🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINMINAS - Resolucion 40176 de 2023

Ministerio de Minas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINMINAS - Resolucion 40176 de 2023
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

Repúblicad e Colombia MINISTERIDOE M INASY ENERGIA 4 Q 1 ] 6 RESOLUCIÓN NÚMERO ( O2 H1 2023l Por la cual se amplía la vigencia del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público -RETILAP LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGÍA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales. en especial las que le confiere el artículo 2.2.3.6.4.4 del Decreto 1073 de 2015. que compiló el Decreto 2501 de 2007: el numeral 9 del artículo 2º y el numeral 7 del artículo 5º del Decreto 381 de 2012. y CONSIDERANDO Que, el Ministerio de Minas y Energía en ejercicio de sus atribuciones legales expidió el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP, mediante la Resolución 18 1331 de 2009, la cual estableció la entrada en vigencia para el 20 de febrero de 2010. Que, mediante la Resolución 18 0265 de 2010, el Ministerio de Minas y Energía aplazó la entrada en vigencia del Reglamento hasta el primero de abril de 2010. Que, una vez entró en vigencia el RETILAP, fue modificado y aclarado mediante las Resoluciones 18 0540 de 2010, 18 1568 de 2010. 18 2544 de 2010. 18 0173 de 2011, 9 1872 de 2012. 9 0980 de 2013 y 4 0122 de 2016. Que, de conformidad con el artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1074 de 2015, modificado por el

Decreto 1468 de 2020 "Los reglamentos técnicos expedidos serán sometidos a evaluación ex post por parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación o derogatoria, por lo menos, una vez cada cinco (5) años, contados a partir de su entrada en vigor, / ...) . No serán parte del ordenamiento jurídico los reglamentos técnicos que, transcurridos cinco (5) años de su entrada en vigor, no hayan sido evaluados y decidida su permanencia o modificació11p or la entidad que lo expidió. Para lo anterior. antes que lranscurran los cinco /5) arios desde la entrada en vigencia. y Juego de haber realizado el AIN ex post, la entídad debe emitir acto admi11istralivo en el que disponga la permanencia del reglamento técnico. o en el que prorrogue su vigencia mientras emite la modificación que corresponda, lo que aplique según las conclusiones del AIN ex post." Que, el Grupo de Reglamentos Técnicos de la Dirección de Energía Eléctrica, elaboró el Análisis de Impacto Normativo -AIN del RETILAP, el cual fue puesto a consulta ciudadana entre el 18 de septiembre de 2019 al 2 de octubre de 2019. Que, como resultado del AIN, se identificó una problemática principal ligada a la baja confiabilidad y seguridad de los sistemas de iluminación. Así mismo, se idenlificó la necesidad de incluir acciones especificas para el diseño de iluminación, construcción. inspección, mantenimiento, disposición de los residuos y desmantelamiento respectivamente. Adicionalmente, se determinó la necesidad de constituir un sistema de información para facilitar su implementación y la gestión

eficiente de energía y establecer un sistema de evaluación de la conformidad que genere confianza en el RETILAP. Que. en atención de lo previsto en el articulo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1074 de 2015. modificado por el Decreto 1468 de 2020, el Grupo de Reglamentos Técnicos de la Dirección de Energía Eléctrica 4 O 1 7 6

O2 FEO20 23

RESOLUCIÓNNÚ MERO DE Hoa2de3 "Por la cual se amplia la vigencia del Reglamer;toT écnico de Iluminacióny Alumbrado PcíblicoRETILAP" del Ministerio de Minas y Energía. determinó que las causas que dieron origen a la expedición del reglamento no han cambiado. Que el Grupo de Reglamentos Técnicos, durarte los meses de abril hasta septiembre de 2021 llevó a cabo mesas de trabajo, reuniones con expertos y convocó la participación de diferentes expertos del sector de iluminación para adelantar el borrador de anteproyecto de actualización del reglamento. Que la Resolución 4 0033 del 24 de enero de 2020, creó la Comisión Asesora de Reglamentos Técnicos (CART), para recomendar decisiones relacionadas con los reglamentos técnicos que emita el Ministerio de Minas y Energía. Asi mismo, es función de esta comisión. conforme al literal c del articulo 4', "Recomendar la aprobación de actualizaciones. cambios y ajustes de los reglamentos existentes··,e n los que el Ministerio sea el regulador, por lo que el GRT puso a consideración de esta comisión el día 15 de diciembre de 2021. la propuesta de anteproyecto de

