MINMINAS - Resolución 1541 de 2023
Ministerio de Minas
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Detalles
- Título
- MINMINAS - Resolución 1541 de 2023
- Autor
- Ministerio de Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2023
~ COLOMSIA a..~v iol
- Energía RESOLUCIÓN NÚMERO 01541 DE 2023 (06 Diciembre 2023) Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas –ZNI –, causados y otorgados en los trimestres II y IV de 2022, y I y II de 2023
LA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En ejercicio de la función delegada mediante la Resolución 4 0548 del 2019, modificada por la Resolución 4 0210 de 2022, y en atención a los siguientes
CONSIDERANDOS
1. Normativos Que el artículo 365 de la Constitución Política de Colombia dispone que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.
Que, a su vez, el artículo 368 idem establece que la Nación podrá conceder subsidios para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas. Que la Ley 142 de 1994, artículo 3, señala como uno de los instrumentos de intervención estatal en los servicios públicos el otorgamiento de subsidios a las personas de menores ingresos. Que en el artículo 14 idem, se define subsidio como la diferencia entre lo que se paga por un bien o servicio, y el costo de éste, cuando tal costo es mayor al pago que se recibe. Que el numeral 99.10, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1117 de 2006, del artículo 99 de la Ley 142 de 1994, “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y
se dictan otras disposiciones”, establece que los subsidios del sector eléctrico para las zonas no interconectadas se otorgarán a los usuarios en las condiciones y porcentajes que defina el Ministerio de Minas y Energía, considerando la capacidad de pago de los usuarios en estas zonas. Los subsidios mencionados en este artículo no podrán ser girados a los prestadores del servicio que no hayan reportado oportunamente la información solicitada a través del Sistema Único de Información, SUI. Que de acuerdo con el artículo 2.2.3.2.6.1.1. del Decreto 1073 de 2015, el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos de la Nación (FSSRI) - Ministerio de Minas y Energía, de que trata el artículo 89.3 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 4 de la Ley 632 de 2000, es un fondo cuenta especial de manejo de recursos públicos, sin personería jurídica, sujeto a las normas y procedimientos establecidos en la Constitución Nacional, el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación y las demás normas legales vigentes; cuenta en la cual se incorporarán en forma separada y claramente identificable para cada uno de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible distribuido por red física, los recursos provenientes de los excedentes de la contribución de solidaridad una vez se apliquen para el pago de la totalidad de los subsidios requeridos en las respectivas zonas territoriales. Que conforme al artículo 2.2.3.2.6.1.2. idem, es función del Ministerio de Minas y Energía en
relación con el FSSRI, determinar el monto de las contribuciones facturadas y los subsidios aplicados que se reconocerán trimestralmente a las empresas que los facturen, en el proceso de conciliación de subsidios y contribuciones de solidaridad; y administrar y distribuir los recursos del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos y/o del Presupuesto Nacional, de conformidad con las leyes vigentes. Página 1 de 9 ~ COLOMSIA a..~v iol • Energía 1.1. Pago de subsidios en ZNI Que en el artículo 1° de la Ley 855 de 2003, “por la cual se definen las Zonas No Interconectadas” se definen estas como: “los municipios, corregimientos, localidades y caseríos no conectadas al Sistema Interconectado Nacional, SIN”. Que el artículo 2.2.3.2.6.1.8 idem establece que el Ministerio de Minas y Energía definirá los criterios con los cuales el Gobierno Nacional asignará los recursos del presupuesto nacional y del Fondo de Solidaridad destinados a sufragar los subsidios, teniendo en cuenta que también los Municipios, Departamentos y Distritos podrán incluir apropiaciones presupuestales para este fin. Al definir los criterios de asignación, siempre se deberá tener en cuenta preferentemente, a los usuarios que residan en aquellos municipios que tengan menor capacidad para otorgar subsidios con sus propios recursos. No se podrán pagar subsidios con recursos provenientes del Presupuesto Nacional o del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos a aquellas empresas que no entreguen la información en la oportunidad y de acuerdo con la metodología que establezca el Ministerio de Minas y Energía.
