🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINMINAS - Resolución 1855 de 2022

Ministerio de Minas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 1855 de 2022
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2022

República de Colombia libertya Od rden MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 01855 DE 2022 (07 Diciembre 2022) “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI” EL SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En ejercicio de la función delegada mediante la Resolución 4 0548 del 2019, modificada por la Resolución 4 0210 de 2022, y en atención a los siguientes:

CONSIDERANDOS

1. Normativos Que el artículo 368 de la Constitución Política de Colombia establece que la Nación podrá conceder subsidios para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas.

Que la Ley 142 de 1994, en su artículo 89, establece el régimen de los fondos de solidaridad y redistribución de ingresos. El numeral 89.3 dispone que “los recaudos que se obtengan al distinguir, en las facturas de energía eléctrica y gas combustible, el factor o factores arriba dichos, y que den origen a superávits, después de aplicar el factor para subsidios y sólo por este concepto, en empresas oficiales o mixtas de orden nacional, y privadas se incorporarán al

presupuesto de la Nación (Ministerio de Minas y Energía), en un "fondo de solidaridad para subsidios y redistribución de ingresos", donde se separen claramente los recursos y asignaciones de estos dos servicios y que el congreso destinará, como inversión social, a dar subsidios que permitan generar, distribuir y transportar energía eléctrica y gas combustible a usuarios de estratos bajos, y expandir la cobertura en las zonas rurales preferencialmente para incentivar la producción de alimentos y sustituir combustibles derivados del petróleo.” Que de acuerdo al artículo 2.2.3.2.6.1.1. del Decreto 1073 de 2015, el Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos de la Nación (FSSRI) - Ministerio de Minas y Energía, de que trata el artículo 89.3 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 4 de la Ley 632 de 2000, es un fondo cuenta especial de manejo de recursos públicos, sin personería jurídica, sujeto a las normas y procedimientos establecidos en la Constitución Nacional, el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación y las demás normas legales vigentes; cuenta en la cual se incorporarán en forma separada y claramente identificable para cada uno de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible distribuido por red física, los recursos provenientes de los excedentes de la contribución de solidaridad una vez se apliquen para el pago de la totalidad de los subsidios requeridos en las respectivas zonas territoriales. Que conforme al artículo 2.2.3.2.6.1.2. idem, es función del Ministerio de Minas y Energía en

relación con el FSSRI, determinar el monto de las contribuciones facturadas y los subsidios aplicados que se reconocerán trimestralmente a las empresas que los facturen, en el proceso de conciliación de subsidios y contribuciones de solidaridad; y administrar y distribuir los recursos del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos y/o del Presupuesto Nacional, de conformidad con las leyes vigentes. Que el numeral 99.10, adicionado por el artículo 2 de la Ley 1117 de 2006, del artículo 99 de la Ley 142 de 1994, “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”, establece: “99.10. Los subsidios del sector eléctrico para las zonas RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 2 de 13 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI” no interconectadas se otorgarán a los usuarios en las condiciones y porcentajes que defina el Ministerio de Minas y Energía, considerando la capacidad de pago de los usuarios en estas zonas. Los subsidios mencionados en este artículo no podrán ser girados a los prestadores del servicio que no hayan reportado oportunamente la información solicitada a través del Sistema Único de Información, SUI”.

1.1. Respecto de los subsidios en ZNI Que en el artículo 1° de la Ley 855 de 2003, “por la cual se definen las Zonas No Interconectadas” se definen estas como: “los municipios, corregimientos, localidades y caseríos no conectadas al Sistema Interconectado Nacional, SIN”. Que el artículo 2.2.3.2.6.1.8 idem establece que el Ministerio de Minas y Energía definirá los criterios con los cuales el Gobierno Nacional asignará los recursos del presupuesto nacional y del Fondo de Solidaridad destinados a sufragar los subsidios, teniendo en cuenta que también los Municipios, Departamentos y Distritos podrán incluir apropiaciones presupuestales para este fin. Al definir los criterios de asignación, siempre se deberá tener en cuenta preferentemente, a los usuarios que residan en aquellos municipios que tengan menor capacidad para otorgar subsidios con sus propios recursos. No se podrán pagar subsidios con recursos provenientes del Presupuesto Nacional o del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos a aquellas empresas que no entreguen la información en la oportunidad y de acuerdo con la metodología que establezca el Ministerio de Minas y Energía. Que en la Resolución 182138 de 2007 del Ministerio de Minas y Energía se estableció el procedimiento y los criterios para la distribución y giro de subsidios para el servicio público de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI-. Esta norma estuvo vigente hasta el 12 de julio de 2022, ya que fue derogada a través de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, publicada en el Diario Oficial 52094 del 13 de julio de 2022.

