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MINMINAS - Resolución 00318 de 2023

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 00318 de 2023
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

República de Colombia libertya Od rden MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 00318 DE 2023 (13 Abril 2023) “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023” LA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En ejercicio de la función delegada mediante la Resolución 4 0548 del 2019, modificada por la Resolución 4 0210 de 2022, y en atención a los siguientes:

CONSIDERANDOS

1. Normativos Que el artículo 365 de la Constitución Política de Colombia dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

Que, a su vez, el artículo 368 idem establece que la Nación podrá conceder subsidios para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas. Que la Ley 142 de 1994, artículo 3, señala como uno de los instrumentos de intervención estatal en los servicios públicos el otorgamiento de subsidios a las personas de menores ingresos. Que en el artículo 14 idem, se define subsidio como la diferencia entre lo que se paga por un bien o servicio, y el costo de éste, cuando tal costo es mayor al pago que se recibe. Que el numeral 99.10, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1117 de 2006, del artículo 99 de la

Ley 142 de 1994, “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”, establece que los subsidios del sector eléctrico para las zonas no interconectadas se otorgarán a los usuarios en las condiciones y porcentajes que defina el Ministerio de Minas y Energía, considerando la capacidad de pago de los usuarios en estas zonas. Los subsidios mencionados en este artículo no podrán ser girados a los prestadores del servicio que no hayan reportado oportunamente la información solicitada a través del Sistema Único de Información, SUI. Que de acuerdo al artículo 2.2.3.2.6.1.1. del Decreto 1073 de 2015, el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos de la Nación (FSSRI) - Ministerio de Minas y Energía, de que trata el artículo 89.3 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 4 de la Ley 632 de 2000, es un fondo cuenta especial de manejo de recursos públicos, sin personería jurídica, sujeto a las normas y procedimientos establecidos en la Constitución Nacional, el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación y las demás normas legales vigentes; cuenta en la cual se incorporarán en forma separada y claramente identificable para cada uno de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible distribuido por red física, los recursos provenientes de los excedentes de la contribución de solidaridad una vez se apliquen para el pago de la totalidad de los subsidios requeridos en las respectivas zonas territoriales. Que conforme al artículo 2.2.3.2.6.1.2. idem, es función del Ministerio de Minas y Energía en

relación con el FSSRI, determinar el monto de las contribuciones facturadas y los subsidios aplicados que se reconocerán trimestralmente a las empresas que los facturen, en el proceso de conciliación de subsidios y contribuciones de solidaridad; y administrar y distribuir los recursos RESOLUCION No. resolucion_numero DE 2023 Hoja 2 de 11 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023” del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos y/o del Presupuesto Nacional, de conformidad con las leyes vigentes. 1.1. Respecto de los subsidios en ZNI Que en el artículo 1° de la Ley 855 de 2003, “por la cual se definen las Zonas No Interconectadas” se definen estas como: “los municipios, corregimientos, localidades y caseríos no conectadas al Sistema Interconectado Nacional, SIN”. Que el artículo 2.2.3.2.6.1.8 idem establece que el Ministerio de Minas y Energía definirá los criterios con los cuales el Gobierno Nacional asignará los recursos del presupuesto nacional y del Fondo de Solidaridad destinados a sufragar los subsidios, teniendo en cuenta que también los Municipios, Departamentos y Distritos podrán incluir apropiaciones presupuestales para este fin. Al definir los criterios de asignación, siempre se deberá tener en cuenta preferentemente, a los usuarios que residan en aquellos municipios que tengan menor capacidad para otorgar

