MINMINAS - Resolución 00579 de 2025

Ministerio de Minas y Energia

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 00579 de 2025
Autor
Ministerio de Minas y Energia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 00579 DE 2025

(19 Mayo 2025) “Por la cual se reconoce y ordena el pago por concepto de subsidios otorgados a usuarios por consumo de GLP en Cilindros para el mes de enero 2025.” EL DIRECTOR DE HIDROCARBUROS En uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 2195 de 2013, el artículo 8 de la Resolución 40720 de 2016 y el numeral 10 del artículo 5 de la Resolución 40548 de 2019

CONSIDERANDO: Que el artículo 368 de la Constitución Política señala que “(…) la Nación, los departamentos, los distritos, los municipios y las entidades descentralizadas podrán conceder subsidios, en sus respectivos presupuestos, para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas”.

Que el artículo 99 de la Ley 142 de 1994 estableció las reglas para el otorgamiento de subsidios, las cuales deben entenderse aplicables bajo los preceptos constitucionales de justicia y equidad, con el fin de que la población de escasos recursos pueda acceder a los servicios públicos domiciliarios.

Que el Decreto 2195 del 7 de junio de 2013 estableció el otorgamiento de subsidios al consumo de GLP distribuido por cilindros. Que el Ministerio de Minas y Energía, mediante la Resolución 40720 del 27 de junio de 2016, modificada por las Resoluciones 40079 del 31 de enero de 2017 y 40873 de 2019, definió los parámetros y lineamientos para la asignación de subsidios a usuarios de

2016, modificada por las Resoluciones 40079 del 31 de enero de 2017 y 40873 de 2019, definió los parámetros y lineamientos para la asignación de subsidios a usuarios de comunidades indígenas y de estratos 1 y 2 por el consumo de GLP en cilindros, específicamente en los departamentos de Amazonas, Caquetá, Nariño, Putumayo y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como en zonas rurales del departamento del Cauca que hacen parte de las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano Que mediante radicado No. 1-2025-022288 del 9 de mayo de 2025, el Grupo de Gas Combustible de la Dirección de Hidrocarburos presentó el informe de resultados correspondiente al mes de enero 2025, en el cual se reporta la validación y distribución de los subsidios de GLP en cilindros, constatando que las empresas prestadoras del servicio cumplieron con el cargue de la información requerida. Que, de conformidad con el artículo 8 de la Resolución 40720 de 2016 y el “Procedimiento para la Validación, Reconocimiento y Pago de Subsidios a Usuarios de Estratos 1 y 2 por el Consumo de Gas Distribuido en Cilindros”, la Dirección de Hidrocarburos evaluó el informe de resultados y concluyó que procede el reconocimiento y pago de los subsidios correspondientes al mes de enero 2025, entregados por las

Hidrocarburos evaluó el informe de resultados y concluyó que procede el reconocimiento y pago de los subsidios correspondientes al mes de enero 2025, entregados por las empresas prestadoras del servicio relacionadas en el presente acto administrativo. Que las cuentas de cobro presentadas por las empresas prestadoras del servicio fueron debidamente revisadas y validadas por esta dependencia, tanto en el Sistema Único de Información –SUI– de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, como en la base de datos del programa piloto de subsidios al consumo de GLP en cilindros, dejando constancia de ello en el soporte identificado con radicado No. 1-2025-008710 del 28 de febrero de 2025, resultando así: Página 1 de 5Enero 2025

N o EMPRESAS

SUBSIDIOS

VALIDADOS POR

EL MME

NO. DE HOGARES 1 CHILCO S.A.E.S.P $ 1.799.828.100 44841 2 COLGAS S.A. E.S.P $ 931.723.600 24417 3 COMBUSTIBLES LIQUIDOS CLC S.A.E.S.P $ 47.699.600 1161 4 DIGAS S.A. E.S.P $ 42.130.300 1134 5 GAS CAQUETA S.A. E.S. P $ 239.449.200 6446 6 GAS NEIVA S.A. E.S.P. $ 55.930.600 1383

7 GASES DEL CAGUAN S.A. E.S. P $ 23.231.000 634

8 INVERSIONES GLP S.A.S. E.S.P. $ 880.022.700 22672 9 MONTAGAS S.A. E.S.P. $ 4.562.852.000 121022 10 PROVIGAS S.A. E.S.P. $ 109.353.500 3876 11 RAPIDGAS SAS E.S.P $ 54.151.200 1171 12 RAYOGAS S.A.E.S.P. $ 105.303.800 2899 13 SUPERGAS DE NARIÑO S.A. E.S.P. $ 425.877.900 11225

