MINMINAS - Resolución 40028 de 2025

Ministerio de Minas y Energia

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 40028 de 2025
Autor
Ministerio de Minas y Energia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2025

eo,- Ken pat RESOLUCIÓN NÚMERO 4002 8 (29 ENE 2005) Por la cual se ordena el “Pago de Pasivos Exigibles — Vigencias Expiradas”, correspondiente a los recursos que se adeudan a los municipios productores de metales preciosos, por concepto del recaudo del impuesto al oro y platino, percibido durante el mes de diciembre de la vigencia 2024. EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 51 del Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024 y el artículo 54 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, y CONSIDERANDO: Que el artículo 21 del Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024, "Por medio del cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025" faculta al Gobierno Nacional para que en el Decreto de Liquidación clasiífique los ingresos y gastos y defina estos últimos. Que mediante Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2025, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos. Que en la cuenta Transferencias Corrientes, el rubro 03-03-02-011 “Recursos de oro y platino para los municipios productores — Decreto 2173 de 1992”, permite transferir en el

gasto, a los municipios productores de metales preciosos, los recaudos que, por concepto de impuesto al oro y platino, percibe la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Que mediante oficio radicado No. 2-2025-001762 del 08 de enero de 2025, el Subdirector de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, remitió a la Agencia Nacional de Minería - ANM el extracto, los comprobantes de pago y el valor del recaudo del impuesto al oro y platino percibido durante el mes de diciembre de 2024, el cual ascendió a la Suma de NUEVE

MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO

MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS CON TREINTA CENTAVOS MICTE.

($9.816.994.653.30). Que mediante oficio del 16 de enero del 2025, radicado de la ANM No.20253210605001, el Gerente de Proyectos del Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera de la Agencia Nacional de Minería - ANM, comunicó a la Subdirección Administrativa y Financiera de este Ministerio la distribución de los recursos del impuesto al oro y platino que a los municipios productores les corresponde recibir, por concepto del recaudo percibido durante el mes de diciembre de 2024, con el fin de que se informara a la División Financiera del Ministerio de

Minas y Energía, el valor del impuesto discriminado por municipio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 2173 de 1992; distribución que ascendió a la suma

de la suma de NUEVE MIL OCHOCIENTOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS

CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO PESOS, ($9.309.247.188).

Quedando un valor pendiente por distribuir de SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON TREINTA CENTAVOS MI/CTE ($7.747.465.30), valor que no registra recibo o formato de consignación para el pago del Impuesto al Oro y Platino, por lo tanto no existe información para la respectiva distribución. En, le Clio e caiadm . ñ Enprorad Cambio 5 40028 2 9 ENE 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el “Pago de Pasivos Exigibles — Vigencias Expiradas”, correspondiente a los recursos que se adeudan a los municipios productores de metales preciosos, por concepto del recaudo del impuesto al oro y platino, percibido durante el mes diciembre de la vigencia 2024 Por lo tanto, la distribución quedó efectuada de la siguiente manera:

DISTRIBUCIÓN DEL RECAUDO DEL

MUNICIPIOS IMPUESTO AL ORO Y PLATINO DEL|

MES DICIEMBRE DE 2024

EL BAGRE - ANTIOQUIA

MARMATO - CALDAS

NECHI - ANTIOQUIA

REMEDIOS - ANTIOQUIA

SEGOVIA - ANTIOQUIA

ZARAGOZA - ANTIOQUIA

TOTAL 4.225.121.765,00 17.370.481,00 73.069.227,00 97.362.603,00 5.376.531.604,00 19.791.508,00 9.809.247.188,00 loa ſo lalalala Que con base en lo dispuesto en el artículo 51 del Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024 y el artículo 54 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024, se procede a efectuar el pago bajo el concepto “Pago de Pasivos Exigibles Vigencias Expiradas’, correspondiente a la transferencia del impuesto al oro y platino a favor de los municipios productores de metales preciosos, percibido durante el mes de diciembre de 2024, de acuerdo con la certificación emitida por este Despacho, en la cual se señfala el cumplimiento de los requisitos mencionados en las normas citadas. Que, por lo anterior, es procedente atender el gasto “Pago de Pasivos ExigiblesVigencias Expiradas” por valor de NUEVE MIL OCHOCIENTOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO PESOS, ($9.809.247.188) para lo cual se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 140825 del 22 de enero del 2025, rubro “A-03-03-02-011 Recursos de oro y platino para los municipios productores, Decreto 2173 de 1992”.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1.- Ordenar el “Pago de Pasivos Exigibles — Vigencias Expiradas”, correspondiente a los recursos que se adeudan, por concepto del recaudo del impuesto al oro y platino, percibido durante el mes de diciembre de 2024, con destino a los municipios productores de metales preciosos, con base en el Certificado de Disponibilidad No. 140825 del 22 de enero de 2025, por las cuantías que a continuación se detallan: | iio_ Fareroad Página 2 de 4 % o taaAU«Aaa 40028 EAEnerhaioo 29 ENE 2025 — Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el “Pago de Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas”, correspondiente a los recursos que se adeudan a los municipios productores de metales preciosos, por concepto del recaudo del impuesto al oro y platino, percibido durante el mes diciembre de la vigencia 2024