Que en el artículo 3º de la Resolución 182138 de 2007 se disponía que “Los subsidios podrán cubrir los costos de administración, operación y mantenimiento. (…)”. A su vez, en el artículo 4 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, se establece que “Los subsidios para las ZNI podrán cubrir los componentes tarifarios que remuneran la inversión y los costos de administración, operación y mantenimiento de los prestadores del servicio público de energía eléctrica.”. 1.2. Respecto al pago parcial de subsidios Que en artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015, se faculta al Ministerio de Minas y Energía, con cargo a los recursos disponibles apropiados para el pago de los subsidios a los servicios públicos de energía eléctrica y gas, a efectuar giros y/o pagos parciales con base en los valores históricos reportados por los prestadores del servicio y correspondientes al trimestre anterior en firme. Para estos efectos, los giros y/o pagos parciales en ningún caso podrán superar el ochenta (80%) del valor reportado en el trimestre anterior en firme. No obstante, el primer giro o pago que se realice en cada periodo podrá ser cómo máximo por una suma equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor reportado en el trimestre anterior en firme. Que el combustible diesel destinado para la generación representa la mayoría de los costos de prestación del servicio, por lo que el pago parcial de subsidios es necesario para garantizar la disponibilidad permanente del servicio, para aquellas empresas que lo hayan solicitado. Que en los artículos 19, 20 y 21 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022, se establecen

las condiciones para realizar el giro parcial de subsidios para el pago de electrocombustible.

2. Respecto a la gestión de distribución de subsidios por parte de la Dirección de Energía Eléctrica RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 3 de 13

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI” Que conforme al artículo 16 del Decreto 381 de 2012, es función de la Dirección de Energía Eléctrica “Elaborar el presupuesto para los subsidios del sector eléctrico, gestionar su distribución y hacer seguimiento a la ejecución.” Que respecto de la vigilancia sobre la destinación de los subsidios girados a través de la presente Resolución, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, según lo dispuesto en el artículo 79.7 de la Ley 142 de 1994, “vigilar que los subsidios presupuestales que la Nación, los departamentos y los municipios destinan a las personas de menores ingresos, se utilicen en la forma prevista en las normas pertinentes”. Que mediante memorando interno dirigido al Subdirector Administrativo y Financiero, con radicado 3-2022-029679 del 03 de diciembre de 2022; el Director de Energía Eléctrica hace las siguientes declaraciones como soporte para expedir la presente Resolución:

(…)

  1. DISTRIBUCIÓN DE SUBSIDIOS OBJETO: La presente distribución corresponde a un pago parcial de subsidios a la tarifa, otorgados a los usuarios por las empresas prestadoras en la Zonas No Interconectadas (ZNI) durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2022, destinado a cubrir el pago del electrocombustible utilizado para la generación.

Este pago parcial se hace con fundamento en la autorización al Ministerio de hacer pagos parciales de subsidios, contenida en el artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015. Las empresas prestadoras autorizaron al Ministerio a girar los pagos parciales por concepto de subsidios directamente a los distribuidores mayoristas de combustible, conforme a las facturas de venta, en vista a que el combustible fue requerido para la generación de energía eléctrica. En ningún caso la presente distribución excede los límites fijados para el pago parcial, establecidos en el artículo 2.2.3.2.6.1. del Decreto 1073 de 2015; es decir, en ningún caso se supera el 80% del valor reportado en el trimestre anterior en firme, y este primer giro no supera al 50% de este valor. Para las siguientes empresas, el giro parcial se distribuye según estimación calculada a partir del cupo asignado por el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas –IPSEy el valor de referencia para el centro de acopio de venta, retiro o importación, a la fecha de expedición de la estimación, según lo establecido en la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022 del Ministro de Minas y Energía.

