MINMINAS - Circular 40010 de 2025
Detalles
- Título
- MINMINAS - Circular 40010 de 2025
- Autor
- Ministerio de Minas y Energía
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
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CIRCULAR. No. 40 0 10
Bogotá, D.C. 15 MAY 2025 PARA TODO EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Asunto: Información deducciones aplicables a la base gravable para retención en la fuente asalariados 2025 para todos los funcionarios De conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario, Ley 2277 de 2022, Decretos Únicos Reglamentarios 2010 de 2019 y 2250 de 2017, y la Ley 2411 de 2024, referentes a la Retención en la Fuente y Complementarios, se informa a todos los funcionarios que deseen disminuir la base gravable de retención en la fuente que deberán remitir a la Subdirección de Talento Humano, a más tardar el 16 de mayo de 2025, la siguiente información para actualizar el sistema de nómina y aplicar el beneficio correspondiente: + Deducción por intereses de vivienda: Si tiene deducciones para descontar la base de retención en la fuente de pagos efectuados durante el año
2024. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 119 del estatuto tributario: Certificación de intereses o corrección monetaria por pago de vivienda. Dicha deducción no podrá exceder anualmente del valor equivalente de mil doscientas (1.200) UVT o no podrá exceder el valor mensual equivalente mensual de 100 UVT para el año 2025. e Créditos Educativos ICETEX: Certificación de intereses de créditos del Instituto Colombiano de Créditos Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX dirigidos para la educación superior a nombre del
e Créditos Educativos ICETEX: Certificación de intereses de créditos del Instituto Colombiano de Créditos Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX dirigidos para la educación superior a nombre del contribuyente. Dicha deducción no podrá exceder anualmente del valor equivalente a 100 UVT para el 2025. . Pagos por Medicina Prepagada: De acuerdo con lo estipulado en el articulo 387 del estatuto tributario certificación tributaria por concepto de medicina prepagada que impliquen protección al trabajador, su cónyuge, sus hijos y/o dependientes, pagos realizados durante el año 2024. Los pagos por salud, siempre que el valor a disminuir mensualmente en este último caso no supere dieciséis (16) UVT mensuales. Ministerio de Minas y Energía
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Pagina 2 de 4 e Deducción por dependientes: Si el asalariado tiene personas a cargo se tendrá derecho a una deducción mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria en el respectivo mes por concepto de dependientes. Artículo 387 del estatuto tributario. Para efectos de probar la existencia y dependencia económica de los dependientes a que se refiere este articulo, el contribuyente suministrará al agente retenedor un certificado, que se entiende expedido bajo la gravedad del juramento, en el que indique e identifique plenamente las
dependientes a que se refiere este articulo, el contribuyente suministrará al agente retenedor un certificado, que se entiende expedido bajo la gravedad del juramento, en el que indique e identifique plenamente las personas dependientes a su cargo que dan lugar al tratamiento tributario. La deducción mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria del respectivo mes por concepto de dependientes, hasta un máximo de treinta y dos (32) UVT mensuales.
Definición de dependientes: Basado en el artículo 387 del estatuto tributario se indica lo siguiente
1. Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.
2. Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 25 años, cuando el padre madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES o la autoridad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.
3. Los hijos del contribuyente mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en situación de dependencia, originada en factores físicos psicológicos que sean certificados por el Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad determinada por las normas vigentes.
4. El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores fisicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
5. Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación
menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores fisicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
5. Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia sean por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores
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Powered by Ss CamScanner40010 e 15 MAY 2020 Página 3 de 4 a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal. (Ley 2388 de 2024 Art. 12) Los parentescos de crianza que sean declarados por un juez de familia en virtud de lo señalado en la presente ley, serán objeto dejas deducciones de rento por dependientes de que trata el articulo 387 del Estatuto Tributario colombiano. Decreto 1625 de2016. Articulo 1.2.4.1.18. Calidad de los dependientes. Para efectos de la aplicación de la deducción por dependientes de que trata el articulo 387 del Estatuto Tributario, tendrán la calidad de dependientes únicamente:
1. Los hijos del contribuyente que tengan hasta dieciocho (18) años de edad.
2. Los hijos del contribuyente con edad entre dieciocho (18) y veinticinco (25) anos, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior
2. Los hijos del contribuyente con edad entre dieciocho (18) y veinticinco (25) anos, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la EducaciónICFES o la autoridad oficial correspondiente, o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente. “Ley 2411 de 2024 Art. 2
3. Los hijos del contribuyente mayores de dieciocho (18) años que se encuentren en situación de dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por el Ministerio de Salud y Protección Social o la entidad determinada por las normas vigentes. “Ley 2411 de 2024 Art. 2
4. El cónyuge o companero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientos sesenta (260) Unidades de Valor Tributario -UVT certificada por contador público, o por dependencia originada en factores fisicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
5. Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia sean por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) Unidades de Valor Tributario -UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores fisicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal.
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Powered by Ss CamScanner40010 Rabat 15 MAY 202 Página 4 de 4 PARÁGRAFO. Para efectos de probar la existencia y dependencia económica de los dependientes a que se refiere este artículo, el contribuyente suministrará al agente retenedor un certificado, que se entiende expedido bajo la gravedad del juramento, en el que indique e identifique plenamente las personas dependientes a su cargo que dan lugar al tratamiento tributario a que se refiere este artículo. Certificado de aportes voluntarios a fondos de pensión y cuentas de ahorro AFC: De la misma manera informar si tienen cuentas de Aportes a Fondos de Pensiones Voluntarios, Pensiones Obligatorias y/o Aportes a Cuentas AFC (Ahorro para el Fomento a la Construcción), deberá presentar un certificado o documento de la entidad en la cual este realizando el aporte para incluir el descuento por nómina, con el fin de que pueda tener una disminución en la base gravable y por ende menor valor de la retención en la fuente, de acuerdo con lo estipulado en el articulo 126-4 del estatuto tributario. La información podrá ser remitida a los siguientes correos: ” »” ” smrodriguezeminenergia.gov.co hescobareminenergia.gov.co rslopezeminenergia.gov.co Cordialme tó]
La información podrá ser remitida a los siguientes correos: ” »” ” smrodriguezeminenergia.gov.co hescobareminenergia.gov.co rslopezeminenergia.gov.co Cordialme tó] Elaboró: Roger Stive López J E! Hernán Escobar B /4 / William pl s | Eddy Augusto Romero G “ws
Revisó: Mario Andrés Castañeda Quiñonez.4 /Lelis Francisco Forero /
Sandra M Rodriguez R - /Pablo César Pacheco Rodríguez A.
Aprobó: Elkin Leonardo Pérez Zambrano
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