MINMINAS - Resolución 40439 de 2024
Ministerio de Minas
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Detalles
- Título
- MINMINAS - Resolución 40439 de 2024
- Autor
- Ministerio de Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2024
e lo E ®Energía 40439 yRESOLUCIÓN NÚMERO E ( 23 OCT 2024 ) “Por el cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales del Ministerio de Minas y Energía” Et MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA, En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 770 de 2005, el Decreto 1083 de 2015, y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Colombia dispone en su artículo 122 que “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento”. Que elliteral g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sohbre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, establece que es función de los Ministros, además de las que sefala la Constitución Política de Colombia y demás disposiciones legales, dirigir la administración de personal conforme a las normas que reguian la materia. Que el literal c} del artículo 15 de la Ley 909 de 2004, establece que serán funciones específicas de las unidades de personal, elaborar los manuales de funciones y requisitos, de conformidad con las normas vigentes, Que el Decreto 1083 de 2015, consagra en el artículo 2.2.2.6.1, la adopción, adición, modificación 0 actualización de los manuales específicos de funciones y
de competencias laborales de las entidades contenidas en su campo de aplicación: se efectuará mediante resolución interna del jefe del respectivo organismo, previo estudio que adelante la unidad de personal, o la que haga sus veces, en cada organismo. Que el artículo 2.2.2.4.9 del Decreto 1083 de 2015 señala que "Para el ejercicio de los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación de estudios en educación superior, las entidades y organismos identificarán en el manual específico de funciones y de competencias laborales, los Núcleos Básicos del Conocimiento -NBCque contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de información de la Educación Superior -SNIES (...)". Que se hace necesaria la actualización de los perfiles de los empleos de libre nombramiento y remoción del manual específico de funciones y competencias laborales, que permita dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley 2099 de 2021 sobre la transición energética en el país.40439 E 23 0CT 2084 Energía Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sectaor Minero-Energético y se dictan otras disposiciones” Que a partir del análisis de los requisitos de estudio de algunos empleos de libre nombramiento y remoción, se determinó la necesidad de ampliar los núcleos básicos del conocimiento definidos a efectos de contar con perfiles interdisciplinarios, que permitan atender las necesidades del servicio y el apoyo
funcional que brindan en las diferentes dependencias de la entidad. Que además se determinó la aplicación de equivalencias establecidas en el artículo Decreto 1083 de 2015 los empleos de Libre Nombramiento y Remoción de los niveles directivo, asesor y profesional de la planta de personal de la entidad, cuyos requisitos se encuentran consagrados en las Resoluciones No. 40039 de 2022, 40316 de 2022, 40151 de 2021, 40169 de 2020, 40235 de 2019 y 40177 de 2018. Que se realizó el estudio justificativo necesario para proceder con la modificación del manual específico de funciones y competencias laborales, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1083 de 2015. Documento que se adjunta como Anexo. Que el parágrafo 3 del artículo 2.2.2.6.1. del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector Función Pública, establece: “La administración antes de publicar el acto administrativo que adopta o modifica el manual de funciones y competencias y su estudio técnico, en aplicación del numeral 8 del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011, deberá adelantar un proceso de consulta en todas sus etapas con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de la modificación o actualización, escuchando sus observaciones e inquietudes, y se dejará constancia. Lo anterior sín perjuicio de la facultad de la administración para la adopción y expedición del respectivo acto administrativo”. Que, en virtud de lo establecido en el mencionado parágrafo, el Ministerio de
