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MINMINAS - Resolución 80949 de 1996

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 80949 de 1996
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
1996

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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ACTOS DE TRÁMITE Abrir RESOLUCION 8 0949 DE 1996

(mayo 16) MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA Por la cual se fijan las bases para la determinación del precio básico para liquidar las regalías de Gas Natural para 1996, de cuerdo con lo dispuesto en la Ley 141 de junio 28 de 1994 y la Resolución 8-2104 de noviembre 2 de 1994. EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGIA, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el Decreto Ley 2119 de diciembre 29 de 1992, y la Ley 141 de 1994,

CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 141 del 28 de junio de 1994, y la Resolución 8.2104 de noviembre 2 de 1994, se fija el procedimiento para el cálculo del precio básico para la liquidación de regalías de gas natural.

Que el Ministerio de Minas y Energía determinará ese precio básico y hará las liquidaciones correspondientes trimestralmente. Que se hace necesario definir las diferentes constantes involucradas en el cálculo del precio básico de regalías, RESUELVE: ARTICULO 1o. Fíjanse las siguientes constantes que deben tenerse en cuenta en el cálculo del precio básico para la liquidación de regalías de gas natural, en el año de 1996:

1. DISTRIBUCION DEL CONSUMO NACIONAL DE GAS NATURAL POR SECTORES EN 1995:

SECTOR PORCENTAJE

Termoeléctrico 47.2%. Industrial 40.8% Petroquímico 2.7% Doméstico 8.2% G.N.C. 1.1%

TOTAL 100%

2. Costo promedio ponderado nacional de transporte de gas natural, CT, del campo de producción a los sitios de entrega por parte de Ecopetrol en dólares por cada mil pies cúbicos de gas natural.

CT= US$0.3280/KPC.

Este costo será modificado si alguna de las tarifas utilizadas en su cálculo cambiase en el trimestre de liquidación respectivo.

3. Contenido calórico promedio del gas natural: 1.0086 MBTU/KPC.

Donde MBTU = Un millón de unidades térmicas inglesas. KPC = Mil pies cúbicos normales de gas natural.

Ir al inicio ARTICULO 2o. La presente resolución rige desde el 1o. de enero de 1996.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá D.C., a los 16 días de mayo de 1996 RODRIGO VILLAMIZAR ALVARGONZALEZ Ministro de Minas y Energía Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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