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MINMINAS - Resolución 01926 de 2022

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 01926 de 2022
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2022

Firefox about: blank Repúblicad e Colombia libertyoO { rden

MINISTERIOD E MINASY ENERGIA RESOLUCIÓN NÚMERO 01926 DE 2022 (13 Diciembre 2022) Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI - causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y J de 2022 y pago parcial correspondiente a /os trimestres II y JI/ de 2022, con cargo al FSSRI EL SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En ejercicio de la función delegada mediante la Resolución 4 0548 de 2019, modificada por la Resolución 4 021 O de 2022, y en atención a los siguientes

CONSIDERANDOS

1. Normativos

A. El "Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos" -FSSRIQue el artículo 368 de la Constitución Política de Colombia establece que la Nación, entre otros, podrá conceder subsidios, en sus respectivos presupuestos, para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas.

Que mediante el artículo 89.3. de la Ley 142 de 1994, "por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones", se creó el "Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos" -FSSRI-, respecto de los servicios de energía eléctrica y gas . con el objeto de dar subsidios que permitan generar, distribuir y transportar

energía eléctrica y gas combustible a usuarios de estratos bajos, y expandir la cobertura en las zonas rurales preferencialmente para incentivar la producción de alimentos y sustituir combustibles derivados del petróleo. Que conforme al artículo 2.2.3.2.6.1.1. del Decreto 1073 de 2015, el FSSRI de que trata el artículo 89.3 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 4 de la Ley 632 de 2000 es un fondo cuenta especial de manejo de recursos públicos, sin personería jurídica, sujeto a las normas y procedimientos establecidos en la Constitución Nacional, el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación y las demás normas legales vigentes; cuenta en la cual se incorporarán en forma separada y claramente identificable para cada uno de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible distribuido por red física, los recursos provenientes de los excedentes de la contribución de solidaridad una vez se apliquen para el pago de la totalidad de los subsidios requeridos en las respectivas zonas territoriales. Que en el artículo 2.2.3.2.6.1.4. del Decreto 1073 de 2015 se establece el Procedimiento interno, mediante el cual, las entidades prestadoras de servicios públicos, efectuarán y enviarán trimestralmente al Ministerio de Minas y Energía, la conciliación de sus cuentas de subsidios y contribuciones de solidaridad, de conformidad con lo dispuesto en este artículo y la metodología establecida por el Ministerio de Minas y Energía. 1 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

Firefox about: blank

B. Pago de subsidios en ZNI Que el artículo 1º de la Ley 855 de 2003, establece que "( ... ) para todos los efectos relacionados con la prestación del servicio público de energía eléctrica se entiende por Zonas No Interconectadas a los municipios, corregimientos, localidades y caseríos no conectados al Sistema Interconectado Nacional - SIN. Parágrafo 1º . Las áreas geográficas que puedan interconectarse a este sistema en condiciones ambientales, económicas y financieras viables y sostenibles, se excluirán de las Zonas No Interconectadas, cuando empiecen a recibir el Servicio RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hoja2 de 11

Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI - causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y I de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres II y III de 2022, con cargo al FSSRI" de Energía Eléctrica del SIN, una vez se surtan los trámites correspondientes y se cumplan los términos establecidos en la regulación vigente establecida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG." Que el numeral 99.1O del artículo 99 idem establece que los subsidios del sector eléctrico para las zonas no interconectadas se otorgarán a los usuarios en las condiciones y porcentajes que defina el Ministerio de Minas y Energía, considerando la capacidad de pago de los usuarios en estas zonas. Los subsidios mencionados en este artículo no podrán ser girados a los