TOTAL $ 9.277.553.500 242881

Que el artículo 80 del Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital, así como el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025, establece que durante dicha vigencia el Ministerio de Minas y Energía destinará recursos para promover y cofinanciar proyectos orientados a la prestación del servicio público de gas combustible, mediante el desarrollo de infraestructura de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por red a nivel nacional, y para masificar su uso en zonas rurales y estratos bajos urbanos, con cargo a los recursos asignados al proyecto “Distribución de recursos al consumo en cilindros y proyectos de infraestructura de GLP”. Que el artículo 2º del citado Decreto 1523 de 2024, relativo al Presupuesto de Gastos o de Apropiaciones, clasifica y define los gastos, estableciendo en la Sección 2101 – Ministerio de Minas y Energía, Componente de Presupuesto de Inversión, la apropiación de recursos por valor de OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO

Ministerio de Minas y Energía, Componente de Presupuesto de Inversión, la apropiación de recursos por valor de OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES PESOS ($82.885.000.000) M/CTE., para el pago de subsidios de gas GLP en cilindros. Que conforme al marco normativo vigente, el Ministerio de Minas y Energía puede realizar los pagos por concepto de menores tarifas del servicio público de gas combustible, con base en proyecciones de costos elaboradas a partir de la información suministrada por los prestadores del servicio o, en su defecto, utilizando la información disponible, y que los saldos generados a 31 de diciembre de 2024 podrán ser atendidos con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal 2025. Que adicionalmente, el Ministerio está facultado para realizar pagos correspondientes a saldos causados en vigencias anteriores, con cargo a los recursos disponibles y apropiados para tal fin. Que en el Sistema Único de Inversión y Finanzas Públicas – SUIFP se encuentra registrado bajo el código BPIN 2018011000763 el proyecto denominado “DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS AL CONSUMO EN CILINDROS Y PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE GLP NACIONAL", a cargo del Ministerio de Minas y Energía. Que el Coordinador de Grupo de Ejecuciones Presupuestales del Ministerio de Minas y Energía certificó la existencia y apropiación de recursos disponibles mediante Certificado

INFRAESTRUCTURA DE GLP NACIONAL", a cargo del Ministerio de Minas y Energía. Que el Coordinador de Grupo de Ejecuciones Presupuestales del Ministerio de Minas y Energía certificó la existencia y apropiación de recursos disponibles mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal 200625 del 07 de mayo de 2025, por un valor de OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($82.885.000.000,00) MCTE,, para el reconocimiento y pago de los subsidios aplicados por las empresas distribuidoras de GLP en cilindros, correspondientes a usuarios Página 2 de 5ubicados en los departamentos de Amazonas, Caquetá, Nariño, Putumayo y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; así como a comunidades indígenas y a usuarios de estratos 1 y 2 ubicados en zonas rurales de los municipios del departamento del Cauca pertenecientes a las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano. Que los recursos a distribuir se transferirán a las cuentas bancarias que han sido registradas y se encuentran activas en el Sistemas Integrado de Información Financiera – SIIFlas cuales fueron validadas por el Grupo de Ejecuciones Presupuestales del Ministerio de Minas y Energía. Que, por lo anterior, RESUELVE: Artículo 1. Reconocimiento y pago. Reconocer y pagar a las empresas prestadoras del

Ministerio de Minas y Energía. Que, por lo anterior, RESUELVE: Artículo 1. Reconocimiento y pago. Reconocer y pagar a las empresas prestadoras del servicio público de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en cilindros, relacionadas en el cuadro que hace parte integral del presente artículo por la suma de NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS PESOS ($ 9.277.553.500,00) MCTE , correspondiente al valor validado de los subsidios otorgados a usuarios pertenecientes a comunidades indígenas y a usuarios de estratos 1 y 2, en el marco del programa de subsidios al consumo de GLP distribuido mediante cilindros que ejecuta el Ministerio de Minas y Energía. Dichos subsidios corresponden al mes de enero de 2025 y benefician a usuarios localizados en los departamentos de Amazonas, Caquetá, Nariño, Putumayo y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como a comunidades indígenas y usuarios de estratos 1 y 2 en zonas rurales de los municipios del departamento del Cauca que integran las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano; así: Enero 2025

N o EMPRESAS

SUBSIDIOS

VALIDADOS

POR EL MME

NO. DE

HOGARE

S No. Radicado Validación Fecha Radicado 1 CHILCO S.A.E.S.P $ 1.799.828.100 44841 2-2025-013695 22/04/2025