subsidios con sus propios recursos. No se podrán pagar subsidios con recursos provenientes del Presupuesto Nacional o del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos a aquellas empresas que no entreguen la información en la oportunidad y de acuerdo con la metodología que establezca el Ministerio de Minas y Energía. Que en la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, del Ministro de Minas y Energía, se estableció el procedimiento y los criterios para la distribución y giro de subsidios para el servicio público de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI-. Que en el artículo 4º de la Resolución 40239 de 2022 se establece que los subsidios para las ZNI podrán cubrir los componentes tarifarios que remuneran la inversión y los costos de administración, operación y mantenimiento de los prestadores del servicio público de energía eléctrica. 1.2. Respecto al pago parcial de subsidios Que en artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015, se faculta al Ministerio de Minas y Energía, con cargo a los recursos disponibles apropiados para el pago de los subsidios a los servicios públicos de energía eléctrica y gas, a efectuar giros y/o pagos parciales con base en los valores históricos reportados por los prestadores del servicio y correspondientes al trimestre anterior en firme. Para estos efectos, los giros y/o pagos parciales en ningún caso podrán superar el ochenta (80%) del valor reportado en el trimestre anterior en firme. No obstante, el primer giro o pago que se realice en cada periodo podrá ser cómo máximo por una suma

equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor reportado en el trimestre anterior en firme. Que el combustible diesel destinado para la generación representa la mayoría de los costos de prestación del servicio, por lo que el pago parcial de subsidios es necesario para garantizar la disponibilidad permanente del servicio, para aquellas empresas que lo hayan solicitado. Que en los artículos 19, 20 y 21 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, se establecen las condiciones para realizar el giro parcial de subsidios para el pago de electrocombustible.

2. Respecto a la gestión de distribución de subsidios por parte de la Dirección de Energía Eléctrica Que conforme al artículo 16 del Decreto 381 de 2012, es función de la Dirección de Energía Eléctrica “Elaborar el presupuesto para los subsidios del sector eléctrico, gestionar su distribución y hacer seguimiento a la ejecución.” Que respecto de la vigilancia sobre la destinación de los subsidios girados a través de la presente Resolución, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, según lo dispuesto en el artículo 79.7 de la Ley 142 de 1994, “vigilar que los subsidios presupuestales que la Nación, los departamentos y los municipios destinan a las personas de menores ingresos, se utilicen en la forma prevista en las normas pertinentes”.

RESOLUCION No. resolucion_numero DE 2023 Hoja 3 de 11 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al

combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023” Que mediante memorando interno dirigido a la Subdirectora Administrativa y Financiera, con radicado 3-2023-007829 del 30 de marzo de 2023; el Director de Energía Eléctrica presentó la distribución de subsidios correspondiente, soporte para expedir la presente Resolución: (…)

  1. DISTRIBUCIÓN DE SUBSIDIOS OBJETO: La presente distribución corresponde a un pago parcial de subsidios a la tarifa, otorgados a los usuarios por las empresas prestadoras en la Zonas No Interconectadas (ZNI) durante los meses de diciembre de 2022; enero y febrero de 2023, destinado a cubrir el pago del electrocombustible utilizado para la generación.

Este pago parcial se hace con fundamento en la autorización al Ministerio de hacer pagos parciales de subsidios, contenida en el artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015. Las empresas prestadoras autorizaron al Ministerio a girar los pagos parciales por concepto de subsidios directamente a los distribuidores mayoristas de combustible requerido para la generación, liquidado con base en las facturas de venta. A continuación, se relaciona la distribución:

EMPRESA DICIEMBRE ENERO 2023 FEBRERO 2023 VALOR TOTAL

DE 2022

EMPRESA ELECTRIFICADORA DE NUQUI $ 0 $ 0 $ 135,040,556 $ 135,040,556

E.S.P. S. A ECONOMIA MIXTA

E.S.P. DE ENERGIA ELECTRICA DE BAJO $ 0 $ 0 $ 145,840,260 $ 145,840,260

BAUDO PIZARRO S.A.

EMPRESA DE ENERGÍA DE GUAPI S.A. $ 0 $ 0 $ 105,505,768 $ 105,505,768

E.S.P.

EMPRESA DE SERVICOS PUBLICOS DE $ 0 $ 0 $ 451,656,605 $ 451,656,605

ACANDI S.A E.S.P.

EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PU- $ 0 $ 121,031,859 $ 117,571,394 $ 238,603,253

BLICOS DOMICILIARIOS DE VIGIA DEL FUERTE JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS $ 0 $ 0 $ 263,291,490 $ 263,291,490

PÚBLICOS DE CAPURGANA EMPRESA SIGLO XXI EICE ESP $ 0 $ 0 $ 153,142,359 $ 153,142,359

MUNICIPIO DE MIRAFLORES GUAVIARE $ 0 $ 70,842,455 $ 69,839,594 $ 140,682,049

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO $ 0 $ 0 $ 60,652,705 $ 60,652,705

ELECTRIFICADORA DE SAN JUAN DE LA

COSTA E.S.P.

E.A.T. DE PRESTACION DE SERVICIOS PU- $ 0 $ 0 $ 14,607,613 $ 14,607,613

BLICOS DE LA LOCALIDAD DEL CHAJAL MUNINIPIO DE TUMACO EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA DEL $ 0 $ 0 $ 948,858,833 $ 948,858,833

DEPARTAMENTO DEL VICHADA S.A

ELECTRIFICADORA DEL PACIFICO S.A. $ 0 $ 217,969,531 $ 211,561,648 $ 429,531,179

E.S.P.

COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS $ 0 $ 0 $ 186,225,339 $ 186,225,339

DE LÓPEZ DE MICAY ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL SERVICIO $ 0 $ 84,897,301 $ 82,401,485 $ 167,298,786

DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA ZONA RURAL DE SANTA BARBARA DE ISCUANDE ASOCIACION DE USUARIOS DE SERVI- $ 0 $ 0 $ 111,158,845 $ 111,158,845

CIOS PUBLICOS DEL MEDIO BAUDO GENDECAR S.A. E.S.P.- SAN VICENTE DEL $ 0 $ 0 $ 40,509,486 $ 40,509,486

CAGUAN GENDECAR S.A. E.S.P.- CARTAGENA DEL $ 0 $ 0 $ 23,930,374 $ 23,930,374

CHAIRA GENDECAR S.A. E.S.P. - SOLANO $ 0 $ 0 $ 9,592,311 $ 9,592,311

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DO- $ 0 $ 0 $ 211,385,250 $ 211,385,250

MICILIARIOS DE UNGUIA SA ESP EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO $ 0 $ 160,153,108 $ 155,444,915 $ 315,598,023

ENERGIA DEL SUR ELECTRIFICADORA DE MAPIRIPÁN S.A. $ 0 $ 0 $ 111,600,173 $ 111,600,173

E.S.P.

ASOCIACION DE ENERGIA DE LAS ZONAS $ 0 $ 0 $ 272,445,923 $ 272,445,923

RURALES DEL MUNICIPIO DE EL CHARCO EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO $ 120,351,382 $ 143,638,786 $ 139,416,081 $ 403,406,249

ELECTROSOLEDAD DE ISCUANDE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO DE $ 0 $ 0 $ 33,333,802 $ 33,333,802

PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS

DE BOCAS DE CURAY E.S.P.

COMPAÑIA DE SERVICIOS PUBLICOS DO- $ 0 $ 0 $ 55,136,314 $ 55,136,314

RESOLUCION No. resolucion_numero DE 2023 Hoja 4 de 11 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023”

EMPRESA DICIEMBRE ENERO 2023 FEBRERO 2023 VALOR TOTAL

DE 2022

MICILIARIOS DE BOJAYA S.A E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DEL $ 0 $ 0 $ 228,690,680 $ 228,690,680

OCCIDENTE COLOMBIANO S.A.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO $ 0 $ 0 $ 182,598,669 $ 182,598,669

ENERGIA DE OLAYA HERRERA EAT ENEROLAYAHERRERA E.S.P.

EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARI- $ 0 $ 0 $ 102,843,550 $ 102,843,550

LLADO, ASEO Y ENERGIA (ZNI) DE PUERTO GUZMAN S.A ESP EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE $ 0 $ 0 $ 114,392,850 $ 114,392,850

ENERGIA ELECTRICA DEL CAUCA EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO PARA $ 0 $ 0 $ 2,465,974 $ 2,465,974

LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS

DE ENERGIA ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO DEL MUNICIPIO DE SANTA BARBARA ISCUA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DEL $ 0 $ 0 $ 132,652,205 $ 132,652,205

ALTO BAUDO E.S.P. S.A.S.