prestadores del servicio que no hayan reportado oportunamente la información solicitada a través del Sistema Único de Información (SUI). Que el artículo 2.2.3.2.6.1.8 del Decreto 1073 de 2015 indicó que el Ministerio de Minas y Energía es el encargado de definir los criterios con los cuales el Gobierno Nacional asignará los recursos del Presupuesto Nacional y del Fondo de Solidaridad de Subsidios y Redistribución de Ingresos, destinados a sufragar los subsidios. Que respecto de la vigilancia sobre la destinación de los subsidios girados a través de la presente Resolución, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos DomiciliariosSSPD, según lo dispuesto en el artículo 79.7 de la Ley 142 de 1994, "vigilar que los subsidios presupuestales que la Nación, los departamentos y los municipios destinan a las personas de menores ingresos, se utilicen en la forma prevista en las normas pertinentes". Que con el fin de que el Ministerio pueda fortalecer la verificación respecto del uso de los recursos asignados en calidad de subsidios a las Empresas Prestadoras del Servicio, desde el mes de julio de 2019, el Centro Nacional de Monitoreo (CNM) ha reportado semanalmente al Ministerio de Minas y Energía un informe sobre la prestación del servicio en las ZNI para las localidades que cuentan con telemetría, en el cual se detallan las horas efectivas de prestación del servicio en cada localidad. Que el Ministerio de Minas y Energía, mediante la Resolución 182138 del 26 de diciembre de 2007, modificada por las Resoluciones 180648 de 2008, 180660 de 2009, y 91874 de 2012, fijó

el procedimiento para otorgar los subsidios del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas. Mediante la Resolución 40239 de 2022 del 13 de julio de 2022 se estableció el procedimiento y los criterios para la distribución y giro de subsidios para el servicio público de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas, y se derogó la Resolución 182138 de 2007. 2 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

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2. Respecto a la gestión de distribución de subsidios por parte de la Dirección de Energía Eléctrica Que conforme al artículo 16 del Decreto 381 de 2012, es función de la Dirección de Energía Eléctrica: "15. Elaborar presupuesto para los subsidios del sector eléctrico, gestionar su distribución y hacer seguimiento a la ejecución." Que mediante memorando interno dirigido al Subdirector Administrativo y Financiero, con radicado 3-2022-029619 del 02 de diciembre de 2022, el Director de Energía Eléctrica hace las siguientes declaraciones como soporte para expedir la presente resolución: ( ... )

A. PAGOS DE SUBSIDIOS CON BASE EN VALIDACIONES INICIALES PARA EL CUARTO TRI

MESTRE DE 2020 Y PRIMER TRIMESTRE DE 2022.

RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hoja3 de 11

Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI - causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y I de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres II y III de

2022, con cargo al FSSRI" distribuidores mayoristas de combustible. Se tuvieron en cuentas las siguientes resoluciones: Tabla 1. Resoluciones pago parcial de subsidios en cada trimestre. . Trimestre Resoluciones . IV trimestre 2020 . 411105 del 26/11/2020 . 411177 del 14/12/2020 . 410105 del 9/02/2021 . . . 1t rimestre 2022 00446 del 08/03/2022 . 00717 del 01/04/2022, corregida con . Resolución. . 00757 del 08/04/2022. . 00824 del 02/05/2022 . . 01170 del 01/07/2022 . 11t rimestre 2022 . 00977 del 02-02-2022. . 01173 del 07-05-2022 . . 01168 del 01-07-2022 . . 01299 del 02-08-2022 . . 01438 del 01-09-2022 . . 01518 del 26-09-2022 . 111tr imestre 2022 . 01438 del 01-09-2022. 01518 del 26-09-2022 . 01696 del 04--11-2022.

3. La distribución cumple con el Procedimiento para otorgar subsidios del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas, establecido en la Resolución 182138 del 26 de diciembre de

2007.

4. El Ministerio de Minas y Energía expidió, el día 13 de julio de 2022, la Resolución 40239 de

2022, por la cual se establece el procedimiento y los criterios para la distribución y giro de subsidios para el servicio público de energía eléctrica en las ZNI que deroga las Resoluciones 182138 de 2007, entre otras. No obstante, se aclara que, toda vez que los subsidios validados mediante la presente distribución se causaron en el cuarto trimestre de 2020 y primer trimestre de 2022, la presente solicitud de expedición de la Resolución que ordena el giro de los subsidios de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas - ZNI, se realiza con base en los límites y metodología establecida en la Resolución 182138 de 2007.