VALIDADOS

POR EL MME

NO. DE

HOGARE

S No. Radicado Validación Fecha Radicado 1 CHILCO S.A.E.S.P $ 1.799.828.100 44841 2-2025-013695 22/04/2025 2 COLGAS S.A. E.S.P $ 931.723.600 24417 2-2025-015846 8/05/2025 3 COMBUSTIBLES LIQUIDOS CLC S.A.E.S.P $ 47.699.600 1161 2-2025-013689 22/04/2025 4 DIGAS S.A. E.S.P $ 42.130.300 1134 2-2025-013692 22/04/2024 5 GAS CAQUETA S.A. E.S. P $ 239.449.200 6446 2-2025-013764 23/04/2025 6 GAS NEIVA S.A. E.S.P. $ 55.930.600 1383 2-2025-013877 23/04/2025 7 GASES DEL CAGUAN S.A. E.S. P $ 23.231.000 634 2-2025-013763 23/04/2025 8 INVERSIONES GLP S.A.S. E.S.P. $ 880.022.700 22672 2-2025-013876 23/04/2025 9 MONTAGAS S.A. E.S.P. $ 4.562.852.000 121022 2-2025-013879 23/04/2025 10 PROVIGAS S.A. E.S.P. $ 109.353.500 3876 2-2025-014105 24/04/2025

11 RAPIDGAS SAS E.S.P $ 54.151.200 1171 2-2025-014106 24/04/2025 12 RAYOGAS S.A.E.S.P. $ 105.303.800 2899 2-2025-014107 24/04/2025 13 SUPERGAS DE NARIÑO S.A. E.S.P. $ 425.877.900 11225 2-2025-014108 24/04/2025

TOTAL $ 9.277.553.500 242881

Parágrafo. Como consecuencia de lo dispuesto en los artículos precedentes, la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía deberá adelantar la respectiva operación presupuestal, de conformidad con la normatividad vigente. Página 3 de 5Artículo 2. Autorización del pago. Autorizar al Grupo de Ejecuciones Presupuestales de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía para que proceda con el desembolso de los valores reconocidos a las empresas relacionadas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, con cargo a los recursos disponibles en el Plan Anual de Caja – PAC, conforme a la programación financiera vigente. Parágrafo. Los recursos mencionados serán transferidos a las cuentas bancarias de las empresas beneficiarias, las cuales se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF y han sido previamente validadas por el Grupo de Ejecuciones Presupuestales de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía, de acuerdo con los datos que se relacionan a continuación: Enero 2025

No EMPRESAS NIT CUENTA TIPO DE CUENTA BANCO VALOR

Ejecuciones Presupuestales de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía, de acuerdo con los datos que se relacionan a continuación: Enero 2025 No EMPRESAS NIT CUENTA TIPO DE CUENTA BANCO VALOR 1 CHILCO S.A.E.S.P 900396759-5 031-651196-40 Corriente Bancolombia $ 1.799.828.100 2 COLGAS S.A. E.S.P 890500726-3 050024181 Corriente Banco Bogotá $ 931.723.600 3 COMBUSTIBLES LIQUIDOS CLC S.A.E.S.P 900175830-2 000795054 Corriente Banco Bogotá $ 47.699.600 4 DIGAS S.A. E.S.P 900428208-8 76625202110 Corriente Bancolombia $ 42.130.300 5 GAS CAQUETA S.A. E.S. P 828000499-5 364229955 Corriente BBVA $ 239.449.200 6 GAS NEIVA S.A. E.S.P. 813002696-4 704000561 Corriente Banco Bogotá $ 55.930.600 7 GASES DEL CAGUAN S.A. E.S. P 828000578-9 364006775 Corriente BBVA $ 23.231.000 8 INVERSIONES GLP S.A.S. E.S.P. 900335279-0 17259301274 Corriente Bancolombia $ 880.022.700 9 MONTAGAS S.A. E.S.P. 891202203-9 0695000100195404 Corriente BBVA $ 4.562.852.000 10 PROVIGAS S.A. E.S.P. 827000149-9 34876850759 Corriente Bancolombia $ 109.353.500 11 RAPIDGAS SAS E.S.P 900443684-3 30484346257 Corriente Bancolombia $ 54.151.200

11 RAPIDGAS SAS E.S.P 900443684-3 30484346257 Corriente Bancolombia $ 54.151.200 12 RAYOGAS S.A. E.S.P. 860033633-4 062699772 Corriente Banco Bogotá $ 105.303.800 13 SUPERGAS S.A.E.S.P. 814003050-5 466089059 Corriente Banco Bogotá $ 425.877.900

TOTAL $ 9.277.553.500

Artículo 3. Comunicación. Por conducto de la Dirección de Hidrocarburos, comuníquese el presente acto administrativo a las empresas relacionadas en esta actuación administrativa, para los fines pertinentes. Artículo 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de Mayo de 2025. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Página 4 de 5Julián Flórez Quiroga Director Dirección de Hidrocarburos Documento firmado electrónicamente amparado en las disposiciones referidas por la Ley 527 de 1999.

Elaboró: Dolly Ivon Ramírez Romero Revisó: Julián David Sterling Olave, Carlos Julio Arciniegas Cardozo, Jorge Alirio Ortiz Tovar

Aprobó: Julián Flórez Quiroga Página 5 de 5

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