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MINMINAS - Resolución 181651 de 2010

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 181651 de 2010
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2010

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir RESOLUCIÓN 181651 DE 2010

(septiembre 17) Diario Oficial No. 47.838 de 20 de septiembre de 2010 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Por la cual se declara el cese del Racionamiento Programado de Gas Natural declarado mediante la Resolución número 181654 de 2009. EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 5o del Decreto 880 de 2007 modificado por el artículo 1o del Decreto 4500 de 2009, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Minas y Energía mediante Resolución número 181654 del 29 de septiembre de 2009

declaró el inicio de un Racionamiento Programado de Gas Natural a partir de las 00:00 horas del día 30 de septiembre de 2009. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 5o del Decreto 880 de 2007, modificado por el artículo 1o del Decreto número 4500 de 2009 corresponde al Ministerio de Minas y Energía declarar el cese del racionamiento programa de gas natural. Que, a la fecha, se encuentran superadas las condiciones de déficit que dieron origen al Racionamiento Programado de Gas Natural declarado mediante la Resolución número 181654 de 2009. Que, adicionalmente, la Comisión Asesora de Coordinación y Seguimiento a la Situación Energética del País, CACSSE, en su sesión número 86, recomendó declarar el cese del Racionamiento Programado de Gas Natural actualmente vigente, con base en el informe presentado por Transportadora de Gas Internacional S. A. E.S.P., TGI S. A. E.S.P. en relación con la culminación de los trabajos de expansión del Sistema de Transporte Ballena, Barrancabermeja.

RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Declarar, a partir del día 22 de septiembre de 2010 a las 00:00 horas, el cese del Racionamiento Programado de Gas Natural en el interior del país, declarado mediante Resolución número 181654 del 29 de septiembre de 2009.

Ir al inicio ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2010. El Ministro de Minas y Energía,

CARLOS RODADO NORIEGA.

Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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