5. Se verificó que los prestadores del servicio hubiesen cumplido con la obligación de reporte de información en el Sistema Único de Información (SUI), en los términos fijados en la Circular Externa Conjunta No. 20201000000304 del 18 de noviembre de 2020, de la S1mpr,:;pruir.in,:; v rlPI MinPnPrní~ 1 n ;rntPrinr Pn r.11mnlimiPntn rlP In p,:;t~hlPr.irln Pn PI inr.i,:;n 3 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

Firefox about: blank segundo del numeral 99.1 O del artículo 99 de la Ley 142 de 1994.

La verificación se realizó con el reporte que fue remitido por parte de la Superservicios con número de radicado Minenergía 1-2022-046759 del 23 de noviembre de 2022 y las novedades consultadas, por este Ministerio, en el SUI los días 24 y 25 de noviembre de 2022.

6. La distribución de recursos de subsidios validados beneficia a un promedio total de usuarios de 10.903, que corresponden a los periodos a pagar, los cuales se encuentran detallados por cada prestador en cada localidad, de acuerdo con lo información reportada en el SUI.

A pesar de que a la fecha ya se expidieron resoluciones de pagos de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico a los Prestadores para cuarto trimestre del 2020 y primer trimestre de 2022, se aclara que, para la fecha de expedición de estas resoluciones algunas empresas no cumplían con todos los requisitos de ley y/o presentaban inconsistencias en la validación de información; por lo que, la DEE del Minenergía no las tuvo en cuenta en su momento en RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hoja4 de 11 Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI - causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y I de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres II y III de 2022, con cargo al FSSRI" • E.S. P. DE ENERGIA ELECTRICA DE BAJO BAUDO PIZARRO S.A.: Se valida el primer trimestre del 2022, en razón a que realizó el cargue de información al SUI y fue posible realizar la liquidación de subsidios. • GENDECAR S.A. E.S.P.: Se valida el cuarto trimestre del 2020 para los tres municipios que atiende esta empresa, teniendo en cuenta que se tomó la información del Centro Nacional de Monitoreo - CNM, debido a las diferencias de

información reportada SUI. Lo anterior, conforme a lo indicado en los oficios de validación inicial remitidos al Prestador mediante los radicados 2-2022-028814, 22022-028824 y 2-2022-028825 del 28 de noviembre del 2022. • MUNICIPIO DE SIPÍ: Se valida el primer trimestre del 2022, en razón a que realizó el cargue de información al SUI y fue posible realizar la liquidación de subsidios. • E.A.T. ELECTRIFICADORA DE LA ZONA URBANA Y RURAL DE CHOCO: Se valida el primer trimestre del 2022, en razón a que realizó el cargue de información al SUI y fue posible realizar la liquidación de subsidios.

7. En la presente distribución de recursos, se incluyen las empresas que están al día con el cargue de información en el SUI, que han dado cumplimiento a los requerimientos de información establecidos en la Circular 40017 de 2022 sobre los sistemas de medición y a los demás requerimientos realizados por este Ministerio.

B. PAGO PARCIAL SEGUNDO Y TERCER TRIMESTRE 2022.

Debido a que la página del SUI presentó inconvenientes técnicos que impidieron a esta Dirección efectuar la validación inicial del segundo y tercer trimestre de 2022, se resuelve distribuir un pago parcial, respecto a dichos periodos, en virtud de lo establecido en el artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015.

