MINMINAS - Resolución 00836 de 2025

Ministerio de Minas y Energia

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 00836 de 2025
Autor
Ministerio de Minas y Energia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 00836 DE 2025

(13 Junio 2025) “Por la cual se reconoce y ordena el pago por concepto de subsidios otorgados a usuarios por consumo de GLP en Cilindros para el mes de febrero 2025” EL DIRECTOR DE HIDROCARBUROS En uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 2195 de 2013, el artículo 8 de la Resolución 40720 de 2016 y el numeral 10 del artículo 5 de la Resolución 40548 de 2019

CONSIDERANDO: Que el artículo 368 de la Constitución Política señala que “(…) la Nación, los departamentos, los distritos, los municipios y las entidades descentralizadas podrán conceder subsidios, en sus respectivos presupuestos, para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas”.

Que el artículo 99 de la Ley 142 de 1994 estableció las reglas para el otorgamiento de subsidios, las cuales deben entenderse aplicables bajo los preceptos constitucionales de justicia y equidad, con el fin de que la población de escasos recursos pueda acceder a los servicios públicos domiciliarios.

Que el Decreto 2195 del 7 de junio de 2013 estableció el otorgamiento de subsidios al consumo de GLP distribuido por cilindros. Que el Ministerio de Minas y Energía mediante la Resolución 4 0720 del 27 de junio de 2016, modificada por las resoluciones 4 0079 del 31 de enero de 2017 y 4 0873 de 2019, determinó los parámetros y lineamientos para la entrega de subsidios a usuarios de

2016, modificada por las resoluciones 4 0079 del 31 de enero de 2017 y 4 0873 de 2019, determinó los parámetros y lineamientos para la entrega de subsidios a usuarios de comunidades indígenas y a usuarios de estratos 1 y 2 por el consumo de GLP distribuido mediante cilindros en los departamentos de Amazonas, Caquetá, Nariño, Putumayo y San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a las comunidades indígenas y a los usuarios de estratos 1 y 2 de las zonas rurales de los municipios del departamento del Cauca que hacen parte de las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano. Que mediante radicado No. 1-2025024330 del 20 de mayo de 2025, el Grupo de Gas Combustible de la Dirección de Hidrocarburos presentó el informe de resultados correspondiente al mes de febrero 2025, en el cual reporta la validación y distribución de los subsidios de GLP en cilindros, constatando que las empresas prestadoras del servicio cumplieron con el cargue de la información requerida. Que, de conformidad con el artículo 8 de la Resolución 40720 de 2016 y el “Procedimiento para la Validación, Reconocimiento y Pago de Subsidios a Usuarios de Estratos 1 y 2 por el Consumo de Gas Distribuido en Cilindros”, la Dirección de Hidrocarburos evaluó el informe de resultados y concluyó que procede el reconocimiento y pago de los subsidios correspondientes al mes de febrero de 2025, entregados por las empresas prestadoras del servicio relacionadas en el presente acto administrativo. Que las cuentas de cobro presentadas por las empresas prestadoras del servicio fueron

y pago de los subsidios correspondientes al mes de febrero de 2025, entregados por las empresas prestadoras del servicio relacionadas en el presente acto administrativo. Que las cuentas de cobro presentadas por las empresas prestadoras del servicio fueron debidamente revisadas y validadas por esta dependencia, tanto en el Sistema Único de Información –SUI– de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, como en la base de datos del programa piloto de subsidios al consumo de GLP en cilindros, dejando Página 1 de 5constancia de ello en el soporte identificado con radicado No. 1-2025-021542 del 06 de mayo de 2025, resultando así: Febrero 2025

N o EMPRESAS

SUBSIDIOS

VALIDADOS POR

EL MME

NO. DE HOGARES 1 CHILCO S.A.E.S.P $ 1.824.658.500 45577 2 COLGAS S.A. E.S.P $ 873.697.400 23057 3 COMBUSTIBLES LIQUIDOS CLC S.A.E.S.P $ 44.943.600 1093 4 DIGAS S.A. E.S.P $ 78.069.600 1986 5 GAS CAQUETA S.A. E.S. P $ 218.640.100 5929 6 GAS NEIVA S.A. E.S.P. $ 50.742.800 1256 7 GASES DEL CAGUAN S.A. E.S. P $ 22.008.200 610 8 INVERSIONES GLP S.A.S. E.S.P. $ 777.256.700 20377

