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MINMINAS - Resolución 180742 de 2006

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 180742 de 2006
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2006

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir RESOLUCIÓN 180742 DE 2006

(junio 20) Diario Oficial No. 46.305 de 20 de junio de 2006 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Por la cual se declara el cese de un racionamiento programado de gas natural. EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA, en ejercicio de facultad establecida en el artículo 5o del Decreto 1484 de 2005, y CONSIDERANDO: Que el Ministro de Minas y Energía, mediante Resolución número 180707 de junio 14 de 2006, declaró el inicio de un racionamiento programado de gas natural en el punto de entrega de La Estación Ballena en La Guajira, a

partir de las 00:00 horas del día 17 de junio de 2006; Que en concordancia con lo previsto en el artículo 5o del Decreto 1484 de 2005, en el parágrafo del artículo 1o de la Resolución 18 0707 de 2006 se e stablece que, una vez se determine el cese de la restricción, el Ministerio mediante resolución declarará la fecha de cese de dicho racionamiento programado; Que mediante comunicación GC-0171-2006 del 20 de junio de 2006, dirigida al señor Ministro de Minas y Energía por la Empresa Chevron Petroleum Company, operador del Campo Guajira, se informó el restablecimiento del suministro normal de gas desde dicho campo a partir de las 00:00 horas del 21 de junio de 2006, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Declarar, a partir del día 21 de junio de 2006 a las 00:00 horas, el cese del racionamiento programado de gas natural en el punto de entrega de La Estación Ballena en La Guajira, declarado mediante Resolución 180707 de junio 14 de 2006. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. Todos los productores-comercializadores y transportadores que prestan el servicio público de gas natural en el país deberán remitir al Ministerio de Minas y Energía, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución, un informe detallado de las nominaciones de suministro y transporte de gas natural realizadas en el período comprendido entre el 17 y 20 de junio de 2006, durante el cual estuvo vigente el racionamiento programado declarado por el Ministerio de Minas y Energía

Ir al inicio ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 20 de junio de 2006. El Ministro de Minas y Energía,

LUIS ERNESTO MEJÍA CASTRO.

Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

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