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MINMINAS - Resolucion 40332 de 2015

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolucion 40332 de 2015
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2015

INDICE DE CONTENIDO

DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO PAGINA DESPACHO DEL MINISTRO Ministro 0005 0 5

Jefe de Oficina 0137 21 Oficina de Control Interno 8 Oficina de Asuntos Ambientales y Sociales 11 Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales 14 Jefe de Oficina Asesora 1045 16 Oficina Asesora Jurídica 16 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 19 Asesor 1020 18 22 Asesor 1020 16 27 Asesor 1020 14 35 Asesor 1020 10 37 Profesional Especializado 2028 23 39 Profesional Especializado 2028 21 41 Profesional Especializado 2028 15 43 Auxiliar Administrativo 4044 14 47 Secretario Ejecutivo Despacho del Ministro 4212 26 49 Secretario Ejecutivo 4210 22 51 Secretario Ejecutivo 4210 18 53 Conductor Mecánico 4103 19 55

DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS Viceministro 0020 0 57

Asesor 1020 16 59 Asesor 1020 14 62 Asesor 1020 12 64 Asesor 1020 10 66 Profesional Universitario 2044 09 69 Conductor Mecánico 4103 19 72

DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ENERGIA Viceministro 0020 0 74

Asesor 1020 16 77 Asesor 1020 14 79 Asesor 1020 12 85 Asesor 1020 10 87

Profesional Especializado 2044 09 93 Secretario Ejecutivo Despacho del Viceministro 4215 24 95 Secretario Ejecutivo 4210 19 97 Conductor Mecánico 4103 13 99 PLANTA GLOBALIZADA Director Técnico 0100 21 Dirección de Hidrocarburos 100 Dirección de Energía Eléctrica 104 Dirección de Minería Empresarial 107 Dirección de Formalización Minera 110 Secretario General de Ministerio 0035 23 113 Subdirector Administrativo y Financiero 0150 21 Subdirección Administrativa y Financiera 116 Subdirector Administrativo 0150 21 Subdirección de Talento Humano 119 Asesor 1020 10 Dirección de Formalización Minera 122 Secretaria General 124 Asesor 1020 09 126 Profesional Especializado 2028 23 Oficina Asesora Jurídica 128 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 130 Secretaria General 134 Dirección de Energía Eléctrica 136 Dirección de Hidrocarburos 145 Dirección de Formalización Minera 151 Dirección de Minería Empresarial 155 Subdirección de Talento Humano 157

INDICE DE CONTENIDO

DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO PAGINA Profesional Especializado 2028 21 Oficina Asesora Jurídica 159 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 161 Dirección de Hidrocarburos 163 Dirección de Formalización Minera 167 Dirección de Minería Empresarial 169 Subdirección Administrativa y Financiera 171 Subdirección de Talento Humano 176 Subdirección Administrativa y Financiera (LNR) 178

Profesional Especializado 2028 19 Oficina Asesora Jurídica 180 Oficina de Asuntos Ambientales y Sociales 182 Oficina de Control Interno 184 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 187 Dirección de Energía Eléctrica 189 Dirección de Formalización Minera 193 Dirección de Hidrocarburos 195 Dirección de Minería Empresarial 198 Grupo de Asuntos Nucleares 200 Subdirección Administrativa y Financiera 202 Secretaria General (Grupo de Participación y Servicio al Ciudadano) 206 Subdirección Administrativa y Financiera 208 Secretaria General (Grupo de Tecnologías de Información y Comunicación) 210 Subdirección de Talento Humano 212 Profesional Especializado 2028 18 Oficina Asesora Jurídica 214 Subdirección Administrativa y Financiera 216 Profesional Especializado 2028 17 Oficina Asesora Jurídica 220 Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales 222 Oficina de Control Interno 224 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 227 Dirección de Energía Eléctrica 231 Dirección de Formalización Minera 239 Dirección de Hidrocarburos 241 Dirección de Minería Empresarial 251 Secretaria General (Grupo de Tecnologías de Información y Comunicación) 253 Subdirección Administrativa y Financiera 255 Profesional Especializado 2028 16 Oficina de Control Interno 265 Dirección de Hidrocarburos 268 Profesional Especializado 2028 15 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 270 Dirección de Energía Eléctrica 272 Dirección de Formalización Minera 275 - 276 Dirección de Hidrocarburos 278