Minas y Energía, publicó el documento contentivo de la modificación del Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales, en la página Web de la Entidad, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas a partir del 12 de marzo de 2024. Que, de acuerdo con lo indicado en el Articulo 2.10.13 del Acuerdo Sectorial Sindical del 22 de junio del 2023, se establece que “El Ministerio de Minas y Energía, como cabeza del sector en ejercicio de la función prevista en el literal b del artículo 61 de la ley 489 de 1998 realizará seguimiento a las entidades adscritas o vinculadas cuando estas cuenten con proyectos relacionados con rediseño institucional, procesos de modificación de las plantas de personal, manuales de funciones y mesas de formalización laboral para el sector, con el fin de socializar y hacer uso del derecho de audiencia con las con las organizaciones sindicales del sector minero energético, del proceso en todas sus fases con el ánimo de escuchar las observaciones y Sugerencias, lo cual quedará consignado en las actas correspondientes dando respuesta a cada una de las observaciones y Sugerencias; proceso que se adelantará de forma oportuna y vinculará a las organizaciones sindicales del sector minero energético desde la fase de alistamiento de los procesos de reestructuración. Lo anterior sín perjuicio de la Página 2 de 112 ¿Laa“12 Amina #0439 ‘a Energía 23 OCT 2024 Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para
los servidores públicos del Sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones" facultad de la administración para adoptar los cambios relacionados con modificaciones a la planta de personal, rediseño institucional y modificaciones al manual de funciones”. Que así mismo, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 2,2.12.1., del Decreto 1083 de 2015 madificado par el Decreto 498 de 2020, se realizaron los respectivos procesos de consulta con el Sindicato Nacional de Servidores Públicos y del Sector Minero Energético - SINTRAMINERALES, en los cuales se dío a conocer el alcance del ajuste a los requisitos de algunos empleos de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, que dio origen a la modificación del Manual de Funciones por medio de la presente Resolución. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1° Modificar los siguientes perfiles del manual especifico de funciones y competencias laborales del Ministerio de Minas y Energía
NIVEL DIRECTIVO
792
NIVEL JERÁRQUICO: Directivo
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: pecretario General
CODIGO: 0035
GRADO: [23
No. DE CARGOS: 1
DEPENDENCIA: Donde se ubique el cargo
(CARGO DEL JEFE INMEDIATO: Quien ejerza la supervisión directa ma
DEL CARGO: Libre paa Remoción Asistir, dirigir, coordinar y orientar las políticas, planes, programas, acciones y actividades relacionadas con la administración de los recursos humanos, físicos,
económicos, financieros, archivísticos e informáticos de la Entidad y del Sector
1. Asístir al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, fisicos, económicos, financieros, e informáticas de la Entidad.
2. Participar en ta ejecución del Plan Estratégico Institucional en los asuntos de su competencia, así como formular y ejecutar los planes de acción que se requieran.
3. Dirigir las actividades de administración de personal, seguridad industrial yrelaciones laborales del personal, de acuerdo con las políticas del Ministerio y las normas legales vigentes establecidas sobre la materia.
4. Dirigir y controlar los procesos administrativos y financieros de la institución en todos los niveles. .Página 3 de 112
Í 3'1 W@ 40439 “ Energía 23 0CT 2024 Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones"
S. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de contratación del Ministerio en sus etapas precontractuales, contractuales y pos contractuales, así como los contratos y convenios que deba suscribir o proponer el Ministerio.
6. Proponer las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal de la institución.
7. Dirigir el diseño, implementación y seguimiento de los mecanismos de participación ciudadana que el Ministerio de Minas y Energía deba aplicar de conformidad con la ley.
8. Proponer la adopción de potíticas para el buen manejo y seguridad de la información sistematizada en el Ministerio, y promover el desarrollo e implementación de programas sistematizados.
g. Coordinar las funciones relacionadas con la gestión de la jurisdicción coactiva.
10. Las demás señaladas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo v la naturaleza del empleo.
1. Asistir y representar al Ministerio, en reuniones nacionales e internacionales, juntas, comités y/o demás instancias relacionadas con asuntos de competencia de la entidad o del sector o efectuar las delegaciones pertinentes.
2. Participar en el desarrollo y mantenimiento del Sistema integrado de Gestión del Ministerio de Minas y Energía para contribuir con el logro de los objetivos de la
Dependencia.
3. Participar en las actividades relacionadas con la protección y cuidado del medio ambiente conforme a las disposiciones legales.
4. Conocer, cumplir y aplicar con discreción las políticas de seguridad y privacidad de la información vigente en el cumplimiento de sus funciones, reportando cualquier incumplimiento de las mismas a las instancias definidas, de conformidad con los procedimientos establecidos.
S. Conocer y cumplir con las disposiciones del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-8ST, establecido en el Ministerio.
6. Las demás sefaladas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo y la naturaleza del empleo.
1. Constitución Política de Colombia y demás disposiciones que la modifiquen,
reglamenten o sustituyan.
