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MINMINAS - Resolución 410905 de 2020

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 410905 de 2020
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

República (le Colombia Ubentad y Orden

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

4IUO5 RESOLUCIÓN NÚMERO DE i ( t Por la cual se corrige la Resolución 410899 del 9 de septiembre de 2020, que ordena el pago de subsidios a las empresas del sector gas combustible domiciliario por red, de que trata el artículo 10 del Decreto 798 del 4 de junio de 2020 y la Resolución 40236 del 14 de agosto de 2020 EL SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA en ejercicio de las facultades delegadas mediante la Resolución 4 0548 de 2019 y en atención a los siguientes CONSIDERANDOS Que mediante la Resolución 410899 del 9 de octubre de 2020 se ordenó el pago de subsidios a las empresas del sector gas combustible domiciliario por red, de la cual trata el artículo 10 del Decreto 798 del 4 de junio de 2020, reglamentado por la Resolución 40236 dell4 de agosto de 2020. Que por un error involuntario al momento de la numeración de la resolución se fechó como del "9 de septiembre de 2020", cuando la fecha correcta de la Resolución es 9 de octubre de 2020. Que por otro lado, en el artículo primero de la Resolución 410899 se ordenó distribuir subsidios por la suma de CUATRO MIL TREINTA Y CINCO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($4.035.083.478), siendo este un error en el valor, pues la suma total del pago de

subsidios reconocidos en esta Resolución totaliza la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.305.083.477). El mismo error se presenta en la Tabla No. 2 del parágrafo del artículo segundo de la Resolución 410899, Que para corregir el error presentado, y girar el valor correcto, mediante radicado No. 3-2020-015251 del 15 de octubre de 2020, la Coordinadora del Grupo de Presupuesto autorizó adición al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1620 del 24 de septiembre de 2020, por un valor de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($270.000.000,00), valor correspondiente a la diferencia faltante entre $4.305.083.478 y $4.035.083.478, como se explicó arriba. Que en el mismo sentido, el grupo de Gas de la Dirección de Hidrocarburos, mediante oficio radicado con el No. 1-2020048076 del 14 de octubre de 2020, dio alcance al concepto técnico radicado bajo el No. 1-2020-044430 del 21 de septiembre de 2020, en el cual señaló: 41.0905 DE O -16 RESOLUCIÓN No. Hoja No. 2 de 5 Continuación de ta Resolución Por la cual se corrige la Resolución 410899 del 9 de septiembre de 2020, que ordena el pago de subsidios a las empresas del sector gas combustible domiciliario por red, de que trata el artículo 10 del

Decreto 798 del 4 de junio de 2020 y la Resolución 40236 del 14 de agosto de 2020 "Me permito dar alcance al concepto en referencia, en el siguiente sentido. El valor del pago a reconocer a las empresas del sector gas combustible por red, por la aplicación del Decreto 798 de junio de 2020 reglamentado por la Resolución 4 0236 de agosto 2020 segundo trimestre de 2020 corresponde a CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.305.083.477) y no de $4.035.083.477 como se mencionó en el citado concepto y de acuerdo con lo validado por el FSSRI basado en los criterios y el procedimiento definido por el Ministerio de Minas y Energía - FSSRI. INFORMACIÓN BASE PARA REALIZAR LOS CÁLCULOS 1.(cid:9) Formatos remitidos por las empresas del sector gas combustible distribuido por red y que facturaron durante el mes de agosto este beneficio del 10% Subsidio adicional en el "Formato 1. Conciliación Trimestral anexo FIG", de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Resolución 4 0236 de 2020.

2. Comunicación remitida al Ministerio de Minas y Energía por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con Radicado 1-2020036534 del 30/07/2020, en la que relacionan las empresas del sector de gas combustible que distribuyen gas por red de tubería, que no tienen cargues de información "pendiente" en el Sistema Único de Información - SU! al 31 de

marzo de 2020.

3. El valor del pago calculado para distribuir entre las empresas, que reportaron la facturación del 10% adicional en subsidios adicional del mes de agosto 2020 reglamentado por la Resolución 40236 de 2020 es de CUATRO MIL

TRESCIENTOS CINCO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.305.083.477), distribuido de acuerdo como aparece en la tabla adjunta; y corresponden a aquellas empresas que no tienen cargues de información pendiente en el Sistema Único de Información - SU! al 31 de marzo de 2020. RESULTADOS DEL ANÁLISIS De acuerdo con los criterios anteriormente mencionados, se distribuirá el valor de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($4.305.083.477), correspondiente a la destinación de los recursos para reconocer el pago del 10% Subsidio adicional agosto 2020 reglamentado por la Resolución N°4 0236 de 2020, como se observa en la tabla anexa. Con base en lo anterior, se requieren recursos adicionales por valor de $270.000.000 para cubrir el valor total a reconocer a las empresas del sector gas combustible distribuido por red de tubería a usuarios de estratos 1 y 2 en el territorio nacional. Se excluyen de la distribución de recursos en la resolución, las empresas prestadoras del sector de gas combustible por redes, que no han cumplido con su obligación de reportar, cargar y certificar en el SU! toda la información requerida por la Superintendencia de Servicios Públicos, de acuerdo con las disposiciones de