Dirección de Minería Empresarial 285 Grupo de Asuntos Nucleares 289 Secretaria General (Grupo de Tecnologías de Información y Comunicación) 293 Subdirección Administrativa y Financiera 295 Subdirección de Talento Humano 297 Profesional Especializado 2028 14 Oficina de Asuntos Ambientales y Sociales 299 Oficina de Control Interno 301 Dirección de Energía Eléctrica 304 Secretaria General (Grupo de Jurisdicción Coactiva) 306 Secretaria General (Grupo de Participación y Servicio al Ciudadano) 308 Profesional Especializado 2028 13 Oficina de Control Interno 310 Dirección de Energía Eléctrica 313 Dirección de Formalización Minera 315 Dirección de Hidrocarburos 317 Secretaria General (Grupo de Tecnologías de Información y Comunicación) 321 Subdirección Administrativa y Financiera 323 Profesional Especializado 2028 12 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 325 Dirección de Hidrocarburos 329

INDICE DE CONTENIDO

DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO PAGINA Profesional Universitario 2044 11 Oficina de Asuntos Ambientales y Sociales 339 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 342 Dirección de Formalización Minera 346 Dirección de Hidrocarburos 348 Dirección de Minería Empresarial 350 Secretaria General (Grupo de Participación y Servicio al Ciudadano) 352 Subdirección Administrativa y Financiera 354 Profesional Universitario 2044 10 Dirección de Energía Eléctrica 358 Subdirección Administrativa y Financiera (LNR) 360 Profesional Universitario 2044 09 Secretaria General (Grupo de Participación y Servicio al Ciudadano) 362

Profesional Universitario 2044 07 Dirección de Hidrocarburos 364 Subdirección Administrativa y Financiera 366 Profesional Universitario 2044 06 Subdirección Administrativa y Financiera 368 Técnico Administrativo 3124 18 Secretaria General (Grupo de Tecnologías de Información y Comunicación) 370 Dirección de Hidrocarburos 372 Subdirección de Talento Humano 374 Técnico Administrativo 3124 17 Subdirección de Talento Humano 378 Técnico Administrativo 3124 16 Dirección de Hidrocarburos 384 Subdirección Administrativa y Financiera 386 Subdirección de Talento Humano 393 Técnico Administrativo 3124 14 Subdirección de Talento Humano 394 Técnico Administrativo 3124 11 Dirección de Hidrocarburos 396 Técnico Administrativo 3124 10 Subdirección de Talento Humano 398 Técnico Operativo 3132 14 Dirección de Hidrocarburos 401 Técnico Operativo 3132 09 Subdirección Administrativa y Financiera 403 Técnico 3100 16 Secretaria General (Grupo de Participación y Servicio al Ciudadano) 405 Auxiliar Administrativo 4044 23 Subdirección Administrativa y Financiera 407 Auxiliar Administrativo 4044 16 Subdirección Administrativa y Financiera 411 Dirección de Energía Eléctrica 411 Auxiliar Administrativo 4044 14 Subdirección Administrativa y Financiera 413 Dirección de Hidrocarburos 413 Auxiliar Administrativo 4044 13 Grupo Enlace al Congreso 415

Oficina Asesora Jurídica 415 Dirección de Formalización Minera 415 Dirección de Hidrocarburos 415 Dirección de Minería Empresarial 415 Secretaria General 415 Subdirección Administrativa y Financiera 415 - 417 Subdirección de Talento Humano 415 Planta Transitoria 415 Auxiliar de Servicios Generales 4064 13 Subdirección Administrativa y Financiera 419 Dirección de Energía Eléctrica 422 Secretario Ejecutivo 4210 24 Subdirección de Talento Humano 424 Secretario Ejecutivo 4210 20 Dirección de Formalización Minera 426 Secretario Ejecutivo 4210 19 Secretaria General 428

INDICE DE CONTENIDO

DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO PAGINA Secretario Ejecutivo 4210 18

