MINMINAS - Resolución 90084 de 2013
Ministerio de Minas
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Detalles
- Título
- MINMINAS - Resolución 90084 de 2013
- Autor
- Ministerio de Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2013
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(febrero 15) Diario Oficial No. 48.711 de 21 de febrero de 2013 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Por la cual se distribuyen recursos para pagos por menores tarifas del sector Eléctrico y se dictan otras disposiciones. EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas mediante Resolución número 181506 de 2012, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 368 de la Constitución Política, la Nación, los Departamentos, los Distritos, los Municipios y las Entidades Descentralizadas podrán conceder subsidios, en sus respectivos presupuestos,
para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas; Que el Decreto número 2715 de 2012, liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2013 establecido mediante Ley 1607 de 2012, detalla las apropiaciones, clasifica y define los gastos, asignando una partida por valor de $1.621.000.000.000, correspondiente a la distribución de recursos para pagos por menores tarifas sector Eléctrico; Que para efectos de determinar los subsidios necesarios para los usuarios del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), mediante Resolución número 186 de 2010 dio cumplimiento a lo establecido en la Ley 1428 de 2010; Que basados en las conciliaciones causadas y reportadas de subsidios y contribuciones por las empresas y los análisis efectuados por la Dirección de Energía Eléctrica, se encuentran unos déficits en subsidios, en el balance de subsidios y contribuciones, a diciembre de 2012 por cubrir a empresas deficitarias del sector Eléctrico por valor de $202.609.725.848,00; Que el Director de Energía Eléctrica considera desde el punto de vista técnico, que es procedente el reconocimiento de los déficits encontrados, los cuales deberán ser cubiertos en la medida de la disponibilidad de los recursos; Que mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 7913 del 2013-02-14, expedido por el Jefe de Presupuesto de este Ministerio, se encuentran disponibles recursos por valor de $202.609.725.000 con destinación a cubrir los déficits en subsidios, en el balance de subsidios y contribuciones, a diciembre de 2012 a
empresas deficitarias del sector Eléctrico; Que por lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Distribuir la suma de doscientos dos mil seiscientos nueve millones setecientos veinticinco mil pesos ($202.609.725.000) moneda corriente a las empresas que a continuación se detallan, para cubrir los déficits en subsidios con distribución de recursos para pagos por menores tarifas sector Eléctrico (recurso 10):
EMPRESA VALOR
CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S. A. ESP $4.968.282.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL QUINDÍO S. A. ESP $1.730.847.000
EMPRESA DE ENERGÍA DE CUNDINAMARCA S. A. ESP $3.831.970.000
ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S. A. ESP $4.397.219.000
CENTRALES ELÉCTRICAS DE NORTE DE SANTANDER S. A. ESP $10.878.185.000
COMPAÑÍA ENERGÉTICA DEL TOLIMA S. A. ESP $7.294.337.000
ELECTRIFICADORA DEL HUILA S. A. ESP $7.237.369.000
ELECTRIFICADORA DEL CAQUETÁ S. A. ESP $1.778.656.000
CENTRALES ELÉCTRICAS DE NARIÑO S. A. ESP $10.379.214.000
ELECTRIFICADORA DEL META S. A. ESP $3.685.460.000
EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S. A. ESP $7.089.594.000
EMPRESAS MUNICIPALES DE CARTAGO S. A. ESP $214.669.000
EMCALI $615.806.000
COMPAÑÍA DE ELECTRICIDAD DE TULUÁ S. A. ESP $293.925.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL VALLE DE SIBUNDOY S. A. ESP $243.787.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL ARAUCA $1.767.308.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL PACÍFICO S. A. ESP $9.688.142.000
ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S. A. ESP $70.011.946.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL BAJO PUTUMAYO S. A. ESP $545.212.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL PUTUMAYO S. A. ESP $756.250.000
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN $13.832.654.000
EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACÍFICO S. A. ESP $2.586.977.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL DEPTO. DEL GUAVIARE S. A. ESP - $340.737.000
ENERGUAVIARE
ENERGÍA SOCIAL DE LA COSTA S. A. ESP $30.410.859.000
MUNICIPIO DE CUMBAL $2.514.000
ELECTRIFICADORA DEL MUNICIPIO DE RIOSUCIO - ELECMURI $47.984.000
EMPRESA DE ENERGÍA DEL CASANARE S. A. ESP - ENERCA $2.278.803.000
EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CARTAGENA $69.377.000
DEL CHAIRA
COMPAÑÍA ENERGÉTICA DE OCCIDENTE S. A. ESP $5.631.642.000
TOTAL $202.609.725.000
PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo el Grupo Financiero, o la dependencia que haga sus veces, deberá efectuar el registro de dicha operación. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. Autorizar al Grupo Financiero, o la dependencia que haga sus veces, para que sitúe los valores a las empresas mencionadas en el artículo 1o de la presente resolución de acuerdo con la disponibilidad asignada de PAC. PARÁGRAFO 1o. Los recursos distribuidos a favor de la Compañía Energética del Tolima - Enertolima S. A. ESP, deben ser girados a Fidubogotá a la Cuenta de Ahorros 300-84946-0 del Banco de Occidente, en virtud del contrato de fiducia mercantil constituido, certificado por el correspondiente representante legal, según comunicación Radicado: 201002764101-06-2010. PARÁGRAFO 2o. Los recursos distribuidos a favor de la Empresa Emcali, deben ser girados a Consorcio Emcali a la Cuenta Corriente 484-21070-3 del Banco de Bogotá, de acuerdo con la autorización dada por el representante legal en comunicación Radicado: 2012032580 19-06-2012. PARÁGRAFO 3o. Los recursos distribuidos a favor de la Empresa Electricaribe S. A. ESP, deben ser girados a Patrimonios Autónomos Fiduciaria Corficolombia Fideicomiso Electricaribe Recaudos a la Cuenta Corriente 996-00917-1 del Banco de Bogotá, en virtud del contrato de fiducia mercantil de administración de recursos y restitución de aportes, según el cual los derechos económicos sobre los recursos citados fueron cedidos a los
Patrimonios Autónomos en mención. PARÁGRAFO 4o. Los recursos distribuidos a favor de la Empresa Distribuidora del Pacífico S. A. ESP, deben ser girados a Patrimonios Autónomos Fideicomiso DISPAC a la Cuenta de Ahorro 309015659 del Banco BBVA, notificada mediante comunicación Radicado: 2012035820 05-07-2012. PARÁGRAFO 5o. Los recursos distribuidos a favor de la Compañía Energética de Occidente - CEO S.A.S. ESP, deben ser girados a Fideicomisos Sociedad Fiduciaria de Occidente S. A. a la Cuenta Corriente 041.10971-1 del Banco de Occidente, en virtud del encargo fiduciario constituido, certificado y autorizado por el correspondiente representante legal mediante comunicación Radicado: 2010048610 21-09-2010. PARÁGRAFO 6o. Los mencionados recursos se transferirán de acuerdo con el siguiente listado de cuentas bancarias, las cuales se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF):
EMPRESA NIT CUENTA TIPO DE BANCO
CUENTA
CENTRAL 890.800.128-6 256-990-680 Corriente DAVIVIENDA
HIDROELÉCTRICA DE
CALDAS S. A. E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DEL 800.052.640-9 7462-1047-60 Ahorro COLPATRIA
QUINDÍO S. A. E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DE 860.007 638-0 265-038-059 Corriente OCCIDENTE
CUNDINAMARCA S. A. E.S.P.
ELECTRIFICADORA DE 890.201.230-1 650-829-609 Ahorro OCCIDENTE
SANTANDER S. A. E.S.P.