9 MONTAGAS S.A. E.S.P. $ 3.980.599.200 106811 10 PROVIGAS S.A. E.S.P. $ 109.743.000 3880 11 RAPIDGAS SAS E.S.P $ 48.107.500 1060 12 RAYOGAS S.A.E.S.P. $ 94.364.500 2616 13 SUPERGAS DE NARIÑO S.A. E.S.P. $ 434.512.100 11598 $ 8.557.343.200 225850 Que el artículo 80 del Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital, así como el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025, establece que durante dicha vigencia el Ministerio de Minas y Energía destinará recursos para promover y cofinanciar proyectos orientados a la prestación del servicio público de gas combustible, mediante el desarrollo de infraestructura de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por red a nivel nacional, y para masificar su uso en zonas rurales y estratos bajos urbanos, con cargo a los recursos asignados al proyecto “Distribución de recursos al consumo en cilindros y proyectos de infraestructura de GLP”. Que, conforme al marco normativo vigente, el Ministerio de Minas y Energía puede realizar los pagos por concepto de menores tarifas del servicio público de gas combustible, con base en proyecciones de costos elaboradas a partir de la información suministrada por los prestadores del servicio o, en su defecto, utilizando la información disponible, y que los saldos generados a 31 de diciembre de 2024 podrán ser atendidos con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal 2025. Que adicionalmente, el Ministerio está facultado para realizar pagos correspondientes a

disponible, y que los saldos generados a 31 de diciembre de 2024 podrán ser atendidos con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal 2025. Que adicionalmente, el Ministerio está facultado para realizar pagos correspondientes a saldos causados en vigencias anteriores, con cargo a los recursos disponibles y apropiados para tal fin.

Que en el Sistema Único de Inversión y Finanzas Públicas – SUIFP se encuentra registrado bajo el código BPIN 2018011000763 el proyecto denominado “DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS AL CONSUMO EN CILINDROS Y PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA DE GLP NACIONAL", a cargo del Ministerio de Minas y Energía. Que el Coordinador de Grupo de Ejecuciones Presupuestales del Ministerio de Minas y Energía certificó la existencia y apropiación de recursos disponibles mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal 200625 del 07 de mayo de 2025 , por un valor de OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($82.885.000.000,00) MCTE, para el reconocimiento y pago de los subsidios aplicados por las empresas distribuidoras de GLP en cilindros, correspondientes a usuarios ubicados en los departamentos de Amazonas, Caquetá, Nariño, Putumayo y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; así como a comunidades indígenas y a usuarios de estratos 1 y 2 ubicados en zonas rurales de los municipios del Página 2 de 5departamento del Cauca pertenecientes a las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano.

Página 2 de 5departamento del Cauca pertenecientes a las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano. Que los recursos serán transferidos a las cuentas bancarias registradas y activas en el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF, previamente validadas por el Grupo de Ejecuciones Presupuestales del Ministerio de Minas y Energía. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Reconocimiento y pago. Reconocer y pagar a las empresas prestadoras del servicio, relacionadas en el cuadro que hace parte de este artículo, las sumas individualizadas por los subsidios validados, el valor de OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS ($8.557.343.200,00) MCTE correspondiente al valor validado de los subsidios otorgados a usuarios pertenecientes a comunidades indígenas y a usuarios de estratos 1 y 2, en el marco del programa de subsidios al consumo de GLP distribuido mediante cilindros que ejecuta el Ministerio de Minas y Energía. Dichos subsidios corresponden al mes de febrero de 2025 y benefician a usuarios localizados en los departamentos de Amazonas, Caquetá, Nariño, Putumayo y el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como a comunidades indígenas y usuarios de estratos 1 y 2 en zonas rurales de los municipios del departamento del Cauca que integran las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano; así: Febrero 2025

N o EMPRESAS

SUBSIDIOS

VALIDADOS

POR EL MME

departamento del Cauca que integran las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales con jurisdicción en el Macizo Colombiano; así: Febrero 2025

N o EMPRESAS

SUBSIDIOS

VALIDADOS

POR EL MME

NO. DE

HOGARES

No. Radicado Validación Fecha Radicado 1 CHILCO S.A.E.S. P $ 1.824.658.500 46729 2-2025-017171 19/05/2025 2 COLGAS S.A. E.S. P $ 873.697.400 24038 2-2025-017175 19/05/2025 3 COMBUSTIBLES LIQUIDOS CLC S.A.E.S. P $ 44.943.600 1179 2-2025-017173 19/05/2025 4 DIGAS S.A. E.S. P $ 78.069.600 2579 2-2025-017172 19/05/2025 5 GAS CAQUETA S.A. E.S. P $ 218.640.100 6622 2-2025-017180 19/05/2025 6 GAS NEIVA S.A. E.S.P. $ 50.742.800 1281 2-2025-017178 19/05/2025 7 GASES DEL CAGUAN S.A. E.S. P $ 22.008.200 602 2-2025-017179 19/05/2025 8 INVERSIONES GLP S.A.S. E.S.P. $ 777.256.700 21791 2-2025-016412 15/05/2025 9 MONTAGAS S.A. E.S.P. $ 3.980.599.200 124649 2-2025-016425 15/05/2025