2. Estructura Administrativa del Estado Colombiano.
3. Plan Nacional de Desarrollo vigente,
4. Sistema Integrado de Gestión.
S. Sistema de Control interno.
6. Políticas y normatividad vigente del Ministerio y del Sector.
7. Direccionamiento Estratégico
8. Fundamentos en Gerencia Pública y Administración de Personal.
g. Formulación y evaluación y gerencia de proyectos.
10. Nociones fundamentales de Derecho.
11. Principios sobre administración de personal, recursos físicos, financieros, de sistemas y mecanismos de participación ciudadana
12. Principios sobre Derecho Disciplinario.
13. Normas o
sobre Jurisdicción Coactiva COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Aprendizaje continuo Visión estratégica Orientación a resultados Liderazgo efectivo Orientación al usuario y ciudadano Planeación Compromiso con la organización Toma de decisiones Trabajo en equipo Gestión del desarrollo de las personas página 4 de 112 ®40439 MER “Ene rogía 23 0CT 2034 Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicas del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones" «e Adaptación al cambio Formación Académica « Pensamiento Sistémico « Resojución de conflictos Experiencia Título profesional en disciplina académica] del núcieo básica de conocimiento en: Administración; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingenieria Administrativa y afines; Ingeniería ¡industria
y afines; Psicalogía; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Matemáticas, Estadística y afines. Título de postgrado en la modalidad de maestría. Tarjeta o matrícula profesional en los casosj reglamentados por la Le Formación Académica Sesenta y Cuatro (64) meses de experiencia profesional relacionada. Experiencia Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Contaduría Pública, Derecho y afines; Economía; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Industrial y afines; Psicología; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Matemáticas, Estadistica y afines Titulo de postgrado en la modalidad de especialización. Tarjeta o matricula profesional en los casos! reglamentados por la Ley. Setenta y seis (76) meses de experiencia profesional relacionada. Formación Académica Experiencia Títuto profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería Industrial y Afines; Psicología; Ciencia Política, Relaciones Internacionales; Matemáticas, Estadistica y afines Tarjeta o matrícula profesional en los casos! especialización por: METIAla má Título de postgrado en la modalidad deDos (2) años de experiencia profesional Y (Cien (100) meses de experiencia profesional relacionada. viceversa, siempre que se acredite el título]
rofesional Título de Postgrado en la modalidad de maestría por: Tres (3) años de experiencia profesional y viceversa, síempre que se acredite el título rofesional Página 5 de 112e. E 40439 “Energía 23 0CT 204 Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicas del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones" Koctorado o postdoctorado por: iceversa, siempre que se acredite el título] profesional ítuto de Postgrado en ia modalidad ga (4) años de experiencia profesional y! Ï 106 mu JERÁRQUICO: Directivo
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO: Subdirector Administrativo y Financiero
CÓDIGO: 0150
GRADO: [21
No. DE CARGOS: 1
DEPENDENCIA: Donde se ubique el cargo CARGO DEL JEFE INMEDIATO: Quien ejerza la supervisión directa
ATURALEZA DEL CARGO: Libre Nombramiento y Remoción Sesorar, dirigir y controlar la aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo y inanciero, las compras, servicios administrativos y realizar el seguimiento a la jecución presupuestat del funcionamiento y de inversión del Ministerio para atender portunamente las necesidades de la entidad y se degsarrollen de acuerdo a la ormatividad vigente. . Asegorar ala Secretaría General en la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de recursos fisicos y financieros del Ministerio.
2. Realizar funciones relacionadas con los asuntos financieros, de administración
financiera, de los servicios administrativos y de contratación administrativa.
B. Controlar la ejecución del presupuesto, expedir los certificados de disponibilidad presupuestal y demás trámites que le corresponda para el desarrollo de las funciones del Ministerio.
4. Verificar y llevar la contabilidad general de acuerdo con las normas legales vigentes. pb. Elaborar y presentar los estados financieros, declaraciones e informes requeridos por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional y la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Contaduría General de la Nación, Contraloría General de la República y demás entidades, dependencias o autoridades que lo requieran.
Elaborar los informes y estados financieros del Ministerio. Apoyar la gestión ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de las modificaciones presupuestaies y del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC, que $e requieran.