Que en la Resolución 182138 de 2007 del Ministerio de Minas y Energía se estableció el procedimiento y los criterios para la distribución y giro de subsidios para el servicio público de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI-. Esta norma estuvo vigente hasta el 12 de julio de 2022, ya que fue derogada a través de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, publicada en el Diario Oficial 52094 del 13 de julio de 2022. Que en el artículo 3º de la Resolución 182138 de 2007 se disponía que “Los subsidios podrán cubrir los costos de administración, operación y mantenimiento. (…)”. De la misma forma, en el artículo 4 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, se establece que “Los subsidios para las ZNI podrán cubrir los componentes tarifarios que remuneran la inversión y los costos de administración, operación y mantenimiento de los prestadores del servicio público de energía eléctrica.”
2. Respecto a la gestión de distribución de subsidios por parte de la Dirección de Energía Eléctrica Que conforme al artículo 16 del Decreto 381 de 2012, es función de la Dirección de Energía Eléctrica: “15. Elaborar presupuesto para los subsidios del sector eléctrico, gestionar su distribución y hacer seguimiento a la ejecución.” Que respecto de la vigilancia sobre la destinación de los subsidios girados a través de la presente Resolución, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, según lo dispuesto en el artículo 79.7 de la Ley 142 de 1994, “vigilar que los subsidios
presupuestales que la Nación, los departamentos y los municipios destinan a las personas de menores ingresos, se utilicen en la forma prevista en las normas pertinentes”. Que mediante memorando interno dirigido a la Subdirectora Administrativa y Financiera, con radicado 3-2023-033536 del 30 de noviembre de 2023; el Director de Energía Eléctrica presentó la distribución de subsidios correspondiente, soporte para expedir la presente
Resolución: (…)
1. La distribución de recursos, anexa a este memorando, cumple con lo establecido en la Resolución 182138 de 2007, “Por la cual se expide el Procedimiento para otorgar subsidios del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas”, para la liquidación y validación de subsidios del segundo trimestre de 2022 y con lo establecido en la Resolución 40239 de 2022, “Por la cual se establece el procedimiento y los criterios para la distribución y giro de subsidios para el servicio público de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas (ZNI), y se deroga la Resolución número 182138 de 2007 y otras disposiciones”, para la validación y liquidación de subsidios cuarto trimestre de 2022, primer y segundo trimestre de 2023 (sic).
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- Energía
2. La Dirección de Energía Eléctrica (DEE) realizó la distribución de recursos, después de revisar y validar la información cargada para cada una de las empresas prestadoras del servicio de energía eléctrica en el Sistema Único de Información (SUI), administrado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), para el segundo
trimestre de 2022 y adicionalmente la conciliación trimestral de subsidios reportada directamente al Ministerio de Minas y Energía, para el cuarto trimestre de 2022, primer y segundo trimestre de 2023, conforme a lo indicado en la circular 40025 de 2022 y en concordancia con lo establecido en el Capítulo I y II de la Resolución 40239 de 2022.
3. En cumplimiento de lo establecido en el inciso segundo del numeral 10 del artículo 99 de la Ley 142 de 1994, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1117 de 2006, y del artículo 10 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, se verificó que los prestadores del servicio hubiesen cumplido con la obligación del reporte de información en el SUI, en los términos fijados en la Circular Externa Conjunta No. 20201000000304 del 18 de noviembre de 2020, de la SSPD y del Ministerio de Minas y
Energía. La verificación se realizó, según los registros efectuados por cada uno de los prestadores que son considerados para el giro de subsidios, en la plataforma SUI, administrado por la SSPD.
4. Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Circular 40017 de 2022, a través de la cual se hizo un requerimiento de información detallado a los prestadores del servicio en las ZNI, sobre los sistemas utilizados para la medición en cada una de las localidades que atienden, se verificó que aquellos prestadores que remitieron el plan de instalación de sistemas tecnológicos de medida (en conformidad con dicha circular) allegaran los avances de instalación de los sistemas tecnológicos de medida.
Así las cosas, por medio del presente memorando, la DEE declara que los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica relacionados en la Tabla 2 remitieron a satisfacción el informe con los avances en la instalación de los sistemas tecnológicos de medida, o en su defecto que todas sus localidades cuentan con un sistema de telemetría, monitoreado por parte del Centro Nacional de Monitoreo (CNM) del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas (IPSE).
5. Pese a que, a la fecha de expedición del presente memorando, ya se habían expedido resoluciones de pago de subsidios para los trimestres de la vigencia 2022 y 2023, relacionados en el Anexo de Distribución, algunos prestadores del servicio, no habían sido incluido en las resoluciones porque no habían cumplido con alguno de los siguientes requisitos: i) no reportaron oportunamente la información al SUI o al Ministerio, ii) no habían reportado los avances en la instalación de sistemas tecnológicos de medida en las localidades que atienden según lo dispuesto en la Circular 40017 de 2022, o iii) se encontraban con pendientes de respuestas a requerimientos efectuados por parte del Ministerio o de la SSPD relacionados con la prestación del servicio y que generaban dudas razonables sobre la calidad de información.