1. Para aquellos prestadores del serv1c10a los cuales no se le realizaron giros parciales destinados a la adquisición de electrocombustible, se proyectó un pago parcial de subsidios por el 50% del valor del último trimestre validado. Por otro lado, a los prestadores a los

cuales se les realizó pagos parciales destinados a la adquisición de electrocombustible, se proyectó el pago parcial por el 80% del valor del último periodo validado, descontando los pagos parciales de subsidios efectuados a través de las resoluciones señaladas en la Tabla 1 de esta comunicación. Lo anterior, en conformidad con los límites establecidos en el artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015. Asimismo, se deja en claro que estas empresas se encontraban al día en el cargue de información en el SUI, según comunicación Minenergía 1-2022-046759 del 23 de noviembre 4 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

Firefox about: blank - - de 2022 y las novedades consultadas, por este Ministerio, en el SUI los días 24 y 25 de noviembre de 2022.

2. Esta distribución se encuentra detallada en el Anexo 2B.: DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS

SUBSIDIOS ZNI POR PRESTADOR.

3. A la fecha, para los Prestadores del Servicio que se relacionan en la Tabla 2, no se ha realizado el reconocimiento de pagos parciales de subsidios para la adquisición de electrocombustible, teniendo en cuenta que no se encontraban al día en el cargue de información al SUI. Sin embargo, actualmente dichos Prestadores subsanaron los pendientes de cargue de información al SUI, por lo cual, los valores de pagos parciales de subsidios para la adquisición de electrocombustible serán girados en las próximas resoluciones que se expidan para reconocer dicho concepto, en virtud de la cesión vigente de recursos del

Prestador al Distribuidor Mayorista de Combustible. Así las cosas, a continuación, se relacionan los Prestadores a los cuales se les descontará el - - . - RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hojas de 11 Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI - causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y I de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres II y III de 2022, con cargo al FSSRI"

TRIRADICADO

EMPRESA MUNICIPIO MESAÑO MES AUTORIZAVALOR($)

TRE CIÓN

COOPERATIVA DE SERVICIOS LÓPEZ DE MI1-2022132.618.91 2 2022 Junio

PÚBLICOS DE LOPEZ DE MICAY CAY 012592 6

132.618.91 Agosto

E.S.P. DE ENERGIA ELECTRICA BAJO BAUDOY 1-20226

3 2022

DE BAJO BAUDO PIZARRO SA MEDIO BAUDO Sep024898 124.296.994 tiembre BAJO BAUDO 1-202230.756.224 2 2022 Junio

013880

NOVITA 22.114.568

Julio 22.832.797

PRESTADORA DE SERVICIOS PUBAJO BAUDO Agosto 31.755.114

BUCOS Y ENERGIA EN ZONAS

NO INTERCONECTADAS E.S.P. Sep20.811.221

SAS 3 2022 tiembre 1-2022Julio 024750 31.755.116

NOVITA Agosto 22.832.797 Sep14.963.839 tiembre Por lo anterior, los montos descritos en la Tabla 2 que fueron cedidos por parte de los Prestadores del Servicio a favor de los Distribuidores Mayoristas serán descontados de la proyección del pago parcial de subsidios para el segundo y tercer trimestre de 2022, como se detalla en el ANEXO 2B: DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS SUBSIDIOS ZNI POR PRESTADOR, toda vez que serán reconocidos directamente a los Distribuidores Mayoristas en las próximas resoluciones de pago.

4. De acuerdo con lo comunicado en la Circular 40017 de 2022, expedida por el Viceministerio de Energía, se verificó que las empresas dieran cumplimiento a la remisión de información e implementación de los planes para la instalación de medidores.

5. Ninguna de las localidades objeto de la distribución de subsidios, anexa a esta comunicación, se encuentra interconectada y en operación con el Sistema Interconectado Nacional (SIN), según la información disponible y aportada por parte de las empresas prestadoras del servicio.