A continuación, se relaciona la distribución: MES DE COD MES DE JUMES DE MES DE MES DE OCVALOR TOEMPRESA SEPTIEMSUI NIO JULIO AGOSTO TUBRE TAL BRE AMBAR SERVICIOS DE OCCI59450 $0 $0 $0 $0 $44,552,265 $44,552,265

DENTE ESP SAS COMPAÑÍA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICI26083 $0 $0 $0 $0 $42,925,393 $42,925,393

LIARIOS DE BOJAYA S.A. ESP

E.S.P. DE ENERGIA ELECTRICA DE BAJO BAUDO 1811 $0 $0 $132,618,916 $124,296,994 $150,167,763 $407,083,673

PIZARRO S.A. –

ELECTROBAUDO E.S.P.

EAT.ELECTRIFICADORA DE SAN JUAN DE LA 3027 $0 $0 $0 $0 $52,699,962 $52,699,962

COSTA E.S.P –

ELECTRO SAN

JUAN E.S.P.

ELECTRIFICA25680 $0 $0 $0 $0 $83,116,954 $83,116,954

DORA DE MAPIRIPAN S.A ESPRESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 4 de 13

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022),

con cargo al FSSRI” MES DE COD MES DE JUMES DE MES DE MES DE OCVALOR TOEMPRESA SEPTIEMSUI NIO JULIO AGOSTO TUBRE TAL

BRE ELECTRIMAPIRI ELECTRIFICADORA ENTRE 44997 $0 $0 $0 $0 $64,954,200 $64,954,200

RIOS S.A.S EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO DE PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS DE BOCAS 26040 $0 $0 $0 $0 $31,711,372 $31,711,372

DE CURAY E.S.P

– E.A.T. BOCAS

DE CURAY

E.S.P. - ELECTROCURAY

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Y LA

PRESTACIÓN

DEL SERVICIO DE ENERGÍA EN 43076 $0 $0 $0 $0 $6,549,697 $6,549,697

LA ZONA RURAL

DEL MUNICIPIO

DE LA TOLA NARIÑOE.A.T.

ENERAMARALES

E.S.P

EMPRESA DE ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO Y ENER27271 $0 $0 $0 $0 $88,332,105 $88,332,105

GIA DE PUERTO

GUZMAN S.A

E.S.P - EMPOGUZMAN

EMPRESA DE ENERGÍA ELECTRICA DEPARTAMENTO DEL 3212-1 $0 $0 $0 $0 $162,241,140 $162,241,140

VICHADA-ELECTROVICHADA

S.A. E.S.P. - Cumaribo

EMPRESA DE ENERGÍA ELECTRICA DEPARTAMENTO DEL 3212 $0 $0 $0 $0 $406,615,840 $406,615,840

VICHADA-ELECTROVICHADA

S.A. E.S.P. - Pto

Carreño

EMPRESA DE ENERGÍA ELECTRICA DEPARTAMENTO DEL 3212-2 $0 $0 $0 $0 $51,301,546 $51,301,546

VICHADA-ELECTROVICHADA

S.A. E.S.P. -Santa

Rosalia EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE 1895 $0 $0 $0 $0 $448,315,897 $448,315,897

ACANDI S.A.

E.S.P - EMSELCA

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ENERGIA ELEC28111 $0 $0 $0 $0 $117,702,733 $117,702,733

TRICA DEL CAUCA.S.A. E.S.P.-

ENERCAUCA

S.A. E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DEL ALTO BAUDO 32194 $0 $0 $0 $0 $136,987,992 $136,987,992

ESP S.A.S. –

ENERBAUDO

E.S.P.

RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 5 de 13

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022),

con cargo al FSSRI” MES DE COD MES DE JUMES DE MES DE MES DE OCVALOR TOEMPRESA SEPTIEMSUI NIO JULIO AGOSTO TUBRE TAL

BRE EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICI22941 $0 $0 $0 $0 $209,748,358 $209,748,358

LIARIOS DE UNGUIA S.A. ESPESPUN EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS ENERGI41836 $0 $0 $0 $0 $174,757,531 $174,757,531

ZAR DEL PACIFICO S.A E.S.P EMPRESA ELECTRIFICADORA DE NUQUI E.S.P. 1809 $0 $0 $0 $0 $139,047,600 $139,047,600

– ELECTRONUQUI E.S.P

EMPRESA GENERADORA DE CARTAGENA DEL CHAIRA - 0049 $0 $0 $0 $0 $20,924,955 $20,924,955

GENDECAR S.A.

ESP - CARTAGENA DEL CHAIRA

EMPRESA GENERADORA DE CARTAGENA DEL CHAIRA0049-1 $0 $0 $0 $0 $34,724,258 $34,724,258

GENDECAR S.A.

