MINMINAS - Resolución 00039 de 2025
Detalles
- Título
- MINMINAS - Resolución 00039 de 2025
- Autor
- Ministerio de Minas y Energia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 00039 DE 2025
(14 Enero 2025) Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto y cuenta – objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado “Implementación de Sala de Monitoreo Especializada en los Fenómenos Asociados al Aprovechamiento de Minerales con Enfoque Socio Ambiental Nacional” del Presupuesto de Inversión del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025. EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas mediante el último inciso del artículo 19 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, el artículo 2.8.1.5.3. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, en concordancia con las delegadas a través del artículo 1° de la Resolución 40408 del 30 de septiembre del 2024, y
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, se decretó el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2025.
Que mediante Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2025, se detallan las apropiaciones y se clasifican los gastos. Que el último inciso del artículo 19 del Decreto 1621 de 2024, establece que e l jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar mediante
clasifican los gastos. Que el último inciso del artículo 19 del Decreto 1621 de 2024, establece que e l jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, secciona les o regionales a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación, y para su validez no requerirán aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, ni del previo concepto favorable por parte del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas. Que el artículo 67 del Decreto 111 de 15 de enero de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto, señala que corresponde al gobierno dictar el decreto de liquidación del presupuesto general de la Nación, el cual deberá incluir un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo. Que el artículo 2.8.1.5.3 del Decreto 1068 de 2015 establece que las entidades podrán realizar asignaciones internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto deContinuación de la Resolución “Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto y cuenta – objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado “Implementación de Sala de Monitoreo Especializada en los Fenómenos Asociados al
cuenta – objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado “Implementación de Sala de Monitoreo Especializada en los Fenómenos Asociados al Aprovechamiento de Minerales con Enfoque Socio Ambiental Nacional” del Presupuesto de Inversión del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025.” liquidación en sus dependencias, seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestión, sin que las mismas impliquen cambios en su destinación Estas desagregaciones deberán realizarse conforme a lo establecido en el catálogo de clasificación Presupuestal establecido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional. Que mediante la Resolución 0002 del 20 de marzo de 2024, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público establece el Catálogo de Clasificación Presupuestal como sistema estructurado de codificación para la gestión de las finanzas públicas, la cual se utiliza para identificar las operaciones presupuestales de ingreso y de gasto en las diferentes etapas del proceso. Que se hace necesario desagregar el Presupuesto de Inversión asignado al Ministerio de Minas y Energía - Gestión General, para la vigencia 2025, a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión. Que la Oficina de Planeación y Gestión Internacional, mediante memorando radicado con No. 3-2025-000802 del 13 de enero de 2025, remitió la desagregación del proyecto de
Inversión denominado “IMPLEMENTACIÓN DE SALA DE MONITOREO ESPECIALIZADA
EN LOS FENÓMENOS ASOCIADOS AL APROVECHAMIENTO DE MINERALES CON
Inversión denominado “IMPLEMENTACIÓN DE SALA DE MONITOREO ESPECIALIZADA EN LOS FENÓMENOS ASOCIADOS AL APROVECHAMIENTO DE MINERALES CON ENFOQUE SOCIO AMBIENTAL NACIONAL”, al cual se le realizó el levantamiento de Previo Concepto por parte del Departamento Nacional de Planeación y se encuentra en estado “Registrado–Actualizado”, de la siguiente manera: Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1.- Efectuar la desagregación del proyecto denominado “IMPLEMENTACIÓN DE SALA DE MONITOREO ESPECIALIZADA EN LOS FENÓMENOS ASOCIADOS AL APROVECHAMIENTO DE MINERALES CON ENFOQUE SOCIO AMBIENTAL NACIONAL”, del Presupuesto de Gastos de Inversión - Unidad Gestión General, asignado para la vigencia fiscal de 2025: Página 2 de 4Continuación de la Resolución “Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto y cuenta – objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado “Implementación de Sala de Monitoreo Especializada en los Fenómenos Asociados al Aprovechamiento de Minerales con Enfoque Socio Ambiental Nacional” del Presupuesto de Inversión del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025.” MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA – GESTIÓN GENERAL Artículo 2. Con base en la desagregación mencionada en el artículo precedente, el Coordinador del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía - Unidad Gestión General o quién éste designe, podrá efectuar las desagregaciones en el Sistema
Artículo 2. Con base en la desagregación mencionada en el artículo precedente, el Coordinador del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía - Unidad Gestión General o quién éste designe, podrá efectuar las desagregaciones en el Sistema de Información Financiera SIIF, de acuerdo con los requerimientos de la Entidad y a fin de conseguir un ágil y eficiente manejo de la ejecución presupuestal. Artículo 3.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de Enero de 2025.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Nelson Javier Vásquez Torres Secretario General Secretaría General Documento firmado electrónicamente amparado en las disposiciones referidas por la Ley 527 de 1999.
Elaboró: Maria Del Pilar Sanabria Suarez Revisó: Camilo Andrés Bustos Parra, Nelson Javier Vásquez Torres, Omar Carmona Arias, Claudia Janeth
Sierra Tovar, Leslie Mayerly Rodríguez Muñoz, Feiber Alexander Ochoa Jiménez Aprobó: Nelson Javier Vásquez Torres Página 3 de 4Continuación de la Resolución “Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto y cuenta – objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado “Implementación de Sala de Monitoreo Especializada en los Fenómenos Asociados al Aprovechamiento de Minerales con Enfoque Socio Ambiental Nacional” del Presupuesto de Inversión del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025.” Página 4 de 4