6. Mediante los radicados listados en el Anexo 3, se presentaron los oficios de validaciones de las cuentas de subsidios de los trimestres a reconocer para cada una de las empresas relacionadas en la presente recomendación de pago. 5 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

Firefox about: blank , . uue 10s resu1raaos presemaaos en 10so nc1osa e va11aac1onees sran aaaos sin per1u1c1a0e 10s efectos derivados de la vigilancia y control que le compete a la Superservicios, de

conformidad con lo establecido en la Ley 142 de 1994 y demás normatividad aplicable y que eventualmente podrán generar ajustes posteriores. Con lo anteriormente mencionado, esta Dirección ha realizado todo el procedimiento necesario, para poder reconocer los pagos y la distribución acá propuesta, cumple con los requisitos para proceder a su autorización para el proceso de pago. Por lo anterior, solicitamos la expedición de la resolución que ordena el pago, por haberse agotado todo el procedimiento y cumplido con los requisitos, de acuerdo con el siguiente detalle: Tabla 3. Relación de empresas v valores a reconocer en la resolución

DV NIT DEPARTAITEM ID EMPRESA (TERCERO) MUNICIPIO VALOR($)

NIT TERCERO MENTO

COMPANIA DE SERVICIOS PUBLI1

260,8,

1 900519539 COS DOMICILIARIOS DE BOJAYÁ CHOCO BOJAYÁ 70.498.139

RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hoja6 de 11

Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores -ZNItarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres I II y III de 2022, con cargo al FSSRI"

DV NIT DEPARTAITEM ID EMPRESA (TERCERO) MUNICIPIO VALOR($)

NIT TERCERO MENTO

LLE DEL

2 S.A. ESP NAVENTURA

CAUCA

4499 ELECTRIFICADORA ENTRE RÍOS VALLE DEL BUENAVENTU7 3 901296315 152.545.244

7 S.A.S. E.S.P. CAUCA RA EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABA2604 JO DE PRESTACION DE SERVICIOS SANANDRES 8 o 2 900499975 PUBLICOS DE BOCAS DE CURAY NARIÑO DETUMACO 31.819.031 E.S.P.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABASANANDRES 9 3027 4 840000620 JO ELECTRIFICADORA DE SAN NARIÑO 39.789.779

DE TUMACO

JUAN DE LA COSTA E.S.P.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABA10 3483 2 900963765 JO ELECTRIFICADORA DEL PACIFIVALLE DEL BUENAVENTU255.085.762

3 CAUCA RA

COSUR EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAMOSQUERN 11 268 o1 5 900702684 J EO

.A E .TN .

E -ER NG EIA

R OD LE A

YO AL A HY EA

R

H RE ER RR AE RA NARIÑO OLAYA HE342.759.307

RRERA E.S.P. EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO PARA LA PRESTACIÓN DE SER3813 VICIOS DE ENERGÍA ACUEDUCTO, SANTA BAR12 4 1 901091586 ALCANTARILLADO Y ASEO DEL FUNARIÑO SARA 186.654.508

TURO DEL MUNICIPIO DE SANTA

BARBARA ISCUANDE NARIÑO EN

LA COSTA PACIFICA COLOMBIANA EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Y LA PRESTACIÓN DEL SERVI4307 13 6 4 901209425 CIO DE ENERGÍA EN LA ZONA RUNARIÑO LA TOLA 5.924.007

RAL DEL MUNICIPIO DE LA TOLA NARIÑO EMPRESA DE ACUEDUCTO ALCAN14 2727 7 900715327 TARILLADO Y ASEO Y PUTUMAYO PUERTO GUZ33.525.479

1 ENERGÍA DE PUERTO GUZMÁN S.A MAN

E.S.P EMPRESA DE ENERGIA DE LA 15 322 o0 5 900930893 Z RO RN OA RURAL DE FRANCISCO PIZANARIÑO FR PA IZN AC RI RSC OO 110.853.073 16 1809 1 818000166 EMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA CHOCÓ NUQUI 366.751.720 DE NUQUI E.S.P. S.A PUERTO CAEMPRESA DE ENERGIA ELECTRICA RREÑO, CU17 3212 8 842000155 DEL DEPARTAMENTO DEL VICHAVICHADA MARIBOY 2.471.896.940

DAS.A SANTA ROSALIA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLI18 2811 o 900787764 COS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL CAUCA LOPEZ DE MI136.229.702

1 CAY-TIMBIQUI CAUCASA ESP 6 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

Firefox about:blank 3219 EMPRESA DE SERVICIOS PUBLI19 9 900927089 CHOCÓ ALTO BAUDO 143.397 .302

4 COS DEL AL TO BAUDO E.S.P. S.AS.

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLI2294 20 5 900304017 COS DOMICILIARIO DE UNGUIA S.A CHOCÓ UNGUIA 413.634.408

1 E.SP.

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLI4183 VALLE DEL BUENAVENTU21 8 901164452 COS ENERGIZAR DEL PACIFICO 162.245.193

6 CAUCA RA

S.A. E.SP.