EMPRESA DE ENERGIA DE LA ZONA RU- $ 0 $ 38,129,997 $ 29,287,627 $ 67,417,624

RAL DE FRANCISCO PIZARRO E.S.P. S.A.S.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO $ 0 $ 0 $ 180,841,025 $ 180,841,025

ELECTRIFICADORA DEL PACIFICO SUR ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P.B. BAUDO $ 9,309,476 $ 28,387,809 $ 28,107,934 $ 65,805,219

ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. CONDOTO $ 29,431,417 $ 915,941 $ 1,225,583 $ 31,572,941

ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. EL CARMEN DE $ 15,050,369 $ 10,673,256 $ 10,386,504 $ 36,110,129

ATRATO ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. LLORO $ 40,475,118 $ 59,822,394 $ 67,004,710 $ 167,302,222

ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. NOVITA $ 22,901,773 $ 23,025,738 $ 22,345,220 $ 68,272,731

E.A.T. EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO $ 0 $ 0 $ 20,518,173 $ 20,518,173

ELECTRIFICADORA DE NARIÑO SUR - LA TOLA E.A.T. EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO $ 0 $ 0 $ 54,725,665 $ 54,725,665

ELECTRIFICADORA DE NARIÑO SURBUENAVENTURA PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS $ 0 $ 0 $ 23,063,238 $ 23,063,238

Y ENERGIA EN ZONAS NO CONECTADAS ESP S.A.S-NOVITA PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS $ 0 $ 0 $ 32,075,604 $ 32,075,604

Y ENERGIA EN ZONAS NO CONECTADAS ESP S.A.SBajo Baudo EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO PARA $ 0 $ 0 $ 68,547,767 $ 68,547,767

LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENERGÍA DEL PACIFICO MUNICIPIO DE SANTA BARBARA ISCUANDE EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE $ 0 $ 0 $ 47,087,466 $ 47,087,466

ENERGÍA ELÉCTRICA DE LAS PLAYAS

ASOCIADAS - ENERPLASO S.A. E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS $ 0 $ 0 $ 169,364,936 $ 169,364,936

ENERGIZAR DEL PACIFICO S.A. E.S.P.

EMPRESA DE ENERGY & SERVICIOS MA- $ 0 $ 0 $ 122,623,946 $ 122,623,946

GUI S.A.S E.S.P EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Y LA $ 0 $ 0 $ 5,633,803 $ 5,633,803

PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENERGÍA

EN LA ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE LA TOLA NARIÑO EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE $ 0 $ 99,085,941 $ 96,173,006 $ 195,258,947

ENERGÍA LIMPIA DE COLOMBIA S.A. E.S.P

- ENERLIMPIA S.A. E.S.P.

ELECTRIFICADORA ENTRE RIOS S.A.S $ 0 $ 0 $ 63,023,030 $ 63,023,030

ELECTRO LITORAL F.J.M S.A.S. E.S.P $ 0 $ 134,853,300 $ 131,300,051 $ 266,153,351

SOLING DEL SINU S.A.S. E.S.P. $ 0 $ 0 $ 19,398,917 $ 19,398,917

E.A.T ELECTRIFICADORA DE LA ZONA UR- $ 0 $ 0 $ 32,834,651 $ 32,834,651

BANA Y RURAL DE CHOCO AMBAR SERVICIOS DE OCCIDENTE ESP $ 0 $ 0 $ 61,959,190 $ 61,959,190

SAS MUNICIPIO DEL MEDIO ATRATO $ 0 $ 101,716,253 $ 99,036,986 $ 200,753,239

VALOR TOTAL $ 237,519,535 $ 1,193,427,416 $ 6,260,358,083 $ 7,793,021,287 ii. VERIFICACIONES

1. En ningún caso la presente distribución excede los límites fijados para el pago parcial, establecidos en el artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015; es decir, en ningún caso se supera el 80% del valor reportado en el trimestre anterior en firme, y este primer giro no supera al 50% de este valor.