Oficina Asesora Jurídica 430 Oficina de Control Interno 432 Dirección de Hidrocarburos 432 Dirección de Formalización Minera 432 Grupo de Asuntos Nucleares 432 Secretaria General 432 Secretario Ejecutivo 4210 17 Subdirección Administrativa y Financiera 434 Secretario Ejecutivo 4210 16 Oficina Asesora Jurídica 436 Oficina de Asuntos Regulatorios y Empresariales 436 Oficina de Planeación y Gestión Internacional 436 Dirección de Energía Eléctrica 436 Dirección de Minería Empresarial 436 Secretaria General 436 Subdirección Administrativa y Financiera 436 Subdirección de Talento Humano 436 Secretario Ejecutivo 4210 15 Dirección de Energía Eléctrica 438 Secretaria General 438 Conductor Mecánico 4103 15 440 Conductor Mecánico 4103 13 442

Operario Calificado 4169 13 444 Republica de Colombia erlyOd e

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA

4 0332 RESOLUCION NUMERO DE ( 1 6 MAR 2015 ' “Por la cual se modifica y adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energia” EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política Nacional, el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, el artículo 9° del Decreto 2539 de 2005 y el Decreto 1785 de 2014, y CONSIDERANDO: Que el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, establece que es función de los Ministros además de las que señalan la Constitución Política de Colombia y demás disposiciones legales, dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia. Que el artículo 9° del Decreto No. 2539 de 2005 “Por el cual se establecen las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades a las cuales se aplican los Decretos-ley 770

y 785 de 2005”, establece que las entidades y organismos deberán ajustar sus manuales específicos de funciones y requisitos, incluyendo las competencias comunes a los servidores públicos y por nivel jerárquico Que el Decreto No. 1785 de 2014 “Por el cual se establecen las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y se dictan otras disposiciones” señala que: “(...) para la determinación de las disciplinas: académicas o profesiones a prever en los manuales específicos de funciones y de competencias laborales, es necesario tener en cuenta la agrupación de éstas conforme a la clasificación determinada en los núcleos básicos del conocimiento definidos en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES, con el propósito de hacer efectivo el acceso al empleo público en x RESOLUCION No. A 0332 ve 16 MAR 2015 Hoja No. 2 de 446 Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica y adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energia” igualdad de condiciones de quienes cuentan con una profesión perteneciente a una misma área del conocimiento”. Que en el artículo 29° del citado Decreto, se establece que: “(...) la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Decreto. Corresponde a la unidad de personal, o a la que haga sus veces, en cada organismo o entidad, adelantar los estudios para la elaboración,

actualización, modificación o adición del manual de funciones y de competencias laborales y velar por el cumplimiento de las disposiciones aquí previstas”. Que mediante Decreto No. 968 de 1940, se crea el Ministerio de Minas y Petróleos y se modifica la organización del Ministerio de la Economía Nacional. Que mediante Decreto No. 0381 de 2012, 1617 de 2013, 2881 de 2013, se modifica y adiciona la estructura del Ministerio respectivamente. Que el Ministerio de Minas y Energía tiene encomendada la siguiente misión: "Formular y adoptar políticas dirigidas al aprovechamiento sostenible de los recursos mineros y energéticos para contribuir al desarrollo económico y social del país". Que el Ministerio de Minas y Energía se ha fijado como visión “ser reconocido por la formulación de políticas que garanticen el desarrollo y aprovechamiento eficiente de los recursos mineros y energéticos en Colombia, su explotación, abastecimiento y exportación de sus excedentes, trabajando con eficiencia, innovación, calidad en su gestión y promoción de la responsabilidad social y ambiental”. Que para el cumplimiento de la misión y visión institucional, el Ministerio de Minas y Energía tiene asignadas las siguientes funciones: e Articular la formulación, adopción e implementación de la política pública del sector administrativo de minas y energía. e Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales, hidrocarburos y biocombustibles. e Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de generación,

transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica. e Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas de energía y promover, organizar y asegurar el desarrollo de los programas de uso racional y eficiente de energía. RESOLUCION No. 4 8 a 3 2 DE 1 6 MAR 2015 Hoja No. 3 de 446 Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica y adopta el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía" e Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política sobre las actividades relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país. e Formular políticas orientadas a que las actividades que desarrollen las empresas del sector minero-energético garanticen el desarrollo sostenible de los recursos naturales no renovables. e Adoptar los planes de desarrollo del sector minero-energético del pais en concordancia con los planes nacionales de desarrollo y con la política del Gobierno Nacional. e Expedir los reglamentos del sector para la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y biocombustibles. e Expedir los reglamentos técnicos sobre producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica y gas combustible, sus usos y aplicaciones. e Expedir la regulación para el transporte de crudos por oleoductos. e Adoptar los planes generales de expansión de generación de energía y de la red de interconexión y establecer los criterios para el planeamiento de

la transmisión y distribución. e Formular la política nacional en materia de energía nuclear y de materiales radiactivos. e Formular la política en materia de expansión del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI. e Adoptar los planes de expansión de la cobertura y abastecimiento de gas combustible. e Fiscalizar la exploración y explotación de los yacimientos, directamente o por la entidad a quien delegue. e Realizar las actividades relacionadas con el conocimiento y la cartografía del subsuelo directamente o por la entidad a quien delegue. Divulgar las políticas, planes y programas del sector. e Definir precios y tarifas de la gasolina, diesel (ACPM), biocombustibles y mezclas de los anteriores. e Revisar y adoptar el Plan de Expansión de la red de Poliductos y elaborar y adoptar el Plan de Continuidad, en los cuales se definirán los objetivos, principios, criterios y estrategias necesarias para asegurar la disponibilidad y suministro de los combustibles líquidos derivados, biocombustibles y otros en el mercado nacional, en forma regular y continua. e Establecer los criterios que orientarán la remuneración de los proyectos destinados a asegurar la confiabilidad, disponibilidad, continuidad y garantía del suministro de los combustibles líquidos, biocombustibles y otros. e Identificar el monto de los subsidios que podrá dar la Nación para los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, establecer los criterios de asignación de los mismos y solicitar la inclusión de partidas para el efecto en el Presupuesto General de la Nación. e Administrar los Fondos de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de

Ingresos. e Administrar el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas - FAZNI.

RESOLUCION No. 4 O 3 3 2 DE 1 6 MAR 20% Hoja No. 4 de 446

Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica y adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energia” e Administrar el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas - FAER. Administrar el Fondo Especial Cuota de Fomento. Administrar el Programa de Normalización de Redes Eléctricas -PRONE. Administrar el Fondo de Energía Social - FOES. Asistir al Gobierno Nacional y al Ministerio de Relaciones Exteriores en el establecimiento y fortalecimiento de las relaciones internacionales del país en lo referente a convenios acuerdos y tratados en materia minero energética. e Liderar la participación del Gobierno Colombiano en entidades, organizaciones y asociaciones internacionales dedicadas a la integración y cooperación en materia minero energética. e Las demás que se le asignen. Que el organigrama del Ministerio Minas y Energía es el siguiente: | Despacho del Ministro de | | Minas y Energía Oficina Asesora Jurídica | Oficina de Control | y ] Interno | ; | Comisión de Personal | oo ie |e Oficina de Planeación y | AAA AAA Gestión Internacional | | Comité de Coordinación | > === | del Sistema de Control | Oficina de Asuntos A | Interno y Gestión de | | Ambientales y Sociales | | Calidad |

| Oficina de Asuntos | | Regulatorios y Empresariales | 7 || ViDceesmpiancihstor o deld e || e | | Viceministro deld e | Minas | | Energía is a a) —— Dirección de Dirección de Direcciónd e || Direcciónde Minería | Formalización | Energía || Hidrocarburos Empresarial Minera Eléctrica ij — EE — Y — od UE = _ | subdirección | | Subdirección de | | Administrativa y | | Talento | | Financiera | | Humano t