Ley.(...)" Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo (Ley 1437 de 2011), faculta a la Administración, en cualquier tiempo, a corregir los errores simplemente (cid:9) 410905 Gel 23'(cid:9) RESOLUCIÓN No. DE(cid:9) Hoja No. 3 de 5 Continuación de la Resolución j Por la cual se corrige la Resolución 410999 del 9 de septiembre de 2020, que ordena el pago de subsidios a las empresas del sector gas combustible domiciliario por red, de que trata el artículo 10 del Decreto 798 del 4 de junio de 2020 Ni la Resolución 40236 del 14 de agosto de 2020 formales contenidos en los actos administrativos, como en este caso, aritmético. En ningún caso, la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión. Que por lo anterior, RESUELVE: Artículo 1. Corregir la fecha de la Resolución 410899 de 2020, pues la fecha correcta es 9 de octubre de 2020. Artículo 2. Corregir el artículo 1 de la Resolución 410899 del 9 de octubre de 2020, el cual quedará así: Artículo 1. Distribuir la suma de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS MICTE ($4.305.083.478,00),(cid:9) a las empresas que se detallan a continuación, correspondiente a la destinación de los recursos para reconocer el pago del Subsidio adicional del 10%, causado durante el mes agosto 2020, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N° 40236 de 2020, como se

observa en la siguiente tabla: Tabla No. 1

DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS PARA PAGO DE 10 PUNTOS PORCENTUALES ADICIONALES OTORGADOS A USUARIOS DE LOS ESTRATOS 1 Y2 PARA EL MES DE

AGOSTO DE 2020

PAGO SUBSIDIO ADICIONAL Empresa DEL 10% (AGOSTO 2020) Resolución 4 0236/2020 Alcanos de Colombia S.A. E.S.P. - ASNE $680.610.878

COLOMBIAN ENERGY GROUP S.A.S ESP - GRENCOL $2.863.428

COLOMBIANA DE SERVICIOS PÚBLICOS SOSTENIBLES S.A ESP $933.973

Empresas Públicas de Medellín - EPM E.S.P. $631.703.853 Energy Gas 5.A.5 E.S.P.(cid:9) - $2.266.773 G8 Proyectos Energéticos S.A.S. E.S.P. $9.713.431 Gas Natural Cundiboyacense S.A. E.S.P. $154.156.664 Gas Natural del Cesar S.A. E.S.P. $39.180.917 Gas Natural del Oriente S.A ESP $49.192.887 Gases de la Guajira S.A. E.S.P. $257.251.274 Gases del Caribe S.A. E.S.P. $742.470.758 Gases del Cusiana S.A. E.S.P. $26.297.246 Gases del Llano - LLANOGAS S.A. E.S.P. $273.954.062 Gases del Oriente S.A. E.S.P. $56.014.339 Gases del Sur de Santander - GASUR S.A. E.S.P. $35.437.000 Global Redes & Obras $10.534.185

Ingeniería y Servicios - INS S.A. E.S.P. $17.130.921 Metrogas de Colombia S.A. E.S.P. $74.318.613 Nacional de Servicios Públicos - NSP S.A. E.S.P. $11.847.009 410905 116 011 2W RESOLUCIÓN No.(cid:9) DE Hoja No. 4 de 5 NI(cid:9) Continuación de la Resolución Por la cual se corrige la Resolución 410899 del 9 de septiembre de 2020, que ordena el pago de subsidios a las empresas del sector gas combustible domiciliario por red, de que trata el artículo 10 del Decreto 798 del 4 dejunio de 2020 y la Resolución 40236 del 14 de agosto de 202()

  • • ,.,(cid:9) PAGO SUBSIDIO ADICIONAL Empresa DEL 10% (AGOSTO 2020) .;,••• Resolución 4 0236/2020

Promesa S.A. E.S.P. $5.175.527

PROVIGAS COLOMBIA S.A ESP $67.302

Proyectos de Ingeniería y Comercialización de Gas - INPROGAS S.A. E.S.P. $6.716.493 Redegas Domiciliario S.A. E.S.P. $9.143.440

REDNOVA S.A ESP $86.911.917

Surcolombiana de Gas - SURGAS S.A. E.S.P. $137.706.196

VANTI S.A. E.S.P. $983.484.392

TOTAL SALDO 1 - 2020 $4.305.083.478

Parágrafo. Como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo la Subdirección Administrativa y Financiera - Grupo de Presupuesto del Ministerio de

Minas y Energía, o la dependencia que haga sus veces, deberá efectuare! registro de la asignación de los recursos. Artículo 3. Corregir la Tabla No. 2 incluida en el parágrafo del Articulo 2 de la Resolución 410899 del 9 de octubre de 2020, la cual quedará así.