2. El valor de la estimación de pagos parciales de subsidios para la adquisición de electrocombustible, se calculó a partir del cupo asignado por el IPSEy el valor de referencia para el centro de acopio de venta, retiro o importación, a la fecha de expedición de la RESOLUCION No. resolucion_numero DE 2023 Hoja 5 de 11

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023” estimación, conforme el artículo 20 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022 del Ministro de Minas y Energía.

3. La Dirección de Energía Eléctrica verificó que las empresas cumplieran las condiciones para efectuar pagos parciales, establecidos en los artículos 19, 20 y 21 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022 del Ministerio de Minas y Energía.

4. La Dirección de Energía Eléctrica realizó la distribución de recursos, anexa a esta comunicación, después de revisar y verificar los soportes de información reportada por cada una de las empresas prestadoras, y por los distribuidores mayoristas de combustible.

5. La Dirección de Energía Eléctrica verificó que las empresas se encontraran al día con el cargue de información al SUI, de acuerdo con el último reporte de información remitido por la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios mediante el radicado No 1-2023010364 del 7 de marzo de 2023; es decir, que se cumple con lo establecido el inciso segundo del numeral 99.10 de la Ley 142 de 1994, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1117 de 2006.

6. Respecto a la medición de la energía consumida por el usuario, la Dirección de Energía Eléctrica verificó que las empresas prestadoras, objeto de la presente distribución hubiesen presentado el plan de implementación de sistemas de medición, con sus respectivos avances, de acuerdo a lo informado a través de la Circular 40017 del 4 de agosto de 2022 del Viceministro de Energía, o que el total de las localidades que son atendidas por las empresas prestadoras de servicio cuenten con sistema de telemetría por parte del Centro Nacional de Monitoreo-CNM. Así mismo, se verificó que las empresas objeto de la presente distribución no tuvieran pendientes la respuesta a requerimientos de información.

7. Los oficios de solicitud de estimación y carta de autorización, presentados por las empresas prestadoras están relacionados con el número de radicado asignado por el Ministerio de Minas y Energía en el Anexo 1 del presente memorando.

8. Las Empresas Prestadoras del Servicio presentaron a esta Dirección los respectivos soportes de compra de electrocombustible destinado para la generación, para cada una de las localidades atendidas, correspondiente al cuarto trimestre de 2022 (mes diciembre) y primer trimestre de 2023 (mes enero y febrero) mediante los radicados indicados en el Anexo 2: “Distribución de Recursos ZNI por centros poblados y prestador”, el cual hace parte integral del presente memorando para la expedición de la resolución de pago.

9. Mediante la Circular 4029 del 31 de octubre de 2017 del Ministerio de Minas y Energía, se informó a las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de energía eléctrica que deben informar inmediatamente al Ministerio cuando una localidad ZNI se conecte al SIN, con el fin de evitar duplicidad de información y reconocimiento en el proceso de distribución de subsidios. Para la fecha de este memorando, ninguna de esas empresas ha reportado la conexión del ZNI al SIN de alguna de las localidades del Anexo 2 de este memorando.

10. En el Anexo 2 de este memorando: “Distribución de Recursos ZNI por centros poblados y prestador”, se enlistan las localidades de las ZNI, en las que las empresas prestan el servicio, objeto de la presente distribución de subsidios, según la información reportada por las empresas.

11. Para determinar los valores a girar, por concepto de pago parcial de subsidios, no se priorizó ni se discriminó ninguna empresa prestadora del servicio.

