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MINMINAS - Resolución 180820 de 2010

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 180820 de 2010
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2010

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

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Abrir RESOLUCIÓN 180820 DE 2010

(mayo 18) Diario Oficial No. 47.714 de 19 de mayo de 2010 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Por la cual se adopta una medida dentro del Racionamiento Programado de Gas Natural declarado mediante la Resolución 181654 de 2009. EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 5o del Decreto 880 de 2007, modificado por el artículo 1o del Decreto 4500 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución 181654 del 29 de septiembre de 2009 declaró el inicio de un Racionamiento Programado de Gas Natural que se encuentra actualmente vigente. Que TGI S.A. ESP en reunión número 82 de la Comisión Asesora de Coordinación y Seguimiento a la Situación Energética del País, CACSSE, celebrada el 11 de mayo de 2010, informó que por obras preparatorias a la ampliación de capacidad del tramo Ballena – Barrancabermeja, se restringirá su capacidad de transporte entre el 20 y el 27 de mayo de 2010. Que con ocasión de la restricción de la capacidad de transporte informada por TGI S.A. ESP, establecida en detalle en reunión sostenida posteriormente con la Dirección de Gas de este Ministerio, se hace necesario ajustar la asignación de gas natural, en orden a asegurar la continuidad en la prestación del servicio a nivel nacional a los sectores prioritarios.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Entre las 00:00 horas del 23 de mayo de 2010 y las 24 horas del 25 de mayo de 2010 se asignará en el tramo de gasoducto Ballena-Barrancabermeja, como máximo, el gas natural requerido como combustible para la generación térmica nacional del interior del país, en las cantidades y fechas presentadas en el siguiente

cuadro: DESDE HASTA MPCD hora día hora día Térmica Interior 00:00 23-May-10 24:00 23-May-10 50,0 00:00 24-May-10 24:00 24-May-10 40,0 00:00 25-May-10 24:00 25-May-10 70,0

Ir al inicio ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 18 de mayo de 2010. El Ministro de Minas y Energía,

HERNÁN MARTÍNEZ TORRES.

Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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