EMPRESA NIT CUENTA TIPO DE BANCO
CUENTA
CENTRALES ELÉCTRICAS 890.500.514-9 0661-6999Corriente DAVIVIENDA
DE NORTE DE SANTANDER 9712
S. A. E.S.P.
FIDUCIARIA BOGOTÁ 800.142.383-7 300-849-460 Ahorro OCCIDENTE
(Compañía Energética del Tolima – Enertolima)
ELECTRIFICADORA DEL 891.180.001-1 380.055-806 Corriente OCCIDENTE
HUILA S. A. E.S.P.
ELECTRIFICADORA DEL 891.190.127-3 500-823-216 Ahorro OCCIDENTE
CAQUETÁ S. A. E.S.P.
CENTRALES ELÉCTRICAS 891.200.200-8 039-853-684 Ahorro OCCIDENTE
DE NARIÑO S. A. E.S.P.
ELECTRIFICADORA DEL 892.002.210-6 364-051-102 Ahorro BOGOTÁ
META S. A. E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DE 891.800.219-1 720-000-330 Corriente SUDAMERIS
BOYACÁ S. A. E.S.P.
EMPRESAS MUNICIPALES 836.000.349-8 144-001-641 Corriente DAVIVIENDA
DE CARTAGO S. A. E.S.P.
CONSORCIO EMCALI 900.003.617-2 484-210-703 Corriente BOGOTÁ
COMPAÑÍA DE 891.900.101-0 037-861-705 Ahorro OCCIDENTE
ELECTRICIDAD DE TULUÁ
S. A. E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DEL 846.000.060-1 074-201-620Corriente BANCOLOMBIA
VALLE DE SIBUNDOY S. A. 38
E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DEL 892.099.499-3 137-022-414 Corriente BOGOTÁ
ARAUCA ESP
EMPRESA DE ENERGÍA DEL 800.249.860-1 060-737-788Ahorro BANCOLOMBIA
PACÍFICO S. A. EPSA 65
PATRIMONIOS 800.256.769-6 996-00917-1 Corriente BOGOTÁ
AUTÓNOMOS FIDUCIARIA
CORFICOLOMBIA –
FIDEICOMISO
ELECTRICARIBE RECAUDOS (Electrificadora del Caribe)
EMPRESA DE ENERGÍA DEL 846.000.553-0 726-094-121 Ahorro BBVA
BAJO PUTUMAYO S. A.
E.S.P.
EMPRESA DE ENERGÍA DEL 846.000.241-8 690-721-147 Ahorro POPULAR
PUTUMAYO S. A. E.S.P.
EMPRESAS PÚBLICAS DE 890.904.996-1 101-355-139 Corriente HELM BANK S. A.
MEDELLÍN ESP
PATRIMONIO AUTÓNOMO 830.126.425-1 309-015-659 Ahorro BBVA
FIDEICOMISO DISPAC
(Empresa Distribuidora del Pacífico – DISPAC)
EMPRESA DE ENERGÍA 822.004.680-9 054-022-876 Corriente POPULAR
ELÉCTRICA DEL
DEPARTAMENTO DEL
GUAVIARE S. A. E.S.P.
ENERGÍA SOCIAL DE LA 830.129.895-1 392-063-549 Corriente BOGOTÁ
COSTA S. A. E.S.P.
MUNICIPIO DE CUMBAL800.099.066-3 035-049-352 Corriente OCCIDENTE
NARIÑO
ELECTRIFICADORA DEL 818.000.192-3 620-047-597 Corriente BOGOTÁ
MUNICIPIO DE RIOSUCIOELECMURI
EMPRESA DE ENERGÍA DEL 844.004.578-0 505-002-667 Corriente OCCIDENTE
CASANARE S. A. ESP
EMPRESA MUNICIPAL DE 828.000.191-1 500-063-136 Corriente OCCIDENTE
SERVICIOS PÚBLICOS DE
CARTAGENA DEL CHAIRA
FIDEICOMISOS SOCIEDAD 830.054.076.2 041-109-711 Corriente OCCIDENTE
FIDUCIARIA DE
OCCIDENTE S. A. (Compañía Energética de Occidente) Ir al inicio ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2013. El Secretario General,
GERMÁN EDUARDO QUINTERO ROJAS.
Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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