ESP - MUNICIPIO

DE SAN VICENTE DEL CAGUAN

EMPRESA GENERADORA DE CARTAGENA DEL CHAIRA - 0049-2 $0 $0 $0 $0 $8,222,417 $8,222,417

GENDECAR S.A.

ESP - MUNICIPIO

DE SOLANO

EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS

1930 $0 $0 $0 $0 $121,255,857 $121,255,857

DOMICILIARIOS

VIGIA DEL FUERTE - EMSPUVIF EMPRESA SIGLO 2170 $0 $0 $0 $0 $157,726,602 $157,726,602

XXI

ENERPACIFIC

S.A.S E.S.P. -

37735MUNICIPIO DE $0 $0 $0 $0 $17,731,899 $17,731,899

4

CARMEN DE

ATRATO

ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. - 37735 $0 $0 $0 $0 $16,608,091 $16,608,091

MUNICIPIO DE

CONDOTO ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. - 37735- $0 $0 $0 $0 $47,729,905 $47,729,905

MUNICIPIO DE 2

LLORO

ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. -MU37735- $0 $0 $0 $0 $20,579,730 $20,579,730

NICIPIO DE 3

BAJO BAUDO

ENERPACIFIC

37735S.A.S E.S.P. -MU- $0 $0 $0 $0 $14,073,139 $14,073,139

1

NICIPIO NOVITA JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS PU2080 $0 $0 $0 $0 $192,836,878 $192,836,878

BLICOS DE CAPURGANA-JASEPCA

PRESTADORAS

DE SERVICIOS PUBLICOS Y 37953- $30,756,224 $22,832,797 $31,755,114 $33,069,001 $118,413,136

ENERGIA EN ZO1

NAS NO CONECTADAS ESP RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 6 de 13

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI” MES DE COD MES DE JUMES DE MES DE MES DE OCVALOR TOEMPRESA SEPTIEMSUI NIO JULIO AGOSTO TUBRE TAL BRE S.A.S - EPSENBajo Baudo

PRESTADORAS

DE SERVICIOS PUBLICOS Y ENERGIA EN ZO37953 $22,114,568 $31,755,116 $22,832,797 $23,777,518 $100,479,999

NAS NO CONECTADAS ESP S.A.S -EPSENNOVITA SOLENERGETI44199 $0 $0 $0 $0 $75,231,659 $75,231,659

CAS S.A.S E.S.P UNIDAD DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIA22042 $0 $0 $0 $0 $111,637,653 $111,637,653

RIOS DE BOJAYA - MUNICIPIO DE BOJAYA EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELECTRIFICADORA DEL 34833 $0 $0 $0 $0 $186,252,510 $186,252,510

PACIFICO SURELECTRIPACIFICO SUR ELECTRIFICADORA DEL PACIFICO S.A E.S.P - 20432 $0 $0 $0 $0 $217,839,290 $217,839,290

ELECTROPACIFICO S.A E.S.P EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ENERGIA DE OLAYA HE26810 $0 $0 $0 $0 $190,488,116 $190,488,116

RRERA EATENEROLAYAHERRERA E.S.P.

COOPERATIVA

DE SERVICIOS PUBLICOS DE 21597 $158,494,334 $0 $0 $0 $0 $158,494,334

LOPEZ DE MICAY - COOSERPUL MUNICIPIO DE MIRAFLORES - 2994 $0 $0 $0 $0 $58,990,127 $58,990,127

GUAVIARE VALOR TOTAL $211,365,126 $54,587,913 $187,206,827 $124,296,994 $3,961,427,953 $4,538,884,813

ii. OBSERVACIONES PARTICULARES

1. Las empresas relacionadas en el cuadro anterior a las cuales se les reconocen los periodos de junio, julio, agosto y septiembre habían sido excluidas de las resoluciones de pagos parciales anteriores, debido a que se encontraban pendientes en el cargue de Información al Sistema Único de InformaciónSUI. Una vez recibido el reporte, con radicado número 12022-046759 del 23 de noviembre de 2022, enviado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios –SSPD y consultada directamente la información en el SUI, se

evidenció que estas empresas habían cumplido con su obligación de cargar la información correspondiente al tercer trimestre de 2022; por lo que se procede a realizar el reconocimiento de subsidios. iii. VERIFICACIONES Para estas empresas la Dirección de Energía Eléctrica:

1. Verificó que las empresas cumplieran las condiciones para efectuar pagos parciales, establecidas en los artículos 19, 20 y 21 de la Resolución 40239 del 13 de julio de 2022 del

Ministerio de Minas y Energía.