12. La descripción de la distribución objeto de este memorando, por periodo, es el siguiente: EMPRESA PERIODO MES VALOR Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Cuarto trimestre de 2022 Diciembre $237.519.535

Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Primer trimestre de 2023 Enero $1.295.143.669 Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Primer trimestre de 2023 Febrero $6.260.358.083

VALOR TOTAL $7.793.021.287 iii. OBSERVACIONES

1. Las empresas relacionadas en el cuadro anterior a las cuales se les reconocen los periodos de diciembre de 2022 y enero de 2023 fueron excluidas de las distribuciones para pagos parciales anteriores, debido a que se encontraban pendientes en el cargue de Información al Sistema Único de InformaciónSUI. Una vez consultada la página del Sistema Único de RESOLUCION No. resolucion_numero DE 2023 Hoja 6 de 11

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023” Información-SUI de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios –SSPD, se evidenció que estas empresas habían cumplido con su obligación de cargar la información correspondiente al cuarto trimestre de 2022 y primer trimestre de 2023; por lo que se incluyeron en la presente distribución. (…) Que mediante oficios con radicados No. 1-2023-009050 del 01 de marzo de 2023, 1-2023009295 del 02 de marzo de 2023 y 1-2023-013904 del 23 de marzo de 2023, la empresa Chevron Petroleum Company; 1-2023-003955 del 31 de enero de 2023, 1-2023-008883 del 28

de febrero de 2023 y 1-2023-013917 del 23 de marzo de 2023, la empresa Organización Terpel S.A.; 1-2023-008888 del 28 de febrero de 2023 y 1-2023-013908 del 23 de marzo de 2023, la empresa Primaxx Colombia S.A.; y 1-2023-013911 del 23 de marzo de 2023, la empresa Comercializadora Proxxon S.A.; presentaron los saldos de cartera a cargo de las Empresas Prestadoras del Servicio en favor de los Distribuidores Mayoristas, para los períodos objeto de la presente Resolución, información que fue verificada por la Dirección de Energía Eléctrica. Que con base en lo expuesto anteriormente, los valores a distribuir calculados por la Dirección de Energía Eléctrica son los presentados en la siguiente tabla: Tabla No. 1

PIGNORACIÓN CUARPIGNORACIÓN PRIMER TRIMESTO TRIMESTRE 2023

EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO VALOR TOTAL

TRE 2022

DICIEMBRE ENERO 2023 FEBRERO 2023

DE 2022

AMBAR SERVICIOS DE OCCIDENTE ESP SAS $ 0 $ 0 $ 61.959.190 $ 61.959.190

ASOCIACIÓN DE ENERGÍA DE LAS ZONAS $ 0 $ 0 $ 272.445.923 $ 272.445.923

RURALES DEL MUNICIPIO DE EL CHARCO ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE SERVICIOS $ 0 $ 0 $ 111.158.845 $ 111.158.845

PÚBLICOS DEL MEDIO BAUDÓ ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA ZONA RURAL $ 0 $ 84.897.301 $ 82.401.485 $ 167.298.786

DE SANTA BARBARA DE ISCUANDE COMPAÑÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMI- $ 0 $ 0 $ 55.136.314 $ 55.136.314

CILIARIOS DE BOJAYÁ S.A E.S.P.

COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE $ 0 $ 0 $ 186.225.339 $ 186.225.339

LÓPEZ DE MICAY E.A.T ELECTRIFICADORA DE LA ZONA URBA- $ 0 $ 0 $ 32.834.651 $ 32.834.651

NA Y RURAL DE CHOCO E.A.T. DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA LOCALIDAD DEL CHAJAL MUNICI- $ 0 $ 0 $ 14.607.613 $ 14.607.613

PIO DE TUMACO E.A.T. EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELECTRIFICADORA DE NARIÑO SUR - BUE- $ 0 $ 0 $ 54.725.665 $ 54.725.665

NAVENTURA E.A.T. EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELECTRIFICADORA DE NARIÑO SUR - LA $ 0 $ 0 $ 20.518.173 $ 20.518.173

TOLA E.S.P. DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE BAJO $ 0 $ 0 $ 145.840.260 $ 145.840.260

BAUDÓ PIZARRO S.A.

