MINMINAS - Resolución 01250 de 2025

Ministerio de Minas y Energia

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 01250 de 2025
Autor
Ministerio de Minas y Energia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 01250 DE 2025

(25 Julio 2025) “Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Gastos de Personal del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al Memorando con radicado No. 3-2025-027717” EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas mediante el último inciso del artículo 19 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, el artículo 2.8.1.5.3. del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, en concordancia con las delegadas a través del artículo 1° de la Resolución 40408 del 30 de septiembre del 2024, y CONSIDERANDO: Que el artículo 208 de la Constitución Política establece que los ministros son los jefes de la administración en su respectiva dependencia y, bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley. Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia dispone que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que el artículo 211 de la Constitución Política indica que "La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas,

funciones”.

Que el artículo 211 de la Constitución Política indica que "La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, Superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en Sus Subalternos o en otras autoridades. (...)" Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 desarrolla el principio de delegación administrativa, disponiendo que los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, directores, gerentes y representantes legales de entidades descentralizadas, podrán mediante acto escrito delegar el ejercicio de funciones a ellos asignadas por la ley o el reglamento, en sus subalternos o en otras autoridades administrativas. Que mediante Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, se decretó el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2025. Que mediante Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2025, se detallan las apropiaciones y se clasifican los gastos.Continuación de la Resolución ““Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Gastos de Personal del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al Memorando con radicado No. 32025-027717””

la cuenta de Gastos de Personal del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al Memorando con radicado No. 32025-027717”” Que el artículo 67 del Decreto 111 de 15 de enero de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto, señala que corresponde al gobierno dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, el cual deberá incluir un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo. Que el artículo 2.8.1.5.3 del Decreto 1068 de 2015 establece que las entidades podrán realizar asignaciones internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidación en sus dependencias, seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestión, sin que las mismas impliquen cambios en su destinación. Estas desagregaciones deberán realizarse conforme a lo establecido en el Catálogo de Clasificación Presupuestal establecido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional. Que el último inciso del artículo 19 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, establece que, el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto, podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, secciona les o regionales, a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF - Nación, y para su validez no

facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF - Nación, y para su validez no requerirán aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, ni del previo concepto favorable por parte del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas. Que mediante el artículo 1o de la Resolución 40408 de 2024, El Ministro de Minas y Energía de la época, delegó en el Secretario General del Ministerio de Minas y Energía la facultad de expedir todos los actos administrativos relacionados con las desagregaciones del presupuesto y sus modificaciones. Que mediante la Resolución 0002 del 20 de marzo de 2024, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público establece el Catálogo de Clasificación Presupuestal como sistema estructurado de codificación para la gestión de las finanzas públicas, la cual se utiliza para identificar las operaciones presupuestales de ingreso y de gasto en las diferentes etapas del proceso. Que mediante Resolución 00005 del 2 de enero de 2025, el Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, efectuó desagregación de las cuentas de Gastos de Personal, Adquisición de Bienes y Servicios, Transferencias Corrientes, Gastos por Tributos, Multas, Sanciones e Intereses de Mora y Servicio de la Deuda Pública del Presupuesto de Funcionamiento y Deuda Pública del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025.

Sanciones e Intereses de Mora y Servicio de la Deuda Pública del Presupuesto de Funcionamiento y Deuda Pública del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia fiscal 2025. Que la Subdirección de Talento Humano solicitó realizar un traslado presupuestal entre rubros desagregados de la cuenta de Gastos de Personal del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, asignado para la vigencia 2025, en razón a que presentan valores deficitarios para el pago de prima de servicios y vacaciones de los exfuncionarios dentro de la actual vigencia fiscal, solicitud efectuada mediante oficio con radicado No. 3-2025-027717 del 16 de julio de 2025, por valor de TRESCIENTOS MILLONES M/CTE ($300.000.000) discriminados así: Página 2 de 4Continuación de la Resolución ““Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Gastos de Personal del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al Memorando con radicado No. 32025-027717”” Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1.- Efectuar el traslado presupuestal entre rubros desagregados de la cuenta Gastos de Personal, del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, vigencia 2025 de la siguiente manera: UNIDAD 2101 01 – GESTIÓN GENERAL Artículo 2.- Con base en el traslado mencionado en el artículo primero de la presente resolución, el Coordinador del Grupo de Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía - Unidad Gestión General o quien este

Artículo 2.- Con base en el traslado mencionado en el artículo primero de la presente resolución, el Coordinador del Grupo de Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía - Unidad Gestión General o quien este delegue, efectuará el registro de este en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIFNación, de acuerdo con los requerimientos de la Entidad y a fin de conseguir un ágil y eficiente manejo de la ejecución presupuestal. Página 3 de 4Continuación de la Resolución ““Por la cual se efectúa un traslado entre rubros desagregados de la cuenta de Gastos de Personal del Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, para la vigencia 2025 conforme al Memorando con radicado No. 32025-027717”” Artículo 3.- La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de Julio de 2025.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Elkin Leonardo Pérez Zambrano Secretario General Secretaría General Documento firmado electrónicamente amparado en las disposiciones referidas por la Ley 527 de 1999.

Elaboró: Maria Del Pilar Sanabria Suarez Revisó: Elkin Leonardo Pérez Zambrano, Mario Andrés Castañeda Quiñonez, Claudia Janeth Sierra Tovar, Omar Carmona Arias, Lelis Francisco Forero Sánchez, Pablo Cesar Pacheco Rodríguez

Aprobó: Elkin Leonardo Pérez Zambrano Página 4 de 4

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