MINMINAS - Circular 40034 de 2025
Ministerio de Minas y Energía
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Detalles
- Título
- MINMINAS - Circular 40034 de 2025
- Autor
- Ministerio de Minas y Energía
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
Circular
De: Ministro de Minas y Energía
Para: Consejo Nacional de Operación de Gas Natural (CNOGas),
Consejo Nacional de Operación Eléctrico (CNOe), Centro Nacional de Despacho (CND), Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), Agentes del Mercado de Energia Mayorista, Agentes del Mercado de Gas Natural y demás interesados
Asunto: Alcance a la Circular 40033 del 15 de octubre de 2025, de conformidad con la Resolución MME 40418 de 2025.
En atención a la contingencia presentada en la puesta en operación a la Planta de Regasificación de Cartagena con ocasión del mantenimiento programado del 10 al 14 de octubre de 2025 , se configur ó el supuesto descrito en el artículo 2.2.2.2.4. del Decreto 1073 de 2015 . En consecuencia, y con el propósito de asegurar el suministro de energía eléctrica , se asignarán con prioridad las cantidades de gas natural para atender la demanda térmica del área caribe 2 (incluyendo aquella despachada por seguridad o forzada para el sector eléctrico) (121,996 MBTUD) y en segundo lugar la demanda esencial de los agentes contratados con gas importado (36,818 MBTUD1). Durante la operación del Sistema Nacional de Transporte, el día 15 de octubre de 2025, las acciones requeridas para garantizar la entregar gas natural para la generación térmica generó llevar las presiones a límites de estabilidad operativa en el sistema de Promigas (zona costa) . En virtud de lo anterior, las cantidades de gas natural que resulten disponibles con posterioridad a las mencionadas será atendidas conforme al
térmica generó llevar las presiones a límites de estabilidad operativa en el sistema de Promigas (zona costa) . En virtud de lo anterior, las cantidades de gas natural que resulten disponibles con posterioridad a las mencionadas será atendidas conforme al orden de prioridad establecido en la Resolución 40418 de 2025 , iniciando con las fuentes con punto de entrega al Sistema Nacional de Transporte (SNT) en la zona costa. En razón a lo anterior, en sesión CACSSE realizada a las 6:30 pm del 15 de octubre del 2025, la Comisión Asesora de Coordinación y Seguimiento de la Situación Energética (CACSSE), y presidida por el M inisterio de Minas y Energía, se analizó el escenario presentado por el CND, determinándose el requerimiento de gas natural para garantizar la continuidad del servicio de energía eléctrica. 1 Fuente Gestor del Mercado de Gas NaturalDe la confrontación de las cantidades requeridas y las disponibles, según la información remitida por Ecopetrol sobre el gas adicional que se puede poner a disposición de los generadores térmicos, se identifica la necesidad de impartir lineamientos específicos para priorizar el abastecimiento del gas natural requerido para la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica, así:
- La priorización en la asignación de gas natural para la atención de la contingencia posterior a l periodo de mantenimiento de la terminal de regasificación SPEC a partir del 15 de octubre del 2025 hasta su finalización, se efectuará de acuerdo con las cantidades que el Ministerio de Minas determinó en la circular 40033 de 2025, y su atención se hará conforme las condiciones allí establecidas. • En caso que las cantidades asignadas para priorizar de acuerdo a la tabla 1 de
efectuará de acuerdo con las cantidades que el Ministerio de Minas determinó en la circular 40033 de 2025, y su atención se hará conforme las condiciones allí establecidas. • En caso que las cantidades asignadas para priorizar de acuerdo a la tabla 1 de la circular 40033 de 2025 hayan sido negociadas previamente para la demanda objeto de priorización, se descontaran tales cantidades de dicha tabla.
Cordialmente,
EDWIN PALMA EGEA
Ministro de Minas y Energia
Elaboró: Andrés Fernando Soto / Esteban Jurado Gómez / Ingrid Amaya
Revisó: Juan Carlos Bedoya Ceballos / Karen Schutt Esmeral
Aprobó: Edwin Palma Egea