RESOLUCION No. 4 0 3 3 2 DE 1 6 MAR 2015 Hoja No. 5 de 446

Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica y adopta el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía" Que mediante el Decreto No. 71 de 2001 se estableció la planta de personal y por medio de los Decretos No. 2583 de 2002, 3027 de 2005, 4338 de 2005, 3304 de 2006, 2807 de 2007, 4072 de 2007, 0382 de 2012, 2585 de 2012 y 2586 de 2012, se modificó la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía. Que mediante Resolución No. 9 1878 del 28 de diciembre de 2012, se ajusta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía. Que mediante Resoluciones No. 9 0996 del 19 de noviembre de 2013, 9 1092

del 12 de diciembre de 2013, 9 1158 del 26 de diciembre de 2013 y 9 1307 del 25 de Noviembre de 2014 se modifican perfiles del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía establecidos mediante Resolución No. 9 1878 del 28 de diciembre de 2012. Que atendiendo a las disposiciones señaladas en el Decreto 1785 de 2014, se hace necesario ajustar en forma integral el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1.- Modificar, actualizar y adoptar los perfiles asignados a la planta del Despacho del Ministro, Despacho del Viceministro de Minas y del Despacho del Viceministro de Energía del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de Libre Nombramiento y Remoción que conforman la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios que prestan sus servicios en la entidad, con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad para el logro de la misión, visión, objetivos institucionales y funciones que la ley y los reglamentos le señalan así:

NIVEL DIRECTIVO

|. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

Nivel: DIRECTIVO

Denominación del Empleo: MINISTRO

Código: 0005

Grado: No. de cargos UNO (1)

Dependencia DESPACHO DEL MINISTRO ¡Cargo del Jefe Inmediato: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Naturaleza del Cargo: LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN

ll. ÁREA FUNCIONAL: DESPACHO DEL MINISTRO (1) lll. PROPÓSITO PRINCIPAL Fijar, dirigir y controlar las políticas, planes, proyectos y programas establecidos por el Gobierno Nacional para el progreso del sector minero-energético, contribuyendo al aprovechamiento sostenible y desarrollo económico y social de estos recursos a nivel nacional tanto como internacional.

RESOLUCION No. 4 0332 DE 1 6 MAR 2015 Hoja No. 6 de 446

Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica y adopta el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía"

IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Adoptar la política en materia de minas, energía eléctrica, energía nuclear, materiales radiactivos, fuentes alternas de energía, hidrocarburos y biocombustibles.

2. Coordinar la ejecución de la política sectorial por parte de las entidades adscritas y vinculadas al sector minero energético.

3. Aprobar los planes, programas y proyectos de desarrollo del sector minero energético del país, en concordancia con los planes nacionales de desarrollo y con la política del Gobierno Nacional.

4. Expedir los reglamentos del sector para la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y biocombustibles.

5. Definir precios y tarifas de la gasolina, diesel (ACPM), biocombustibles y mezclas

de los anteriores.

6. Dirigir el proceso de expedición de la regulación energética.

7. Expedir los reglamentos técnicos sobre producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica y gas combustible, sus usos y aplicaciones.

8. Adoptar los planes generales de expansión de generación de energía y de la red de interconexión y establecer los criterios para el planeamiento de la transmisión y distribución.

9. Adoptar los planes de expansión de la cobertura de los servicios públicos de energía eléctrica.

10. Establecer áreas de servicio exclusivo para la prestación de los servicios públicos de distribución domiciliaria de energía eléctrica y de gas combustible por red y celebrar los contratos con los proponentes que seleccione para prestar los servicios en tales áreas.

11. Adoptar las políticas del Fondo de Solidaridad y Subsidios para la Redistribución del Ingreso - FSSRI de conformidad con las disposiciones vigentes.

12. Reconocer y ordenar el pago de las compensaciones por el transporte de derivados líquidos del petróleo a los distribuidores mayoristas de combustibles y gas licuado del petróleo, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 9 de la Ley 1118 de 2006.

13. Participar en los comités de administración que asignan los recursos de los Fondos a cargo del Ministerio.

14. Dirigir las funciones de fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos o delegarlas a una entidad del sector.

15. Dirigir las actividades relacionadas con el conocimiento y la cartografía del subsuelo o delegarlas a una entidad del sector.

16. Dictar las normas y reglamentos para la gestión segura de materiales nucleares y

radiactivos en el país.

17. Garantizar el ejercicio del control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.

18. Distribuir los cargos de la planta global de personal de Ministerio de acuerdo con la estructura, las necesidades de organización y sus planes y programas.

19. Las demás señaladas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o Dependencia a su cargo y la naturaleza del empleo.

V. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Asistir y representar al Ministerio, en reuniones nacionales e internacionales, juntas, comités y/o demás instancias relacionadas con asuntos de competencia de la entidad o del sector o efectuar las delegaciones pertinentes.

2. Participar en el desarrollo y mantenimiento del Sistema Integrado de Gestión del Ministerio de Minas y Energía - SIGME, para contribuir con el logro de los objetivos de la Dependencia.

3. Participar en las actividades relacionadas con la protección y cuidado del medio A 0332 1 6 MAR 2015

RESOLUCION No. DE Hoja No. 7 de 446 Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica y adopta el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía" ambiente conforme a las disposiciones legales.

4. Las demás señaladas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o Dependencia a su cargo y la naturaleza del empleo.

VI.CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política de Colombia y demás disposiciones que la modifiquen,

reglamenten o sustituyan. Estructura Administrativa del Estado Colombiano. Plan Nacional de Desarrollo vigente. Sistema Integrado de Gestión. Sistema de Control Interno. Políticas, planes y normatividad vigente del Ministerio y del Sector. Direccionamiento Estratégico Fundamentos en Gerencia Pública y Administración de Personal. Formulación y evaluación y gerencia de proyectos.

0. Nociones fundamentales de Derecho.

Vil. COMPETENCIAS

COMUNES POR NIVEL JERARQUICO

Liderazgo Planeacion Toma de Decisiones Dirección y Desarrollo de Personal Conocimiento del Entorno

Vill. REQUISITOS DE FORMACION ACADEMICA

NOEADNSOS Orientación a Resultados Orientación al Usuario y al Ciudadano Transparencia Compromiso con la organización Formación Académica Experiencia Los establecidos en el artículo 207 de la Constitución Política de Colombia. RESOLUCION No. A 0332 oe 1 6 MAR 2015 Hoja No. 8 de 446 Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica y adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales establecido para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía"

|. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO

Nivel: DIRECTIVO

Denominación del Empleo: JEFE DE OFICINA

Código: 0137

Grado: 21

No. de cargos UNO (1) Dependencia DESPACHO DEL MINISTRO ¡Cargo del Jefe Inmediato: MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA

Naturaleza del Cargo: LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN

ll. ÁREA FUNCIONAL: OFICINA DE CONTROL INTERNO (1)

lll. PROPÓSITO PRINCIPAL Asesorar a las diferentes instancias de la Administración en la Implementación, y la formulación de planes políticas, proyectos y programas de los Sistemas de Control Interno y los demás sistemas de mejoramiento y realizar la evaluación independiente y objetiva del desarrollo, implementación, mantenimiento y mejoramiento continuo de los mismos.

IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar y apoyar al Ministro y demás áreas organizacionales en el desarrollo e implementación del Sistema de Control Interno, presentando recomendaciones para el mejoramiento.

2. Desarrollar instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en la prestación de los servicios de competencia del Ministerio.

3. Planear y organizar la evaluación independiente del Sistema de Control Interno y la

Gestión del Ministerio.

4. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos, y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.

5. Verificar el cumplimiento de las políticas, mormas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Ministerio, recomendar los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementación.

6. Asesorar a las dependencias en la identificación y prevención de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos.

7. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades del Ministerio sean apropiados, minimicen la ocurrencia de los riesgos, se mejoren permanentemente y se cumplan por los responsables de su ejecución.

8. Asesorar al Ministro y Directivos acerca del estado del Sistema de Control Interno del

Ministerio, manteniéndolos informados de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.

9. Ejercer la Secretaría Técnica del Comité de Coordinación del Sistema de Control

Interno del Ministerio.

10. Servir de canal de comunicación entre los entes de control externos y las áreas organizacionales del Ministerio.

11. Brindar apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, con el fin de obtener los resultados esperados.

12. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información del Ministerio y recomendar los correctivos que sean necesarios.

13. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana diseñados por el Ministerio, y el funcionamiento del Grupo de Participación Ciudadana, acorde con las normas que reglamentan la materia.

14. Reportar a la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la República, así

RESOLUCION No. 4 0332 ve 16 MAR 2015 Hoja No. 9 de 446 Continuación de la Resolución “Por la cual se modifica y adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales establecido p

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