ELECTRIFICADORA DE MAPIRIPÁN S.A. E.S.P. $ 0 $ 0 $ 111.600.173 $ 111.600.173

ELECTRIFICADORA DEL PACIFICO S.A. E.S.P. $ 0 $ 217.969.531 $ 211.561.648 $ 429.531.179

ELECTRIFICADORA ENTRE RIOS S.A.S $ 0 $ 0 $ 63.023.030 $ 63.023.030

ELECTRO LITORAL F.J.M S.A.S. E.S.P $ 0 $ 134.853.300 $ 131.300.051 $ 266.153.351

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE $ 0 $ 0 $ 33.333.802 $ 33.333.802

BOCAS DE CURAY E.S.P.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELECTRIFICADORA DE SAN JUAN DE LA COSTA $ 0 $ 0 $ 60.652.705 $ 60.652.705

E.S.P.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELEC- $ 0 $ 0 $ 180.841.025 $ 180.841.025

TRIFICADORA DEL PACIFICO SUR EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELEC- $ 120.351.382 $ 143.638.786 $ 139.416.081 $ 403.406.249

TROSOLEDAD DE ISCUANDE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ENERGÍA DE OLAYA HERRERA EAT ENEROLA- $ 0 $ 0 $ 182.598.669 $ 182.598.669

YAHERRERA E.S.P.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ENER- $ 0 $ 160.153.108 $ 155.444.915 $ 315.598.023

GÍA DEL SUR

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENERGÍA $ 0 $ 0 $ 68.547.767 $ 68.547.767

DEL PACIFICO MUNICIPIO DE SANTA BARBARA ISCUANDE RESOLUCION No. resolucion_numero DE 2023 Hoja 7 de 11

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023”

PIGNORACIÓN CUARPIGNORACIÓN PRIMER TRIMESTO TRIMESTRE 2023

EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO VALOR TOTAL

TRE 2022

DICIEMBRE ENERO 2023 FEBRERO 2023

DE 2022

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ENERGÍA ACUEDUCTO ALCANTARILLADO $ 0 $ 0 $ 2.465.974 $ 2.465.974

Y ASEO DEL MUNICIPIO DE SANTA BARBARA

ISCUANDE

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Y LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENERGÍA EN $ 0 $ 0 $ 5.633.803 $ 5.633.803

LA ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE LA TOLA

NARIÑO EMPRESA DE ENERGÍA DE GUAPI S.A. $ 0 $ 0 $ 105.505.768 $ 105.505.768

E.S.P.

EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO, ASEO Y ENERGÍA (ZNI) DE PUERTO GUZ- $ 0 $ 0 $ 102.843.550 $ 102.843.550

MÁN S.A ESP EMPRESA DE ENERGÍA DE LA ZONA RURAL $ 0 $ 38.129.997 $ 29.287.627 $ 67.417.624

DE FRANCISCO PIZARRO E.S.P. S.A.S.

EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL DE- $ 0 $ 0 $ 948.858.833 $ 948.858.833

PARTAMENTO DEL VICHADA S.A EMPRESA DE ENERGY & SERVICIOS MAGUÍ $ 0 $ 0 $ 122.623.946 $ 122.623.946

S.A.S E.S.P EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LAS PLAYAS ASO- $ 0 $ 0 $ 47.087.466 $ 47.087.466

CIADAS - ENERPLASO S.A. E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE $ 0 $ 0 $ 114.392.850 $ 114.392.850

ENERGÍA ELÉCTRICA DEL CAUCA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ENERGÍA LIMPIA DE COLOMBIA S.A. E.S.P - $ 0 $ 99.085.941 $ 96.173.006 $ 195.258.947

ENERLIMPIA S.A. E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL $ 0 $ 0 $ 132.652.205 $ 132.652.205

ALTO BAUDÓ E.S.P. S.A.S.

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL OC- $ 0 $ 0 $ 228.690.680 $ 228.690.680

CIDENTE COLOMBIANO S.A.

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICI- $ 0 $ 0 $ 211.385.250 $ 211.385.250

LIARIOS DE UNGUIA SA ESP EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS ENERGI- $ 0 $ 0 $ 169.364.936 $ 169.364.936

ZAR DEL PACIFICO S.A. E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE $ 0 $ 0 $ 451.656.605 $ 451.656.605

ACANDI S.A E.S.P.