2. Realizó la distribución de recursos, anexa a esta comunicación, después de revisar y verificar la calidad y consistencia de la información reportada por cada una de las empresas prestadoras, así como la de los distribuidores mayoristas de combustible.

RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 7 de 13

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI”

3. Verificó que las empresas se encontraran al día con el cargue de información al SUI, de acuerdo con el último reporte de información remitido por la Superintendencia de Servicios

Públicos Domiciliarios mediante el radicado No 1-2022-046759 del 23 de noviembre de 2022; es decir, que se cumple con lo establecido el inciso segundo del numeral 99.10 de la Ley 142

de 1994.

4. Mediante la Circular No. 40017 del 4 de agosto de 2022 del Viceministro de Energía se les recordó a las empresas su obligación de realizar la medición de la energía consumida por el usuario, y se requirió información respecto al sistema de medición utilizado por la empresa, y en caso de que no contarán con éste, se solicitó presentar un plan de instalación de medidores, de no responder a esta solicitud se suspenderán los giros de subsidios por cualquier clase de concepto. En virtud de lo anterior, para la presente distribución, se verificó que los prestadores de servicio hubiesen dado respuesta al requerimiento de la Circular 40017 de 2022, los demás requerimientos efectuados por el Ministerio de Minas y Energía o que en su defecto, que el total de las localidades que son atendidas por las empresas prestadoras de servicio cuenten con sistema de telemetría por parte del Centro Nacional de

Monitoreo-CNM.

5. Los oficios allegados a esta Dirección (Solicitud de estimación y carta de autorización) serán relacionados con el número de radicado asignado por el Ministerio de Minas y Energía en el Anexo 1 del presente memorando.

6. Las Empresas Prestadoras del Servicio presentaron a esta Dirección los respectivos soportes de compra de electrocombustible destinado para la generación, para cada una de las localidades atendidas, correspondiente al segundo, tercer y cuarto trimestre de 2022

(meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre) mediante los radicados indicados en el Anexo 2: “Distribución de Recursos ZNI por centros poblados y prestador”, el cual hace parte integral del presente memorando para la expedición de la resolución de pago.

7. Mediante la Circular 4029 del 31 de octubre de 2017 del Ministerio de Minas y Energía, se

informó a las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de energía eléctrica que deben informar inmediatamente al Ministerio cuando una localidad ZNI se conecte al SIN, con el fin de evitar duplicidad de información y reconocimiento en el proceso de distribución de subsidios. Para la fecha de este memorando, ninguna de esas empresas ha reportado la conexión del ZNI al SIN de alguna de las localidades del Anexo 2 de este memorando.

8. En el Anexo 2 de este memorando: “Distribución de Recursos ZNI por centros poblados y prestador”, se enlistan las localidades de las ZNI, en las que las empresas prestan el servicio, objeto de la presente distribución de subsidios, según la información reportada por las empresas.

9. Para determinar los valores a girar, por concepto de pago parcial de subsidios, no se priorizó ni se discriminó ninguna empresa prestadora del servicio.

10. La descripción de la distribución objeto de este memorando, por periodo, es el siguiente: EMPRESA PERIODO MES VALOR Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Segundo trimestre de 2022 Junio $211.365.126

Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Tercer trimestre de 2022 Julio $54.587.913 Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Tercer trimestre de 2022 Agosto $187.206.827 Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Tercer trimestre de 2022 Septiembre $124.296.994 Empresas Prestadoras de Servicio ZNI Cuarto trimestre de 2022 Octubre $3.961.427.953 VALOR TOTAL $4.538.884.813 (…) Que el monto a girar por medio de la presente Resolución, por concepto de pago parcial de

subsidios, corresponde a facturas de compraventa de combustible, utilizado para la generación de energía durante los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), por parte de los prestadores del servicio. Que mediante oficios con radicados No. 1-2022-028050 del 29 de julio de 2022, 1-2022-036473 del 21 de septiembre de 2022, 1-2022-041367 del 20 de octubre de 2022 y 1-2022-045546 del 16 de noviembre de 2022, la empresa Chevron Petroleum Company; 1-2022-028084 del 29 de RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 8 de 13 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI” julio de 2022, 1-2022-032166 del 26 de agosto de 2022, 1-2022-036151 del 20 de septiembre de 2022 y 1-2022-045542 del 16 de noviembre de 2022, la empresa Organización Terpel S.A.; 12022-045541 del 16 de noviembre de 2022 la empresa Primaxx Colombia S.A.; 1-2022-045539 y 1-2022-045540 del 16 de noviembre de 2022, la empresa Comercializadora Proxxon S.A.;