EMPRESA MUNICIPAL DE SERVIVIGIADEL 22 1930 8 811008775 CIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ANTIOQUIA FUERTE-QUIB378.579.004

VIGIA DEL FUERTE DÓ 2279 GENDECAR S.A E SP. -MUNICIPIO CARTAGENA 23 4 900282370 CAQUETA 75.653.093

1 CARTAGENA DEL CHAIRA DEL CHAIRA 2279 GENDECAR S.A E.S.P. -MUNICIPIO SAN VICENTE 23 4 900282370 CAQUETA 146.798.098

1 SAN VICIENTE DEL CAGUAN DELCAGUAN 2279 GENDECAR S.A E.S.P. -MUNICIPIO 23 4 900282370 CAQUETA SOLANO 85.661.674

1 SOLANO 2204 ?4 - 8 8ílílíl7017S MIINlr.lPIO nF RO.IAYA r.Hor.ó RO.IAYÁ 9S 1?7 910

RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hoja7 de 11

Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI - causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y I de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres II y III de 2022, con cargo al FSSRI" ITEM 1 ID 1 NDIVT I TERNCITE RO 1 EMPRESA (TERCERO) 1 DE MP EA NR TT OA - 1 MUNICIPIO VALOR($)

TOTAL 8.126.288.162

TOTAL 8.126.288.162

Tabla 4. Relación del valor total a pagar por trimestre.

TRIMESTRES VALOR 4 DE 2020 $ 95.841.064 1 DE 2022 $ 694.605.281 2 DE2022 $ 1.065.029.559 3 DE 2022 $ 6.270.812.259

TOTAL $ 8.126.288.162 ( ... ) Que a la fecha de expedición de la presente Resolución, la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía declara que ninguna de las Empresas Prestadoras del Servicio ha informado sobre la conexión al SIN de cualquiera de las localidades en las cuales presta el servicio listadas en el Anexo "Distribución de Recursos ZNI por centros poblados y prestador". Que dado lo anterior, la Subdirección Administrativa y financiera realizó las validaciones formales de la documentación entregada por parte de la Dirección de Energía Eléctrica; asume la presunción de validez de los conceptos, certificaciones y declaraciones emanadas de esa Dirección; no cuenta con elementos de juicio que hagan pensar que los cálculos sean equivocados; y en consecuencia, toma como válida la información contenida en los documentos que soportan la solicitud de expedición de este acto administrativo; por tanto, esta Subdirección procede a ordenar el giro de los subsidios de acuerdo con la distribución realizada por el área técnica.

3. Presupuestales y financieros Que de conformidad con la Resolución 40548 de 2019 modificada por la Resolución 4 0210 de 7 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

Firefox about: blank 2022, corresponde a la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y

Energía ordenar mediante acto administrativo el pago de los recursos del Presupuesto General de la Nación a las empresas de energía y gas deficitarias con el fin de cubrir subsidios por menores tarifas, de acuerdo con la distribución efectuada por el área técnica respectiva. Que para efectos del considerando anterior, se entienden como empresas deficitarias aquellas que al cierre del trimestre o periodo validado por la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía, tienen un saldo a favor por concepto de subsidios causados con ocasión de la prestación del servicio de energía eléctrica a los usuarios beneficiados, saldo el cual debe ser cubierto con Recursos del Presupuesto General de la Nación. Que el Decreto 1793 del 21 de diciembre de 2021, mediante el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2022, se detallan las apropiaciones y se definen y RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hoja8 de 11 Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores -ZNItarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres I II y III de 2022, con cargo al FSSRI" MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($339.869.819.865), asignados parea la vigencia 2022 al producto "SERVICIOS DE APOYO FINANCIERO AL CONSUMO DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LAS

ZONAS NO INTERCONECTADAS".