Tabla 1. Resoluciones pago parcial en cada trimestre. Trimestre Resoluciones II Trimestre 2022 00977 del 02/06/2022 01173 del 05/07/2022 01299 del 02/08/2022 01693 del 3/11/2022 IV Trimestre de 2022 00116 del 13/02/2023 00318 del 13/04/2023
I Trimestre 2023 00244 del 23/03/2023 00318 del 13/04/2023 00419 del 12/05/2023 II Trimestre de 2023 00482 del 31/05/2023 00629 del 04/07/2023 00770 del 02/08/2023 00746 del 31/07/2023 01060 del 02/10/2023
6. Ninguna de las localidades objeto de la distribución de subsidios, anexa a esta comunicación, se encuentra interconectada y en operación con el Sistema Interconectado Nacional (SIN), según la información disponible y aportada por parte de las empresas prestadoras del servicio.
7. Los resultados valores de subsidios reconocidos en la presente solicitud de expedición de resolución de pago, están dados sin perjuicio de los efectos derivados de la vigilancia y control que le compete a la SSPD, de conformidad con lo establecido en la Ley 142 de Página 3 de 9
Energí 1994 y demás normatividad aplicable, por lo que eventualmente se podrán generar ajustes posteriores. Corolario de lo hasta aquí dicho, se pone de manifiesto que esta Dirección ha realizado todo el procedimiento necesario, para reconocer los pagos de subsidios por menores tarifas del servicio de energía eléctrica a los prestadores del servicio en la ZNI, correspondiente al segundo, cuarto trimestre de 2022, primer y segundo trimestre de 2023, conforme la distribución acá propuesta. Por lo anterior, solicitamos expedir la resolución que ordena el pago en comento, por haberse el debido procedimiento y cumplir con los requisitos, de acuerdo con el siguiente detalle: Tabla 2. Relación de empresas y valores a reconocer en la resolución.
EMPRESA NIT-EMPRESA DV NIT DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR ($)
EMPRESA MUNICIPAL DE
SERVICIOS PUBLICOS VIGIA DEL FUERTE811008775 8 ANTIOQUIA-CHOCÓ $ 412.608.420
DOMICILIARIOS DE VIGIA DEL QUIBDÓ
FUERTE
EMPRESA DE SERVIVIOS PUBLICOS DE ENERGIA ELECTRICA DE LAS PLAYAS 901098421 7 NARIÑO LA TOLA Y MOSQUERA $ 149.724.631
ASOCIADAS – ENERPLASO S.A.
E.S.P.
ASOCIACION DE ENERGIA DE LAS ZONAS RURALES DEL MUNICIPIO 900428270 5 NARIÑO EL CHARCO $ 557.318.086
DE EL CHARCO. - ASOGERCHAR MUNICIPIO DE SIPÍ 800096613 4 CHOCÓ SIPÍ $ 101.410.784
ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL
SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA 900260857 4 NARIÑO ISCUANDE $ 162.310.606
DE LA ZONA RURAL DE SANTA
BARBARA DE ISCUANDE E.S.P.
EAT ELECTRIFICADORA DE LA
BAGADÓ Y
ZONA URBANA Y RURAL DE 901415587 1 CHOCÓ $ 79.173.769
SAN JOSÉ DEL PALMAR
CHOCÓ E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DE GUAPI 835000132 7 CAUCA GUAPI $ 579.192.840
S.A. E.S.P.
EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ENERGÍA DEL EL LITORAL DE SAN 900988019 4 CHOCÓ $ 99.438.032
LITORAL DEL SAN JUAN S.A.S. JUAN
E.S.P.
UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS 800070375 8 CHOCÓ BOJAYÁ $ 192.128.638
DEL MUNICIPIO DE BOJAYÁ
ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL
SERVICIO DE ENERGÍA DE LA
ZONA RURAL DEL CONSEJO 900921102 1 NARIÑO MOSQUERA $ 28.265.531
COMUNITARIO ODEMAP
MOSQUERA EMPRESA DE ENERGY & 901209614 1 NARIÑO MAGÜÍ PAYÁN $ 61.431.828
SERVICIOS S.A.S. E.S.P.