10 PROVIGAS S.A. E.S.P. $ 109.743.000 3943 2-2025-016424 15/05/2025 11 RAPIDGAS SAS E.S. P $ 48.107.500 1148 2-2025-016423 15/05/2025 12 RAYOGAS S.A.E.S.P. $ 94.364.500 2928 2-2025-016422 15/05/2025 13 SUPERGAS DE NARIÑO S.A. E.S.P. $ 434.512.100 11598 2-2025-017177 19/05/2025

TOTAL $ 8.557.343.200 237489

Parágrafo. Como consecuencia de lo dispuesto en los artículos precedentes, la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía deberá adelantar la respectiva operación presupuestal, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 2. Autorización del pago. Autorizar al Grupo de Ejecuciones Presupuestales de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía para que desembolse los valores a las empresas mencionadas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, de acuerdo con la disponibilidad del Plan Anual de Caja – PAC. Febrero 2025 No EMPRESAS NIT CUENTA TIPO DE CUENTA BANCO VALOR Página 3 de 51 CHILCO S.A.E.S. P 900396759-5 031-651196-40 Corriente Bancolombia $ 1.824.658.500 2 COLGAS S.A. E.S. P 890500726-3 050024181 Corriente Banco Bogotá $ 873.697.400

3 COMBUSTIBLES LIQUIDOS CLC

S.A.E.S. P 900175830-2 000795054 Corriente Banco Bogotá $ 44.943.600

3 COMBUSTIBLES LIQUIDOS CLC

S.A.E.S. P 900175830-2 000795054 Corriente Banco Bogotá $ 44.943.600 4 DIGAS S.A. E.S. P 900428208-8 76625202110 Corriente Bancolombia $ 78.069.600 5 GAS CAQUETA S.A. E.S. P 828000499-5 364229955 Corriente BBVA $ 218.640.100 6 GAS NEIVA S.A. E.S.P. 813002696-4 704000561 Corriente Banco Bogotá $ 50.742.800 7 GASES DEL CAGUAN S.A. E.S. P 828000578-9 364006775 Corriente BBVA $ 22.008.200 8 INVERSIONES GLP S.A.S. E.S.P. 900335279-0 17259301274 Corriente Bancolombia $ 777.256.700 9 MONTAGAS S.A. E.S.P. 891202203-9 0695000100195404 Corriente BBVA $ 3.980.599.200 10 PROVIGAS S.A. E.S.P. 827000149-9 34876850759 Corriente Bancolombia $ 109.743.000 11 RAPIDGAS SAS E.S.P 900443684-3 30484346257 Corriente Bancolombia $ 48.107.500 12 RAYOGAS S.A. E.S.P. 860033633-4 062699772 Corriente Banco Bogotá $ 94.364.500 13 SUPERGAS DE NARIÑO S.A.ES.P. 814003050-5 466089059 Corriente Banco Bogotá $ 434.512.100

TOTAL $ 8.557.343.200

Parágrafo. Los mencionados recursos se transferirán a las cuentas bancarias de las empresas de acuerdo con el siguiente listado, las cuales se encuentran activas en el

TOTAL $ 8.557.343.200

Parágrafo. Los mencionados recursos se transferirán a las cuentas bancarias de las empresas de acuerdo con el siguiente listado, las cuales se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF y fueron debidamente validadas por el Grupo de Ejecuciones Presupuestales de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía Artículo 3. Comunicación. Por la Dirección de Hidrocarburos comunicar el presente acto administrativo a las empresas relacionadas en esta actuación administrativa. Artículo 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de Junio de 2025. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Página 4 de 5Julián Flórez Quiroga Director Dirección de Hidrocarburos Documento firmado electrónicamente amparado en las disposiciones referidas por la Ley 527 de 1999.

Elaboró: Dolly Ivon Ramírez Romero Revisó: Julián David Sterling Olave, Carlos Julio Arciniegas Cardozo, Jorge Alirio Ortiz Tovar

Aprobó: Julián Flórez Quiroga Página 5 de 5

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