TABLA No.2

DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS PARA EL PAGO SUBSIDIO ADICIONAL DEL 10% (AGOSTO

2020)

PAGO APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 40236

Tipo EMPRESA NIT Cuenta de Banco Valor a Girar ($) Cuenta Alcanos de Colombia 891.101.577-4 076-99844793 Ahorro Bancolombia $680.610.878

S.A. E.S.P.

Colombian Energy 900.957.357-6 824890168-81 Ahorro Bancolombia $2.863.428 Group S.A.S ESP Colombiana de Servicios Públicos 900.716.459-5 07993356738 Corriente Bancolombia $933.973 Sostenibles S.A E.S.P Empresas Públicas TAU CorpBanca de Medellín - EPM 890.904.996-1 101-355139 Corriente $631.703.853 Colombia E.S.P. Energy Gas S.A.S TAU CorpBanca 900.912.454-9 225268316 Ahorro $2.266.773 E.S.P. Colombia G8 Proyectos Energéticos S.A.S. 900.542.835-3 19-83825427-9 Ahorro Bancolombia $9.713.431 E.S.P. Gas Natural Cundiboyacense S.A. 830.045.472-8 178-707468-01 Corriente Bancolombia $154.156.664

E.S.P. Gas Natural del 804.000.551-3 600-101604 Corriente Bogotá $39.180.917 Cesar S.A. E.S.P. Gas Natural del 890.205.952-7 90060008370 Ahorro Sudameris $49.192.887 Oriente S.A ESP Gases de la Guajira 892.115.036-5 530-06573-9 Corriente Bogotá $257.251.274

S.A. E.S.P.

Gases del Caribe S.A. 890.101.691-2 080-101-691-09 Corriente Bancolombia $742.470.758 E.S.P. Gases del Cusiana 800.218.682-2 636-10305-3 Corriente Bogotá $26.297.246

S.A. E.S.P.

Gases del Llano800.021.272-9 096000278752 Ahorro Davivienda $273.954.062

LLANOGAS S.A. E.S.P.

410905 (cid:9) (cid:9) RESOLUCIÓN No. DE Hoja No. 5 de 5 Continuación de la Resolución Por la cual se corrige la Resolución 410899 del 9 de septiembre de 2020, que ordena el pago de subsidios a las empresas del sector gas combustible domiciliario por red, de que trata el articulo 10 de] Decreto 798 del 4 de junio de 2020 y la Resolución 40236 del 14 de agosto de 2020 Tipo EMPRESA NIT Cuenta de Banco Valor a Girar($) Cuenta Gases del Oriente 890.503.900-2 0306-488800 Ahorro B.B.V.A. $56.014.339

S.A. E.S.P.

Gases del Sur de

Santander - GASUR 804.002.801-9 555-674406-01 Corriente Bancolombia $35.437.000

S.A. E.S.P.

Global Redes & 900.922.760.0 066167206 Corriente Bogotá $10.534.185 Obras Ingeniería y Servicios 804.011.800-1 046769999-486 Corriente Davivienda $17.130.921

- INS S.A. E.S.P.

Metrogas de 890.208.316-6 20300197-9 Corriente Bogotá $74.318.613 Colombia S.A. E.S.P. Nacional de Servicios Públicos - NSP S.A. 830.118.416-1 839-00451-2 Corriente B.B.V.A. $11.847.009 E.S.P. Promesa S.A. E.S.P. 804.014.818-5 484-15987-6 Corriente Popular $5.175.527 PROVIGAS 900.438.187-4 1676000 82413 Ahorro Davivienda $67.302 COLOMBIA S.A ESP Proyectos de Ingeniería y Comercialización de 804.002.825-5 048869996818 Corriente Davivienda $6.716.493

Gas - INPROGAS S.A.

E.S.P. Redegas Domiciliario 900.652.188-8 249-128204-04 Ahorro Bancolombia $9.143.440

S.A. E.S.P.

REDNOVA S.A 901.042.814-7 0317-118-3486 Corriente Bancolombia $86.911.917 ESP Surcolombiana de Gas - SURGASS.A. 830.510.717-1 45589494672 Ahorro Bancolombia $137.706.196

E.S.P. VANTI S.A. E.S.P. 800.007.813-5 90060008380 Ahorro Sudameris $983.484.392

TOTAL SALDO 1 - 2020 $4.305.083.478

Artículo 4. Los demás artículos de la Resolución 410899 del 9 de octubre de 2020, se conservan en el mismo tenor literal, toda vez que no fueron objeto de modificación. Artículo 5. Comuníquese el presente acto administrativo a las empresas listadas en la tabla 1 del artículo 1 de la Resolución 410899 del 09 de octubre de 2020. Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los CAMILO(cid:9) : IrÁ; Z ERNÁNDEZ Subdirector Adm(cid:9) . tivo y Financiero Elaboró:(cid:9) Patricia Jaramillo Villa Reviso:(cid:9) Sara Vélez Cuartas / Esther R. Cortés / Nathatia Angulo Á / José Manuel Moreno! Nelson Javier Dueñas! David Villanueva.

Aprobó: Camilo Enrique Alvarez Hernández

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