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MINMINAS - Circular 18029 de 2007

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Circular 18029 de 2007
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

CIRCULAR No. 18 029

Bogotá, D.C., 15 JUN 2007 PARA TODAS LAS EMPRESAS COMERCIALIZADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA QUE APLICAN EL BENEFICIO FOES Asunto: FONDO DE ENERGÍA SOCIAL - Valor aporte de energía social. El Ministerio de Minas y Energía en relación con el tema del asunto, y considerando que el artículo 118 de la Ley 812 de 2003, que contiene el Plan Nacional de Desarrollo para el período 2003-2006 definió como fondo especial del orden nacional, los recursos provenientes del ochenta por ciento (80%) de las rentas de congestión calculadas por el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales como producto de las exportaciones de energía eléctrica a los países vecinos dentro de los Convenios de la Comunidad Andina de Naciones. Y que dichos ingresos tienen por objeto cubrir hasta cuarenta pesos ($40) por kilovatio hora del valor de la energía eléctrica destinada al consumo de los usuarios ubicados en las Áreas Especiales. En abril de 2006, cuando se proyectó la apropiación de los recursos FOES para la vigencia 2007, se estimaban ingresos a dicho fondo por valor de $183.803,9 millones, con base en lo cual se solicitó presupuesto para atender el total del 8% de la demanda de energia eléctrica del mercado nacional. Los ingresos de las rentas de congestión para el año 2007, no alcanzan a cubrir la totalidad de los recursos apropiados, ocasionado básicamente en la disminución de las exportaciones de energía eléctrica al Ecuador, a la reevaluación del dólar y a la disminución en la diferencia de precios entre Colombia y Ecuador.

De acuerdo con el comportamiento de los recaudos con destino al FOES durante los primeros cuatro meses de la vigencia 2007 y teniendo en cuenta el saldo en caja a diciembre de 2006, con corte al 31 de mayo de 2007 se tenía un disponible de $75.576,23 millones, de los cuales se ejecutaron $74.708,8 millones, en el mismo periodo. Página 1 de 2 A partir de junio de 2007, solo se cuentan con los ingresos corrientes mensuales para la respectiva distribución, teniendo en cuenta la Ley que creo el FOES y el Decreto 160 de 2004, que establecieron que la existencia de este fondo esta en relación directa con la disponibilidad de recursos para el objeto del mismo. Atentamente,

Original Firmado por:

MANUEL MAIGUASHCA OLANO

Viceministro de Minas y Energía

MANUEL MAIGUASHCA OLANO

Viceministro de Minas y Energía LEVC/HGAP Página 2 de 2

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