EMPRESA ASOCIATIVA DE SANTA BARBARA DE TRABAJO ELECTROSOLEDAD DE 900470256 9 NARIÑO $ 1.081.344.619
ISCUANDÉ
ISCUANDE
EMPRESA ASOCIATIVA DE 900352055 1 NARIÑO EL CHARCO $ 1.084.704.733
TRABAJO ENERGIA DEL SUR EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ACANDI S.A. E.S.P - 818000293 9 ACANDI CHOCÓ $ 60.590.903
EMSELCA EMPRESA DE ENERGÍA DE LA ZONA RURAL DE FRANCISCO 900930893 5 NARIÑO FRANCISCO PIZARRO $ 200.798.401
PIZARRO ELECTRIFICADORA DE NARIÑO VALLE DEL CAUCA Y BUENAVENTURA Y LA 901061072 1 $ 290.120.974
SUR EAT NARIÑO TOLA
TOTAL $5.140.562.795
Tabla 3. Relación del valor total a pagar por trimestre
AÑO TRIMESTRE VALOR
2 $60.590.903 2022 4 $326.626.612
1 $1.455.970.658 2023 2 $3.297.374.622 TOTAL $5.140.562.795 (…) Página 4 de 9 ~ COLOMSIA a..~v iol • Energía Que a la fecha de expedición de la presente Resolución, la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía declara que ninguna de las Empresas Prestadoras del Servicio ha informado sobre la conexión al SIN de cualquiera de las localidades en las cuales presta el servicio listadas en el Anexo “Distribución de Recursos ZNI por centros poblados y prestador”. Que dado lo anterior, la Subdirección Administrativa y financiera realizó las validaciones formales de la documentación entregada por parte de la Dirección de Energía Eléctrica; asume la presunción de validez de los conceptos, certificaciones y declaraciones emanadas de esa Dirección; no cuenta con elementos de juicio que hagan pensar que los cálculos sean equivocados; y en consecuencia, toma como válida la información contenida en los documentos que soportan la solicitud de expedición de este acto administrativo; por tanto, esta Subdirección procede a ordenar el giro de los subsidios de acuerdo con la distribución realizada por el área técnica.
3. Presupuestales y financieros Que de conformidad con la Resolución 40548 de 2019 modificada por la Resolución 4 0210 de 2022, corresponde a la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Minas y Energía ordenar mediante acto administrativo el pago de los recursos del Presupuesto General de la Nación a las empresas de energía y gas deficitarias con el fin de cubrir subsidios por menores tarifas, de acuerdo con la distribución efectuada por el área técnica respectiva.
Que para efectos del considerando anterior, se entienden como empresas deficitarias aquellas que al cierre del trimestre o periodo validado por la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía, tienen un saldo a favor por concepto de subsidios causados con ocasión de la prestación del servicio de energía eléctrica a los usuarios beneficiados, saldo el cual debe ser cubierto con Recursos del Presupuesto General de la Nación. Que el Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022, mediante el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos, asignó una partida por valor de TRES BILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($3.125.229.847.358), para atender los pagos por menores tarifas del sector eléctrico. Que de acuerdo con la información cargada en el Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas SUIFP, el proyecto “DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS PARA PAGOS POR MENORES TARIFAS SECTOR ELÉCTRICO NACIONAL”, código BPIN 2018011000684, cuenta con recursos por TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SETENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($350.071.363.755), asignados para la vigencia 2023 al producto “SERVICIOS DE APOYO FINANCIERO AL CONSUMO DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LAS
ZONAS NO INTERCONECTADAS”.
