MINMINAS - Resolución 00958 de 2025

Ministerio de Minas y Energia

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 00958 de 2025
Autor
Ministerio de Minas y Energia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 00958 DE 2025

(24 Junio 2025) “Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Adquisición de Bienes y Servicios de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al memorando con radicado No. 3-2025-023792” EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas mediante el último inciso del artículo 19 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, el artículo 2.8.1.5.3. del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, en concordancia con las delegadas a través del artículo 1° de la Resolución 40408 del 30 de septiembre del 2024, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, se decretó el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2025. Que mediante Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2025, se detallan las apropiaciones y se clasifican los gastos. Que el artículo 67 del Decreto 111 de 15 de enero de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto, señala que corresponde al gobierno dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, el cual deberá incluir un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo.

Presupuesto, señala que corresponde al gobierno dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, el cual deberá incluir un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo.

Que el artículo 2.8.1.5.3 del Decreto 1068 de 2015 establece que las entidades podrán realizar asignaciones internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidación en sus dependencias, seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestión, sin que las mismas impliquen cambios en su destinación. Estas desagregaciones deberán realizarse conforme a lo establecido en el Catálogo de Clasificación Presupuestal establecido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional. Que el último inciso del artículo 19 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, establece que, el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto, podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales, a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF - Nación, y para su validez no requerirán aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, ni del previo concepto favorable por parte del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, ni del previo concepto favorable por parte del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas. Que mediante la Resolución 0002 del 20 de marzo de 2024, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público establece el Catálogo de Clasificación Presupuestal como sistema estructurado de codificación para la gestión de las finanzasContinuación de la Resolución ““Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Adquisición de Bienes y Servicios de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al memorando con radicado No. 32025-023792”” públicas, la cual se utiliza para identificar las operaciones presupuestales de ingreso y de gasto en las diferentes etapas del proceso. Que mediante el artículo 1 de la Resolución 40408 de 2024, El Ministro de Minas y Energía de la época, delegó en el Secretario General del Ministerio de Minas y Energía la facultad de expedir todos los actos administrativos relacionados con las desagregaciones del presupuesto y sus modificaciones. Que mediante Resolución 00005 del 2 de enero de 2025, el Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, efectuó desagregación de las cuentas de Gastos de Personal, Adquisición de Bienes y Servicios, Transferencias Corrientes, Gastos por Tributos, Multas, Sanciones e Intereses de Mora y Servicio de la Deuda Pública del Presupuesto de Funcionamiento y Deuda Pública del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025.

por Tributos, Multas, Sanciones e Intereses de Mora y Servicio de la Deuda Pública del Presupuesto de Funcionamiento y Deuda Pública del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025. Que la Coordinadora de Grupo de Gestión Administrativa de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía, solicitó realizar un traslado presupuestal entre rubros desagregados de la cuenta de Adquisición de Bienes y Servicios del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, asignado para la vigencia 2025, con la finalidad de contar con los recursos que amparan los procesos al interior de la entidad, solicitud efectuada mediante oficio con radicado No. 3-2025-023792 del 20 de junio de 2025 por valor de DOSCIENTOS CINCO MILLONES CINCUENTA Y

SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE

($205.057.898,00) discriminados así: Rubro Rec . Descripción Crédito Contracrédito A 02 02 01 002 003 10 Productos De Molinería, Almidones Y Productos Derivados Del Almidón; Otros Productos Alimenticios $ 13.652.690,00 A 02 02 01 002 007 10 Artículos Textiles (Excepto Prendas De Vestir) $ 209.000,00 A 02 02 01 003 002 10 Pasta O Pulpa, Papel Y Productos De Papel; Impresos Y Artículos Relacionados $ 924.400,00 A 02 02 01 003 005 10 Otros Productos Químicos; Fibras