presentaron los saldos de cartera a cargo de las Empresas Prestadoras del Servicio en favor de los Distribuidores Mayoristas, para los períodos objeto de la presente Resolución, información que fue verificada por la Dirección de Energía Eléctrica. Que con base en lo expuesto anteriormente, los valores a distribuir calculados por la Dirección de Energía Eléctrica son los presentados en la siguiente tabla: Tabla No. 1

PIGNORAPIGNORACIÓN

CIÓN SEGUNPIGNORACIÓN TERCER TRIMESTRE

CUARTO TRIDO TRIMES2022

EMPRESA PRESTAMESTRE 2022 VALOR TOTRE 2022

DORA DEL SERVICIO TAL MES DE MES DE JUMES DE MES DE MES DE OCTUSEPTIEMNIO JULIO AGOSTO BRE

BRE AMBAR SERVICIOS DE OCCIDENTE ESP $0 $0 $0 $0 $44.552.265 $44.552.265

SAS COMPAÑÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS $0 $0 $0 $0 $42.925.393 $42.925.393

DOMICILIARIOS DE

BOJAYÁ S.A. ESP

COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLI- $158.494.334 $0 $0 $0 $0 $158.494.334

COS DE LOPEZ DE

MICAY - COOSERPUL

E.S.P. DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE BAJO BAUDÓ PIZARRO $0 $0 $132.618.916 $124.296.994 $150.167.763 $407.083.673

S.A. – ELECTROBAUDO E.S.P.

EAT.ELECTRIFICADORA DE SAN JUAN

DE LA COSTA E.S.P – $0 $0 $0 $0 $52.699.962 $52.699.962

ELECTRO SAN JUAN

E.S.P.

ELECTRIFICADORA DE MAPIRIPAN S.A $0 $0 $0 $0 $83.116.954 $83.116.954

ESP - ELECTRIMAPIRI

ELECTRIFICADORA DEL PACIFICO S.A $0 $0 $0 $0 $217.839.290 $217.839.290

E.S.P - ELECTROPACIFICO S.A E.S.P ELECTRIFICADORA $0 $0 $0 $0 $64.954.200 $64.954.200

ENTRE RIOS S.A.S

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO DE PRESTACION DE SERVICIOS PÚBLICOS DE BOCAS DE $0 $0 $0 $0 $31.711.372 $31.711.372

CURAY E.S.P – E.A.T.

BOCAS DE CURAY

E.S.P. - ELECTROCURAY

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ELECTRIFICADORA $0 $0 $0 $0 $186.252.510 $186.252.510

DEL PACIFICO SURELECTRIPACIFICO

SUR

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO ENERGÍA DE OLAYA $0 $0 $0 $0 $190.488.116 $190.488.116

HERRERA EAT - ENEROLAYAHERRERA

E.S.P.

RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 9 de 13

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por

menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI”

PIGNORAPIGNORACIÓN

CIÓN SEGUNPIGNORACIÓN TERCER TRIMESTRE

CUARTO TRIDO TRIMES2022

EMPRESA PRESTAMESTRE 2022 VALOR TOTRE 2022

DORA DEL SERVICIO TAL MES DE MES DE JUMES DE MES DE MES DE OCTUSEPTIEMNIO JULIO AGOSTO BRE

BRE

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Y LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENERGÍA EN LA ZONA RU- $0 $0 $0 $0 $6.549.697 $6.549.697

RAL DEL MUNICIPIO

DE LA TOLA NARIÑOE.A.T. ENERAMARALES E.S.P EMPRESA DE ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO Y ENERGÍA DE PUER- $0 $0 $0 $0 $88.332.105 $88.332.105

TO GUZMÁN S.A

E.S.P - EMPOGUZMAN EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEPARTAMENTO DEL $0 $0 $0 $0 $162.241.140 $162.241.140

VICHADA-ELECTROVICHADA S.A. E.S.P.

- Cumaribo EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEPARTAMENTO DEL $0 $0 $0 $0 $406.615.840 $406.615.840

VICHADA-ELECTROVICHADA S.A. E.S.P.