Que mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDP No. 108723 del 27de noviembre de 2023, expedido por la coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía, se encuentran disponibles recursos por valor de CINCO MIL CIENTO CUARENTA MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($5.140.562.795) con el objeto: “DEE-PAGOS POR CONCEPTO DE SUBSIDIOS EN EL SECTOR ELÉCTRICO EN LAS ZONAS NO INTERCONECTADAS PARA LOS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, CORRESPONDIENTES AL SEGUNDO Y CUARTO TRIMESTRE DE 2022, Y PRIMER Y SEGUNDO TRIMESTRE DE 2023” Que los recursos a girar se transferirán en las cuentas bancarias que han sido registradas y se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF las cuales fueron validadas por el Grupo de Ejecución Presupuestal del Ministerio de Minas y Energía. Página 5 de 9 Energí Que con fundamento en las anteriores consideraciones, RESUELVE: Artículo 1.- Ordenar el giro a las empresas prestadoras que a continuación se detallan, por la suma de CINCO MIL CIENTO CUARENTA MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($5.140.562.795) por concepto de pago del saldo de subsidios a la tarifa del servicio de energía eléctrica, otorgados en las Zonas No
Interconectadas –ZNI –, causados en los trimestres II y IV del 2022; y I y II de 2023, de acuerdo con la distribución hecha por la Dirección de Energía Eléctrica, contenida en el anexo: “ANEXO DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DE SUBSIDIOS ZNI POR CENTROS POBLADOS Y POR PRESTADOR del memorando con Radicado. 3-2023-033536 del 30 de noviembre de 2023. Tabla 1: Distribución de subsidios ZNI por prestador, año 2022
SALDO SUBSIDIO SALDO SUBSIDIO
EMPRESA NIT TRIMESTRE II TRIMESTRE IV ($ COL) ($ COL)
EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELECTROSOLEDAD DE 900470256 $ 326.626.612
ISCUANDE
EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ACANDI S.A. E.S.P818000293 $ 60.590.903
EMSELCA TOTAL $ 60.590.903 $ 326.626.612
Tabla 2: Distribución de subsidios ZNI por prestador, año 2023
SALDO SUBSIDIO SALDO SUBSIDIO
EMPRESA NIT TRIMESTRE I TRIMESTRE II ($ COL) ($ COL) EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS 811008775 $ 201.641.183 $ 210.967.237
DOMICILIARIOS DE VIGIA DEL FUERTE
EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ENERGIA
ELECTRICA DE LAS PLAYAS ASOCIADAS S.A. 901098421 $ 149.724.631
E.S.P. - ENERPLASO ASOCIACION DE ENERGIA DE LAS ZONAS RURALES DEL MUNICIPIO DE EL CHARCO E.S.P. - 900428270 $ 557.318.086
ASOGERCHAR MUNICIPIO DE SIPÍ 800096613 $ 50.917.512 $ 50.493.272
ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL SERVICIO DE
ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA ZONA RURAL DE 900260857 $ 162.310.606
SANTA BARBARA DE ISCUANDE E.S.P.
EAT ELECTRIFICADORA DE LA ZONA URBANA Y 901415587 $ 79.173.769
RURAL DE CHOCÓ E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DE GUAPI S.A. E.S.P. 835000132 $ 579.192.840
EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ENERGÍA 900988019 $ 99.438.032
DEL LITORAL DEL SAN JUAN S.A.S. E.S.P.
UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO 800070375 $ 192.128.638
DE BOJAYÁ
ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL SERVICIO DE
ENERGÍA DE LA ZONA RURAL DEL CONSEJO 900921102 $ 28.265.531
COMUNITARIO ODEMAP MOSQUERA
EMPRESA DE ENERGY & SERVICIOS S.A.S. E.S.P. 901209614 $ 61.431.828
EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO 900470256 $ 408.990.383 $ 345.727.624
ELECTROSOLEDAD DE ISCUANDE EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ENERGIA 900352055 $ 622.568.582 $ 462.136.151
DEL SUR EMPRESA DE ENERGÍA DE LA ZONA RURAL DE 900930893 $ 82.155.639 $ 118.642.762
FRANCISCO PIZARRO
ELECTRIFICADORA DE NARIÑO SUR EAT 901061072 $ 290.120.974
TOTAL $ 1.455.970.658 $ 3.297.374.622
Parágrafo. Como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo el Grupo de Presupuesto del Ministerio de Minas y Energía, deberá efectuar el registro de dicha operación. Página 6 de 9 Energí Artículo 2.- Autorizar al Grupo de Tesorería del Ministerio de Minas y Energía, para que sitúe los valores a las empresas mencionadas en el artículo primero de la presente Resolución, de acuerdo con la disponibilidad asignada de PAC. Parágrafo. Los mencionados recursos se transferirán de acuerdo con el siguiente listado de cuentas bancarias, las cuales se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF: Tabla 3: Listado cuentas bancarias
NIT EMPRESA NIT NOMBRE CUENTA TIPO DE
BANCO VALOR ($)
TERCERO (TERCERO) BENEFICIARIO BENEFICIARIO BANCARIA CUENTA
EMPRESA
EMPRESA
MUNICIPAL DE
MUNICIPAL DE SERVICIOS SERVICIOS 110-18215583CORRIENT 811008775 811008775 PUBLICOS POPULAR $ 412.608.420
PUBLICOS 8 E
DOMICILIARIOS
DOMICILIARIOS DE
DE VIGIA DEL
VIGIA DEL FUERTE
FUERTE
EMPRESA DE EMPRESA DE
SERVIVIOS SERVIVIOS
PÚBLICOS DE PUBLICOS DE
ENERGÍA ENERGIA CORRIENT BANCOLOMBI 901098421 ELECTRICA DE LAS 901098421 ELECTRICA DE 84381334666 $ 149.724.631
E A
PLAYAS LAS PLAYAS ASOCIADAS – ASOCIADAS –
ENERPLASO S.A. ENERPLASO
E.S.P. S.A. E.S.P.