Pasta O Pulpa, Papel Y Productos De Papel; Impresos Y Artículos Relacionados $ 924.400,00 A 02 02 01 003 005 10 Otros Productos Químicos; Fibras Artificiales (O Fibras Industriales Hechas Por El Hombre) $ 495.800,00 A 02 02 01 003 006 10 Productos De Caucho Y Plástico $ 1.050.400,00 A 02 02 01 003 007 10 Vidrio Y Productos De Vidrio Y Otros Productos No Metálicos N.C.P. $ 2.320.000,00 A 02 02 01 003 008 10 Otros Bienes Transportables N.C.P. $ 1.499.760,00 A 02 02 01 004 002 10 Productos Metálicos Elaborados (Excepto Maquinaria Y Equipo) $ 1.368.800,00 A 02 02 01 004 005 10 Maquinaria De Oficina, Contabilidad E Informática $ 1.049.800,00 A 02 02 01 004 006 10 Maquinaria Y Aparatos Eléctricos $ 30.000,00 A 02 02 02 006 005 10 Servicios De Transporte De Carga $ 950.000,00 A 02 02 02 007 001 10 Servicios Financieros Y Servicios Conexos $ 206.350,00 A 02 02 02 008 002 10 Servicios Jurídicos Y Contables $71.674.449,00 A 02 02 02 008 003 10 Servicios Profesionales, Científicos Y Técnicos (Excepto Los Servicios De Investigación, Urbanismo, Jurídicos Y De Contabilidad)

A 02 02 02 008 003 10 Servicios Profesionales, Científicos Y Técnicos (Excepto Los Servicios De Investigación, Urbanismo, Jurídicos Y De Contabilidad) $ 66.674.449,00 A 02 02 02 008 005 10 Servicios De Soporte   $205.057.898,00 Página 2 de 5Continuación de la Resolución ““Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Adquisición de Bienes y Servicios de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al memorando con radicado No. 32025-023792”” A 02 02 02 008 007 10 Servicios De Mantenimiento, Reparación E Instalación (Excepto Servicios De Construcción) $ 41.000.000,00 A 02 02 02 008 009 10 Otros Servicios De Fabricación; Servicios De Edición, Impresión Y Reproducción; Servicios De Recuperación De Materiales $ 1.952.000,00

TOTAL $205.057.898,00 $205.057.898,00

Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1.- Efectuar el traslado presupuestal entre rubros desagregados de la cuenta de Adquisición de Bienes y Servicios, del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, vigencia 2025 por la suma de DOSCIENTOS CINCO MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL

OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($205.057.898,00) de la siguiente

2025 por la suma de DOSCIENTOS CINCO MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL

OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($205.057.898,00) de la siguiente manera: UNIDAD 2101 01 – GESTIÓN GENERAL

TIPO CTA SUBC OBJ OR

D SUBOR REC DESCRIPCIÓN CONTRACRÉDITO CRÉDITO A 02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS $ 205.057.898,00 $ 205.057.898,00

A 02 02 ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS A 02 02 01 MATERIALES Y SUMINISTROS $ 22.600.650,00

A 02 02 01 002

PRODUCTOS ALIMENTICIOS,

BEBIDAS Y TABACO; TEXTILES,

PRENDAS DE VESTIR Y

PRODUCTOS DE CUERO

$ 13.861.690,00 A 02 02 01 002 003 10

PRODUCTOS DE MOLINERÍA,

ALMIDONES Y PRODUCTOS

DERIVADOS DEL ALMIDÓN; OTROS

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

$ 13.652.690,00

A 02 02 01 002 007 10 ARTÍCULOS TEXTILES (EXCEPTO

PRENDAS DE VESTIR) $ 209.000,00

A 02 02 01 003

OTROS BIENES TRANSPORTABLES

(EXCEPTO PRODUCTOS

METÁLICOS, MAQUINARIA Y

EQUIPO)

$ 6.290.360,00 A 02 02 01 003 002 10

PASTA O PULPA, PAPEL Y

PRODUCTOS DE PAPEL; IMPRESOS

Y ARTÍCULOS RELACIONADOS

$ 924.400,00

$ 6.290.360,00 A 02 02 01 003 002 10

PASTA O PULPA, PAPEL Y

PRODUCTOS DE PAPEL; IMPRESOS

Y ARTÍCULOS RELACIONADOS

$ 924.400,00 A 02 02 01 003 005 10

OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS;

FIBRAS ARTIFICIALES (O FIBRAS

INDUSTRIALES HECHAS POR EL

HOMBRE)

$ 495.800,00 Página 3 de 5Continuación de la Resolución ““Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Adquisición de Bienes y Servicios de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al memorando con radicado No. 32025-023792”” A 02 02 01 003 006 10 PRODUCTOS DE CAUCHO Y PLÁSTICO $ 1.050.400,00 A 02 02 01 003 007 10

VIDRIO Y PRODUCTOS DE VIDRIO Y

OTROS PRODUCTOS NO

METÁLICOS N.C.P.

