febrero de 2022
Autor
Ministerio de Justicia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
MASC
Año
2022

. :" (¡ , • ~ •... ....• d e' C6dj~o F.GJAA-01-03 Versión I Viaencia 28/12/2012

REPÚBLICADECOLOMBIA • ó MINISTERIODEJUSTICIA Di gR!)HO 2 8 FEB 2022

RESOLUCiÓNNÚMERO DE Por la cual se autoriza la creación del Centro de Arbitraje y Amigable Composición "Law College Colombia", con sede en el municipio de Cota, Cundinamarcac LA DIRECTORA DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCiÓN DE CONFLICTOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias en especial de las conferidas por los articulos 91 de la Ley 446 de 1998, 10 de la Ley 640 del 2001, 16 del Decreto 1427 del 2017, 2c2Ac2c2c8 del Decreto Único 1069 del 2015 y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 1444 de 2011, se escindió del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones asignados al Despacho del viceministro de Justicia y del Derecho y a las dependencias a su cargo y se creó el Ministerio de Justicia y del Derechoc Que según el artículo 10 de la Ley 640 de 2001, las personas jurídicas sin ánimo de lucro y las entidades públicas podrán crear centros de conciliación, previa autorización del Ministerio de Justicia y del Derecho. Que el articulo 50 de la Ley 1563 de 2012 autoriza a las personas jurídicas sin ánimo de lucro y a las entidades públicas a crear centros de arbitraje, previa autorización

del Ministerio de Justicia y del Derechoc Que de conformidad con el artículo 16 del Decreto 1427 de 2017, es función de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, autorizar la creación de centros de conciliación y arbitraje, así como otorgar aval para impartir formación en conciliación extrajudicial en derecho y ejercer funciones de inspección, control y vigilancia de estos centros de conciliación y/o arbitraje y de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación. Que el artículo 2.2A.2.1. y subsiguientes del Decreto 1069 del 2015, establecen los requisitos y el procedimiento para la creación de los centros de conciliación y arbitraje. Que RICARDO BARONA BETANCOURT, identificado con cédula de ciudadanía número 79.908.658, en calidad de representante legal de la Fundación Law College Colombia, con certificado de existencia y representación legal de la entidad sin ánimo de lucro identificada con el N.I.T. número 900.830.161-3 expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, a través de escrito con radicado interno SICAAC21-00001 00 de fecha 25 de noviembre de 2021, del Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SI CAAC , solicitó autorización para la creación del Centro de Arbitraje, ubicado en la Carrera 5 No. 7Página 1 de 3 . '.o 2 9 5 2 8 FEB 2022 RESOLUCION NUMERO DE "Por lacual se autoriza lacreacióndel CentrodeArbitraje y Amigable Composición "Law

College Colombia", consedeen elmunicipiodeCota, Cundinamarca", 80 Oficinas 233 y 228 Centro Empresarial Terracota en el Municipio de Cota, Cundinamarca. Que, revisada la documentación presentada, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho verificó que la Fundación Law Coliege Colombia cumple con los requisitos que consagran los artículos 91 de la Ley 446 de 1998,"10 de la Ley 640 del 2001 y el Decreto Único 1069 del 2015 para obtener la autorización de la creación del Centro de Arbitraje y Amigable Composición de la Fundación Law Coliege Colombia. Que.eJ artículo 2.2.4.2.2.¡l del Decreto Único 1069 de 2015 dispone que, si la solicitud satisface los requisitos exigidos para la creación del centro, la Dirección de Métodos Alternativos de So,lución~de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho expedirá la respectiva réS"Olucióny registrará los datos del centro de Arbitraje en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC. Que de conformidad con la Resolución número 0018 del 18 de enero de 2016, proferida por el Ministerio de Justicia y del Derecho, una vez autorizada la creación del centro de conciliación la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos informará el código de identificación asignado al centro por el SistemaSICAAC. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO: Autorizar la creación del Centro de Arbitraje y Amigable

Composición Law Coliege Colombia, ubicado en la Carrera 5 #7-80, oficinas 228 y 233, Centro Empresarial Terracota, en el Municipio de Cota, Cundinamarca.

ARTíCULO SEGUNDO: Aprobar el reglamento interno presentado por la Fundación Law Coliege, el cual rige para el centro autorizado mediante este acto administrativo una vez haya sido ejecutoriado.

ARTíCULO TERCERO: Registrar en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC, el Centro de Arbitraje de la Fundación Law Coliege Colombia y notificar el código de identificación del centro.

ARTíCULO CUARTO: Realizar la notificación personal de forma electrónica de este acto administrativo al Centro de Arbitraje y Amigable Composición Law Coliege Colombia, representado legalmente por el señor RICARDO BARONA BETANCQURT, identificado con cédula de ciudadanía número 79.908658, en calidad de representante legal y/o quien haga de sus veces, a través del correo electrónico en el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable ComposiciónSICAAC, de conformidad con el artículo 54, 56 Y67 de la Ley 1437 de 2011. De no lograrse la notificación personal se procederá conforme a lodispuesto en el capítulo V del Título 11d1e la parte primera de la Ley 1437 de 2011.

ARTíCULO QUINTO: Contra la presente resolución proceden los recurSOs de reposición y apelación los cuales podrán interponerse ante este despacho, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación conforme al artículo 76 del

Códico de Procedimiento Administrativo v de lo Contencioso Administrativa. Págin~ 2 de 3 . ,0295 RESOLUCiÓN NÚMERO DE "Por lacual se autorizalacreación delCentro deArbitraje y Amigable Composición "Law College Colombia", consede en el municipiode Cota, Cundinamarca".

ARTíCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación.

NOTIFíQUESE y CÚMPLASE 2 8 FEB 2022

Dada en Bo otá, D. C., a los A CI Directora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos

NOMBRE FIRMA FECHA

Proyectó: Gloria Marcela Hoyos Quijano

04/02/2022 Asesora

Revisó y Aprobó: Jesús Arcángel Alonso Lcf-02~7Z.

Coordinador Revisión yAprobación Julieth Ouarte Carnacha Final Abogada Especializada ContratistaDespacho T.RD 2100. 37.176

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