ASOCIACION DE
ASOCIACION DE
ENERGIA DE
ENERGIA DE LAS
LAS ZONAS ZONAS RURALES CORRIENT SCOTIABANK 900428270 900428270 RURALES DEL 5871006670 $ 557.318.086
DEL MUNICIPIO DE E COLPATRIA
MUNICIPIO DE
EL CHARCO. -
EL CHARCO. -
ASOGERCHAR
ASOGERCHAR MUNICIPIO DE CORRIENT 800096613 MUNICIPIO DE SIPÍ 800096613 378-02100-0 BOGOTÁ $ 101.410.784
SIPÍ E
ASOCIACIÓN DE
ASOCIACIÓN DE
USUARIOS DEL
USUARIOS DEL
SERVICIO DE
SERVICIO DE
ENERGÍA
ENERGÍA ELÉCTRICA DE CORRIENT 900260857 ELÉCTRICA DE LA 900260857-4 421015926 BBVA $ 162.310.606
LA ZONA RURAL E
ZONA RURAL DE
DE SANTA
SANTA BARBARA
BARBARA DE
DE ISCUANDE
ISCUANDE
E.S.P. E.S.P. EAT EAT
ELECTRIFICAD
ELECTRIFICADORA ORA DE LA 901415587 DE LA ZONA 901415587-1 017070254507 AHORROS DAVIVIENDA $ 79.173.769
ZONA URBANA
URBANA Y RURAL
Y RURAL DE
DE CHOCÓ E.S.P.
CHOCÓ E.S.P.
EMPRESA DE
EMPRESA DE ENERGÍA DE CORRIENT 835000132 ENERGÍA DE GUAPI 835000132-7 321250000932 AGRARIO $ 579.192.840
GUAPI S.A. E
S.A. E.S.P.
E.S.P.
EMPRESA DE
EMPRESA DE
SERVICIOS
SERVICIOS
PÚBLICOS Y PÚBLICOS Y BANCOLOMBI 900988019 900988019-4 ENERGÍA DEL 84200000763 AHORROS $ 99.438.032
ENERGÍA DEL A
LITORAL DEL
LITORAL DEL SAN
SAN JUAN
JUAN S.A.S. E.S.P.
S.A.S. E.S.P.
UNIDAD DE UNIDAD DE SERVICIOS SERVICIOS 800070375 PÚBLICOS DEL 800070375-8 PÚBLICOS DEL 333030003276 AHORROS AGRARIO $ 192.128.638
MUNICIPIO DE MUNICIPIO DE
BOJAYÁ BOJAYÁ
ASOCIACIÓN DE ASOCIACIÓN DE
USUARIOS DEL USUARIOS DEL
SERVICIO DE SERVICIO DE
ENERGÍA DE LA ENERGÍA DE LA CORRIENT 900921102 ZONA RURAL DEL 900921102-1 ZONA RURAL 692034812 BOGOTÁ $ 28.265.531
E
CONSEJO DEL CONSEJO
COMUNITARIO COMUNITARIO
ODEMAP ODEMAP
MOSQUERA MOSQUERA
EMPRESA DE EMPRESA DE ENERGY & ENERGY & BANCO DE 901209614 901209614-1 391494267 AHORROS $ 61.431.828
SERVICIOS S.A.S. SERVICIOS BOGOTÁ E.S.P. S.A.S. E.S.P. 900470256 EMPRESA 900470256-9 EMPRESA 6179032129 AHORROS BANCOLOMBI $ 1.081.344.619
ASOCIATIVA DE ASOCIATIVA DE A
TRABAJO TRABAJO
ELECTROSOLEDAD ELECTROSOLE Página 7 de 9
Energí
NIT EMPRESA NIT NOMBRE CUENTA TIPO DE
BANCO VALOR ($)
TERCERO (TERCERO) BENEFICIARIO BENEFICIARIO BANCARIA CUENTA
DAD DE
DE ISCUANDE
ISCUANDE
EMPRESA
EMPRESA
ASOCIATIVA DE BANCO ASOCIATIVA DE CORRIENT 900352055 900352055 TRABAJO 348260000776 AGRARIO DE $ 1.084.704.733
TRABAJO ENERGIA E
ENERGIA DEL COLOMBIA
DEL SUR
SUR
EMPRESA DE
EMPRESA DE
SERVICIOS
SERVICIOS PUBLICOS DE 818000293 PUBLICOS DE 818000293 470100577101 AHORROS BANCOOMEVA $ 60.590.903
ACANDI S.A.