Que mediante Certificado de Disponibilidad Presupuesta! CDP No. 86422 del 05 de diciembre de 2022, expedido por el coordinador del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía, se encuentran disponibles recursos por valor de OCHO MIL CIENTO VEINTISÉIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS M/CTE (8.126.288.162) con el objeto: "DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS PARA EL PAGO DE SUBSIDIOS DE LOS USUARIOS A TRAVÉS DE EMPRESAS DEL SECTOR ELÉCTRICO EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS. PAGO PARCIAL DE LOS TRIMESTRES: IV DEL 2020, 1, 11Y 111D EL 2022.". Que los recursos a girar se transferirán en las cuentas bancarias que han sido registradas y se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF las cuales fueron validadas por el Grupo de Ejecución Presupuesta! del Ministerio de Minas y Energía. Que por lo anterior. RESUELVE Artículo 1.- Ordenar el giro a las empresas prestadoras que a continuación se detallan, por la suma de OCHO MIL CIENTO VEINTISÉIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS MCTE (8.126.288.162), por concepto subsidios a la tarifa del servicio de energía eléctrica, otorgados en las Zonas No Interconectadas -ZNI -, causados en los trimestres IV de 2020 y I de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres II y 111d e

2022; de acuerdo con la distribución hecha por la Dirección de Energía Eléctrica, contenida en el Anexo 2: "Distribución de recursos de Subsidios ZNI por Centros Poblados y Prestador" del memorando Rad. 3-2022-029619 del 02 de diciembre de 2022. SALD04to SALDOle r PAGOP ARCIAL PAGOP ARCIAL EMPRESAPSR ESTADORADSE LS ERTRIMESTRE TRIMESTRE 2doT RIMESTRE 3erT RIMESTRE TOTALAPANo. NIT VICIOD E ENERGÍAE LÉC-TRIC•A Z NI 2020 2022 2022 2022 GAR

(SI ($1 (SI ($1 ($1

COMPANIDA ES ERVICIOPSU BLICOS 1 900519539 70.498.139 70.498.139 r\f'\Ulr'II IADlf'\c.' l"'\C Of'\11\VÁ c.' A C c.' D 8 de 12 16/12/2022, 7:54 a. m.

Firefox about: blank LIVIVIIVILll"'\"IV.:J LIL UVJI"'\ 11"'\ J,I"'\, L,J,r, COOPERATIVDAE SERVICIOSP UBLI2 900122435 134.294.058 52.550.252 330.021.598 516.865.908

COSD E LÓPEZD E MICAY. 3 E.S.P . DE ENERGIAE LECTRICDAE 818000202 344.133.119 196.776.527 192.821.142 733.730.788

BAJOB AUDOP IZARROS .A.

EAT ELECTRIFICADORDAE LAZ ONA 4 901415587 159.867.097 99.916.936 99.916.936 359.7 00.969

URBANAY RURALD EC HOCO ELECTRIFICADORDAE MAPIRIPAN 5 900432368 25.554.113 25.554.113

S.A.E .S.P. 6 ELECTRIFICADORDAE LP ACIFICO 900039007 263.663.444 263.663.444

S.A.E SP ELECTRIFICADORENA TRER IOS 7 901296315 152.545.244 152.545.244

S.A.S.E .S.P.

EMPRESAA SOCIATIVDA ET RABAJO

8 DE PRESTACIODNE S ERVICIOSP U900499975 31.819.031 31.819.031

BUCOSD E BOCASD EC URAYE .S.P.

EMPRESAA SOCIATIVDA ET RABAJO 9 ELECTRIFICADORDAE SANJ UAND E 840000620 39.789.779 39.789.779

LAC OSTAE .S.P.