B. Ejecutar y supervisar los procedimientos de adquisición, almacenamiento, custodia, mantenimiento y distribución de los bienes necesarios para el buen funcionamiento del Ministerio.
D. Preparar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación el Plan Anual de contratación para compra de bienes y servicios del Ministerio y hacer el Seguimiento a la ejecución de conformidad con la normatividad aplicable.
10. Ejecutar los procesos de contratación de bienes y servicios del Ministerio, así como de los contratos interadministrativos que se celebren.
11. Dirigir, controlar y coordinar los servicios de registro, clasificación y tramitación de
correspondencia del Ministerio. TT. Página 6 de 112 le,aaa 40439 o E Energía 23 0CT 2034 Continuación de la Resclución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones”
12. Adelantar las actividades de contratación administrativa y mantener informada a la Secretaria General sobre el desarrollo de las mencionadas actividades.
13. Ejecutar las actividades inherentes al sistema de Gestión Documentai, archivo y correspondencia adecuado a las necesidades del Ministerio y del Sector Minero
Energético.
14. Verificar y autorizar los pagos que el Ministerio deba efectuar por los diferentes conceptos.
15. Las demás señaladas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la Sde la entidad o ES asu má Í la naturaleza del _1. Asistir y representar al Ministerio, en reuniones nacionales e internacionales, juntas, comités y/o demás instancias relacionadas con asuntos de competencia de la entidad o del sector o efectuar las delegaciones pertinentes.
Participar en el degsarrolla y mantenimiento del Sistema integrado de Gestión del Ministerio de Minas y Energía - SIGME, para contribuir con el logra de los objetivos de la Dependencia. Participar en las actividades relacionadas con la protección y cuidado del medio ambiente conforme a las disposiciones iegales.
4. Las demás sefaladas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la organización de la entidad o dependencia a su cargo y
la naturaleza del empleo. Ry Ls . Constitución Política de Colombia y demás disposiciones que la modifiquen, reglamenten o sustituyan. Estructura Administrativa del Estado Colombiano. Plan Nacional de Desarrollo vigente. . Sistema integrado de Gestión. . Sistema de Control internó. Políticas y normatividad vigente del Ministerio y del Sector. Direccionamiento Estratégico Fundamentos en Gerencia Pública y Administración de Pergonai. Formulación y evaluación y gerencia de proyectos.
10. Nociones fundamentales de Derecho.
11. Normatividad en materia de presupuesto público, hacienda pública y contratación ÚUblica vigente.
COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO + Aprendizaje continuo ‘ 1gón paraara - Orientación a resultados ° Pl aca Siecivo e Orientación al usuario y ciudadano ‘ 7 adea ¿ae «e Compromiso con la organización omace cecisiones . . «- Gestión del desarrollo de las personas Irabajo en equipo «- Pensamiento Sistémico «- Adaptación al cambio + Resolución de conflictos Formación Académica Experiencia Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingeniería. - o:Administrativa y afines; Ingeniería InduetriafCincuenta Y Seis (58) meses de experiencia y afines; Ciencia Política, RelacionesP’ofesional relacionada. Internacionales; Matemáticas, Estadística yl afines;
Página 7 de 112 uml40439 - Energía 23 0CT 2024 amamos Continuación de la Regolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones" ítulo de postgrado en la modalidad de aestría. ajeta o matricula profesional en los caso: eglamentados por la Ley. Formación Académica Experiencia Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingenieria! Administrativa y afines; Ingeniería Industrial y afines; Ciencia Política, Relaciones] Internacionales; Matemáticas, Estadistica y afines; Título de postgrado en la modalidad del especialización. Tarjeta o matricula profesional en los casos| Feglamentados por la Ley. Sesenta y Ocho (68) meses de experiencia profesional relacionada Formación Académica Experiencia ¡Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Contaduría Pública; Derecho y afines; Economía; Ingeniería Administrativa y afines; Ingeniería industria y afines. Ciencia Política, Relaciones] Internacionales; Matemáticas, Estadística yl afines; Tarjeta o matrícula profesional en los casos] especialización por: paala MÍ Título de postgrado en la modalidad deDos (2) años de experiencia profesional y Noventa y dos (92) meses de experiencia profesional relacionada.