EMPRESA ELECTRIFICADORA DE NUQUI $ 0 $ 0 $ 135.040.556 $ 135.040.556

E.S.P. S. A ECONOMIA MIXTA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PÚBLI- $ 0 $ 121.031.859 $ 117.571.394 $ 238.603.253

COS DOMICILIARIOS DE VIGÍA DEL FUERTE EMPRESA SIGLO XXI EICE ESP $ 0 $ 0 $ 153.142.359 $ 153.142.359

ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. CONDOTO $ 29.431.417 $ 915.941 $ 1.225.583 $ 31.572.941

ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. EL CARMEN DE $ 15.050.369 $ 10.673.256 $ 10.386.504 $ 36.110.129

ATRATO ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. LLORO $ 40.475.118 $ 59.822.394 $ 67.004.710 $ 167.302.222

ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P. NOVITA $ 22.901.773 $ 23.025.738 $ 22.345.220 $ 68.272.731

ENERPACIFIC S.A.S. E.S.P.B. BAUDÓ $ 9.309.476 $ 28.387.809 $ 28.107.934 $ 65.805.219

GENDECAR S.A. E.S.P. - SOLANO $ 0 $ 0 $ 9.592.311 $ 9.592.311

GENDECAR S.A. E.S.P.- CARTAGENA DEL $ 0 $ 0 $ 23.930.374 $ 23.930.374

CHAIRA GENDECAR S.A. E.S.P.- SAN VICENTE DEL $ 0 $ 0 $ 40.509.486 $ 40.509.486

CAGUÁN JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS PÚ- $ 0 $ 0 $ 263.291.490 $ 263.291.490

BLICOS DE CAPURGANÁ MUNICIPIO DE MIRAFLORES GUAVIARE $ 0 $ 70.842.455 $ 69.839.594 $ 140.682.049

MUNICIPIO DEL MEDIO ATRATO $ 0 $ 101.716.253 $ 99.036.986 $ 200.753.239

PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ENERGÍA EN ZONAS NO CONECTADAS ESP $ 0 $ 0 $ 32.075.604 $ 32.075.604

S.A.SBajo Baudó PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ENERGÍA EN ZONAS NO CONECTADAS ESP $ 0 $ 0 $ 23.063.238 $ 23.063.238

S.A.S-NOVITA SOLING DEL SINÚ S.A.S. E.S.P. $ 0 $ 0 $ 19.398.917 $ 19.398.917

VALOR TOTAL $ 237.519.535 $ 1.295.143.669 $ 6.260.358.083 $ 7.793.021.287

Que los recursos a distribuir se transferirán en las cuentas bancarias que han sido registradas y se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información FinancieraSIIF las cuales fueron validadas por el Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía. Que con ocasión de todo lo anterior, la Subdirección Administrativa y financiera realizó las validaciones formales de la documentación entregada por parte de la Dirección de Energía Eléctrica; asume la presunción de validez de los conceptos, certificaciones y declaraciones RESOLUCION No. resolucion_numero DE 2023 Hoja 8 de 11 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, causados en diciembre de 2022; enero y febrero de 2023” emanadas de esa Dirección; no cuenta con elementos de juicio que hagan pensar que los cálculos sean equivocados; y en consecuencia, toma como válida la información contenida en los documentos que soportan la solicitud de expedición de este acto administrativo; por tanto, esta Subdirección procede a ordenar el giro de los subsidios de acuerdo con la distribución realizada por el área técnica.

3. Presupuestales y financieros Que de conformidad con la Resolución 4 0548 del 2019, modificada por la Resolución 4 0210 de

2022, corresponde a la Subdirectora Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía, ordenar mediante acto administrativo el pago de los recursos del Presupuesto General de la Nación a las empresas de energía y gas deficitarias con el fin de cubrir subsidios por menores tarifas, de acuerdo con la distribución efectuada por el área técnica respectiva. Que, para efectos de lo anterior, se entienden como empresas deficitarias aquellas que al cierre del trimestre o periodo validado por la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía, tienen un saldo a su favor resultante del cruce entre los valores de contribucio

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