actualización del RETILAP, para que fuera puesta a consulta ciudadana, obteniendo recomendación favorable para su respectiva publicación a comentarios. Que. conforme lo señalado en el numeral 3' del artículo 2.2.1.7.5.5 del Decreto 1468 de 2020. "En los casos en los que el AIN indique que deben tornarse medidas regulatorias. el proyecto de reglamento técnico deberá someterse a consultap ública durante quince (15) días calendario (. . .) ", sin embargo, teniendo en cuenta la complejidad del anteproyecto y a petición de algunos interesados que solicitaron más tiempo para revisar el documento, el Ministerio de Minas y Energía puso a consulta el proyecto del RETILAP por el término de 60 días calendario, siendo puesto en conocimiento de interés público para recepción de comentarios entre el O1 de marzo de 2022 y el 01 de mayo de 2022. De acuerdo con las solicitudes de algunas partes interesadas, se extendió el plazo para recibir comentarios hasta el 08 de mayo de 2022. Que del proceso de consulta pública ciudadana se recibieron 2285 comentarios de 66 partes interesadas. los cuales fueron recopilados y publicados en el mes de junio de 2022, en el informe de recepción de comentarios en la sección de bros de la página web del Ministerio. Así mismo, se realizaron mesas de trabajo posteriores con partes interesadas que participaron en la consulta pública, con el fin de aclarar y profundizar algunas de sus propuestas. Que conforme lo indicado en el artículo 2.2.1.7.5.4 del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1468 de 2020. "Para la expedición o modificaciónd e reglamentos técnicos las entidades

deberán aplicar buenas prácticas (. .. )". Que de acuerdo con la Resolución 40031 del 5 de febrero de 2021. el Ministerio de Minas y Energ ia prorrogó por dos años la vigencia del RETILAP, hasta el día 05 de febrero de 2023. Que mientras culmina el proceso nacional e internacional que debe adelantarse para la elaboración y expedición de la actualización del RETILAP. el cual actualmente se encuentra en curso, y se surten las etapas señaladas en el proceso de buenas prácticas reglamentarias prescritas en el Decreto 1468 de 2020. y con el fin de proteger la vida e integridad de las personas y mantener la seguridad de los productos objeto del reglamento, se hace necesario que se mantenga la exigencia de cumplimiento de requisitos técnicos establecidos en el RETILAP y en consecuencia se prorrogue la vigencia del Reglamento vigente. Que, para la expedición de la presente resolución. no es necesaria la emisión de un concepto previo por parte del Ministerio de Industria. Comercio y Turismo, ya que, como lo prevé el parágrafo 2' del artículo 2.2.1.7.5.6. del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1468 de 2020, esta solicitud solo deberá realizarse cuando se trate de un AIN completo que esté relacionado con un reglamento técnico nuevo o una modificación que hace más gravosa la situación. esto es, que se hace más dificil de cumplir o se hace más exigente para los regulados generando requisitos adicionales ylo costos adicionales para su cumplimiento. Que el día 28 de diciembre del 2022 se puso en consideración de la Comisión Asesora de Reglamentos Técnicos la medida tomada por la presente resolución, y. en consecuencia, dicho

órgano acogió la recomendación de prorrogar por 15 meses la vigencia del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP, adoptado mediante la Resolución 18 0540 del 2010. modificada mediante Resolución 4 0122 del 2016. 4 O 1 7 6 RES.OLUCIÓNNÚ MERO DE Hoa3de3 , , . /Por la cual se amplía la vigencia del Reglameflto Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - ' RETILAP" Que de conformidad con los artículos 2.2.2.30.5 y 2.2.2.30.6. del Decreto 1074 de 2015, la Dirección de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía respondió el cuestionario denominado ''EVALUACIÓN DE LA INCIDENCIA SOBRE LA LIBRE COMPETENCIA DE LOS PROYECTOS DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EXPEDIDOS CON FINES REGULA TORIOS" dispuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio, encontrando que la totalidad de las respuestas contenidas en el cuestionario resultaron negativas, en consecuencia. no existe la necesidad de informarlo a la Oelegatura para la Protección de la Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio para a expedición de la presente resolución. Que de conformidad con el numeral 8º del artículo 8' de la Ley 1437 del 2011, el Decreto 270 del 2017 y la Resolución 4 0310 del 2017. el texto del presente acto administrativo. junto con su memoria justificativa fue publicado en la página web del Ministerio de Minas y Energía entre el día

3 de enero del 2023 y el día 18 de enero del 2023, para conocimiento de la ciudadanía y recibo de observaciones. Que vencido dicho término, y una vez analizada la procedencia de las observaciones y/o comentarios recibidos, se procede a la expedición de la presente resolución y a publicar en la página web de la Ministerio de Minas y Energía la matriz de respuestas a dichos comentarios. Que. por lo anteriormente expuesto, RESUELVE Articulo 1. Prorrogar por 15 meses la vigencia del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público - RETILAP, adoptado mediante la Resolución 18 0540 del 2010. actualizado por última vez por medio de la Resolución 4 0122 del 2016, contados a partir del 5 de febrero de 2023, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta resolución. Articulo 2. La presente resolución rige a partir <le su publicación en el diario oficial.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE o.e.

Dado en Bogotá a los. Ministra de Minas y Energía i Elab0r6: Orlar'XloR oias Ouart~ Revisó: CriSMnO iti~D uran..t/ Margareth Muñoz Romer -· Juan Diego Sarrera R<Jf!Joto maido Puélaman uero Aorobó Irene verez 'í0(((:$

Consultar sobre este documento ...