Viceversga, síempre que se acredite el título] rofesional Título de Postgrado en la modalidad de Mmaestría por: res (3) años de experiencia profesional y vViceversa, siempre que se acredite el título Tofesionat doctorado o postdoctorado por: Título de Postgrado en la modalidad hera (4) años de experiencia profesional y ]iceversa, siempre que se acredite el título! profesionat 167
IVEL VICO:
INACIÓN DEL EMPLEO:
DIGO: RADO:
- DE CARGOS:
NDENCIA:
RGO DEL JEFE INMEDIATO: ubdirector de Talento Humano
150 1 nde se u vien el ca rza la su ¡ón directa Página 8 de 11240439 D Energía 23 0CT 2024 Continuación de la Regolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sector Minera-Energético y se dictan otras disposiciones" ATURALEZA DEL CARGO: Proponer, dirigir y controlar ta implementación de políticas y estrategias que permitan el esarrotlo integral del recurso humano vinculado al Ministerio.
1. Dirigir el proceso gerencial del Talento Humano en sus componentes de planeación, gestión y desarroilo
2. Asegsorar a la Secretaría General en los elementos conceptuales y técnicos necesarios para la formulación y evaluación de las políticas, planes, programas y estrategias de gestión y proyección del talento humano del Ministerio.
3. Formuiar, ejecutar y evaluar los planes estratégicos y programas para la gestión del
talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios del Ministerio, de conformidad con las normas legales vigentes.
4. Diseñar e implantar el plan anual de vacantes del Ministerio con destino al
Departamento Administrativo de la Función Pública, o. Determinar los perfiles de los empleos que deberán ser provistos.
6. Diseñar y administrar los programas de formación y capacitación, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de Formación y capacitación.
7. Organizar y administrar un registro sistematizado de los recursos humanos del Ministerio, que permita la formulación de programas internos y la toma de decisiones. 8. implantar el sistema de evaluación del desempeño al interior del Ministerio, de acuerdo con las normas vigentes y los procedimientos establecidos por la Comisión
Nacional del Servicio Civil.
9. Apoyar la administración del Fondo Especial de Becas del Ministerio de Minas y Energía acorde con la reglamentación vigente para tal fin.
10. Coordinar y controlar la aplicación de las normas sobre seguridad industrial y salud ocupacional.
11. Diseñar y poner en marcha en coordinación con otras entidades de los sectores administrativos nacionales y territoriales, programas de bienestar social e incentivos, para lo cual se podrán realizar acuerdos o convenios interinstitucionales.
12. Administrar, reconocer y pagar obligaciones pensionales de las extintas empresas con pasivo pensional a cargo o supervisión de los convenios interadministrativos suscritos para el efecto.
13. Soportar documentalmente la elaboración de cálculos actuariales de los pasivos
pensionales de las entidades liquidadas y reportar periódicamente las novedades de nómina de pensionados al fondo de pensiones públicas del nivel nacional
FOPEP,
14. Certificar la información laboral de exfuncionarios de las entidades liquidadas del sector minero energético a cargo del Ministerio, con el fin de adelantar trámites pensionales.
15. Soportar y apoyar técnicamente, aportando la documentación requerida para la atención de los procesos judiciales en contra del Ministerio con incidencia laboral o pensgional.
16. Cumplir los fallos judiciales, liquidar sentencias y proyectar actos administrativos.
17. Custodiar, sistematizar y mantener actualizadas las Historias laborales de los funcionarios del Ministerio.
18. Las demás sefialadas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la SEI de la entidad o CS asu Já vy la naturaleza del == Página 9 de 112
Í . $ me®© 40439 A 23 0CT 2024 Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones"
1. Asistir y representar al Ministerio, en reuniones nacionales e internacionales, juntas, comités y/o demás instancias relacionadas con asuntos de competencia de la entidad o del sector o efectuar las delegaciones pertinentes.
2. Participar en el desarrollo y mantenimiento del Sistema integrado de Gestión del Ministerio de Minas y Energía - SIGME, para contribuir con el logro de los objetivos
de la Dependencia.
3. Participar en ias actividades relacionadas con la protección y cuidado del medio ambiente conforme a las disposiciones legales.