ACANDI S.A. E.S.PE.S.PEMSELCA
EMSELCA
EMPRESA DE EMPRESA DE
ENERGÍA DE LA ENERGÍA DE LA BANCOLOMBI 900930893 ZONA RURAL DE 900930893 ZONA RURAL 89400002596 AHORROS $ 200.798.401
A
FRANCISCO DE FRANCISCO
PIZARRO PIZARRO
ELECTRIFICAD
ELECTRIFICADORA ORA DE CORRIENT 901061072 DE NARIÑO SUR 901061072 484535141 BOGOTÁ $ 290.120.974
NARIÑO SUR E
EAT
EAT TOTAL RESOLUCIÓN $ 5.140.562.795
Artículo 3.- Hacen parte integral de la presente resolución los siguientes anexos del memorando con radicado 3-2023-033536 del 30 de noviembre de 2023:
1. Documento denominado “1. ANEXO ESTADO DE CUENTA”, donde se indica el estado de cuenta de cada empresa que se relacionan en el presente memorando y los radicados de las validaciones iniciales para el segundo, cuarto trimestre de 2022, primer y segundo trimestre de 2023.
2. Documento denominado “2. ANEXO DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DE SUBSIDIOS ZNI POR CENTROS POBLADOS Y POR PRESTADOR”, en el cual se muestra la distribución de subsidios asociado por cada localidad y empresa prestadora del servicio de energía eléctrica.
3. Documento denominado “3. ANEXO PAGOS Y CUENTAS”, donde se relaciona los valores totales a girar por cada empresa y las correspondientes cuentas bancarias.
Artículo 4.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de Diciembre de 2023.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
~,L
- -
Andrea Benavides Mayorca Subdirectora Subdirección Administrativa y Financiera Página 8 de 9 ~ COLOMSIA a..~v iol • Energía Documento firmado electrónicamente amparado en las disposiciones referidas por la Ley 527 de 1999.
Elaboró: Marcela Rozo Covaleda
Revisó: Andrea Benavides Mayorca, Nelson Javier Dueñas Vega
Aprobó: Andrea Benavides Mayorca
Página 9 de 9 ~ < -C vO I . i O o M B ° I A A 1. ANEXO ESTADO DE CUENTA ITEM CO SD UIG I O EMPRESA NIT C NO ITD DEPARTAMENTO MUNICIPIO AÑO TVS RA (U I $MLB CI ES D I OSI AD LTDI )RO O E PAG TSO RUS (I $MB P S CEA II OSDR LTIC O )RI SA EL ES D TE RSO (I $C MT U CER IE OSO N LTS T )RO ES SA TL RD (IO $M CS E I OU S LB T )S RI EDIO V TR A RA L I IN MD ID CI EC IA I SAA C TLD I RÓ O EN V TR A RA ILF IN MD IE D ICI EC C IA I SH AA C TA LD I RÓ O EN TVS RA (U I $MLB CI ES D II OSI AD LTDI )RO O E TP S RA U (P IR $MBA C S CEG II II OA SDO LL TIS O )E R SS E D TE RSO (I $C MT U CER IE I OSO N LTS T )RO ES SA TL RD (IO $M CS E II OU S LB T )S RI EDIO VAL TIDR RAA IMCD II E IÓC IS A N TD RINO EC IAL V TR A RA ILF IN MD IE D ICI EC IC A II SH AA C TA LD I RÓ O EN TVS RA (U I $MLB CI E IS D I OISI AD LTDI )RO O E PAG TSO RUS (I $MB P S CE IA II OISDR LTIC O )RI SA EL ES D TE RSO (I $C MT U CE IR IE OISO N LTS T )RO ES SA TL RD (IO $M CS E II OU IS LB T )S RI EDIO V TR A RA L I IN MD ID CI E IC IA I ISAA C TLD I RÓO EN V TR A RA ILF IN MD IE D ICI E IC C IA II SH AA C TA LD I RÓ O EN TVS RA (U I $MLB CI IES D V OSI AD LTDI )RO O E