$ 2.320.000,00

A 02 02 01 003 008 10 OTROS BIENES TRANSPORTABLES N.C.P. $ 1.499.760,00

A 02 02 01 004 PRODUCTOS METÁLICOS Y

PAQUETES DE SOFTWARE $ 2.448.600,00

A 02 02 01 004 002 10

PRODUCTOS METÁLICOS

ELABORADOS (EXCEPTO

MAQUINARIA Y EQUIPO)

$ 1.368.800,00

A 02 02 01 004 005 10 MAQUINARIA DE OFICINA,

PRODUCTOS METÁLICOS

ELABORADOS (EXCEPTO

MAQUINARIA Y EQUIPO)

$ 1.368.800,00

A 02 02 01 004 005 10 MAQUINARIA DE OFICINA,

CONTABILIDAD E INFORMÁTICA $ 1.049.800,00

A 02 02 01 004 006 10 MAQUINARIA Y APARATOS ELÉCTRICOS $ 30.000,00

A 02 02 02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS $ 205.057.898,00 $ 182.457.248,00

A 02 02 02 006

COMERCIO Y DISTRIBUCIÓN;

ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE

SUMINISTRO DE COMIDAS Y

BEBIDAS; SERVICIOS DE

TRANSPORTE; Y SERVICIOS DE

DISTRIBUCIÓN DE ELECTRICIDAD,

GAS Y AGUA

$ 950.000,00

A 02 02 02 006 005 10 SERVICIOS DE TRANSPORTE DE CARGA $ 950.000,00

A 02 02 02 007

SERVICIOS FINANCIEROS Y

SERVICIOS CONEXOS, SERVICIOS

INMOBILIARIOS Y SERVICIOS DE

LEASING

$ 206.350,00

A 02 02 02 007 001 10 SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS CONEXOS $ 206.350,00

A 02 02 02 008

SERVICIOS PRESTADOS A LAS

EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN $ 205.057.898,00 $ 181.300.898,00

A 02 02 02 008 002 10 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES $ 71.674.449,00

EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN $ 205.057.898,00 $ 181.300.898,00

A 02 02 02 008 002 10 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES $ 71.674.449,00

A 02 02 02 008 003 10

SERVICIOS PROFESIONALES,

CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS

(EXCEPTO LOS SERVICIOS DE

INVESTIGACION, URBANISMO,

JURÍDICOS Y DE CONTABILIDAD)

$ 66.674.449,00

A 02 02 02 008 005 10 SERVICIOS DE SOPORTE $ 205.057.898,00

A 02 02 02 008 007 10

SERVICIOS DE MANTENIMIENTO,

REPARACIÓN E INSTALACIÓN

(EXCEPTO SERVICIOS DE

CONSTRUCCIÓN)

$ 41.000.000,00 A 02 02 02 008 009 10

OTROS SERVICIOS DE

FABRICACIÓN; SERVICIOS DE

EDICIÓN, IMPRESIÓN Y

REPRODUCCIÓN; SERVICIOS DE

RECUPERACIÓN DE MATERIALES

$ 1.952.000,00 Página 4 de 5Continuación de la Resolución ““Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Adquisición de Bienes y Servicios de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al memorando con radicado No. 32025-023792”” Artículo 2.- Con base en el traslado mencionado en el artículo primero de la presente resolución, el Coordinador del Grupo de Presupuesto de la

2025-023792”” Artículo 2.- Con base en el traslado mencionado en el artículo primero de la presente resolución, el Coordinador del Grupo de Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y EnergíaUnidad Gestión General o quien este delegue, efectuará el registro de este en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIFNación, de acuerdo con los requerimientos de la Entidad y a fin de conseguir un ágil y eficiente manejo de la ejecución presupuestal. Artículo 3.- La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de Junio de 2025.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Elkin Leonardo Pérez Zambrano Secretario General Secretaría General Documento firmado electrónicamente amparado en las disposiciones referidas por la Ley 527 de 1999.

Elaboró: Rafael Martínez Movilla Revisó: María Paula Arévalo Cabra, Sindy Tatiana Montoya Lopez, Mario Andrés Castañeda Quiñonez, Pablo Cesar Pacheco Rodríguez, Alberto Mario De La Ossa de Avila, Claudia Janeth Sierra Tovar

Aprobó: Elkin Leonardo Pérez Zambrano Página 5 de 5

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