4. Conocer, cumplir y aplicar con discreción las políticas de seguridad y privacidad de la información vigente en el cumplimiento de sus funciones, reportando cualquier incumplimiento de las mismas a las instancias definidas, de conformidad con los procedimientos establecidos.
p. Conocer y cumplir con las disposiciones del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-8S8T, establecido en el Ministerio.
6. Las demás señaladas en la Constitución, la ley y las disposiciones que determinen la Cm de la entidad o a aSu má Í la naturaleza del a 1 - Constitución Política de Colombia y demás disposiciones que la modifiquen, reglamenten o sustituyan.
2. Estructura Administrativa del Estado Colombiano.
3. Plan Nacional de Desarrollo vigente.
4. Sistema integrado de Gestión,
5. Sistema de Control internó.
6. Políticas y normatividad vigente del Ministeria y del Sector.
7, Direccionamiento Estratégico
8. Fundamentos en Gerencia Pública y Administración de Personal,
9. Formulación y evaluación y gerencia de proyectos.
10. Nociones fundamentales de Derecho.
11. Normatividad vigente sobre Gestión del Talento Humano en las entidades del
Estado.
12. Procesos e instrumentos de Gestión del Talento Humano.
COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO Visión estratégica Liderazgo efectivo Planeación Toma de decisiones
Gestión del desarrollo de las pergonas Pensamiento Sistémico Resolución de conflictos POR ÁREA O PROCESO GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO Planeación. « Dirección y desarrollo de personal Creatividad e innovación Creatividad e innovación Aprendizaje continuo Orientación a resulitados Orientación al usuario y ciudadano Compromiso con la organización Trabajo en equipo Adaptación al cambio “.. .... ... . e... Formación Académica Experiencia Título profesional en disciptina académica del núcleo básico de conocimiento en: Administraciónn Derecho y afines; Ingeniería Administraiva y afines; Ingeniería industrial y afines; Psicología; Cincuenta y seís (56) meses de experiencia] profesional relacionada.Ciencia Política, Relaciones! Internacionales; Sociología, Trabajo Socia y afines. Página 10 de 112 1 $40439 "Energía 23 OCT 2024 Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones" ítulo de postgrado en la modalidad de maestría, arjeta o matricula profesional en los casos] egiamentados por la Ley. Formación Académica Experiencia Nítulo profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en: Administración; Derecho y afines; Ingeniería Administraiva y afines; Ingeniería Industrial y afines; Psicologiía; Ciencia Política, Relaciones; Internacionales; Sociología, Trabajo SocialSesenta y ocho (68) meses de experiencia
y afines. profesional relacionada. Título de postgrado en la modalidad de especialización. Tarjeta o matrícula profesional en los casos reglamentados por la Ley. Formación Académica Experiencia Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en. Administración; Derecho y afines; Ingeniería Administrattva y afines; Ingeniería Industrial y afines; Psicología. (Ciencia Política, Relaciones; Internacionales; Sociología, Trabajo Social y afines. Noventa y dos (92) meses de experiencia profesional relacionada. Tarjeta o matrícula profesional en los casos] pSla má Título de postgrado en la modalidad deDos (2) años de experiencia profesiona] y especialización por: viceversa, siempre que se acredite el título Tofesional Título de Postgrado en la modalidad deſTres (3) años de experiencia profesional y! maestría por: viceversa, siempre que se acredite el título! rofesional doctorado o postdoctorado por: iceversa, siempre que se acredite el títuloj ſprofesional Título de Postgrado en la modalidad eno (4) años de experiencia profesionai yl i 219
IVEL JERÁRQUICO: rectivo
ENOMINACIÓN DEL EMPLEO: rector Técnico
DIGO: 100
RADO: 1
o. DE CARGOS: 1
PENDENCIA: nde se ubique el ca Página 11 de 112 Ï40439 "Energía 23 0CT 202%
Continuación de ta Resolución “Por la cual se establecen incentivos no pecuniarios de bienestar para los servidores públicos del sector Minero-Energético y se dictan otras disposiciones" (CARGO DEL JEFE INMEDIATO: Quien ejerza la supervisión directa
NATURALEZA DEL CARGO: Libre Nombramiento y Remoción Presentar en c
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