DISTRIBUCIÓN DEL RECAUDO DEL|

MUNICIPIOS IMPUESTO AL ORO Y PLATINO DEL

MES DICIEMBRE DE 2024

EL BAGRE - ANTIOQUIA

MARMATO - CALDAS

NECHI - ANTIOQUIA

REMEDIOS - ANTIOQUIA

SEGOVIA - ANTIOQUIA

ZARAGOZA - ANTIOQUIA

TOTAL 4.225.121.765,00 17.370.481,00 73.069.227,00 97.362.603,00 5.376.531.604,00

19.791.508,00 9.809.247.188,00 la ſo lalalala Artículo 2.- Autorizar a los Grupos Financieros de la Subdirección Administrativa y Financiera, para que sitúen a los municipios citados, los valores correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución, de acuerdo con la disponibilidad del Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC Artículo 3.- Acorde con lo dispuesto en el artículo 2.9.1.2.1 del Decreto 1068 de 2015, el Ministerio de Minas y Energía situará los recursos a los municipios citados en el artículo primero de la presente resolución, en las cuentas bancarias suministradas por éstos y validadas en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIlIF que a continuación se detallan: MUNICIPIOS NT CUENTA TIPO DE CUENTA BANCO EL BAGRE - ANTIOQUIA 890.984.221-2 371-582950-14 Corriente BANCOLOMBIA MARMATO - CALDAS 890,801,145-6 1832000224-1 Corriente AGRARIO NECHI - ANTIOQUIA 890.985.354--8 897168001 Ahorro BOGOTÁ REMEDIOS - ANTIOQUIA 890.984.312-4 1454000751-6 Corriente AGRARIO SEGOVIA - ANTIOQUIA 890.981.391-2 416-00981-9 Corriente DAVIVIENDA ZARAGOZA - ANTIOQUIA 890.981.150-4 40506266-2 Corriente OCCIDENTE

Artículo 4.- Comuniquese la presente resolución a los municipios de El Bagre (Antioquia), Marmato (Caldas), Nechi (Antioquia), Remedios (Antioquia), Segovia (Antioquia) y Zaragoza (Antioquia). Artículo 5.- Remitase copia de la presente Resolución a la Contraloria General de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024 y el artículo 54 del Decreto 1621 del 30 de diciembre de 2024. e porton, cola . Página 3 de 4 amas” oS22 a10028 2 9 ENE 2025 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena el ‘Pago de Pasivos Exigibles — Vigencias Expiradas”, correspondiente a los recursos que se adeudan a los municipios productores de metales preciosos, por concepto del recaudo del impuesto al oro y platino, percibido durante el mes diciembre de la vigencia 2024 Artículo 6.- Contra la presente resolución no procede recurso alguno, por ser un acto de ejecución y rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 2 9 ENE 2025 Ministro de Minas y Energía

Elaboró: Dora Stella Reyes González - Profesional

© 5 + 7

Revso: Claudia Sierra Tovar - Profesional Especializado / Omar Garmona Arias - Coordinador Grupo Presupuestd A

Camilo Andrés Bustos Parra Subdirección Administrativá)y Financiera

Lelis Francisco Forero Sánchez - Secretaria General Lesle Mayerly Rodríguez Muñoz - Subdirectora Administr Nelson Javier Vásquez Torres - Secretario Generay//H

Aprovbó: Jorge Eduardo Salgado Ardila - Jefe Oficina AS@s0JÓ 4

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