1 1930 E DM OP MR ICE IS LIA A RM IU ON SI C DI EP A VL IG D IAE DS EE LR V FI UC EIO RS TE PUBLICOS 811008775 8 ANTIOQUIA VIGIA DEL FUERTE 2023 -$ 604.320.267 $ 356.629.228 $ 46.049.856 -$ 201.641.183 2-2023-031494 17/10/2023 -$ 604.189.701 $ 345.042.765 $ 48.179.699 -$ 210.967.237 2-2023-031486 17/10/2023 2 38850 E DM E P LR AE SS PA L AD YE A S SE AR SV OIC CIO IAS D AP SU B SL .AIC . O ES .S D .PE . -E EN NE ER RG PIA L AE SL OECTRICA 901098421 7 NARIÑO LA TOLA Y MOSQUERA 2023 -$ 298.135.274 $ 148.410.643 -$ 149.724.631 2-2023-028807 20/09/2023 3 25681 A MS UO NC ICIA IPC IOIO DN E D EE L E CN HE AR RG CIA O D EE .S L .PA .S - Z AO SN OA GS E R RU CR HA AL RES DEL 900428270 5 NARIÑO EL CHARCO 2023 -$ 1.471.933.945 $ 810.033.235 $ 104.582.624 -$ 557.318.086 2-2023-031487 17/10/2023 4 20153 MUNICIPIO DE SIPÍ 800096613 4 CHOCÓ SIPÍ 2023 -$ 63.646.890 $ 0 $ 12.729.378 -$ 50.917.512 2-2023-031495 17/10/2023 -$ 63.116.589 $ 12.623.317 -$ 50.493.272 2-2023-031561 17/10/2023
ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL SERVICIO DE ENERGÍA 5 22594 ELÉCTRICA DE LA ZONA RURAL DE SANTA BARBARA DE 900260857 4 NARIÑO ISCUANDE 2023 -$ 446.743.118 $ 244.992.279 $ 39.440.233 -$ 162.310.606 2-2023-031556 17/10/2023 ISCUANDE E.S.P. 6 50543 E CA HT O E CL ÓE EC .T SR .PIF .ICADORA DE LA ZONA URBANA Y RURAL DE 901415587 1 CHOCÓ SAB N PA AJG O LA MSD É AÓ RD Y EL 2023 -$ 195.551.603 $ 99.751.789 $ 16.626.045 -$ 79.173.769 2-2023-031442 13/10/2023 7 1892 EMPRESA DE ENERGÍA DE GUAPI S.A. E.S.P. 835000132 7 CAUCA GUAPI 2023 -$ 894.290.928 $ 315.098.088 $ 0 -$ 579.192.840 2-2023-031375 13/10/2023 8 34274 E DM ELP R SE AS NA J UD AE N S SE .R AV .SIC . I EO .SS . PP .ÚBLICOS Y ENERGÍA DEL LITORAL 900988019 4 CHOCÓ EL LITO JR UA AL N DE SAN 2023 -$ 294.262.549 $ 169.965.015 $ 24.859.502 -$ 99.438.032 2-2023-030880 10/0/2023 9 22042 UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE BOJAYÁ 800070375 8 CHOCÓ BOJAYÁ 2023 -$ 504.166.270 $ 307.626.293 $ 4.411.339 -$ 192.128.638 2-2023-031373 13/10/2023
ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL SERVICIO DE ENERGÍA DE LA 10 32033 ZONA RURAL DEL CONSEJO COMUNITARIO ODEMAP 900921102 1 NARIÑO MOSQUERA 2023 -$ 55.222.012 $ 19.890.097 $ 7.066.384 -$ 28.265.531 2-2023-031654 18/10/2023
MOSQUERA 11 42417 EMPRESA DE ENERGY & SERVICIOS S.A.S. E.S.P. 901209614 1 NARIÑO MAGÜÍ PAYÁN 2023 -$ 394.165.478 $
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