EMPRESAA SOCIATIVDA ET RABAJO 10 ELECTRIFICADORDAE LP ACIFICO 900963765 255.085.762 255.0857.6 2

SUR RESOLUCIÓNNÚ MERO0 1926 DE 2022 Hoja9 de 11

Continuación de la Resolución "Por la cual se ordena el pago de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI - causados y otorgados en los trimestres IV de 2020 y I de 2022 y pago parcial correspondiente a los trimestres II y III de 2022, con cargo al FSSRI" SALD04to SALDOle r PAGOP ARCIAL PAGOP ARCIAL EMPRESAPSR ESTADORADSE LS ERTRIMESTRE TRIMESTRE 2doT RIMESTRE 3erT RIMESTRE TOTALAPANo. NIT VICIOD E ENERGÍAE LÉC-TRIC-AZ NI 2020 2022 2022 2022 GAR !SI !SI !SI !SI !SI

NICIPIOD E LAT OLAN ARINO EMPRESAD EA CUEDUCTAOL CANTARILLADOY ASEOY 14 900715327 33.525.479 33.525.479

ENERGÍAD EP UERTOG UZMÁNS .A

E.S.P EMPRESAD E ENERGIAD E LAZ ONA 15 900930893 55.426.536 55.426.536 110.853.072

RURALD E FRANCISCOPI ZARRO EMPRESAD E ENERGIAE LECTRICA 16 818000166 191.363.545 175.388.175 366.7 51.7 20

DE NUOUI E.S.P. S.A EMPRESAD E ENERGIAE LECTRICA 17 DELD EPARTAMENTDOE LV ICHADA 842000155 2.471.896.940 2.471.896.940

S.A EMPRESAD E SERVICIOSP UBUCOS 18 DE ENERGÍAE LÉCTRICDA ELC AUCA 900787764 136.2297.0 2 136.2297.0 2

S.A.E .S.P EMPRESAD E SERVICIOSP UBLICOS 19 900927089 143.397.302 143.397.302

DELA LT O BAUDOE .S.P.S .A.S.

EMPRESAD E SERVICIOSP UBLICOS 20 900304017 413.634.408 413.634.408

DOMICILIARIDOE U NGUIAS .A.E .S.P.

EMPRESAD E SERVICIOSP UBLICOS

21 901164452 162.245.193 162.245.193

ENERGIZADRE LP ACIFICOS .A.E .S.P.

EMPRESAM UNICIPADL E SERVICIOS 22 PUBLICOSD OMICILIARIODSE V IGIA 811008775 217.067.149 161.511.855 378.579.004

DELF UERTE 23 GENDECASR. A.E .S.P. 900282370 95.841.064 107.383.301 104.888.500 308.112.865 24 MUNICIPIOD E BOJAYA 800070375 95.327.930 95.327.930 25 MUNICIPIOD E MIRAFLORES 800103198 48.252.933 210.338.795 258.5917. 28 26 MUNICIPIOD ES IPI 800095613 56.311.004 33.643.830 33.643.830 123.598.664

PRESTADORDAE SERVICIOPSU BLI27 COSY ENERGIAE NZ ONASN OI NTER-901063452 62.648.550 76.304.606 138.953.156

CONECTADAES. S.P.S .A.S TOTALR ESOLUCION 95.841.064 694.605.278 1.065.029.559 6.270.812.261 8.126.288.162

Parágrafo. Como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo el Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía, deberá efectuar el registro de dicha operación. Artículo 2.-Autorizar al Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía, para que sitúe los valores a las empresas mencionadas en el artículo primero de la presente Resolución, de

acuerdo con la disponibilidad asignada de PAC. Parágrafo 1. Los recursos distribuidos a favor de la EMPRESA DE ENERGiA ELÉCTRICA DEL DEPARTAMENTO DEL VICHADA S.AELECTROVICHADA, deben ser girados a nombre de FIDUBOGOTA S.A. PA REFOENERGY RECAUDO SUB

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