MINMINAS - Resolución 40586 de 2025
Detalles
- Título
- MINMINAS - Resolución 40586 de 2025
- Autor
- Ministerio de Minas y Energia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
es hana RESOLUCION NUMERO 40 5 8 6 ( 09 DIC 2025 ) Por la cual se hace un encargo EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, los artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.5.41 del Decreto 1083 de 2015, el artículo 2 del Decreto 658 de 2024, y CONSIDERANDO Que el inciso segundo del artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 señala: “(...) Mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse transitoriamente a través de las figuras del encargo o del nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera. (...)" Subraya fuera de texto Que previa revisión de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, se constató que el siguiente empleo de carrera se encuentra en vacancia definitiva y es necesario proveerlo: | TITULAR EMPLEO o SECRETARIO | 1 ne EJECUTIVO 4210 18 Vacancia Definitiva Que el inciso primero del artículo 24 de la Ley 909 de 2004, dispone: “Mientras se surte el proceso de selección para proveer empleos de carrera administrativa, los empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación
empleados de carrera tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamente en el último año y su última evaluación del desempeño es sobresaliente.”. Que el artículo 2.2.5.5.41 del Decreto 1083 del 2015, señala: “Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo.”. Que en virtud del artículo 24 de la Ley 909 de 2004, la Subdirección de Talento Humano realizó la verificación de los funcionarios de carrera administrativa que cumplen con los requisitos para ser encargados en el empleo denominado Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, ubicado en la Dirección de Energía Eléctrica. eoiyetice pe Página 1 de 3 ory 2 Oslo eocg de, legó, Pret 40586 iid 09 DIC 2025 Que el funcionario WILSON JAVIER TORRES PEÑA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.022.353.480, titular del empleo de carrera administrativa Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 16, ostenta el derecho preferencial para ser encargado en el empleo denominado Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, ubicado en la Dirección de Energía Eléctrica.
ser encargado en el empleo denominado Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, ubicado en la Dirección de Energía Eléctrica. Que de conformidad con la certificación expedida por la Subdirectora de Talento Humano, el señor WILSON JAVIER TORRES PEÑA, quien desempeña en la actualidad el empleo Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 16, cumple con los requisitos para desempeñar el empleo denominado Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, ubicado en la Dirección de Energía Eléctrica. Que el artículo 1 del Decreto 1338 de 2015 dispone: “Delégase en los ministros y directores de departamentos administrativos las funciones de declarar y proveer las vacancias definitivas de los empleos que se produzcan en sus ministerios y departamentos administrativos, con excepción de los cargos de viceministro, subdirector de departamento administrativo, secretario general de ministerio o departamento administrativo, agentes diplomáticos y consulares, y los siguientes cargos de la Presidencia de la República: secretario privado, secretario para la seguridad presidencial, secretario de transparencia, secretario jurídico, consejero presidencial, ministro consejero, alto comisionado de paz, subdirector de operaciones, director y jefe de la Casa Militar.” Que en virtud de lo anterior, se hace procedente encargar al funcionario WILSON JAVIER TORRES PEÑA en el empleo Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, ubicado en la Dirección de Energía Eléctrica.
JAVIER TORRES PEÑA en el empleo Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, ubicado en la Dirección de Energía Eléctrica. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Encargar al funcionario WILSON JAVIER TORRES PEÑA, identificado con cédula de ciudadanía número 1.022.353.480, en el empleo denominado Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 18, de la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, ubicado en la Dirección de Energía Eléctrica, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución, mientras se provee el empleo mediante concurso de méritos. Artículo 2. El presente acto administrativo se publicará en la página web del Ministerio y en el Diario Oficial, con el fin de que el servidor de carrera administrativa que se considere afectado interponga la reclamación ante la Comisión de Personal del Ministerio de Minas y Energía, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del acto administrativo de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Acuerdo 560 del 28 de diciembre de 2015 expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, en concordancia con el Decreto 760 de 2005. PA <S ia, Página 2 de 3 y o" i “Asiency sot hg,
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Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación, surte efectos fiscales a partir de la fecha de la respectiva posesión y se debe publicar
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LES Poma: 40586 ; 09 DIC 2025
Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación, surte efectos fiscales a partir de la fecha de la respectiva posesión y se debe publicar en el Diario Oficial en virtud de lo establecido en el parágrafo del artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ada en Bogotá D.C. alos EDWIN PALMA EGEA tro fle Mi y Energia Gh Proyecto: Claudia Milena Ahumada Barreird. y sist Reviso: Maria Ligia Cortés Osorio /Sandra Milena Rodrigez Ramirez / Martha Cristina Gonzalez PeñaNOM Aprobó: Elkin Leonardo Pérez Zambrano ,” a) > dea Seno Página 3 de 3 7 ail F