🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINMINAS - Circular 49075-40017 88437

Ministerio de Minas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINMINAS - Circular 49075-40017 88437
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año

'4O O 1 7 11 1 1 Circular No. ___ de 2021 Viceministerio de Energía 1 3 OCT2 021

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

VICEMINISTERIO DE ENERGÍA

DE: VICEMINISTRO DE ENERGIA

PARA: Empresas Prestadoras del Servicio Público Domiciliario de Energía

Eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional - SIN.

Asunto: Registro de los Operadores del Servicio de Energía Eléctrica del SIN en el Sistema de Información de Subsidios para Energía y GasSISEG.

Las empresas prestadoras de servIcIos públicos domiciliarios de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional - SIN (en adelante las "Empresas"), deben efectuar y enviar al Ministerio de Minas y Energía, la conciliación de sus cuentas trimestrales de subsidios y contribuciones de solidaridad, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 2.2.3.2.6.1.4. del Decreto 1073 de 2015 y la metodología establecida por el Ministerio de Minas y Energía. Tal metodología, establecida por el Ministerio de Minas y Energía para el reporte de las conciliaciones trimestrales de subsidios, se encuentra en la Circular No. 026 de 2004 y formatos anexos. Así, la mencionada Circular, indica que las Empresas deben remitir mediante correo físico y electrónico, al Ministerio de Minas y Energía, los formatos correspondientes debidamente diligenciados y suscritos de acuerdo con las instrucciones del caso. La modernización del sector energético conlleva también transformaciones y mejoras en diferentes aspectos tales como el manejo y seguridad de la

información y la mejora en la confiabilidad y eficacia de los procedimientos administrativos. Por esta razón, el Ministerio de Minas y Energía desarrolló y se encuentra impulsando la entrada en operación del Sistema de Información de Subsidios de Energía y Gas - SISEG. Página 1 de 3 Calle 43 No 57-31 CAN Bogotá, Colombia Conmutador (57 1) 2200 300 Código postal 111321 www.minenergia.gov.co 4 OO 1 7 " 113 OCT2 .021 El SISEG es una herramienta que permitirá a las Empresas registrar directamente en la plataforma toda la información relacionada con los subsidios y contribuciones aplicables, permitiéndole al Ministerio de Minas y Energía simplificar trámites y gestionar de manera eficiente el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos - FSSRI y Fondo de Energía Social -FOES. Para continuar con ese camino hacia la digitalización del sector energético, en la primera fase de implementación del aplicativo SISEG, se requiere que las Empresas adelanten la actividad de registro y acreditación como operador en el aplicativo SISEG. Para llevar a cabo el proceso de registro y acreditación como operador en el aplicativo SISEG, se emiten las siguientes instrucciones:

1. La fecha límite para que las Empresas completen el registro como operador ante el sistema es el 30 de octubre de 2021.

Por tratarse de un proceso de implementación para la entrada en operación del aplicativo SISEG, dependiendo de los resultados del proceso de registro y acreditación como operador en el aplicativo SISEG, este Ministerio irá informando las fechas de las etapas subsiguientes del

proceso.

1. Hasta la fecha establecida en el numeral anterior, el ingreso al aplicativo

SISEG deberá realizarse mediante la URL: https://sisegdee.minenergia.gov.co/

2. Todos los comentarios y sugerencias de las Empresas en relación con el aplicativo y el proceso de registro pueden ser remitidas al correo: subsidios sin@minenergia.gov.co.

3. Hasta tanto este Ministerio no emita una nueva Circular al respecto, las Empresas continuarán reportando las conciliaciones de subsidios y contribuciones al Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos - FSSRI y de subsidios al Fondo de Energía Social -FOES mediante comunicación escrita acompañada de los formatos en Excel establecidos por los mencionados fondos, de acuerdo con el procedimiento vigente.

Página 2 de 3 (il Calle 43 No 57-31 CAN Bogotá, Colombia Conmutador (57 1) 2200 300 Código postal 111321 www.minenergia.gov.co SGS 40017 1 3 OCT2 021 Este Ministerio está a disposición del público en general, para resolver cualquier inquietud que surja con ocasión del contenido de la presente Circular. Atentamente, Director e Ener ía Eléctrica, Encargado de las funciones del empleo del Viceministro de Energía Elaboró: Andrés Rodríguez Alex Eduardo Amen Pedr.oza ~'·-, .~ _, ? ~ /¡/ Revisó: Rodrigo Prieto Lara "¡,_ José Edilberto Muño~ i :;¡fl,v Matías Londoño Vallla!jo Paola Galeano Echev~·

Aprobó: Luis Julián Zuluaga Página 3 de 3

Calle 43 No 57-31 CAN Bogotá, Colombia ~ Conmutador (57 1) 2200 300 Código postal 111321 SGS. ww w. minenergia. gov.co

Consultar sobre este documento ...