MINMINAS - Resolución 2319 de 2025
Ministerio de Minas y Energía
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Detalles
- Título
- MINMINAS - Resolución 2319 de 2025
- Autor
- Ministerio de Minas y Energía
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 02319 DE 2025
(24 Diciembre 2025) Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto, cuenta–objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional, Subproyecto 4 Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática C Cierre de Brechas Energéticas del Presupuesto de Inversión del MME– Gestión General, vigencia fiscal 2025 con Radicado 3-2025-058772 de 21-12-2025
EL DIRECTOR DE HIDROCARBUROS ENCARGADO DE LAS FUNCIONES
DEL EMPLEO DE SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas mediante el inciso quinto del artículo 19 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, el artículo 2.8.1.5.3. del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, en concordancia con las delegadas a través del artículo 1° de la Resolución 40408 del 30 de septiembre del 2024, y la Resolución 40603 de 22 de diciembre de 2025, y CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia dispone que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”. Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 desarrolla el principio de delegación administrativa, disponiendo que los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, directores, gerentes y representantes legales de entidades descentralizadas, podrán mediante acto escrito delegar el ejercicio de funciones a ellos asignadas por la ley o el reglamento, en sus subalternos o en otras autoridades administrativas. Que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2025. Que el Gobierno Nacional, a través del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2025, detalló las apropiaciones y clasificó los gastos. Que el artículo 2.8.1.5.3 del Decreto 1068 de 2015 establece que las entidades podrán realizar asignaciones internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidación en sus dependencias, seccionales o regionales con el fin deContinuación de la Resolución “Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto, cuenta–objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de
cuenta–objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional, Subproyecto 4 Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática C Cierre de Brechas Energéticas del Presupuesto de Inversión del MME–Gestión General, vigencia fiscal 2025 con Radicado 3-2025-058772 de 21-12-2025” facilitar su manejo operativo y gestión, sin que las mismas impliquen cambios en su destinación. Estas desagregaciones deberán realizarse conforme a lo establecido en el Catálogo de Clasificación Presupuestal establecido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional. Que el inciso final del artículo 19 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, establece que, el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto, podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales, a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF - Nación, y para su validez no requerirán aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, ni del previo concepto favorable por
requerirán aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, ni del previo concepto favorable por parte del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas. Que mediante el artículo 1o de la Resolución 40408 de 2024, el ministro de Minas y Energía de la época delegó en el secretario general del Ministerio de Minas y Energía la facultad de expedir todos los actos administrativos relacionados con las desagregaciones del presupuesto y sus modificaciones. Que mediante la Resolución 0002 del 20 de marzo de 2024, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, estableció el Catálogo de Clasificación Presupuestal como sistema estructurado de codificación para la gestión de las finanzas públicas, la cual se utiliza para identificar las operaciones presupuestales de ingreso y de gasto en las diferentes etapas del proceso. Que mediante Resolución 40589 del 9 de diciembre de 2025, el Ministerio de Minas y Energía – Gestión General, efectuó una modificación al Anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Inversión, trasladando recursos del proyecto “Sustitución de Leña por Cilindros de GLP en Hogares de Bajos Recursos Nacional”, Subproyecto 4. Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática / C. Cierre de Brechas Energéticas; al proyecto “Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional”, Subproyecto 4. Transformación Productiva,
proyecto “Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional”, Subproyecto 4. Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática / C. Cierre de Brechas Energéticas; con el fin de cubrir el pago de los subsidios destinados a los usuarios de estratos 1 y 2 que consumen GLP distribuidos en cilindros en los departamentos de Amazonas, Archipiélago de San Andrés y Providencia, Caquetá, Cauca, Nariño y Putumayo, así como en las Áreas Protegidas del Sistema de Parques Nacionales Naturales bajo jurisdicción del Macizo Colombiano, beneficiando a 230.644 usuarios Página 2 de 5Continuación de la Resolución “Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto, cuenta–objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional, Subproyecto 4 Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática C Cierre de Brechas Energéticas del Presupuesto de Inversión del MME–Gestión General, vigencia fiscal 2025 con Radicado 3-2025-058772 de 21-12-2025” Que se hace necesario desagregar los recursos asignados al proyecto “Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional, Subproyecto 4. Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática / C. Cierre de Brechas Energéticas ” que provienen del trámite del traslado presupuestal entre proyectos de inversión,
Infraestructura de GLP Nacional, Subproyecto 4. Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática / C. Cierre de Brechas Energéticas ” que provienen del trámite del traslado presupuestal entre proyectos de inversión, efectuado a nivel de Anexo de Decreto de Liquidación en el Presupuesto de la entidad para la vigencia 2025, mediante Resolución No. 40589 del 9 de diciembre de 2025, aprobado por el Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, lo cual no implica cambios en su destinación. Que la Oficina de Planeación y Gestión Internacional, mediante memorando radicado con No 3-2025-058772 del 21 de diciembre de 2025, solicita la desagregación del gasto, de la siguiente manera: Que igualmente, se solicita que adicionalmente y de acuerdo con el requerimiento del área, además de realizar la resolución de Desagregación del Gasto respectiva referente al traslado entre proyectos mencionado anteriormente, incluir la modificación de traslado de recursos entre rubros presupuestales desagregados de este último proyecto de la siguiente manera: Página 3 de 5Continuación de la Resolución “Por la cual se efectúa la desagregación a nivel de producto, cuenta–objeto del gasto, de acuerdo con el Catálogo de Clasificación Presupuestal, del proyecto denominado Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de GLP Nacional, Subproyecto 4 Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática
denominado Distribución de recursos al Consumo en Cilindros y Proyectos de Infraestructura de
GLP Nacional, Subproyecto 4 Transformación Productiva, Internacionalización y Acción Climática C Cierre de Brechas Energéticas del Presupuesto de Inversión del MME–Gestión General, vigencia fiscal 2025 con Radicado 3-2025-058772 de 21-12-2025” Unidad Gestión General o quién éste designe, podrá efectuar las desagregaciones en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIFNación, de acuerdo con los requerimientos de la Entidad y a fin de conseguir un ágil y eficiente manejo de la ejecución presupuestal. Artículo 3.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de Diciembre de 2025.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Julián Flórez Quiroga Secretario General (E) Secretaría General Documento firmado electrónicamente amparado en las disposiciones referidas por la Ley 527 de 1999.
Elaboró: Maria Del Pilar Sanabria Suarez Revisó: Claudia Janeth Sierra Tovar, Omar Carmona Arias, José Inocencio Flórez Vergara, Pablo Cesar
Pacheco Rodríguez, Lelis Francisco Forero Sánchez, Julián Flórez Quiroga.
Aprobó: Julián Flórez Quiroga Página 5 de 5