- Pto Carreño EMPRESA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEPARTAMENTO DEL $0 $0 $0 $0 $51.301.546 $51.301.546

VICHADA-ELECTROVICHADA S.A. E.S.P.

-Santa Rosalia EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE $0 $0 $0 $0 $448.315.897 $448.315.897

ACANDI S.A. E.S.PEMSELCA

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA $0 $0 $0 $0 $117.702.733 $117.702.733

DEL CAUCA.S.A.

E.S.P.-ENERCAUCA

S.A. E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DEL ALTO BAUDÓ ESP $0 $0 $0 $0 $136.987.992 $136.987.992

S.A.S. – ENERBAUDO

E.S.P.

EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE UN- $0 $0 $0 $0 $209.748.358 $209.748.358

GUIA S.A. ESP - ESPUN EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS $0 $0 $0 $0 $174.757.531 $174.757.531

ENERGIZAR DEL PACIFICO S.A E.S.P EMPRESA ELECTRIFICADORA DE NUQUI $0 $0 $0 $0 $139.047.600 $139.047.600

E.S.P. – ELECTRONUQUI E.S.P EMPRESA GENERADORA DE CARTAGENA DEL CHAIRA - $0 $0 $0 $0 $20.924.955 $20.924.955

GENDECAR S.A. ESP

- CARTAGENA DEL CHAIRA RESOLUCION No. 01855 DE 2022 Hoja 10 de 13

Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el pago parcial de subsidios por menores tarifas del sector eléctrico en las Zonas No Interconectadas -ZNI-, destinados al combustible para generación, correspondientes a los meses de junio (segundo trimestre de 2022); julio, agosto, septiembre (tercer trimestre de 2022) y octubre (cuarto trimestre de 2022), con cargo al FSSRI”

PIGNORAPIGNORACIÓN

CIÓN SEGUNPIGNORACIÓN TERCER TRIMESTRE

CUARTO TRIDO TRIMES2022

EMPRESA PRESTAMESTRE 2022 VALOR TOTRE 2022

DORA DEL SERVICIO TAL MES DE MES DE JUMES DE MES DE MES DE OCTUSEPTIEMNIO JULIO AGOSTO BRE BRE EMPRESA GENERADORA DE CARTAGENA DEL CHAIRAGENDECAR S.A. ESP $0 $0 $0 $0 $34.724.258 $34.724.258

- MUNICIPIO DE SAN

VICENTE DEL CAGUÁN EMPRESA GENERADORA DE CARTAGENA DEL CHAIRA - $0 $0 $0 $0 $8.222.417 $8.222.417

GENDECAR S.A. ESP

- MUNICIPIO DE SOLANO EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICI- $0 $0 $0 $0 $121.255.857 $121.255.857

LIARIOS VIGÍA DEL FUERTE - EMSPUVIF EMPRESA SIGLO XXI $0 $0 $0 $0 $157.726.602 $157.726.602

ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. - MUNICIPIO $0 $0 $0 $0 $17.731.899 $17.731.899

DE CARMEN DE

ATRATO ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. - MUNICIPIO $0 $0 $0 $0 $16.608.091 $16.608.091

DE CONDOTO ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. - MUNICIPIO $0 $0 $0 $0 $47.729.905 $47.729.905

DE LLORO ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. -MUNICIPIO DE $0 $0 $0 $0 $20.579.730 $20.579.730

BAJO BAUDÓ ENERPACIFIC S.A.S E.S.P. -MUNICIPIO $0 $0 $0 $0 $14.073.139 $14.073.139

NOVITA JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS $0 $0 $0 $0 $192.836.878 $192.836.878

PÚBLICOS DE CAPURGANA-JASEPCA MUNICIPIO DE MIRA- $0 $0 $0 $0 $58.990.127 $58.990.127

FLORES - GUAVIARE

PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ENERGÍA EN $30.756.224 $22.832.797 $31.755.114 $33.069.001 $118.413.136

ZONAS NO CONECTADAS ESP S.A.SEPSENBajo Baudo

PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ENERGÍA EN $22.114.568 $31.755.116 $22.832.797 $23.777.518 $100.479.999

ZONAS NO CONECTADAS ESP S.A.SEPSEN -NOVITA SOLENERGETICAS $0 $0 $0 $0 $75.231.659 $75.231.659

S.A.S E.S.P UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...